Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Ordenanza, modificando
las Ordenanzas 1639/05 y 1989/11. Exp. 4845/13.
Visto:
La
ley de municipios y comunas 2756
La
ordenanza Nº 1205/96
Considerando:
Que
el FONDEPRO es un fondo para el desarrollo productivo y que en la actualidad
por autorización de este cuerpo deliberante es distribuido a instituciones de
nuestra ciudad, asociación de comercio e industria, Area industrial oficial de
desarrollo, fuerzas de seguridad pública y a la asociación de bomberos
voluntarios de villa gobernador Gálvez.
Que
además de las instituciones antes mencionadas que perciben dicho fondo y que es
sumamente necesario que los sigan percibiendo u obteniendo de la misma manera
que es otorgado hasta el momento de la fecha, existen en nuestra ciudad otras
instituciones que son los clubes infantiles y juveniles.
Que
en los últimos tiempos los clubes infantiles y juveniles en nuestra ciudad han
crecido y vienen realizando una labor de contención e inclusión social
intachable con los niños y adolescentes de nuestra ciudad.
Que
dichos clubes infantiles se encuentran trabajando de forma organizada con
comisiones de padres que aportan no solo su trabajo para mejorar las
condiciones de infraestructura sino también su tiempo realizando diferentes
tipos de actividades comunitarias generando
así mayor integración y participación y de esta forma recaudan fondos mínimos
para el funcionamiento de los mismos.
Que
los clubes, son INSTITUCIONES que hoy frente a los avances de la delincuencia,
de los avances de la droga, de niños o adolescentes sin escolarizar constituyen
un lugar o espacio de CONTENCION fundamental para sacarlos y que no permanezcan
en contacto directo con la problemática.
Que
el derecho al deporte, juego y recreación
constituye un estímulo para el desarrollo afectivo, físico, intelectual y
social de la niñez y la adolescencia, además de ser un factor de equilibrio y
autorrealización.
Que las instituciones
que en la actualidad reciben un determinado monto en concepto de FONDEPRO con
esta nueva modificación recibirán aún más, para realizar actividades y de esta
forma seguir contribuyendo a mejorar nuestra ciudad de villa gobernador galvez.
Por todo lo expuesto, el concejal abajo firmante eleba el siguiente
proyecto:
Ordenanza
ART.1º) modifíquese el ART.3º la ordenanza número 1639/05
que quedara redactado de la siguiente manera; El fondo se constituirá con
aportes de los contribuyentes del Drei que se liquidara aplicando una alícuota
del 5% sobre el tributo determinado por cada periodo procediendo a detallar su
liquidación en la declaración jurada del mismo del mismo con la abreviatura
FONDEPRO. Asimismo el pago se producirá con igual vencimiento que el dispuesto
para cada periodo del Drei. Sumando además el 5% del total recaudado del Drei mensual, dando
como resultado un nuevo FONDEPRO SOCIAL.
ART.2º) .modifíquese el ART.1º De la ordenanza 1989/11 quedando redactado
de la siguiente manera
DISTRIBUCION: El FONDEPRO SOCIAL se
distribuirá de la siguiente forma, según asignación de prioridades:
a) 20%
a la Asociación
de Comercio e Industria de Villa Gobernador Gálvez, destinado a inversiones en
infraestructura de carácter productivo y al fomento de la actividad comercial
en el ejido urbano de Villa Gobernador Gálvez.
b) 5% al Área Industrial Oficial de Desarrollo de
Villa Gobernador Gálvez.
c) 25%
a fuerzas de seguridad pública para equipamiento y toda demanda que propenda a
garantizar su funcionamiento.
d) 25% a la Asociación de Bomberos
Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez”.
e)
25% a los Clubes Infantiles y Juveniles
de Villa Gobernador Gálvez.
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