Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, Se dé cumplimiento a las Minutas de
Comunicación Nº 1635/08; 1744/10; 1976/10 y 2059/14. Exp. 5370/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 art. 39
incisos 24 y 30;
Minuta de Comunicación Nro. 1.635/08 Reparación calle Libertador esquina Las
Heras;
Minuta de Comunicación Nro. 1.744/10 Tareas de bacheo y pavimentación en
distintas calles del Barrio Parque Alegre art. 2;
Minuta de Comunicación Nro. 1.752/10 Trabajos de obras públicas en la
intersección de Av. Libertador y calle Las Heras;
Minuta de Comunicación Nro. 1.758/10 Reparación de calzada y limpieza calle
Libertador;
Minuta de Comunicación Nro. 1.826/10 Cordón cuneta Libertador entre Las Heras y
el paso a Nivel Magallanes y Caseros;
Minuta de Comunicación Nro.
1.976/12 Obras públicas en Av. Libertador
entre Las Heras y Caseros;
Minuta de Comunicación Nro.
2.059/14 Ejecución de las tareas
solicitadas en las Minutas de Comunicación Nº 1635/08; Nº 1744/10 y 1976/12;
Decreto Nro. 305/10 Plazos de ejecución pavimentación Av.
Libertador entre Las Heras y Av. San Martín;
Estado de la calzada Av. Libertador y;
Considerando
Que desde el año 2008 se vienen realizando
reclamos sobre el estado de la calzada de Av. Libertador desde Belgrano hasta
Caseros.
Que en abril del corriente año, este Cuerpo
solicitó al Departamento Ejecutivo Municipal, ejecutara las obras mencionadas
en las Minutas de Comunicación Nº 1635/08; Nº 1744/10 y 1976/12;
Que por la mencionada arteria transita una
significativa cantidad de vehículos de distinto porte, por tal motivo se
encuentra en un avanzado estado de deterioro que dificulta considerablemente su
circulación.
Que el hundimiento y rotura de la carpeta
asfáltica genera acumulación de agua y de residuos, aumentando el riesgo de
contraer enfermedades producto de la proliferación de distintos tipo de
alimañas que estas circunstancias favorecen.
Que el estado de la calzada puede provocar
daños materiales en los vehículos que la atraviesan.
Que más de un conductor decide invadir el
carril contrario para evitar toparse con los numerosos y profundos baches que
posee la calzada y esto puede provocar siniestros viales con consecuencias
fatales.
Que es deber del Departamento Ejecutivo
Municipal velar por el bienestar de las personas que habitan el territorio
municipal.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante
eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige
al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que
corresponda, proceda a la ejecución de las tareas solicitadas en las minutas de
Comunicaciones nros. 1.635/08, 1.744/10, 1.976/12 y 2.059/14.
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