viernes, 28 de noviembre de 2014

32 Sesión Ordinaria 27 de noviembre 2014

Esta es una síntesis de la 32º sesión de carácter ordinaria que se realizó el 27 de Noviembre de 2014. La misma estuvo presidida por el Presidente del Concejo Deliberante Jorge Andrés Murabito, en Secretaria Facundo Iván Sarria.
Concejales presentes: Cabrol, Larrosa, Martinez, Cabrera, Mangiaterra, Garavano y Dolce. Ausente: Leiva.

jueves, 27 de noviembre de 2014

CONTRATACION DE UN SERVICIO DE EMERGENCIA VETERINARIA

Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Decreto,  Para la contratación de un servicio de emergencia veterinaria. Exp. 5418/14.
VISTO:
La Ley 2.756,
El reclamo de vecinos/as con respecto a la falta de respuesta de los distintos estamentos del Estado Municipal frente a casos de animales heridos o enfermos en la vía pública, y
CONSIDERANDO QUE:
No existe en la ciudad ninguna herramienta desde el Estado Municipal a la cual los/as ciudadano/as puedan recurrir para resolver casos de emergencias que involucren la salud de animales domesticados que muchas veces se encuentran abandonados en las calles de la ciudad.
Esta falta de herramientas estatales es determinante para la vida del animal en casos de emergencias que ocurren con mascotas domésticas de familias que no pueden acceder al servicio privado de una clínica veterinaria, lo que se hace más complejo en emergencias que suceden en días no laborables y/o fuera del horario de comercios.
Aún más preocupante son los casos de animales que no tienen dueño/a o aun teniéndolo/a, no reciben los cuidados pertinentes en cuanto a vacunación, alimentación y carga de trabajo que se le impone.
A pesar de encontrarse funcionando Sanidad Animal, el horario reducido de atención y las deficiencias en insumos y materiales que sobrelleva el área hacen que no pueda dar respuesta a los casos de emergencia antedichos.
Es en estos casos particulares donde la intervención de ONGs protectoras de animales y vecinos y vecinas sensibilizados por la temática se hace crucial al definir el destino del animal afectado.
El Estado Municipal debería poder brindar un servicio de emergencias veterinarias para la atención de animales heridos o enfermos en la vía pública, con posterior ubicación de sus propietarios en caso de tenerlos.
Esto sumaría al orden en la vía pública evitando accidentes de tránsito, ayudaría a evitar la proliferación de zoonosis, mejoraría el control sobre la población urbana de animales y sería por supuesto, una herramienta de atención primaria y auxilio para los casos de emergencias veterinarias.
Por todo lo expuesto el Concejal abajo firmante eleva al resto del cuerpo para su  tratamiento el siguiente proyecto de:

DECRETO:
ART. 1º): El Concejo Deliberante autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal para que contrate un Servicio de Emergencias Veterinarias de servicio ininterrumpido las 24 Hs que brinde atención primaria y auxilio de emergencia a aquellos animales que se encontrasen heridos o enfermos en la vía pública.
ART. 2º): La modalidad de contratación del servicio será por llamado a licitación pública, o el mecanismo correspondiente que garantice transparencia en dicha contratación.
ART. 3º): La Municipalidad asignará un teléfono con atención las 24 horas para la derivación de los servicios.
ART. 4º): Para garantizar el correcto cumplimiento de este Decreto, el área Municipal de Sanidad Animal convocará a reuniones periódicas a las protectoras de animales con quienes podrá coordinar la implementación del mismo.
ART. 5º): Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a ampliar las partidas presupuestarias del Área Municipal de Salud Animal a los fines de garantizar el cumplimiento de este Decreto.




Proyecto presentado por el Bloque Socialista Frente Progresista Civico y Social al 27 de noviembre 2014

Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social.

martes, 25 de noviembre de 2014

OBRAS DE BACHEO EN SECCION CATASTRAL Nº 2

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, Se realicen obras de bacheo en la sección catastral Nº 2. Exp. 5416/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades, artículo nro. 39 inciso 30;
Decreto Nro. 689/14 Reparación de calzada en la intersección de las calles Maipú e Int. Andreu;
Decreto Nro. 639/14 Obras de bacheo en calle Maipú en Av. General Juan D. Perón y Alvear;
Decreto Nro. 591/14 Carpeta asfáltica en calle San Juan desde Maipú hasta Santiago del Estero;
Decreto Nro. 641/14 Diferentes trabajos de obras públicas en calle Santiago del Estero;
Decreto Nro. 427/12 Tareas de bacheo en calle Alvear entre Santiago del Estero y Maipú;
Minuta de Comunicación Nro. 1.957/12 Trabajos de Obras Públicas en 17 de Octubre intersección Maipú;
Minuta de Comunicación Nro. 1.951/12 Tareas de bacheo en Alvear entre Maipu y Sgo del Estero;
Minuta de Comunicación Nro. 1.934/12 Reparación y Mantenimiento en Pje Musto desde Maipú hasta 3 de Febrero;
Minuta de Comunicación Nro. 1.894/11 Pavimentación en calle Colón entre Nogués y Maipú;
Minuta de Comunicación Nro. 1.665/09 Carpeta asfáltica Pje Gorriti entre Maipú y Sgo del Estero;
Minuta de Comunicación Nro. 1.639/08 Construcción cordón cuneta Int. Andreu entre Maipú y Paraná;
Minuta de Comunicación Nro. 2.051/13 Obras de bacheo en calle Córdoba al 300 entre Alvear y 17 de Octubre;
Minuta de Comunicación Nro. 1.978/12 Viabilidad de realizar obra de bacheo en calle Corrientes entre Alvear y 17 de Octubre;
Minuta de Comunicación Nro. 1.720/10 Construcción cordón cuenta calle Thompson entre 17 de Octubre y Alvear;
Minuta de Comunicación Nro. 1.611/08 Hundimientos existentes en calles 17 de Octubre y Sgo del Ester;
Minuta de Comunicación Nro. 1.622/08 Reparación calzada 17 de Octubre y 3 de Febrero;
Minuta de Comunicación Nro. 1.633/08 Reparación calle Santiago del Estero esquina 17 de Octubre y;
Considerando
Que en las calles comprendidas dentro de la zona catastral nro. 2 se encuentran baches de diferentes dimensiones siendo algunos de tamaño considerable.
Que las obras de bacheo han sido solicitadas en reiteradas oportunidades por este Cuerpo, mediante las minutas y decretos detallados en los vistos.
Que las condiciones de las calles de la zona pueden ocasionar daños materiales a los vehículos aumentando el riesgo de siniestralidad vial.
Que la intención de esquivarlos puede ocasionar hechos desafortunados poniendo en riesgo la integridad física de las personas que circulan por el lugar.
Que dicha situación se agrava durante los días de lluvia por el pavimento roto, aumentando el riesgo de los peatones a la hora de cruzar la calzada debido a que  los baches se llenan de agua haciendo dificultoso calcular la profundidad de los mismos.
Que los motovehículos y bicicletas corren el mismo riesgo que los peatones agravándose por la velocidad superior que desarrollan.
Que calle Alvear entre Santiago del Estero y Maipú no está en condiciones de transitabilidad, habiendo sido objeto del Decreto Nro. 427/12 en el cual se solicitaba tareas de bacheo, en un plazo no mayor a los 60 días. Este pedido data de noviembre de 2012 y a dos años de la aprobación del mismo, no se ha solucionado.
Que, a su vez, dicho decreto remite a la minuta de comunicación Nro. 1.951/12 en la cual se solicitaba las mismas obras.
Que mediante la Minuta de Comunicación Nro. 1.957/2012, se solicitaba se proceda a realizar tareas de reparación y mantenimiento en calle Maipú en su intersección con calle 17 de Octubre, ya que la mencionada arteria había un bache de importantes dimensiones, donde se concentraba gran acumulación de aguas servidas.
Que en la citada minuta de comunicación, en sus considerandos expresaba “Que dicha situación origina numerosos inconvenientes a los vecinos del lugar y en especial a niños que concurren a un centro de la niñez allí ubicado.
Que la calle 17 de Octubre es una arteria muy transitada, particularmente por unidades del transporte público de pasajeros, ocasionando trastornos para el ascenso y descenso de pasajeros.”
Que en el otro extremo de 17 de octubre, en su intersección con Santiago del Estero, también la calzada se encontraba destruida, dando origen a la Minuta de Comunicación Nro. 1633/2008.
Que, habiendo transcurrido años de la aprobación de las minutas y decretos mencionados en los vistos, la situación, lejos de solucionarse, se ha ido agravando siendo indispensable la inmediata la reparación de las calles citadas en los mismos.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de bacheo en las arterias ubicadas dentro de la zona catastral Nro. 2 priorizando los ubicados en:
ü    Maipú entre Alvear y Mendoza y;
ü    Alvear entre Santiago del Estero y Maipú.
Artículo 2.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal dé cumplimiento a los decretos Nros. 689/14;  639/14; 591/14; 641/14; 427/12 y; Minutas de Comunicaciones Nros. 1.957/12; 1.951/12; 1.934/12; 1.894/11; 1.665/09; 1.639/08; 2.051/13; 1.978/12; Minuta de Comunicación Nro. 1.720/10; 1.611/08; 1.622/08 y 1.633/08.







SE DE CUMPLIMIENTO A LA ORDENANZA 490/89, DECRETOS 357/12; 443/12; 550/13 Y 579/14; Y MINUTA DE COMUNICACIÓN 1939/14

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, Se dé cumplimiento a la Ordenanza 490/89; Decretos 357/12; 443/12; 550/13 y 579/14; y Minutas de Comunicación 1939/12. Exp. 5415/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículos 39 y 41;
Ley Nacional de Tránsito Nro. 24.449 art. 49 inciso b.7;
Ley Nacional de Tránsito Nro. 24.449 art. 72 incisos c.5  y d;
Ordenanza Nro. 490/89 Código de Faltas Artículos 40º, 154° inc. 5 y 161°;
Decreto Nro. 357/12 Intimar retiro vehículos abandonados en Soldado Aguirre y Liniers;
Decreto Nro. 443/12 Retiro de la vía pública vehículo abandonado en calle Ntra. Sra. De La Paz al 400;
Minuta de Comunicación Nro. 1.939/12 Retiro de los vehículos abandonados en J. Jaures al 1800 y refuerzo de controles;
Decreto Nro. 550/13 Intimación al propietario del vehículo abandonado en la vía pública;
Decreto Nro. 579/14 Relevamiento de los vehículos abandonados en la vía pública y;
Considerando
Que los vehículos abandonados son generadores de distintos problemas relativos al cuidado del medio ambiente, la seguridad pública y la salud de la población que pueden convertirse en focos de infección, ya que en su interior se acumula basura y el agua se estanca en los neumáticos y en los alrededores de sus ruedas.
Que dado la situación de inseguridad que padece la ciudad, estos vehículos favorecen las posibilidades de las llamadas “entraderas” o los arrebatos, ya que los delincuentes podrían utilizarlos para ocultarse.
Que en el territorio de la ciudad existen numerosos autos abandonados, considerándose estos como todos aquellos vehículos estacionados en la vía pública por un lapso superior a 5 (cinco) días según Ley Nacional de Tránsito Nro. 24.449 art. 49 inciso b.7.
Que estos vehículos no sólo obstruyen la fluidez del tránsito, ocupan espacios para el estacionamiento y, en el peor de los casos, están emplazados sobre la vereda, obstaculizando el libre paso de los peatones.
Que este Cuerpo realizó innumerable cantidad de pedidos solicitando al Departamento Ejecutivo que ordene el inmediato retiro de los vehículos abandonados.
Que en calle Jean Jaures a la altura del 1800 se encuentran vehículos abandonados y que los mismos no fueron retirados, siendo que hace aproximadamente  2 años se lo solicitaba mediante Minuta de Comunicación Nro. 1.939/12.
Que dichos rodados han sufrido incendios que, de no ser por la actuación inmediata de los bomberos, pudo haber ocasionado serios daños en las viviendas linderas como así también la inhalación de humo contaminado por la combustión de los materiales propios de la estructura de los mismos.
Que, según Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 en su artículo 41 inc. 24 es deber del Departamento Ejecutivo Municipal encarnado en la figura del intendente, velar por la higiene del Municipio.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante y los concejales que apoyan este proyecto elevan, para su tratamiento, el siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, dé cumplimiento a la Ordenanza 490/89 artículos 40°, 154° y 161;  a los  decretos Nros.  357/12, 443/12; 550/13, 579/14  y a la Minuta de Comunicación Nro. 1.939/12, en un plazo que no supere los 10 días hábiles a partir de la aprobación del presente decreto.




REPARACION DE LA CALZADA EN EVA PERON ENTRE LIBERTADOR Y ENTRE RIOS

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, Se proceda a la reparación de la calzada en Eva Perón entre Av. Libertador y Entre Ríos. Exp. 5414/14.
Visto
Ley 2.756 articulo 39;
Estado de intransitabilidad la calle Eva Perón y;
Considerando
Que en calle Eva Perón entre Av. Libertador y Entre Ríos, zona catastral 7,  las condiciones de transitabilidad son pésimas dado la presencia de numerosos baches que ocupan, prácticamente, todo el ancho de la misma.
Que, al ser de tierra, en días de lluvia, en los baches se acumula abundante agua, lo cual obstruye el paso, impidiendo a los usuarios de esta arteria calcular la profundidad de los mismos.
Que todos los vecinos de Villa Gobernador Gálvez tienen derecho a vivir y transitar en condiciones dignas y poder, en caso de ser necesario, acceder al transporte ya sea transporte de pasajeros, remis, taxis o cualquier vehículo particular.
Que en las condiciones en la que se encuentra dicha arteria, los vehículos de emergencia no pueden acceder a las viviendas del lugar.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal la reparación y mantenimiento de las arterias de la ciudad, como así también debe velar por una segura y fluida circulación vehicular a fin de evitar que se produzcan daños sobre las personas y las cosas.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de Secretaría que corresponda, proceda a la reparación de la calzada Eva Perón entre Av. Libertador y Entre Ríos.





MOTIVO DE LA DEMORA APERTURA CUENTA CORRIENTE EN BANCO CREDICOOP (F.A.D.)

Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa y Jorge Murabito.
Proyecto de Decreto, Se informe sobre el motivo de la demora en la apertura de la cuenta corriente en la sucursal Villa Gdor Gálvez Banco Credicoop (F.A.D.). Exp. 5413/14.
VISTO:
La Ley 2756 (Artículo 41 inciso 14) y
Las Ordenanzas 2244/14 y 2251/14 y
CONSIDERANDO:
Que con fechas 02 y 14 de Octubre de 2014 fueron sancionas respectivamente las Ordenanzas mencionadas en el Visto.
Que la ordenanza 2244/14 crea el Fondo de Asistencia al Deporte y la Ordenanza 2251/14 da al mismo una fuente adicional de financiamiento.
Que ambas Ordenanzas fueron aprobadas en forma unánime por los 9 integrantes de este cuerpo deliberativo.
Que las mismas fueron promulgadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en tiempo y forma.
Que en el Artículo 5º) de la Ordenanza 2244/14 y en el Artículo 2º) de La Ordenanza 2251/14, se habilita la apertura de una cuenta corriente en la Sucursal Villa Gobernador Gálvez del Banco Credicoop Cooperativo Limitado a nombre de la Municipalidad, para el ingreso de la recaudación del Fondo de Asistencia al Deporte.
Que han  transcurrido más de 40 días desde que fuera promulgada la última de las ordenanzas, sin que se haya registrado la apertura de la cuenta.
Que ello implica que el Fondo no pueda tener funcionamiento real y concreto, ya que más allá de su instrumentación a través de la creación del Registro de clubes de fútbol infantil, fútbol femenino y hockey sobre césped femenino, es condición necesaria y vital la existencia de la cuenta bancaria en particular para su existencia.
 Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

DECRETO
Art. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a informar el motivo de la demora en la apertura de la cuenta corriente en la Sucursal Villa gobernador Gálvez del Banco Credicoop Cooperativo Limitado.
Art. 2º) El Concejo Deliberante otorga al Departamento Ejecutivo Municipal un plazo de 5 (cinco) días hábiles para la remisión del informe solicitado en el Art. anterior.
Art. 3º) Para el caso de no responder el Departamento Ejecutivo Municipal en tiempo y forma a lo requerido por Arts. 1º) y 2º), este cuerpo evaluará a dicha situación como una falta de cumplimiento de los deberes de funcionario público, considerando en consecuencia  tal conducta encuadrada dentro  de los artículos 248  y 249 del Código Penal de la Nación Argentina, reservándose el derecho de acudir en auxilio del ámbito judicial.