sábado, 8 de octubre de 2011

17º Sesion Ordinaria 06 de Octubre 2011

Esta es una síntesis de la 17º sesión de carácter ordinaria que se realizó el 06 de Octubre 2011. La misma estuvo presidida por el Presidente Concejo Deliberante Pedro Jorge Gonzalez, en Secretaria Mario Correale.
Concejales presentes:  Auge, López, Prece, Richetti, Orellana y Dolce.
Ausentes: Monte y Fraccaroli.


Lectura del Orden del Día.
Aprobación de Actas Nº 1.406; 1.407, 1.408, 1.409 y 1.410.


DESIGNAR “DR. SERGIO NORBERTO BARRILE” EL CENTRO DE SALUD BARRIO MORTELARI

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Ordenanza,  para designar con el nombre “Dr. Sergio Norberto Barrile” al Centro de Salud Barrio Mortelari.  Autores del proyecto Concejales Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece. Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART. 1º) Designase con el nombre Dispensario Barrio Mortelari “Dr. Sergio Norberto Barrile” al Centro de Salud “Barrio Mortelari”, en homenaje a quien fuera su coordinador, por su ejemplo de solidaridad y compromiso con la salud y bienestar de los niños.


INTERES CULTURAL MUNICIPAL “SI A LA VIDA”

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Declaración, solicitando la adhesión a la Campaña Nacional de Concientización Vial Estrellas Amarillas “Sí a la Vida” para Villa Gobernador Gálvez. Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
DECLARACIÓN
ART. 1º) Declárase de Interés Cultural Municipal la Campaña Nacional de Concientización Vial Estrellas Amarillas “Sí a la Vida” promovida por la Fundación “Laura Cristina Ambrosio Battistel” y la Asociación Argentina Familiares y Amigos Victimas de Transito.


PEDIDO DE AUDITORIA MUNICIPAL

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza, solicitando al Superior Gobierno de la Provincia realice una auditoria en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal.  Autores del proyecto Concejales Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece. Favorable con modificaciones.
El Concejal Richetti mociona para que se modifique un párrafo del art. 1 y 3. Se  aprueba.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
DECRETO
ART. 1º) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a través de la Secretaria que corresponde, disponga una auditoria de la contabilidad municipal, con participación conjunta de representantes de este Concejo Deliberante si así lo considerare conveniente, a fin de determinar y acreditar el grado y alcance de la crisis financiera alegada por el Departamento Ejecutivo Municipal.
ART.2º)  Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe informe sobre las rendiciones de cuentas formuladas por la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez respecto a la recepción, uso y aplicación de los Fondos de Obras Menores y Fondo Federal Solidario.
ART.3º) Dispóngase el carácter URGENTE de la implementación de las previsiones del articulo precedente, con inmediata comunicación de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal y al Superior Gobierno Provincial de Santa Fe.
ART.4º) Entre otros puntos, y sin convertir esta enumeración en taxativa, este Cuerpo considera relevantes los siguientes:
1.- Proyección de ingresos, tasas y derechos y, con respecto al DReI, qué empresas, montos y hasta qué mes han adelantado.
2.- Tribunal de Faltas: cantidad de actas realizadas y su estado actual.
3.- Reclamos al municipio formulados judicialmente y/o administrativamente consignando estado de los mismos y exigibilibilidad.
4.- Parque Regional Municipal: detalle analítico de los gastos devengados para su funcionamiento.
5.- Estado de actualización del catastro.
6.- De los anticipos de coparticipación del año en curso ya recibidos qué parte falta descontar tomando en cuenta las retenciones previas por leyes sociales y llegado el caso que no se saldase con la coparticipación de impuestos nacionales y provinciales qué porcentaje se vería afectado del inmobiliario, patentes y otras participaciones que pudieran surgir.
7.- Determinación de la masa salarial de los meses restantes del año 2011 desagregándola en base a los ítems que son funcionales con las leyes 2756 y 9286 y los discrecionales del Departamento Ejecutivo Municipal considerando la 2da. Cuota del S.A.C. 2011 y considerando también las partidas  adeudadas al Concejo Deliberante. Detallar deudas pendientes por retenciones  efectuadas  al personal que no se encuentren debidamente depositadas a las instituciones  correspondientes. Estado de la entrega de la indumentaria del personal. Acompañar conciliación bancaria. Indemnizaciones adeudadas y las que puedan surgir. Personal  contratado ya sea por la Dirección de Personal o tercerización De Servicios.
8.- Gastos de funcionamiento y proyección para la prestación de los servicios públicos básicos como A.R.T., Seguro Parque Automotor, Combustible, Teléfono, etc.
9.- No tributarios del ejercicio que generan deuda interna como Tasa Sanitaria, F.A.E. y cumplimiento del convenio y las afectaciones cuatrimestrales determinadas por la ley, Fon.de.pro y otros.
10.- Análisis completo de las rentas especiales como F.E.M.P.I.A.S. (26/08), Fondo Municipal de Obras Públicas (25/10), F.S.S.E. (63/02), F.E.A.E. (65/09), Fondo de Repavimentación y Bacheo. Detalle de las cuentas bancarias, conciliación de todas y de cada una. Obras realizadas con los fondos mencionados y proyectos a ejecutar con los saldos pendientes. Los números de cuentas especificados en este punto corresponden al Nuevo Banco de Santa Fe.
11.- Licitaciones públicas, privadas y concursos de precios vigentes. Estado de los pliegos, adjudicaciones, contratos, objetos de las obras y montos. En caso de estar adjudicadas: el contratista, el monto y estado de ejecución.
12.- Inventario General de los bienes muebles e inmuebles. Detalle de cada una de las unidades del Parque Automotor y estado de funcionamiento y conservación.
13.- Detalle pormenorizado de deuda a proveedores con cuadro de vencimiento.
14.- Situación de deudas entre la Cooperativa Integral y la Municipalidad con sus respectivas conciliaciones de cuentas en sus 2 categorías: como contribuyente y agente de retención a partir de enero de 2.008.
15.- Alquileres municipales: detalle de contratos, montos, deuda, estado, aplicaciones.
16.- Cementerio: estado de la deuda de los panteones sociales, ventas realizadas y estados de cuentas.
17.- Viáticos: solicitante, destino e importe detallado por mes.
18.- Publicidad: medios contratados, montos y eventos a los que se refiere dicha contratación detallados en forma mensual.
19.- Prescripciones; medidas adoptadas durante los últimos 3 años para interrumpir las prescripciones de los créditos municipales.
20.- Fondo de Obras Menores y Fondo Federal Solidario: Conciliaciones bancarias, comprobantes respaldatorios de las transferencias recibidas y de las erogaciones realizadas (órdenes de pago), detalle de proveedores adjudicatarios, pedidos de precios o métodos utilizados (concursos de precios, licitación privada o licitación pública) por el Departamento de Compras con sus correspondientes órdenes de compra autorizadas. Imputaciones  contables con su correspondiente registración.
ART.5º) Los puntos sugeridos en los artículos precedentes que no se refieran a un periodo determinado, reiterando su no taxatividad, pueden considerarse como referidos a los ejercicios fiscales 2.009, 2.010 y 2.011.


INCREMENTO DEL VALOR DEL FONDO DE SALUD, SEGURIDAD Y EDUCACION

DICTAMEN DE COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza, incremento del valor del Fondo de Salud, Seguridad y Educación. Autores del proyecto Concejales Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece. Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART.1º) Increméntese a partir del mes de noviembre de 2011 en 4,20  (Pesos Cuatro con Veinte Centavos), el Fondo de Salud, Seguridad y Educación creado por Ordenanza Nº 1.137/95, de fecha 23 de noviembre de 1.995, con las mismas condiciones que las establecidas en el articulado de la mencionada norma. Dicho valor quedará establecido en la suma de $ 10.- (Pesos Diez).


MODIFICACION ART. 4 ORDENANZA 1639/05 FONDEPRO

DICTAMEN DE COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza, modificación Art. 4to. de la Ordenanza Nº 1.639/05 (FONDEPRO). Autores del proyecto Concejales Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece. Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART. 1º)  Modifíquese el Art. 4º de la Ordenanza Nº 1.639/05, quedando redactado de la siguiente manera: “DISTRIBUCION: El FONDEPRO se distribuirá de la siguiente forma, según asignación de prioridades:
a)      40% a la Asociación de Comercio e Industria de Villa Gobernador Gálvez, destinado a inversiones en infraestructura de carácter productivo y al fomento de la actividad comercial en el ejido urbano de Villa Gobernador Gálvez.
b)      10 % al Área Industrial Oficial de Desarrollo de Villa Gobernador Gálvez.
c)      25%  a fuerzas de seguridad pública para equipamiento y toda demanda que propenda a garantizar su funcionamiento.
d)      25 % a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez”.
ART. 2º) Modifíquese el Art. 5º de la Ordenanza Nº 1.639/05 que quedará redactado de la siguiente manera:
“ART. 5º) Las Instituciones beneficiadas en el Art. 4º deberán presentar en forma mensual la rendición de cuentas correspondientes al Departamento Ejecutivo Municipal con copia al Concejo Deliberante”.




Video de la sesión

En la Web

Un Concejo junto a la gente

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