lunes, 29 de julio de 2013

OBRAS DE NIVELADO EN PASAJE 4 ENTRE BUENOS AIRES Y SAN NICOLAS

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que se realice obras de nivelado en Pasaje 4 entre Buenos Aires y San Nicolás. Exp. 4862/13.
VISTO
Ley 2.756 articulo 39 inciso 25 y;
CONSIDERANDO
Que los vecinos de Pasaje 4 a la altura de 1900, entre Buenos Aires y San Nicolás, hace tiempo están realizando reclamos ante la Secretaria de obras públicas y aún no han obtenido respuesta alguna.
Que la mencionada arteria se encuentra en condiciones de intransitabilidad por los numerosos pozos de importante profundidad, siendo aún más intransitable durante los días de lluvia por la acumulación de agua y porque la misma es de tierra.
Que por la falta de obras en la zona, las viviendas han quedado por debajo del nivel de la calle, por lo cual en los días de lluvia el agua escurre hacia los costados. Por tal motivo, el agua ingresa a las casas provocando daños materiales.
Que los vecinos son personas comprometidas con la ciudad y cumplen con sus deberes contributivos abonando la tasa general de inmueble y que la contraprestación que está tasa conlleva no es aplicada a la mencionada zona.
Que en toda la cuadra hay solo 3 (tres) focos de alumbrado público, haciendo la zona insegura.
Que por dicho pasaje circula gran cantidad de personas por la proximidad de la escuela Nro. 1.281 Doctora Cecilia Grierson y el Club Coronel Aguirre.
Que la falta de iluminación pone en riesgo a las personas que transitan por el lugar.
Que es deber del Ejecutivo contemplar y realizar obras en todos los barrios de la ciudad.
Que los vecinos necesitan la pronta ejecución de las obras para poder desarrollarse dignamente.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, envié personal especializado a Pasaje 4 a la altura de 1.900, entre Buenos Aires y San Nicolás, para que verifique las condiciones de la calle y proceda a ejecutar -en un plazo no mayor a 30 (treinta) días corridos contados a partir de la aprobación del presente decreto- las obras de nivelado, en la forma correcta, evitando cualquier inconveniente que pudiera suscitarse de realizar un trabajo sin la correcta planificación y control.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, gestione ante la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Limitada, la colocación de luminarias en Pasaje 4 a la altura de 1.900, entre Buenos Aires y San Nicolás.





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