Esta es una síntesis de la 17º sesión de
carácter ordinaria que se realizó el 06 de Octubre 2011. La misma estuvo
presidida por el Presidente Concejo Deliberante Pedro Jorge Gonzalez, en
Secretaria Mario Correale.
Concejales presentes: Auge, López, Prece, Richetti,
Orellana y Dolce.
Ausentes: Monte
y Fraccaroli.
Lectura del
Orden del Día.
Aprobación
de Actas Nº 1.406; 1.407, 1.408, 1.409 y 1.410.
DESIGNAR “DR.
SERGIO NORBERTO BARRILE” EL CENTRO DE SALUD BARRIO MORTELARI
DICTAMEN DE
COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Ordenanza, para designar con el nombre “Dr. Sergio
Norberto Barrile” al Centro de Salud Barrio Mortelari. Autores del proyecto Concejales
Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece. Favorable con
modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba
por unanimidad.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART. 1º) Designase con el nombre Dispensario Barrio Mortelari “Dr.
Sergio Norberto Barrile” al Centro de Salud “Barrio Mortelari”, en homenaje a
quien fuera su coordinador, por su ejemplo de solidaridad y compromiso con la
salud y bienestar de los niños.
INTERES
CULTURAL MUNICIPAL “SI A LA VIDA”
DICTAMEN DE
COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Declaración, solicitando la
adhesión a la Campaña Nacional
de Concientización Vial Estrellas Amarillas “Sí a la Vida” para Villa Gobernador
Gálvez. Favorable
con modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba
por unanimidad.
El texto aprobado dice:
DECLARACIÓN
ART. 1º) Declárase de Interés Cultural Municipal la Campaña Nacional
de Concientización Vial Estrellas Amarillas “Sí a la Vida” promovida por la Fundación “Laura
Cristina Ambrosio Battistel” y la Asociación Argentina
Familiares y Amigos Victimas de Transito.
PEDIDO DE
AUDITORIA MUNICIPAL
DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto
de Ordenanza, solicitando al Superior Gobierno de la Provincia realice una
auditoria en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal. Autores del proyecto Concejales
Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece. Favorable con
modificaciones.
El Concejal
Richetti mociona para que se modifique un párrafo del art. 1 y 3. Se aprueba.
Puesto a consideración se aprueba
por unanimidad.
El texto aprobado dice:
DECRETO
ART. 1º) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a
través de la Secretaria
que corresponde, disponga una auditoria de la contabilidad municipal, con
participación conjunta de representantes de este Concejo Deliberante si así lo
considerare conveniente, a fin de determinar y acreditar el grado y alcance de
la crisis financiera alegada por el Departamento Ejecutivo Municipal.
ART.2º) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe
informe sobre las rendiciones de cuentas formuladas por la Municipalidad de
Villa Gobernador Gálvez respecto a la recepción, uso y aplicación de los Fondos
de Obras Menores y Fondo Federal Solidario.
ART.3º)
Dispóngase el carácter URGENTE de
la implementación de las previsiones del articulo precedente, con inmediata
comunicación de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal y al Superior
Gobierno Provincial de Santa Fe.
ART.4º)
Entre otros puntos, y sin convertir
esta enumeración en taxativa, este Cuerpo considera relevantes los siguientes:
1.- Proyección de ingresos, tasas y
derechos y, con respecto al DReI, qué empresas, montos y hasta qué mes han
adelantado.
2.- Tribunal de Faltas: cantidad de
actas realizadas y su estado actual.
3.- Reclamos al municipio
formulados judicialmente y/o administrativamente consignando estado de los
mismos y exigibilibilidad.
4.- Parque Regional Municipal:
detalle analítico de los gastos devengados para su funcionamiento.
5.- Estado de actualización del
catastro.
6.- De los anticipos de
coparticipación del año en curso ya recibidos qué parte falta descontar tomando
en cuenta las retenciones previas por leyes sociales y llegado el caso que no
se saldase con la coparticipación de impuestos nacionales y provinciales qué
porcentaje se vería afectado del inmobiliario, patentes y otras participaciones
que pudieran surgir.
7.- Determinación de la masa
salarial de los meses restantes del año 2011 desagregándola en base a los ítems
que son funcionales con las leyes 2756 y 9286 y los discrecionales del
Departamento Ejecutivo Municipal considerando la 2da. Cuota del S.A.C. 2011 y
considerando también las partidas
adeudadas al Concejo Deliberante. Detallar deudas pendientes por
retenciones efectuadas al personal que no se encuentren debidamente
depositadas a las instituciones
correspondientes. Estado de la entrega de la indumentaria del personal.
Acompañar conciliación bancaria. Indemnizaciones adeudadas y las que puedan
surgir. Personal contratado ya sea por la Dirección de Personal o
tercerización De Servicios.
8.- Gastos de funcionamiento y
proyección para la prestación de los servicios públicos básicos como A.R.T.,
Seguro Parque Automotor, Combustible, Teléfono, etc.
9.- No tributarios del ejercicio
que generan deuda interna como Tasa Sanitaria, F.A.E. y cumplimiento del
convenio y las afectaciones cuatrimestrales determinadas por la ley, Fon.de.pro
y otros.
10.- Análisis completo de las
rentas especiales como F.E.M.P.I.A.S. (26/08), Fondo Municipal de Obras
Públicas (25/10), F.S.S.E. (63/02), F.E.A.E. (65/09), Fondo de Repavimentación
y Bacheo. Detalle de las cuentas bancarias, conciliación de todas y de cada
una. Obras realizadas con los fondos mencionados y proyectos a ejecutar con los
saldos pendientes. Los números de cuentas especificados en este punto
corresponden al Nuevo Banco de Santa Fe.
11.- Licitaciones públicas,
privadas y concursos de precios vigentes. Estado de los pliegos,
adjudicaciones, contratos, objetos de las obras y montos. En caso de estar
adjudicadas: el contratista, el monto y estado de ejecución.
12.- Inventario General de los
bienes muebles e inmuebles. Detalle de cada una de las unidades del Parque
Automotor y estado de funcionamiento y conservación.
13.- Detalle pormenorizado de deuda
a proveedores con cuadro de vencimiento.
14.- Situación de deudas entre la Cooperativa Integral
y la Municipalidad
con sus respectivas conciliaciones de cuentas en sus 2 categorías: como
contribuyente y agente de retención a partir de enero de 2.008.
15.- Alquileres municipales:
detalle de contratos, montos, deuda, estado, aplicaciones.
16.- Cementerio: estado de la deuda
de los panteones sociales, ventas realizadas y estados de cuentas.
17.- Viáticos: solicitante, destino
e importe detallado por mes.
18.- Publicidad: medios
contratados, montos y eventos a los que se refiere dicha contratación
detallados en forma mensual.
19.- Prescripciones; medidas
adoptadas durante los últimos 3 años para interrumpir las prescripciones de los
créditos municipales.
20.- Fondo de Obras Menores y Fondo
Federal Solidario: Conciliaciones bancarias, comprobantes respaldatorios de las
transferencias recibidas y de las erogaciones realizadas (órdenes de pago),
detalle de proveedores adjudicatarios, pedidos de precios o métodos utilizados
(concursos de precios, licitación privada o licitación pública) por el
Departamento de Compras con sus correspondientes órdenes de compra autorizadas.
Imputaciones contables con su
correspondiente registración.
ART.5º)
Los puntos sugeridos en los
artículos precedentes que no se refieran a un periodo determinado, reiterando
su no taxatividad, pueden considerarse como referidos a los ejercicios fiscales
2.009, 2.010 y 2.011.
INCREMENTO DEL
VALOR DEL FONDO DE SALUD, SEGURIDAD Y EDUCACION
DICTAMEN DE COMISION DE
PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza, incremento del valor del Fondo
de Salud, Seguridad y Educación. Autores del proyecto Concejales
Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece. Favorable con
modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba
por unanimidad.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART.1º) Increméntese
a partir del mes de noviembre de 2011 en 4,20
(Pesos Cuatro con Veinte Centavos), el Fondo de Salud, Seguridad y
Educación creado por Ordenanza Nº 1.137/95, de fecha 23 de noviembre de 1.995,
con las mismas condiciones que las establecidas en el articulado de la
mencionada norma. Dicho valor quedará establecido en la suma de $ 10.- (Pesos
Diez).
MODIFICACION ART. 4 ORDENANZA 1639/05
FONDEPRO
DICTAMEN DE
COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza, modificación Art.
4to. de la Ordenanza Nº
1.639/05 (FONDEPRO). Autores del proyecto Concejales
Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece. Favorable con
modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba
por unanimidad.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART.
1º)
Modifíquese el Art. 4º de la Ordenanza
Nº 1.639/05, quedando redactado de la siguiente manera: “DISTRIBUCION:
El FONDEPRO se distribuirá de la siguiente forma, según asignación de
prioridades:
a)
40%
a la Asociación
de Comercio e Industria de Villa Gobernador Gálvez, destinado a inversiones en
infraestructura de carácter productivo y al fomento de la actividad comercial
en el ejido urbano de Villa Gobernador Gálvez.
b)
10 %
al Área Industrial Oficial de Desarrollo de Villa Gobernador Gálvez.
c)
25% a fuerzas de seguridad pública para
equipamiento y toda demanda que propenda a garantizar su funcionamiento.
d)
25 %
a la Asociación
de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez”.
ART. 2º) Modifíquese el Art. 5º de la Ordenanza Nº 1.639/05 que
quedará redactado de la siguiente manera:
“ART. 5º) Las Instituciones
beneficiadas en el Art. 4º deberán presentar en forma mensual la rendición de
cuentas correspondientes al Departamento Ejecutivo Municipal con copia al
Concejo Deliberante”.
Video de la sesión
En la Web
Un
Concejo junto a la gente
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