martes, 20 de marzo de 2012

4º Sesión Extraordinaria 20 de Marzo 2012

Esta es una síntesis de la 4º sesión de carácter extraordinaria que se realizó el 20 de Marzo  de 2012. La misma estuvo presidida por la Presidente del Concejo Deliberante Norma Haydeé Auge, en Secretaria Daniel Marcucci.
Concejales presentes: Mangiaterra, Cabrera, Luraghi, López, Dolce, Martínez, Cabrol y Monte.


Lectura de la Convocatoria.


APROBACION DECRETO 0412/12

EL  DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, eleva DECRETO 0412/12, Ad Referéndum del Concejo Deliberante.
El Concejal Martínez mociona que el expediente vuelva a comisión. Se aprueba.
Puesto a consideración el expediente vuelve a comisión.


MODIFICACION ART. 10 INC. F, ORDENANZA 1608/04

EL  DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL,  eleva proyecto de Ordenanza, modificación Art. 10º Inc. F Ordenanza Nº 1.608/04.
El Concejal Monte fundamenta su voto negativo.
El Concejal Martínez fundamenta su abstención.
Puesto a consideración se procede a la votación:
Por la afirmativa votan Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.
Por la negativa votan Monte y Cabrol
Por la abstención votan Martínez y Dolce.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART.1º) Modifiquese el Art. 10º Inc. F), G), H), I) y J) de la Ordenanza Tributaria Nº 1.608/04 “TASA DE MANTENIMIENTO, LIMPIEZA Y CONSERVACION DE LA NECROPOLIS”, que quedará redactado de la siguiente manera: 
Inciso f)

  1. Tasa de mantenimiento, limpieza y conservación de  la necrópolis.-
Se fijan los vencimientos cuatrimestrales, con los siguientes valores anuales:
     1.1. Nicho urna             



$   30,00

     1.2. Nicho simple




$   42,00

     1.3. Nicho doble           



$   60,00

     1.4. Panteones o perpetuas de:




     1.4.1. Hasta 3 m²   



$   90,00

     1.4.2. De 3,01 m² a 6 m² 



$  120,00

     1.4.2. De 6,01 m² a 10 m² 



              $ 180,00

     1.4.4. De 10,01 m² en más        


$ 270,00

     1.5. Panteones Sociales





     1.5.1. Por cada piso terminado habilitado o no y

$     5,10

               panteones en construcción por m²  de   
               superficie                                    



     1.5.2. Por solar sin construir por m² de superficie

$     4,80








Establécese una sobre-tasa por baldío del 150% (ciento cincuenta por ciento) sobre los valores mencionados, que se devengará a partir del año del acto de posesión..-
Cuyos vencimientos serán los siguientes:
1er. Vencimiento:                              15/04
2do. Vencimiento:                             15/07
3er. Vencimiento:                              15/11

Inciso g:
Arrendamiento de nichos por 5 (cinco) años:




1 y 4 fila (contado) 



$ 360,00
o anticipo de $ 80 y 6 cuotas de $ 45




2 y 3 fila (contado)



$ 540,00
o anticipo de $ 150 y 6 cuotas de $ 60










Inciso h:






Arrendamiento de nichos por 10 años:





Solar Q Parte Nueva













1 y 4 fila (contado) 



$ 540,00

o anticipo de $ 130,00 y 6 cuotas de $  75,00



2 y 3 fila (contado) 



$ 600,00

o anticipo de $ 150,00 y 6 cuotas de $  80,00









Inciso i:






Arrendamiento de Nichos urnas por 5 años:




Sector K






1 y 4 fila                                               

$ 220,00

o anticipo de $ 60 y 5 cuotas de $ 30



2 y 3 fila                                                



o anticipo de $ 70 y 6 cuotas de $ 40

$ 340,00








Inciso j:







1. Emisión y duplicados de títulos




1.1. Emisión de títulos de nichos o fracciones de terreno
$   20,00

1.2. Emisión de títulos de concesión de tierras
$     7,50

      gratuitas por tiempo determinado                


1.3. Derecho de solicitud o certificaciones        
$     8,00

1.4. Emisión de duplicados de títulos que se soliciten
$   20,00









ART.2º) Fíjese por única vez el 1er. Vencimiento dispuesto por el Art. 10º Inc F) de la Ordenanza Nº 1.608/04 para el día 7 de mayo de 2.012.
ART.3º) Modifíquese el Art. 11º de  la Ordenanza Nº 1.608/04, el que quedará redactado de la siguiente manera:Establécese que por aplicación de la facultad conferida por la Ordenanza Nº 1.415/99 se determina el plazo del Art. 116º en 5 (cinco) años con opción a una última renovación por 3 años para caso de fosa adultos y sin opción a renovar fosa niños.
Estableciéndose como valores a abonar por la renovación del arrendamiento de fosa por 3 años                                                                                         $ 50,00.-“


MANIFESTACIONES

El Concejal Monte opina sobre el comienzo de las sesiones ordinarias.


Video de la sesión

En la Web

Un Concejo junto a la gente

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