miércoles, 19 de septiembre de 2012

Proyecto presentado por el Bloque Socialista Frente Progresista Civico y Social al 19 de septiembre 2012

Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
                 

Proyectos del Departamento Ejecutivo al 19 de septiembre 2012


Estos son los proyectos presentados por el Departamento Ejecutivo hasta la fecha.


DEPARTAMENTO EJECUTIVO

La Secretaria de Salud y Medio Ambiente y Municipalidad de Villa Gdor Galvez solicitan prorroga de 6 (seis) meses en el alquiler de la propiedad sito en calle Urquiza 2041 de esta ciudad. Exp. 4528/12.
El Departamento Ejecutivo solicita Presupuesto de Gastos del Concejo Deliberante Periodo 2013. Exp. 4534/12.
El Departamento Ejecutivo solicita la designación de un Concejal para la apertura de sobres del llamado a licitación pública provisión equipo barredora para calles  según decreto 1279/12 que se realizara el 09 de Octubre en la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.
El Departamento Ejecutivo remite contestación al Decreto 382/12.





martes, 18 de septiembre de 2012

REPARACION CALZADA CALLE RIOJA AL 2300


Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Minuta de Comunicación, solicita al Departamento Ejecutivo la reparación de la calzada de calle Rioja a la altura del 2300. Exp. 4530/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, el reclamo de vecinos; y
CONSIDERANDO:
Que en calle Rioja a la altura del 2300 se encuentra un bache de grandes dimensiones, debido a que se hundió la loza del pavimento, lo que dificulta la transitabilidad en dicha arteria.
Que la mencionada calle tiene una constante circulación vehicular, la que incluye a dos líneas  del  transporte de pasajeros de la empresa Rosario Bus.
Que es necesario que se repare ese sector de la calzada para mejorar la circulación vehicular.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal la reparación y mantenimiento de las arterias de la ciudad, como así también debe velar por una segura y fluida circulación vehicular a fin de evitar que se produzcan daños sobre las personas y las cosas.
Que por todo lo expuesto anteriormente el concejal abajo firmante eleva el siguiente proyecto de:

MINUTA DE COMUNICACIÓN

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de Secretaría que corresponda, proceda a la reparación de la calzada en calle Rioja a la altura del 2300.




INFORME SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN J.B.JUSTO 1895


Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre el inmueble ubicado en J.B.Justo 1895 esquina Garay. Exp. 4531/12.
Visto:
Ley N° 2.756
Considerando
Que en calle Juan B. Justo a la altura 1895 esquina Garay, existe un inmueble que ya hace varios años está abandonado.
Que según Catastro, el número de información es 05-0008-001 ubicado en la zona 5 en la manzana N° 8.
Que según vecinos de la zona, nos tramiten su preocupación por la gente que usurpa y que se mete para esconderse de la policía o supuestamente elementos robados.
Que es deber de este Concejo Deliberante requerir los informes necesarios para conocer el estado de dicho inmueble.
Por todo lo expuesto el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:

Decreto
Art. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, informe sobre el inmueble ubicado en Juan B. Justo 1895 esquina Garay, zona 5 manzana 8, Numero de información catastral: 05-0008-001.




SE DE CUMPLIMIENTO A LA ORDENANZA 1822/08 Y AL DECRETO 300/10. RAMPAS PARA DISCAPACITADOS


Autor del proyecto: Concejal Martínez. 
Proyecto de Decreto, para que se de cumplimiento a la dispuesto por la Ordenanza 1822/08 y el Decreto 300/10. Señalización en las rampas con el logo de discapacidad y multa a los frentistas que obstruyan el paso a dichas rampas. Exp. 4527/12.
VISTO:
Ley N° 2.756 Art: 39 Inc. 24
Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. Aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante resolución 48/96 del año 1993. Articulo 5.
Ley Nacional Nro. 22.431 "Sistema de protección integral de discapacitados" articulo 20 modificado por Ley Nacional Nº 24.314.
Ley Provincial 9.320 artículo 20
Ordenanza 31/1984 "Adhesión a la Ley 22431 sobre tránsito y estacionamiento para discapacitados" artículo 11
Ordenanza 942/1994 "Construcción de rampas de ascenso y descenso para discapacitados en lugares de acceso público"
Ordenanza 1334/1998 "Incorpora arquitectura diferenciada al reglamento de Edificación”
Ordenanza 1822/2008 "Construcción de rampas para discapacitados en las avenidas más transitadas"
Decreto 300/2010 "Se dé cumplimiento a lo dispuesto por Ordenanza nro. 1.822/2008" y
CONSIDERANDO:
Que la Organización de Naciones Unidas en su artículo 5to. de las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, exige a los Estados adoptar medidas para eliminar los obstáculos a la participación en el entorno físico con el objetivo de lograr la igualdad de oportunidades en todas las esferas de la Sociedad.
Que según Ley Nacional Nro. 22.431 en su artículo 20 correspondiente al título II Capítulo IV establece la supresión de barreras físicas a fin de que las personas con movilidad reducida o en sillas de ruedas puedan gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía en los ámbitos urbanos.
Que en 1994 este Concejo Aprobó la construcción de rampas de ascenso y descenso mediante ordenanza 942. Estableciendo además, que se realicen las obras necesarias para adaptar los edificios públicos a la accesibilidad de estas personas.
Que es obligatoria la construcción de dichas rampas en toda obra de ensanche o asfaltado en ejecución o por ejecutarse.
Que el Reglamento de Edificación fue modificado mediante ordenanza 1.334/98 incorporándose el título 6 "Arquitectura diferenciada para discapacitados" con el objetivo de garantizar las condiciones necesarias de transitabilidad.
Que según ordenanza 1.822 sancionada en diciembre de 2008 establece la construcción de rampas en las avenidas más transitadas y que el decreto 300 del año 2010 exige su cumplimiento.
 Por todo lo expuesto el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:

Decreto
Art. lº) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, de cumplimiento a lo dispuesto por la Ordenanza 1822/2008 y el decreto 300/2010.
Art. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, señalice cada rampa con el logo de discapacitados.
Art:3) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, multe a los frentistas que obstruyan el paso obligatorio de rampas para discapacitados.





BACHEO EN CALLE MAGALLANES DESDE AV. LIBERTADOR HASTA FILIPPINI


Autor del proyecto: Concejal Martínez. 
Proyecto de Minuta de Comunicación, se estudie la viabilidad de realizar bacheo en Magallanes a la altura del 2700 y en toda la extensión desde Av. Libertador hasta Filippini y señalización del paso ferroviario de calle Magallanes. Exp. 4526/12.
Visto:
La Ley Nº 2756 Art. 39 Inc. 30 y
Considerando:
Que en calle Magallanes a la altura del 2700, entre Pueyrredón y Chubut se encuentra un gran bache al bajar de las vías, y se choca obligadamente por el lugar donde se encuentra ubicado.
Que en toda la extensión por calle Magallanes, desde Avenida Filippini hasta Avenida Libertador, se encuentra destruido el pavimento originando inconvenientes al paso de vehículos, por la cantidad de pozos que existen.
Que es una arteria de mucho transito, por las razones que tenemos el cruce de Avenida Libertador a Magallanes, con salida a la localidad de Alvear y para el otro lado al Cementerio San Lorenzo.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y reparación de las calles de la ciudad, para logar una mejor calidad de vida de nuestros ciudadanos.
El Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:

Minuta de Comunicación
Art. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, estudie la viabilidad de realizar bacheo en calle Magallanes a la altura del 2700 y en toda la extensión desde Avenida Libertador hasta Avenida Filippini.
Art. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, estudie la viabilidad de señalizar el paso Ferroviario con carteles indicadores por calle Magallanes.



  


PRORROGA LA VIGENCIA DEL REGIMEN DE PRESENTACION ESPONTANEA


Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi. 
Proyecto de Ordenanza,  prorrogando la vigencia del Régimen de Presentación Espontanea establecido por la Ordenanza 1984/11. Exp. 4532/12.
VISTO:
La Ley 2756.
Las Ordenanzas N° 1.861/09, 1.926/10 y 1.984/11, y
CONSIDERANDO:
Que las mencionadas Ordenanzas establecieron un Régimen de Presentación Espontánea para regularizar y declarar mejoras terminadas en la presentación de expedientes de planos de edificación.
Que dicho Régimen de Presentación Espontánea tiene un plazo de vigencia que vence el 30/09/12.
Que el éxito obtenido durante la vigencia de este régimen demuestra la conveniencia de disponer una prórroga por un año, es mérito a los beneficios recaudatorios que ya fueran expuestos en los Considerandos de las Ordenanzas N° 1.861/09, 1.926/10 y 1.984/11.
Por todo lo expuesto, el Bloque Justicialista-FPV- solicitan al resto del Cuerpo la aprobación del siguiente proyecto de:
ORDENANZA
ART.1º)  Prorrogase la vigencia del Régimen de Presentación Espontánea establecido por la Ordenanza N° 1.984/11 hasta el 30/09/2013.