Proyecto de Ordenanza, modificando art. 4 inc. h. de la Ordenanza 1814/08. Exp. 4066/10.
El proyecto menciona “Que después de reuniones entabladas entre los dueños de unidades del transporte escolar de nuestra ciudad con el Departamento Ejecutivo Municipal y con integrantes del Concejo Deliberante se acordó la modificación de la Ordenanza Nº 1814/08.
Se propone en su art. 1º modificar el art. 4 inc. H que quedara redactado de la siguiente manera: “Todo vehiculo afectado al servicio de transporte escolar, deberá ser obligatoriamente sometido por su titular a un control administrativo y técnico municipal cada seis (6) meses para establecer que el vehiculo reúne o mantiene las condiciones técnicas, funcionales y de servicio. El Departamento Ejecutivo podrá mediante la mercerización y/o privatización realizar la inspección técnica mecánica y por medios propios, las inspecciones técnicas de servicio”.
Se propone en su art. 2º modificar el art. 4 inc. I que quedara redactado de la siguiente manera: “Aprobados los controles del inciso anterior, se dejara constancia de los mismos mediante la colocación de una oblea autoadhesiva, en el margen derecho del parabrisas de la unidad”.
Se propone en su art. 3º modificar el art. 8º que quedara redactado de la siguiente manera: “En los casos de las nuevas habilitaciones, los vehículos a incorporar deberán ser de no más de diez (10) años de antigüedad y su caducidad operará indefectiblemente a los veinte (20) años. En los casos de las renovaciones de las habilitaciones, los vehículos deberán ser de no más de veinte (20) años de antigüedad. En todos los casos los plazos serán contados a partir del 1º de Enero del año posterior a su fabricación”.
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