Este es un proyecto presentado por el bloque
PAS (Participación Alternativa Solidaria) Frente Progresista, Cívico y Social
hasta la fecha.
BLOQUE P.A.S. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y
SOCIAL
Autor
del proyecto:
Concejal Monte.
RELEVAMIENTO E INFORME SOBRE CONTENEDORES
PARA RESIDUOS DOMICILIARIOS
Proyecto de Decreto, relevamiento e informe sobre contenedores para residuos
domiciliarios. Exp. 4868/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
Las Minutas de Comunicación Nº 2029 y 2030 de 2013,
La recurrente inquietud de los vecinos sobre los
contenedores de residuos domiciliarios, y
CONSIDERANDO:
Que «ha sido
comprobada en varias zonas de la ciudad la eficacia del sistema de contenedores
para los residuos domiciliarios, y que es una preocupación cotidiana de los
vecinos la disposición en forma higiénica de los desechos de la vida diaria»,
y que «el sistema de contenedores para
los residuos domiciliarios ha probado ser una forma efectiva e higiénica de
tratar con los desechos de la vida diaria» (Minutas de Comunicación Nº 2029
y 2030 de 2013).
Que, siendo que se ha planteado en numerosas ocasiones la
inquietud sobre los alcances reales del sistema de recolección de residuos
domiciliarios por medio de contenedores, es imperativo realizar un relevamiento
que proporcione información actualizada sobre cada una de las cuadras en las
que existan contenedores de residuos domiciliarios.
Que, además, es igualmente importante conocer qué
planificación se está realizando para ampliar el servicio a otras zonas de la
ciudad.
Que, como preocupación fundamental, resulta de vital
importancia poder informar a nuestros vecinos sobre las posibilidades, plazos
de implementación y características de los servicios que como ciudad estamos en
condiciones de prestar.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para
su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento
Ejecutivo Municipal un relevamiento de los contenedores para residuos
domiciliarios que se encuentran distribuidos en el ejido urbano, detallando
puntualmente las cuadras y/o arterias cubiertas. El resultado del mencionado
relevamiento será elevado a este Cuerpo en un plazo de 15 días hábiles.
ART. 2º) El Concejo Deliberante solicita asimismo al
Departamento Ejecutivo Municipal informes sobre planificación de la
implementación de este servicio de recolección en las demás zonas de la ciudad.
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