martes, 25 de noviembre de 2014

SE DE CUMPLIMIENTO A LA ORDENANZA 490/89, DECRETOS 357/12; 443/12; 550/13 Y 579/14; Y MINUTA DE COMUNICACIÓN 1939/14

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, Se dé cumplimiento a la Ordenanza 490/89; Decretos 357/12; 443/12; 550/13 y 579/14; y Minutas de Comunicación 1939/12. Exp. 5415/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículos 39 y 41;
Ley Nacional de Tránsito Nro. 24.449 art. 49 inciso b.7;
Ley Nacional de Tránsito Nro. 24.449 art. 72 incisos c.5  y d;
Ordenanza Nro. 490/89 Código de Faltas Artículos 40º, 154° inc. 5 y 161°;
Decreto Nro. 357/12 Intimar retiro vehículos abandonados en Soldado Aguirre y Liniers;
Decreto Nro. 443/12 Retiro de la vía pública vehículo abandonado en calle Ntra. Sra. De La Paz al 400;
Minuta de Comunicación Nro. 1.939/12 Retiro de los vehículos abandonados en J. Jaures al 1800 y refuerzo de controles;
Decreto Nro. 550/13 Intimación al propietario del vehículo abandonado en la vía pública;
Decreto Nro. 579/14 Relevamiento de los vehículos abandonados en la vía pública y;
Considerando
Que los vehículos abandonados son generadores de distintos problemas relativos al cuidado del medio ambiente, la seguridad pública y la salud de la población que pueden convertirse en focos de infección, ya que en su interior se acumula basura y el agua se estanca en los neumáticos y en los alrededores de sus ruedas.
Que dado la situación de inseguridad que padece la ciudad, estos vehículos favorecen las posibilidades de las llamadas “entraderas” o los arrebatos, ya que los delincuentes podrían utilizarlos para ocultarse.
Que en el territorio de la ciudad existen numerosos autos abandonados, considerándose estos como todos aquellos vehículos estacionados en la vía pública por un lapso superior a 5 (cinco) días según Ley Nacional de Tránsito Nro. 24.449 art. 49 inciso b.7.
Que estos vehículos no sólo obstruyen la fluidez del tránsito, ocupan espacios para el estacionamiento y, en el peor de los casos, están emplazados sobre la vereda, obstaculizando el libre paso de los peatones.
Que este Cuerpo realizó innumerable cantidad de pedidos solicitando al Departamento Ejecutivo que ordene el inmediato retiro de los vehículos abandonados.
Que en calle Jean Jaures a la altura del 1800 se encuentran vehículos abandonados y que los mismos no fueron retirados, siendo que hace aproximadamente  2 años se lo solicitaba mediante Minuta de Comunicación Nro. 1.939/12.
Que dichos rodados han sufrido incendios que, de no ser por la actuación inmediata de los bomberos, pudo haber ocasionado serios daños en las viviendas linderas como así también la inhalación de humo contaminado por la combustión de los materiales propios de la estructura de los mismos.
Que, según Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 en su artículo 41 inc. 24 es deber del Departamento Ejecutivo Municipal encarnado en la figura del intendente, velar por la higiene del Municipio.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante y los concejales que apoyan este proyecto elevan, para su tratamiento, el siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, dé cumplimiento a la Ordenanza 490/89 artículos 40°, 154° y 161;  a los  decretos Nros.  357/12, 443/12; 550/13, 579/14  y a la Minuta de Comunicación Nro. 1.939/12, en un plazo que no supere los 10 días hábiles a partir de la aprobación del presente decreto.




REPARACION DE LA CALZADA EN EVA PERON ENTRE LIBERTADOR Y ENTRE RIOS

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, Se proceda a la reparación de la calzada en Eva Perón entre Av. Libertador y Entre Ríos. Exp. 5414/14.
Visto
Ley 2.756 articulo 39;
Estado de intransitabilidad la calle Eva Perón y;
Considerando
Que en calle Eva Perón entre Av. Libertador y Entre Ríos, zona catastral 7,  las condiciones de transitabilidad son pésimas dado la presencia de numerosos baches que ocupan, prácticamente, todo el ancho de la misma.
Que, al ser de tierra, en días de lluvia, en los baches se acumula abundante agua, lo cual obstruye el paso, impidiendo a los usuarios de esta arteria calcular la profundidad de los mismos.
Que todos los vecinos de Villa Gobernador Gálvez tienen derecho a vivir y transitar en condiciones dignas y poder, en caso de ser necesario, acceder al transporte ya sea transporte de pasajeros, remis, taxis o cualquier vehículo particular.
Que en las condiciones en la que se encuentra dicha arteria, los vehículos de emergencia no pueden acceder a las viviendas del lugar.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal la reparación y mantenimiento de las arterias de la ciudad, como así también debe velar por una segura y fluida circulación vehicular a fin de evitar que se produzcan daños sobre las personas y las cosas.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de Secretaría que corresponda, proceda a la reparación de la calzada Eva Perón entre Av. Libertador y Entre Ríos.





MOTIVO DE LA DEMORA APERTURA CUENTA CORRIENTE EN BANCO CREDICOOP (F.A.D.)

Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa y Jorge Murabito.
Proyecto de Decreto, Se informe sobre el motivo de la demora en la apertura de la cuenta corriente en la sucursal Villa Gdor Gálvez Banco Credicoop (F.A.D.). Exp. 5413/14.
VISTO:
La Ley 2756 (Artículo 41 inciso 14) y
Las Ordenanzas 2244/14 y 2251/14 y
CONSIDERANDO:
Que con fechas 02 y 14 de Octubre de 2014 fueron sancionas respectivamente las Ordenanzas mencionadas en el Visto.
Que la ordenanza 2244/14 crea el Fondo de Asistencia al Deporte y la Ordenanza 2251/14 da al mismo una fuente adicional de financiamiento.
Que ambas Ordenanzas fueron aprobadas en forma unánime por los 9 integrantes de este cuerpo deliberativo.
Que las mismas fueron promulgadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en tiempo y forma.
Que en el Artículo 5º) de la Ordenanza 2244/14 y en el Artículo 2º) de La Ordenanza 2251/14, se habilita la apertura de una cuenta corriente en la Sucursal Villa Gobernador Gálvez del Banco Credicoop Cooperativo Limitado a nombre de la Municipalidad, para el ingreso de la recaudación del Fondo de Asistencia al Deporte.
Que han  transcurrido más de 40 días desde que fuera promulgada la última de las ordenanzas, sin que se haya registrado la apertura de la cuenta.
Que ello implica que el Fondo no pueda tener funcionamiento real y concreto, ya que más allá de su instrumentación a través de la creación del Registro de clubes de fútbol infantil, fútbol femenino y hockey sobre césped femenino, es condición necesaria y vital la existencia de la cuenta bancaria en particular para su existencia.
 Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

DECRETO
Art. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a informar el motivo de la demora en la apertura de la cuenta corriente en la Sucursal Villa gobernador Gálvez del Banco Credicoop Cooperativo Limitado.
Art. 2º) El Concejo Deliberante otorga al Departamento Ejecutivo Municipal un plazo de 5 (cinco) días hábiles para la remisión del informe solicitado en el Art. anterior.
Art. 3º) Para el caso de no responder el Departamento Ejecutivo Municipal en tiempo y forma a lo requerido por Arts. 1º) y 2º), este cuerpo evaluará a dicha situación como una falta de cumplimiento de los deberes de funcionario público, considerando en consecuencia  tal conducta encuadrada dentro  de los artículos 248  y 249 del Código Penal de la Nación Argentina, reservándose el derecho de acudir en auxilio del ámbito judicial.



MANTENIMIENTO Y NORMAL FUNCIONAMIENTO SISTEMA DE DESAGÜE PLUVIAL DE SAN MARTIN Y J. JAURES

Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa y Jorge Murabito.

Proyecto de Decreto, Se proceda al mantenimiento y puesta en normal funcionamiento del sistema de desagüe pluvial ubicado en la intersección de las calles San Martin y J. Jaures. Exp. 5412/14.
VISTO:
             La Ley 2756 Art 39 incisos 14 y 24.
             La Ordenanza 1312/98.
             El reclamo de los vecinos del Sector Catastral Nº  de nuestra ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que los vecinos de la zona de Avenida San Martín y calle Jean Jaures refieren inconvenientes graves los días de lluvia, aún los de precipitaciones no demasiado copiosas.
Que la acumulación de agua caída provoca la formación de auténticas lagunas, que terminan invadiendo las veredas hasta la línea misma de edificación.
Que el origen de este grave inconveniente se encuentra en los caños de desagües pluviales, que ante la falta de mantenimiento se encuentran obstruidos por la acumulación de hojas de árboles, restos de residuos domiciliarios, etc. Además, dichos caños tienen un diámetro de 300 milímetros, el cual según opiniones técnicas consultadas, resultan insuficientes para el transporte del caudal de agua que se acumula en ocasión de una lluvia de mediana intensidad.
Que estos caños se encuentran dispuestos en orientación contraria a la corriente del caño maestro que circula por la zona, contribuyendo a aumentar la magnitud del problema. 
Que en sus reclamos los vecinos alegan  dificultades de transitabilidad en la zona del cruce de calles y aledaños tanto peatonal como vehicular en los días de lluvia.
Que dichos inconvenientes  atentan contra el normal desenvolvimiento de la vida diaria de las numerosas personas  y comercios radicados en el barrio, llegando a entorpecer actividades indispensables como ir al trabajo, al colegio o la afluencia de clientes. .
Que la Municipalidad dentro de sus obligaciones primordiales debe atender a la conservación, mantenimiento y mejoramiento de la infraestructura urbana.
Que la Municipalidad cuenta dentro de los tributos que recauda, una sobretasa de la TGI destinada  específicamente a financiar al Fondo Especial de Aliviadores y Emisarios, creado según Ordenanza 1312/98 para atender la problemática del escurrimiento del agua.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:


DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para solicitar que resuelva el inconveniente descripto  y proceda a la limpieza, conservación y puesta en normal funcionamiento del sistema de desagüe pluvial, ubicado en la esquina conformada por la Avenida San Martín y la calle Jean Jaures.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para solicitar que  estudie la viabilidad de los caños instalados actualmente en el cruce  de las arterias mencionadas en el Art. 1º). Y en el caso de determinar su insuficiencia, incluya dentro del plan de obras a realizarse dentro del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2015, el recambio de los mismos por otros de diámetro y disposición adecuados, a fin de resolver de raíz la situación planteada en los Considerandos.





Proyectos presentados por el Bloque UCR Frente Progresista Civico y Social al 25 de noviembre 214

Estos son los proyectos presentados por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social.

Proyectos presentados por el Bloque 100% Santafesino Frente Renovador al 25 de noviembre 2014

Estos son los proyectos presentados por el bloque 100% Santafesino Frente Renovador.

Proyectos del Departamento Ejecutivo al 25 de noviembre 2014

Estos son los proyectos presentados por el Departamento Ejecutivo.


DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo eleva Proyecto de Ordenanza solicitando aporte no reintegrable para gastos corrientes 2014. Exp. 5411/14.
El Departamento Ejecutivo eleva Proyecto de Ordenanza autorización compra directa – Convenio a celebrar con el Ministerio de Desarrollo Social. Exp. 5417/14.