VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, art. 39
inc. 14, 52 y 62, Ley N,° 19349 - Ley de Gendarmería Nacional, Ley de SEGURIDAD
INTERIOR N° 24.059, La ley de Defensa Nacional N° 23.554/88, La conmemoración
el día 28 de julio del 76 aniversario de la creación de Gendarmería Nacional
Argentina, y
CONSIDERANDO:
Que durante la presidencia del Dr. Roberto M Ortiz,
Gendarmería Nacional Argentina fue creada el 28 de julio del año,1938 por el
Congreso Nacional, debido a una verdadera necesidad pública, destinada a
consolidar el límite internacional y garantizar la seguridad de colonos y
pobladores en regiones alejadas del país; comenzando a asentarse en los
''territorios nacionales" como resguardo fronterizo.
Que dadas las particularidades del territorio donde debía
cumplir la misión y el carácter de ésta, determinaron que la Fuerza naciera
como un Cuerpo con organización, formación militar y férrea disciplina,
circunstancia que a la fecha se mantiene.
Que en la génesis de su creación y en el espíritu que
los legisladores imprimieron en el proyecto que luego fue promulgado como Ley
N° 12.367 se reza: "contribuir decididamente a mantener la identidad
nacional en áreas limítrofes, a preservar el territorio nacional y la
intangibilidad del limite internacional".
Que su personal fue sujeto a un régimen disciplinario,
con estructura, capacitación, doctrina militar y formación jurídica que le
permitiera cumplir funciones policiales en tiempo de paz, y en tiempos de
guerra integrar el componente terrestre militar: caso concreto, fue su
participación en la Guerra de Malvinas en el año 1982.
Que en la actualidad la institución se encuentra
enmarcada dentro de la Ley Orgánica N° 19.349 que regula su organización,
misión, funciones, jurisdicción, competencias y régimen legal de su personal.
Que la misma depende del Ministerio de Justicia,
Seguridad y Derechos humanos, integrando el Sistema de Seguridad Interior
previsto en la Ley N º 24.059 e integra el Sistema de Defensa Nacional conforme
a lo normado en la Ley Nº 23.554.
Que su misión en el ámbito de Seguridad Interior es
satisfacer las necesidades del estado nacional en materia de policía de
seguridad y policía de prevención y represión de infracciones a leyes y
decretos especiales;
Que en materia de Defensa Nacional debe ejecutar el
control y vigilancia de fronteras, la custodia de objetivos estratégicos, y
cumplir otras funciones emergentes de la misma lev de defensa nacional,
Que aporta a la Política Exterior de la Nación
participando en misiones de paz y seguridad de las Naciones Unidas y
custodiando personas y bienes del estado nacional en el exterior.
Que hoy tenemos efectivos de la Gendarmería Nacional
en 102 pasos fronterizos distribuidos en 9.376 kilómetros de fronteras,
cuidando un total de 10.029 kilómetros de rutas y autopistas, formando parte
del Cuerpo de Prevención Barrial, de los operativos Centinela, Cinturón Sur.
Vigía. Escudo Norte y Rosario, combatiendo el narcotráfico y la trata de
personas.
Que en la actualidad contamos en nuestra ciudad con
250 efectivos y 30 vehículos de Gendarmería Nacional que residen en el Club
Sportivo Municipal y en el Polideportivo de la Cooperativa Integral velando por
la seguridad de los habitantes de nuestra ciudad y de ciudades vecinas.
Por todo ello, los concejales del Partido
Justicialista Frente Para La Victoria, solicitan al resto del cuerpo la
aprobación del presente:
PROYECTO DE DECLARACION
ARTÍCULO 1: El Concejo Municipal en función de sus
atribuciones declara de Interés Municipal la conmemoración de los 76 años de la
creación de la Gendarmería Nacional Argentina que se celebran el 28 de julio
del corriente año.
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