Esta es una síntesis de la 34º sesión de carácter ordinaria que se realizó
el 27 de Diciembre de 2012. La misma estuvo presidida por la Presidente del Concejo
Deliberante Norma Auge, en Secretaria Daniel Marcucci.
Concejales presentes: Cabrera, Mangiaterra, López, Luraghi, Dolce, Martinez y Cabrol
Ausente: Monte.
Lectura
del Orden del Día.
Aprobación de Actas Nº 1.454; 1.455; 1.456;
1.457; 1.458; 1.459 y 1.460.
ZONA DE DESASTRE Y EN EMERGENCIA LA CIUDAD DE VILLA GDOR GALVEZ
DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN,
PRESUPUESTO Y HACIENDA Y ACCIÓN SOCIAL, Proyecto
de Ordenanza, declárese a la
Ciudad de Villa Gobernador Gálvez zona de desastre y en
emergencia. Expte. Nº 4.666/12.
Autores
del proyecto:
Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.
Favorable.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART.1º) Declárase a la Ciudad de Villa Gobernador
Gálvez zona de desastre y en emergencia, por el plazo de 3 (tres) meses
ampliándose las ya declaradas en disposiciones anteriores de este Concejo
Deliberante.
ART.2º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a
disponer de los fondos que actualmente se encuentren con afectación específica,
para la atención de las tareas consignadas en el Considerando de la presente,
con excepción de las siguientes cuentas:
Fondo Especial de Aliviadores y Emisarios, Fondo de Obras de Gas.
ART.3º) Autorizase al Departamento
Ejecutivo Municipal a disponer del sistema de Compra Directa, no obstante el
monto exceda el establecido, para
adquirir alimentos y demás elementos para atender las necesidades
de las personas afectadas por el
fenómeno climático referido, dentro del plazo de 10 días hábiles, desde el día
20 del corriente mes .
ART.4º) Autorizase
al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar y suscribir con los
Gobiernos Nacional y Provincial, convenios de ayuda económica y financiera con
igual orientación y objeto que los descriptos en la presente Ordenanza.
ART.5º) Autorízase la contratación de máquinas y equipos
viales para facilitar las tareas de reconstrucción, dentro del plazo de 20 días
hábiles, desde el día 20 del corriente mes.
ART.6º) Comuníquese al
Departamento Ejecutivo Municipal que deberá remitir a este Concejo
Deliberante el detalle de los montos, destino y aplicación de los fondos que
fueran dispuestos en el marco de la presente Ordenanza.
CREACION JUNTA MUNICIPAL DE DEFENSA CIVIL
DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y
ACCIÓN SOCIAL, Proyecto de Ordenanza,
créase la “Junta Municipal de Defensa Civil”. Expte. Nº 4.667/12.
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Favorable
con modificaciones.
El
Concejal Dolce opino sobre el punto.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART.1º) Créase la “Junta Municipal de Defensa
Civil” integrada por funcionarios municipales, integrantes del Concejo
Deliberante, representantes de organismos oficiales y dirigentes de entidades
privadas cuyas actividades tengan vinculación con la defensa civil y los
servicios públicos básicos.
ART.2º) La “Junta Municipal de Defensa Civil” será
presidida, como lo establece la Ley Provincial Nº 8.094, por el Intendente
Municipal; y en pleno, fijará su funcionamiento y dictará su propio estatuto.
ART.3º) Cláusula transitoria: El Departamento Ejecutivo Municipal convocará, con carácter de URGENTE, a
las instituciones incluidas en el Art. 1º
para dar funcionamiento y constitución formal a la Junta Municipal de
Defensa Civil.
CONTROLES DEPOSITO DE SAL UBICADO EN AMENABAR 675
DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y
EDUCACIÓN, Nota Sra. Andrea Srdoc
referido a un depósito de sal, sito en calle Amenábar al 675. Expte. 4.640/12.
Favorable.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
MINUTA DE
COMUNICACIÓN
ART. lº) El Concejo Deliberante se dirige al
Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que
corresponda, proceda a realizar los controles necesarios al depósito de sal
ubicado en calle Amenábar Nº 675.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al
Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que
corresponda, eleve un informe sobre las actuaciones requeridas en el artículo
precedente, así como el estado de habilitación del mencionado depósito y
cualquier otra información que resultare relevante.
RETIRO DE LA VIA PUBLICA VEHICULO
ABANDONADO EN NTRA SRA DE LA PAZ AL 400
DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto
de Decreto, sobre retiro de la vía pública vehículo abandonado en calle Ntra.
Sra. De La Paz al
400. Expte. 4.660/12.
Autor
del proyecto: Concejal Martinez.
Favorable con
modificaciones.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
DECRETO
ART.1) El Concejo Deliberante se
dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que
corresponda, proceda a retirar de la vía pública el vehículo abandonado en
calle Nuestra Señora de la Paz
a la altura del 400, entre General Paz y Gral. Lavalle.
RECHAZA LA RESOLUCION DE LA CAMARA PENAL DE TUCUMAN
DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Declaración, rechazando la Resolución dictada el
11/12/12 por la Sala II
de la Cámara Penal
de Tucumán. Expte. 4.662/12.
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Favorable con
modificaciones.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
DECLARACIÓN
ART.
1º) El
Concejo Deliberante expresa su más enérgico rechazo a la resolución dictada el
día martes 11 de diciembre por la
Sala II de la
Cámara Penal de Tucumán, que absolvió a los 13 acusados por
el secuestro y desaparición de Marita Verón el día 3 de abril de
2002.
ART.
2º) El
Concejo Deliberante expresa su solidaridad con la Sra. Susana Trimarco y
su compromiso en la lucha contra la trata de personas.
AUTORIZACION “VELADA KICK BOXING” PREDIO POLIDEPORTIVO
EL 12/01/13
DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, El Departamento Ejecutivo Municipal, solicita
autorización para “Velada Kick Boxing” Predio Polideportivo 12/01/13- Academia
Shamo. Expte. Nº 4.663/12.
Favorable.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
DECRETO
ART. lº) Autorizase al Departamento Ejecutivo
Municipal a suscribir con el Sr. Víctor Ramón Olivera, en su carácter de
Profesor de la Academia
de Kick Boxing, Boxeo y Muaythai “Shamo”, un contrato de comodato, otorgando el
uso y goce gratuito del estadio cubierto del Polideportivo Municipal “Club
Sportivo de VGG”, para la realización de una velada de Kick Boxing, el día 12
de enero de 2013, cuyo modelo obra como Anexo I y es parte integrante del
presente Decreto.
ART. 2º) Autorizase a los organizadores de la
velada descripta en el Art. 1º, al cobro de una entrada para asistir al evento
con la siguiente modalidad: $ 30.- (Pesos Treinta) anticipadas y $ 40.- (Pesos
cuarenta) en la semana previa y hasta el día del evento.
AUTORIZACION FESTIVAL PATIN ARTISTICO CLUB SPORTIVO EL
28/12/12
DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, El Departamento Ejecutivo Municipal, solicita
autorización Festival Patín Artístico Club Sportivo 28/12/12 Gimena Saurrale. Expte.
Nº 4.664/12.
Favorable.
El Concejal Cabrol
opino sobre el punto.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
DECRETO
ART. lº) Autorizase al Departamento Ejecutivo
Municipal a suscribir con la Sra. Gimena
Saurrale, un contrato de comodato,
otorgando el uso y goce gratuito del estadio cubierto del Polideportivo
Municipal “Club Sportivo de VGG”, para la realización de un Festival de Patín
Artístico, el día 28 de diciembre de 2012, cuyo modelo obra como Anexo I y es parte
integrante del presente Decreto.
ART. 2º) Autorizase a la organizadora del
evento descripto en el Art. 1º, al cobro de una entrada para asistir al
festival: $ 25.- (Pesos Veinticinco) que se destinara a la compra de
indumentaria deportiva, como así también a solventar gastos de traslado a
distintas localidades en que compitan y para la organización del próximo
festival anual.
CONVENIO CON EMPRESA PRAXAIR, PROGRAMA “DIA DEL VOLUNTARIADO
2012”
DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, El Departamento Ejecutivo Municipal, eleva convenio
con Empresa Praxair, Programa “Día del Voluntariado 2012”. Expte. Nº 4.665/12.
Favorable con
modificaciones.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART. lº) Acéptase
la donación efectuada por la Empresa Praxair
S.R.L., en el marco de su programa “Día del Voluntariado 2012”, a favor de la Municipalidad de VGG
de los siguientes materiales: - agropol negro 6x50 200 micrones rollo (2),
alambre alta resistencia 17/15 x 1000
m (2), media sombra 80 % negra 4,20 x 50 m, Tersuave Convertidor de Óxido Rojo (2), piedra
granítica 6/19, caño tubular (4).
ART. 2º) El Concejo Deliberante se notifica
del convenio suscripto en fecha 27 de octubre de 2012 entre el Departamento
Ejecutivo Municipal y la
Empresa Praxair S.R.L.
MODIFICACION ORDENANZA 2063/12 REGIMEN DE PRESENTACION
ESPONTANEA
DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y
PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza, modificación Ordenanza Nº
2.063/12 Régimen de Presentación Espontánea. Expte. 4.655/12.
Favorable.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART. lº) Modifíquese el Art. 1º de la Ordenanza Nº 2063/12
el que quedará redactado de la siguiente manera: “Establécese el Régimen de
Presentación Espontánea para regularizar y declarar mejoras terminadas por
medio del expediente de planos de edificación que se presenten a partir de la
promulgación de la presente Ordenanza y hasta el 31 de marzo de 2013”.
ART.2º) Modifíquese el Art, 3º de la Ordenanza Nº 2063/12
el que quedará redactado de la siguiente manera: “El presente Régimen de
Presentación Espontánea para regularizar y declarar mejoras terminadas por
medio del expediente de planos de edificación que no se encuentren iniciados
será de aplicación para:
Viviendas: sin limite de
superficie, comprendan o no mas de una unidad de vivienda, localizadas en uno o
más lotes, siempre y cuando posean no más de PB y 1 Piso.
-Industrias, depósitos y comercios
se clasificaran en tres categorías con distintos porcentajes para el pago de
derechos y tasas.
a) pequeñas y medianas de hasta 250 m²
b) de 250 m² a 360 m² y,
c) Más de 360 m²
Se aclara que en la determinación
de la superficie en aquellos expedientes que combinen vivienda con otro uso, se
incluirá la anteriormente declarada respecto a su uso específico, es decir, sin
tener en cuenta la superficie declarada con destino a vivienda”.
ART.3º) Modifíquese el Art. 4º de la Ordenanza Nº 2063/12
el que
quedará redactado de la siguiente manera: “Abonarán en concepto de pago de
derechos y tasas los siguientes porcentajes, sobre el monto de obra determinado
por el Colegio Profesional correspondiente, según las categorías descriptas en
el Art. 3º de la presente Ordenanza:
-Viviendas: el cuatro por mil del
monto de obra.
- Industrias, depósitos y comercios
con superficie menor a 250 m²
el cuatro por mil del monto de obra (4%o)
-Industrias, depósitos y comercios
con superficie de 250 m²
a 360 m²: el ocho por mil del monto de obra (8%o)
- Industrias, depósitos y comercios
con superficie mayor a 360 m²: el nueve y medio por mil del monto de obra (9,5%o)”
ART.4º) Modifíquese el Art. 7º de la Ordenanza Nº 2063/12 el
que quedará redactado de la siguiente manera: “Todo plano que se presente por expediente indicará las
paredes y techos con los siguientes signos convencionales:
-Existentes: los espesores de las
paredes y techos serán rellenados con negro. Se aclarará con una línea cruzada
sobre dicha superficie “Numero de permiso anterior y año correspondiente.
- A regularizar; los espesores de
las paredes y techos se rayaran a 45º”.
TRABAJOS DE OBRAS PUBLICAS Y
SEÑALIZACION EN AV. JUAN D. PERON AL 00
DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO
Y EDUCACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, diferentes
trabajos de obras públicas y señalización en la rotonda de Av. Gral. J.D. Perón
a la altura del 00. Expte. Nº 4.659/12
Autor del proyecto: Concejal Martinez.
Favorable con
modificaciones.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
DECRETO
ART.lº) El Concejo Deliberante se dirige al
Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice trabajos de
señalización con carteles indicadores marcando la orientación de mano y
contramano y la existencia de la rotonda ubicada en Av. Juan Domingo Perón a la
altura del 00 en la intersección con el Puente del Arroyo Saladillo.
ART.2) El Concejo
Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de
la Secretaría
que corresponda, realice el trabajo de pintar la rotonda con pintura vial, a
los efectos que se distinga a la distancia por los conductores de los
vehículos.
REGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACION Y FACILIDADES DE
PAGO TGI, TASAS Y DERECHOS CEMENTERIO Y DREI
DICTAMEN DE COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de
Ordenanza, Régimen Especial de Regularización y facilidades para el pago de
TGI, Tasas y Derechos de Cementerio y DREI por deudas vencidas hasta el
31/12/12. Expte.
4.656/12.
Favorable con modificaciones.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART.1º) Establécese un
Régimen Especial de Regularización y facilidades para el pago de Tasa General
de Inmuebles, Tasa y Derechos y Cementerio y Derecho de Registro e Inspección,
establecidos en los Arts. 1º, 10º y 21º de la Ordenanza Nº 1.608/04, régimen
al que podrán acogerse todos los contribuyentes y responsables que adeuden hasta el 31 de diciembre de 2012 inclusive y
se encuentre vencidos y exigibles a la
fecha de formalización del mencionado Régimen de regularización y facilidades
de pago. Podrán acogerse también todos aquellos contribuyentes y responsables
de la Tasa General
de Inmuebles, tasas y Derechos de Cementerio y derecho de Registro e Inspección
que hayan formalizado convenio de pago, tanto en gestión administrativa como en
gestión de apremio, cuyas cuotas se encuentren impagas a la fecha de
celebración de un nuevo acuerdo, estén o no vencidas y sean o no exigibles.
ART. 2º) Las deudas objeto del presente régimen de regularización están sujetas al siguiente tratamiento:
a)
Al capital de origen se le adicionarán los intereses resarcitorios de acuerdo a lo
prescripto en las disposiciones establecidas en el Código Tributario Municipal Título I Capitulo XI y demás Ordenanzas vigentes.
b)
Al monto resultante en concepto de intereses
resarcitorios se le aplicará una quita para todas las deudas anteriores al 1
de enero de 2007 del:
-
80 % para los
contribuyentes que se acojan al presente Régimen Especial de regularización y
Facilidades para el pago de los tributos mencionados en el Art. 1º, durante el
mes de enero de 2013.
-
70 % para los
contribuyentes que se acojan al presente Régimen Especial de regularización y
Facilidades para el pago de los tributos mencionados en el Art. 1º, durante el
mes de febrero de 2013.
-
60 % para los contribuyentes
que se acojan al presente Régimen Especial de
regularización y Facilidades para el pago de los tributos mencionados en el
Art. 1º, durante el mes de marzo de 2013.
ART.3º) La deuda consolidada podrá abonarse:
1) Pago contado con el
20 % de descuento durante el mes de enero de 2013
2) Pago contado con el
15 % de descuento durante el mes de febrero de 2013
3) Pago contado con el
10 % de descuento durante el mes de marzo de 2013
4) Pago en cuotas hasta
36 (treinta y seis) cuotas iguales mensuales y consecutivas. Con un interés
nominal anual del 12 % no pudiendo ser el importe de cada cuota inferior a $
100.- (Pesos Cien)
ART. 4º) La deuda cancelada de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior
tendrá el siguiente vencimiento:
1)
Pago contado: Día del acogimiento a los beneficios de la presente
moratoria.
2)
Formalización de convenio de pagos en cuotas: La primer cuota vencerá el
día de la suscripción del mencionado convenio y las restantes los días 15 de
los meses subsiguientes.
ART.5º) La presente Ordenanza implica interrupción de Prescripción para todos los
tributos independientemente de su acogimiento o no por parte de cada uno de los
contribuyentes a la Tasa General de Inmuebles, Tasas y Derechos de Cementerio y
Derecho de Registro e Inspección.
ART.6º) El acogimiento a los beneficios de la presente Ordenanza implica el pleno
reconocimiento de la deuda que se regulariza y significará desistir de los
recursos en las instancias
administrativas y/o judiciales en que se encuentren las causas, por concepto y
monto reclamado.
ART. 7º) El
término de vigencia de esta moratoria será desde la fecha de promulgación de la
presente Ordenanza hasta el 31 de marzo de 2013.
ART.8º) En los
casos que se ingresen cuotas fuera de término serán de aplicación las
normativas previstas en las Ordenanzas vigentes a la fecha de su efectivo pago.
Cuando se encontraren vencidas 3 (tres) cuotas consecutivas o 5 (cinco) cuotas
no consecutivas, se dará por caduco el plan. La caducidad quedará declarada de
pleno derecho, la misma producirá la pérdida de los beneficios que haya
conferido la aplicación de la presente Ordenanza de regularización.
ART.9º) Los
contribuyentes que no registran deudas de TGI, pueden acceder a un descuento
del 10 % por cancelar anticipadamente el período 2013 completo hasta el 15 de
enero de 2013. Para acceder al mencionado descuento por pago anticipado de la T.G.I. 2013, se puede tramitar
dirigiéndose a la
Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
LIMPIEZA EN BOCAS DE TORMENTA EN
LA INTERSECCION DE NOGUES Y COLON
DICTAMEN
DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al
Departamento Ejecutivo Municipal limpieza
de bocas de tormentas en la intersección de calles Nogués y Colón. Expte.
Nº 4.661/12.
Autor del proyecto: Concejal Martinez.
Favorable.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto
aprobado dice:
MINUTA DE
COMUNICACIÓN
ART.1) El Concejo Deliberante se
dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que
corresponda, estudie la viabilidad de realizar trabajos de limpiezas en las
bocas de tormenta ubicadas en las intersección de calles Nogués y Colón,
que se encuentran totalmente tapadas de basuras.
REORDENAMIENTO URBANISTICO –
CREACION CORREDOR URBANO
DICTAMEN DE COMISION DE OBRAS
PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO Y URBANISMO, Proyecto de Ordenanza sobre
“Reordenamiento Urbanístico-Creación Corredor Urbanos”. Expte. Nº 4.535/12.
Favorable con
modificaciones.
Opinan sobre el
punto los concejales Dolce, Luraghi y Martinez.
Puesto a
consideración se procede a la votación:
Votan
afirmativamente: Auge, Luraghi, Cabrera, Mangiaterra, Lopez y Cabrol.
Por la negativa:
Dolce y Martinez.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
CAPITULO I
DEFINICION Y AMBITO DE APLICACIÓN
ART. 1º) DEFINICION.
Se entiende como reordenamiento
urbanístico-creación de ejes o corredores urbanos a la definición de nuevos
indicadores urbanísticos para las acciones de construcción edilicia en estos
nuevos sectores de la ciudad, referidos particularmente a alturas de la
edificación, densidad de ocupación del suelo, medidas de protección de
edificios e indicaciones respecto de la disposición de elementos que afecten a
la vía pública y mecanismos de gestión para la resolución de casos especiales.
ART. 2º) AMBITO DE APLICACIÓN.
Los Corredores urbanos se refieren a
aquellos frentes edilicios ubicados a ambos lados de una vía de comunicación y
que se distinguen del resto del tejido por particulares condiciones que
presentan en la aplicación de los indicadores urbanísticos.
Dentro del ámbito de aplicación de la
presente Ordenanza, se define como nuevos Corredores urbanos-CU- a las arterias
principales denominadas Av. San Martín, Av. Gral. J. D. Perón, Bv. San Diego,
Av. Filippini, Av. Libertador y Av. Soldado Aguirre agrupadas en tres
categorías, cuyas delimitaciones y extensiones se detallan a continuación:
CU1 (Corredor urbano Nº 1) Comprende el eje
de Av. San Martín, los terrenos frentistas de ambas veredas, desde calle roque
Sáenz Peña al Norte hasta calle Paraguay al Sur.
CU2 (Corredor Urbano Nº 2) Comprende el eje
de Av. Gral. Juan D. Perón:
- Desde calle Bomberos Voluntarios hasta Av. San Martín, lotes frentistas ubicados sobre Línea municipal Sudeste y Sudoeste.
- Desde Av. San Martín hasta calle Maipú lotes frentistas sobre Línea Municipal Sureste.
- Desde calle Maipú hasta calle Lavalle lotes frentistas sobre Línea Municipal Este.
CU3 (Corredor Urbano Nº 3)
-
Corredor
Urbano 3 –CU3- Bv. San Diego: corresponde a las parcelas frentistas sobre
líneas municipales Norte y Sur de Bv. San Diego desde Av. Filippini hasta calle
Stephenson y de Av. Gral. Juan D. Perón hasta calle San Juan.
-
Corredor
Urbano 3 –CU3- Av. Filippini: corresponde a las parcelas frentistas sobre
líneas municipales Este y Oeste desde Av. San Diego hasta Av. Soldado Aguirre.
-
Corredor
Urbano 3 –CU3- Av. Libertador: corresponde en toda su extensión sobre líneas
municipales Norte y Sur de Av. Libertador en toda su extensión.
-
Corredor
Urbano 3 – CU3- Av. Soldado Aguirre: corresponde a las parcelas frentistas
sobre línea municipal Norte y Sur de Av. Soldado Aguirre desde calle Sarmiento
hasta calle Liniers.
CAPITULO II
DISTRITOS URBANOS
ART.3º) Considerando
el punto 4.1.3 del Código Urbano (Ord.1144/95) y dadas las áreas que ya han
sido dotadas de los servicios públicos necesarios, se modifican los siguientes
Distritos transitorios con las delimitaciones que se detallan a continuación,
conservando los mismos indicadores urbanísticos dispuestos para ese distrito en
dicho Código.
Distrito B22-B1: Se reemplaza por Distrito B11 en su totalidad.
Distrito B23-B1: Se reemplaza por Distrito B12 desde Línea Municipal Sudoeste de calle
Pablo Iglesias; Línea Municipal Noreste de calle Belgrano; Línea Municipal Sur
de calle Fornieles y Corredor Urbano 2-CU2-Av. Gral. Juan D. Perón como límite
Noreste.
CAPITULO III
INDICADORES URBANISTICOS PARA LOS CORREDORES URBANOS.
ART.4º) Se
fija para el Área descripta en el Art. 2º los indicadores urbanísticos que se
detallan a continuación:
a)Altura mínima de edificación: se mantiene la altura minima del Distrito B1-Planta Baja y Un
piso alto y no podrá ser inferior a los seis metros.
a)Altura máxima de edificación: se define una altura máxima de 2 veces el ancho de calle.
En caso de lotes en esquina con calles de distintos
anchos, se podrá tomar de las dos arterias la que corresponda a la más ancha
hasta una distancia máxima de 20
metros por la arteria de menor ancho, medidos desde la
intersección de ambas líneas municipales.
b)Altura en Centro de Manzana: para cualquier edificación en centro de manzana, en la
totalidad de los inmuebles ubicados en
los Corredores urbanos rige una altura máxima de seis metros,
independientemente del uso a localizar.
b) Índice edilicio: No se aplicara índice edilicio máximo. La
volumetría edificada quedara regulada por las disposiciones vigentes referidas
a las dimensiones mínimas de patios y la ubicación del centro de manzana que se
establece en este mismo artículo.
d) Retiros: En el Corredor Urbano Nº 2 –CU2- debe respetarse un
retiro obligatorio de la
Línea Municipal que facilite el ensanche o rectificación de
la vía o lugares públicos. Se mantendrá un retiro obligatorio de la línea de
edificación respecto de la línea municipal, de un metro (1m) para toda
edificación a realizarse a partir de la aplicación de la presente ordenanza, a los efectos de materializar un
ancho de vereda de aproximadamente 3
m espacio comprendido entre la línea municipal y el
cordón de la calzada-desde Av. San Martín a Bv. San Diego sobre L.M. Sudeste.
e) Salientes y Balcones: Solo se permitirán salientes y balcones
abiertos a partir de los cuatro metros de nivel de vereda.
f) Usos admitidos: Todos los usos permitidos que contemple el Código
Urbano para los Distritos B1, B2, C1, C2 y E1.
Todas las edificaciones
cuyo uso concentren e impliquen gran afluencia de público deberán presentar un
estudio de accesibilidad que será analizado y aprobado por el organismo
municipal que resultare competente.
Sin perjuicio de lo
establecido anteriormente, toda actividad o emprendimiento deberá dar
cumplimiento a todos los requisitos y procedimientos que para la habilitación
de cada uso establezcan las Ordenanzas pertinentes.
g) Reformas y ampliaciones de edificios existentes: En ampliaciones,
la edificación a incorporar deberá respetar las alturas mínimas y máximas
establecidas para el tramo al que pertenezcan. Las construcciones existentes
con permiso o registro de edificación, que presenten proyectos de reforma y/o
ampliación dentro del volumen original, podrán preservar la condición
constructiva aprobada.
CAPITULO IV.
MECANISMOS DE GESTION.
ART.5º) Toda
obra nueva de edificación de gran escala que tenga mas de mil metros cuadrados
deberá presentar, junto al expediente de
edificación, un estudio de factibilidad de todas las Empresas Prestatarias de
Servicios –agua y cloacas, gas, electricidad-, así como también un Estudio de
Suelos firmado por Profesional competente matriculado.
ART.6º) Incorpórese
al reglamento de Edificación (Ord. 116/74 y modificatorias) en su punto sobe
Protección contra Incendio 3.10.2.2 Prevenciones de construcción- el Ítem C13
que quedará redactado de la siguiente manera:
Prevención C13
a) Todo edificio a construirse destinado
a vivienda- Residencia colectiva de mas de 12 m de altura deberá contar con una caja de
escalera.
b) Todo edificio que posea mas de 30 m de altura destinado a
vivienda – Residencia colectiva y mas de 12 m de altura para el resto de los usos,
contará con antecámara para acceder a la caja de escalera. Esta antecámara
tendrá puerta de cierre automático en todos los niveles, asegurando la no
contaminación de la caja, utilizando un
sistema que evite el ingreso de los productos de la combustión misma.
c) La escalera será construida de
material incombustible contenida entre muros resistentes al fuego acorde con el
mayor riesgo y la mayor carga de fuego que contenga el edificio.
d) El acceso a la caja será a través de
puertas de doble contacto con una resistencia al fuego de igual rango que el de
los muros de la misma. Las puertas abrirán en el sentido de la evacuación sin
invadir el ancho del paso.
e) La caja deberá estar libre de
obstáculos no permitiéndose a través de ella el acceso a ningún tipo de
servicios tales como: armario para útiles de limpieza, aberturas para conductos
de compactador, hidrantes y otros.
f) La caja deberá estar claramente
señalizada e iluminada; esta iluminación puede ser de tipo natural, siempre y
cuando no sea afectada por un posible frente de fuego. Además deberá contar con
iluminación de emergencia para facilitar la evacuación.
g) La caja de escalera no podrá
comunicarse con ningún montante de servicio, ni esta última correrá por el
interior de la misma.
h) Las puertas que conforman la caja
poseerán cerraduras sin llaves ni picaportes fijos, trabas, etc. Dado que
deberán permitir en todos los niveles, inclusive en planta baja, el ingreso y
egreso a la vía de escape sin impedimento.
ART.7º)
ANEXOS: Es parte integrante de esta Ordenanza el Anexo I-Planos 1.
ART.8º) Todo
caso especial no contemplado en la presente Ordenanza quedará sujeto a estudio
previo de la Comisión
encargada de la aplicación y actualización del Código Urbano.
PRORROGA CONTRATO DE LOCACION
URQUIZA 2041
DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y
PRESUPUESTO Y HACIENDA, Departamento Ejecutivo Municipal, eleva prórroga Contrato
de Locación entre la Municipalidad
de Villa Gdor. Gálvez y la
Sra. Marta Azucena Farras. Expte. Nº 4.668/12.
Favorable con
modificaciones.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
DECRETO
ART. 1º) Derógase
en todos sus términos el Decreto Nº 406/2012.
ART. 2º) Autorízase
al Departamento Ejecutivo Municipal a prorrogar la vigencia del Contrato de
Locación celebrado en fecha 1º de Septiembre de 2.009 respecto del inmueble
sito en calle Urquiza Nº 2041 de Villa Gobernador Gálvez destinado al
funcionamiento de la
Secretaría de Salud Municipal, copia de cuyo modelo obra como
Anexo I y es parte integrante del presente.
ART. 3º) El
plazo de Locación de la prorroga autorizada será a partir del 1° de septiembre
de 2.012 con vencimiento al 31 de Marzo de 2.013, abonándose un canon mensual
de Pesos Tres Mil ($ 3.000.-).
MANIFESTACIONES
La Presidenta del Concejo
Deliberante anuncia el receso administrativo y legislativo hasta el 4 de
febrero 2013.
Video de la sesión
En la Web
Un Concejo junto a la
gente
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