lunes, 22 de marzo de 2010

INFORME SOBRE MONOTRIBUTISTAS QUE PRESENTARON SERVICIOS O COMERCIALIZARON CON LA MUNICIPALIDAD

Autores de los proyectos: Concejales Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece.
 

Proyecto de Decreto, solicitando información sobre monotributistas que presentaron servicios o comercializaron bienes con la Municipalidad. Exp. 3724/10.
En la norma que se propone destaca que “Ediles de este Cuerpo Deliberante tomaron conocimiento de la posible existencia del doble rol de proveedor y personal contratado municipal en personas que se desempeñan en el ámbito de la Municipalidad de Villa Gdor Gálvez”.
“El artículo 59 de la Ley Orgánica de Municipalidades prevé sanciones para los funcionarios y empleados municipales que “tengan participación en las empresas, los contratos o los actos administrativos o que en cualquier forma tengan relaciones de negocios con la Municipalidad, o estuviesen interesados directa o indirectamente en cualquier contrato oneroso con esta”. A los efectos de una correcta interpretación y alcance de la presente, deberá tenerse en cuenta la significación que el Código Penal otorga a los términos “funcionario publico” y “empleado publico”… se designa a todo el que participa accidental o permanentemente del ejercicio de funciones publicas, sea por elección popular o por nombramiento de autoridad competente””.
Es indispensable contar con toda la información pertinente y, en merito al resultado de dicho informe y la eventual posterior investigación por parte de Este Concejo Deliberante, podrá evaluarse la instancia de los mecanismos previstos en los Art.58 a 63 de la Ley 2756
Se solicita por el art. 1 “que en el plazo de cinco (5) días hábiles, y por intermedio de las áreas que correspondan remita a este Concejo Deliberante, nomina y detalle de los monotributistas que prestaron servicios o comercializaron bienes con esta Municipalidad, durante el año 2009 y de los que lo hacen hasta la fecha, consignando en cada caso nombre, numero de CUIT, monto facturado para la respectiva operación así como también el concepto de la misma”. En su art. 2 se solicita “la nómina de personal de Gabinete y contratados y detalle de las funciones que cumplen, durante el periodo mencionado en el articulo anterior”.

 

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