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jueves, 16 de mayo de 2013

SISTEMA DE FRANQUICIA PARA LA TERCERA EDAD EN TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS

Autor del proyecto: Concejal Monte.
Proyecto de Ordenanza, estableciendo en el ámbito municipal “Sistema de franquicia Transporte Público de Pasajeros para la Tercera Edad”. Exp. 4774/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
El Art. Nº 2 de la Ordenanza Nº 2017/2012, eximiendo del pago de la sexta cuota de patente automotor a las empresas de transporte de pasajeros, y
CONSIDERANDO:
Que en la actualidad la empresa prestataria del servicio de transporte urbano de pasajeros no garantiza el beneficio del pase libre para mayores de sesenta y nueve años, tal como sí lo hace en la vecina ciudad de Rosario.
Que este Concejo otorgó a la mencionada empresa, en febrero de 2012, la eximición del pago de la sexta cuota de patente (Ordenanza Nº 2017/2012).
Que en la actualidad un número sumamente elevado de jubilados en la ciudad, alrededor de unos 30.000, siendo la inmensa mayoría de ellos beneficiarios solamente de la jubilación mínima.
Que, en general, las personas de la tercera edad necesitan más cuidado, atención y medicamentos que el resto de los adultos, y que permitirles ahorrar el costo del boleto ayudaría en parte a cubrir la deficiencia de un ingreso bajo mediante la concesión de otros beneficios.
Que es necesario garantizar el acceso al transporte público de las personas de la tercera edad, poniendo especial atención a su necesidad de movilizarse sin dificultades.
Que, por lo demás, este Concejo considera fundamental velar por los derechos de los adultos mayores y las personas de la tercera edad.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA
ART. 1º) Establécese en el Ámbito del Municipio el Sistema de Franquicia en el Transporte Público de Pasajeros para la Tercera Edad.
ART. 2º) Podrán acceder al mencionado beneficio de viajar sin costo las personas de 69 años de edad o más con domicilio acreditado en la ciudad:
*que no posean ni inmueble ni vehículo.
*cuya suma de ingresos no sea superior al monto de la jubilación mínima.
ART. 3º) El Departamento Ejecutivo Municipal articulará con la empresa prestataria del servicio lo estipulado en el artículo precedente y garantizará el acceso a todos los vecinos de la tercera edad. El trámite de la mencionada franquicia será gratuito.




jueves, 7 de febrero de 2013

PEDIDO DE OBRAS E INFORME SOBRE VERTEDERO MUNICIPAL

Autores del proyecto: Concejales Auge, Mangiaterra, Cabrera, Luragui, Lopez, Dolce, Martinez y Cabrol.
Proyecto de Decreto, pedido de obras e informe sobre vertedero municipal. Exp. 4678/13.
VISTO:
La Ley  N° 2756, Arts. 39. Inc. 14, 33, 52, 62 y
CONSIDERANDO:
En Ruta Provincial S-22 “Av. Dr. Raúl Ricardo Alfonsín” y calle Bordabehere se ha generado de manera irregular un vertedero de residuos.
La falta de control sobre el mismo provocó que entre el Domingo 27 y Martes 29 de Enero se generaran numerosos focos de incendios, en donde los Bomberos Voluntarios utilizaron aproximadamente 260.000 litros de agua potable.
En dicha situación no solo se desperdician cientos litros de agua, que podrían ser utilizados con otro fin, sino que se pone en riesgo la salud del cuerpo de Bomberos y los materiales de trabajo.
Se ve afectada directamente la salud de los vecinos de barrios aledaños debido al humo provocado por la combustión de los diferentes materiales arrojados y los automovilistas que transitan por la Autopista Rosario-Buenos Aires, ya que se reduce la visibilidad, reducción que ya ha generado accidentes en reiteradas ocasiones.
Es necesario que el Estado Municipal tome las medidas necesarias para revertir esta situación que afecta principalmente al medio ambiente, así como a los vecinos de barrios linderos.
Por todo lo expuesto, se eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:

DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda, realice en el plazo de 60 días las siguientes tareas:
a)                  Colocación de una cámara de vigilancia en la intersección de la Ruta Provincial S-22 “Av. Dr. Raúl Ricardo Alfonsín” y la calle Bordabehere.
b)                 Instalación de una bomba extractora de agua en el arroyo o una perforación a la napa dentro del predio del Vertedero Municipal que tendrá como finalidad abastecer de agua, ante una emergencia, al Cuerpo de Bomberos.
c)                  Emplazamiento de un Destacamento Municipal que cumpla las funciones de control y vigilancia del ingreso y egreso de personas y/o vehículos en la entrada principal sobre Av. Raúl Alfonsín durante las 24 hs.
d)                 Remoción de la basura acumulada en el predio ubicado entre calle Bordabehere, Autopista Rosario-Buenos Aires, Arroyo Saladillo y Av. Raúl Alfonsín.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, envíe a este Cuerpo un informe de las tareas que se proyectan realizar en el mediano y largo plazo para adecuar el Vertedero Municipal a las disposiciones provinciales vigentes.










jueves, 6 de diciembre de 2012

REDUCTORES DE VELOCIDAD EN RIOJA Y BELGRANO

Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Minuta de Comunicación,  solicitando al Departamento Ejecutivo proceda a la colocación de reductores de velocidad en la intersección de las calles Rioja y Belgrano. Exp. 4648/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,
El reclamo de vecinos; y
CONSIDERANDO:
Que en la intersección de las calles Belgrano y Rioja se hace imprescindible la inmediata colocación de reductores de velocidad ya que el flujo vehicular de las mismas es constante y que los automóviles y motocicletas circulan a gran velocidad, por lo que ya ha habido números accidentes de transito en dicho cruce.
Que por las arterias mencionadas anteriormente circulan varías líneas de transporte de pasajeros de la empresa Rosario Bus, por lo que atraviesan esa intersección de calles a alta velocidad. Que por calle Belgrano hay gran intensidad de circulación vehicular durante todo el día, y es imprescindible colocar reductores de velocidad en la intersección referida anteriormente, con el fin de aminorar la marcha de los vehículos.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal debe regular la circulación vehicular en las arterias de la ciudad y tomar medidas preventivas para evitar futuros accidentes de transito.
Que por todo lo expuesto anteriormente el concejal abajo firmante eleva el siguiente proyecto de:

Minuta de Comunicación
ART. 1 : El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a la colocación de reductores de velocidad en la intersección de las calles Rioja y Belgrano de nuestra ciudad.





martes, 4 de diciembre de 2012

PLAZO DE 15 DIAS PARA REALIZAR TAREAS DE MANTENIMIENTO Y REPOSICION DE LUMINARIAS EN PLAZA COOPERACION

Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo en un plazo de 15 días proceda a realizar tareas de mantenimiento y reposición de luminarias en Plaza Cooperación. Exp. 4615/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756
El reclamo de vecinos, y;
CONSIDERANDO:
Que entre las calles Jean Jaures, Álvarez Thomas y Bv. San Diego se encuentra emplazada la Plaza de la Cooperación.
Que dicha plaza esta ubicada en una zona muy populosa de la ciudad, donde muchas familias concurren con sus niños a pasar un grato momento de esparcimiento.
Que el pasado domingo 2 de diciembre se realizo en dicha plaza el Primer Encuentro Solidario, Colectivo y Ciudadano, organizado por la Vecinal Villa Diego Oeste, donde numerosos vecinos, artistas e instituciones se hicieron presentes para exponer las actividades que realizan.
Que diferentes luminarias del predio de la plaza se encuentran fuera de servicio, por lo que al anochecer en varios sectores predomina la oscuridad, lo que incide en que se torne inseguro el lugar para los niños que juegan en la plaza y para los vecinos que transitan por el lugar.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal velar por el adecuado funcionamiento de las luminarias de las plazas de nuestra ciudad.
Que por todo lo expuesto anteriormente el concejal abajo firmante eleva el siguiente proyecto de:

DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda y en un plazo de 15 días proceda a realizar tareas de mantenimiento y reposición de luminarias en la Plaza de la Cooperación.








miércoles, 28 de noviembre de 2012

SE DE CUMPLIMIENTO A LA ORDENANZA 2052/12


Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Decreto, para que se proceda a dar cumplimiento a lo establecido en el articulado de la Ordenanza Nº 2052/12. Exp. 4639/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756
La Ordenanza 2052/12 de Prohibición de estacionamiento en calle Belgrano 2014, Delegación del Registro Civil.
El Reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que el 13 de Septiembre del corriente año, este Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la Ordenanza 2052/12, donde el articulo N°1  establece que: "Prohíbase el estacionamiento de vehículos, los días hábiles y en el horario de 7 a 13 horas, sobre la calzada en cuyo frente se encuentra emplazada la Delegación villa Gobernador Gálvez del Registro Civil, sita en calle Belgrano 2014.
Que trascurridos 75 días de la aprobación de la referida Ordenanza, El Departamento Ejecutivo Municipal no ha procedido a la señalización con carteleria indicativa en el sector donde se estableció la prohibición.
Que en el considerando de la Ordenanza 2052/12 se expresa; "Que muchos de los concurrentes al edificio llegan en sus vehículos particulares, en transporte público de pasajeros como remises y taxis, por lo que en reiteradas veces hacen ascenso o descenso de pasajeros en doble fila o dejan estacionados de manera indebida los autos sobre la ochava de calle Belgrano y Pablo Iglesias.
Que el mal estacionamiento de los vehículos ocasiona trastornos en la circulación de la Línea 142 Negra del Transporte de Pasajeros que transita por calle Pablo Iglesias y que al querer girar hacia calle Belgrano se ve imposibilitado de hacerlo de manera correcta, debido a los vehículos que se encuentran estacionados sobre la ochava".
Que es necesario que el Departamento Ejecutivo Municipal proceda a dar cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza en cuestión, con el fin de hacer un ordenamiento de transito en la zona.
Por todo lo anteriormente expuesto, el concejal abaja firmante eleva para su tratamiento el presente proyecto de

Decreto

Art. 1: El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda y en un plazo de 20 días proceda a dar cumplimento a lo establecido en el articulado de la Ordenanza 2052/12.




martes, 6 de noviembre de 2012

TAREAS DE BACHEO ALVEAR ENTRE SANTIAGO DEL ESTERO Y MAIPU

Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Decreto, realización tareas de bacheo en calle Alvear entre Santiago del Estero y Maipú. Exp. 4612/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756
La Minuta de Comunicación N° 1951/12
El reclamo de vecinos, y;
CONSIDERANDO:
Que en la sesión ordinaria de este Concejo Deliberante de fecha 5 de julio de 2012, se aprobó por unanimidad tareas de bacheo en calle Alvear entre Santiago del Espero y Maipú.
Que después de 3 meses de aprobada la Minuta de Comunicación N° 1951/12, no se ha reparado la calzada, agravándose la situación en cuanto a que los baches han aumentado en sus dimensiones, lo que provoca que la arteria sea prácticamente intransitable para los vehículos.
Que los baches que se encuentran en calle Alvear casi Santiago del Estero, tienen más de 50 centímetros de profundidad por un metro de longitud aproximadamente.
Que hasta que se realice el bacheo correspondiente, se debería señalizar y prohibir la circulación vehicular por calle Alvear entre Santiago del estero y Maipú para evitar que se ocasione algún tipo de accidente con consecuencias dañosas sobre las personas y las cosas.
Que es deber del Poder Ejecutivo Municipal el mantenimiento y reparación de las arterias de nuestra ciudad que el mismo debe velar por una buena y segura circulación vehicular.
Que por todo lo expuesto anteriormente el concejal abajo firmante eleva el siguiente proyecto de:

DECRETO
ART. 1 : El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda y en un plazo de 15 días se realicen tareas de bacheo en calle Alvear entre Santiago del Estero y Maipú.
ART. 2: El Departamento Ejecutivo Municipal hasta tanto se realicen las obras de bacheo referidas en el artículo N° 1, deberá señalizar e interrumpir la circulación vehicular en calle Alvear entre Santiago del Estero y Maipú.





miércoles, 31 de octubre de 2012

EXCEPCION PAGO 6º CUOTA PATENTE AUTOMOTOR PROPIETARIOS LICENCIAS DE REMISES Y TAXIS

Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Ordenanza, exceptuase pago 6ta cuota patente automotor a propietarios de licencias de remises y taxis. Exp. 4605/12.
VISTO:
La Constitución de la Nación Argentina.
La ley Provincial Nº 2756.
La ley  Provincial Nº 13226.
El Decreto Nº 116/12 del Superior Gobierno de Santa Fe.
CONSIDERANDO:
Que  en el marco de  la Ley  Provincial 13.226 y  el  Decreto  116/12 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe,  se autorizan a los Municipios y Comunas de esta provincia a emitir una sexta cuota de la Patente Automotor.
Que en la sesión extraordinaria de este Concejo Deliberante del  día 8 de febrero del 2012 se aprobó la Ordenanza 2017/12 donde se le autoriza a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez a emitir una sexta cuota de Patente Automotor.
Que en el Articulo Nº 2 de la Ordenanza anteriormente referida, se  exceptúa del pago de la sexta cuota de Patente Automotor a las empresas de Transporte de Pasajeros.
Que esta excepción se ha vuelto discriminatoria con respecto a los demás prestadores del servicio público de transporte de pasajeros de nuestra ciudad, como  titulares de licencias de remises y de taxis que tienen radicados los vehículos en nuestra localidad.
Que la Constitución Nacional en su Artículo 16 consagra el Derecho a la Igualdad, refiere en la ultima parte; que “La Igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”.
Que es necesario dictar una medida legal que también contemple  la exención al pago de la sexta cuota de Patente Automotor a los propietarios de licencias de Remises y de Taxis de nuestra ciudad, donde la mayoría de estos son pequeños contribuyentes oriundos de Villa Gobernador Gálvez  que invierten y apuestan al progreso de la localidad.
Que debe prevalecer el Derecho a la Igualdad entre las grandes empresas de Transporte de Pasajeros y los propietarios de licencias de taxis y remises de nuestra ciudad, por lo cual estos también deben acceder al beneficio de la exención del pago de la sexta cuota de Patente Automotor.
Por todo lo anteriormente expuesto, el concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el presente proyecto de:


Ordenanza
ART. 1: Exceptuase del pago de la sexta cuota de la Patente Automotor a los propietarios  de Licencias de Remises y Taxis  otorgadas por la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
ART. 2: El Departamento Ejecutivo Municipal  tomara  las medidas administrativas correspondientes para dar cumplimiento a lo establecido en el Articulo Nº 1.




martes, 23 de octubre de 2012

REPARACION BOCA DE TORMENTA Y CORDON CUNETA EN J.D.PERON Y GARAY

Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Decreto, reparación de la tapa de boca de tormenta y cordon cuneta que se encuentra en la intersección de Av. Juan D. Peron y calle Garay. Exp. 4589/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756
La Minuta de Comunicación N° 1899/12
El reclamo de vecinos; y
CONSIDERANDO
Que en la sesión ordinaria de este Concejo Deliberante, de fecha 30 de marzo del corriente año se aprobó por unanimidad la Minuta de Comunicación N° 1899/12.
Que en sus considerandos se exponía que en la intersección de la Av. Juan Domingo Perón y calle Garay se halla sobre la acera una tapa de boca de tormenta en muy malas condiciones, que esta hundida produciendo un desnivel sobre la acera y que el cordón cuneta se encuentra despegado y levantado de su base.
Que al día de la fecha han transcurrido 6 meses de la aprobación de esta Minuta De Comunicación en donde se le solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, que repare esa boca de tormenta y el cordón cuneta, para evitar que se produzca algún tipo de accidente con los numerosos transeúntes que caminan por el lugar antes nombrado.
Que después de todo el tiempo trascurrido desde la aprobación de la Minuta de Comunicación referida, no se ha ejecutado la obra solicitada.
Que por todo lo expuesto anteriormente el concejal abajo firmante eleva el siguiente proyecto de:

DECRETO

ART. 1º: El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda en un plazo de 10 días hábiles a la reparación de la tapa de boca de tormenta y cordón cuneta que se encuentra en la intersección de Av. Juan Domingo Perón y calle Garay de nuestra ciudad.





SE INFORME SOBRE EVENTO REALIZADO EL 19 DE OCTUBRE EN EL CLUB SPORTIVO MUNICIPAL

Autores del proyecto: Concejales Monte, Dolce, Martínez y Cabrol.
Proyecto de Decreto, solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre evento realizado el día viernes 19 de octubre en el club Sportivo Municipal. Exp. 4588/12.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
El evento que se realizó el pasado viernes 19 de octubre en el Club Sportivo Municipal, y CONSIDERANDO:
Que el pasado 19 de Octubre se realizó en el Club Sportivo Municipal un evento deportivo con cobro de entrada.
Que la autorización para realizar el mencionado evento no fue debidamente requerida a este Cuerpo Deliberante por parte del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que debe recordarse que es atribución de los Concejos Deliberantes la autorización de espectáculos con cobro de entrada en espacios públicos.
Que es fundamental que este Cuerpo ejerza los contralores necesarios a fin de evitar irregularidades y asegurar el respeto de las instituciones públicas, resguardando el bienestar de la población.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:

DECRETO
ART. 1º) Elévese a este Cuerpo un informe detallado sobre el evento que se realizó el pasado viernes 19 de Octubre en el Club Sportivo Municipal.

ART. 2º) El informe requerido en el artículo precedente incluirá la documentación respaldatoria de autorizaciones, habilitaciones, monto de las entradas, lista de organizadores y auspiciantes, contrataciones de seguro y montos cubiertos.










lunes, 15 de octubre de 2012

PLAZO DE 7 DIAS PARA DAR CUMPLIMIENTO AL DECRETO 386/12

Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Decreto, determinando plazo de 7 días hábiles para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 1º del Decreto 386/12. Exp. 4574/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756
El Decreto 386/12 del Concejo Deliberante
El reclamo de vecinos y;
CONSIDERANDO:
Que este Concejo Deliberante en la sesión del día 02 de agosto del comente año aprobó el Decreto 386/12.
Que en el artículo N° 1 del referido Decreto el Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda proceda a poner en funcionamiento el semáforo en la intersección de Av. Gral. Juan Domingo Perón y calle Pasteur.
Que después de 74 días de aprobado dicho Decreto, el Departamento Ejecutivo Municipal no ha puesto en funcionamiento el semáforo de la mencionada intersección
Que es imprescindible que este semáforo empiece a funcionar para hacer un mejor ordenamiento del intenso transito que circula por la zona, como así también brindarle mayor seguridad a los peatones que desean cruzar por la intersección de calle Pasteur y Av. Gral. Juan Domingo Perón.
Que por todo lo expuesto anteriormente el concejal abajo firmante eleva el siguiente proyecto de:

DECRETO
ART. 1 : El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda y en un plazo de 7 días hábiles proceda a poner en funcionamiento el semáforo en la intersección de Av. Gral. Juan Domingo Perón y Calle Pasteur según lo establecido en el art. N° 1 del Decreto 386/12.


 



PLAZO DE 5 DIAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA MINUTA DE COMUNICACIÓN 1959/12

Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Decreto, determinando plazo de 5 días hábiles para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 1º de la Minuta de Comunicación Nº 1959/12. Exp. 4573/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756
 La Minuta de Comunicación 1959/12
El reclamo de vecinos y;
CONSIDERANDO:
Que  El Concejo Deliberante en la sesión del día 16 de agosto del corriente año aprobó la minuta de comunicación N° 1959/12.
Que en el artículo N° 1 de la referida minuta, se establece que El Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaria que corresponda proceda a reconectar las luminarias de la acera lindante a las vias del ferrocarril y paralela a calle Sarmiento entre las calles Moscóni y Av. Soldado Aguirre.
Que después de 60 días de aprobada dicha minuta,   el Departamento Ejecutivo Municipal no ha reconectado en suministro eléctrico de las luminarias de la mencionada zona.
Que por todo lo expuesto anteriormente el concejal abajo firmante eleva el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1 : El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda y en un plazo de 5 días hábiles proceda a reconectar las luminarias de la acera lindante a las vías del ferrocarril y paralela a calle Sarmiento entre las calles Moscóni y Av. Soldado Aguirre.



 




miércoles, 10 de octubre de 2012

SE INFORME AL CONCEJO DELIBERANTE SOBRE LO QUE DISPONE EL ART. 3 ORDENANZA 2042/12

Autores del proyecto: Concejales Monte, Dolce, Martinez y Cabrol.
Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo informe a este Concejo Deliberante sobre lo que dispone el art. 3 de la Ordenanza 2042/12. Exp. 4570/12.

VISTO:

La Ley Nº 2.756, Art. 39º,
La Ordenanza  N° 2.042/12, “Aceptación donación de elementos de pintura para el mantenimiento  Club Sportivo Municipal”, y
CONSIDERANDO QUE:
            El día 5 de julio del corriente  el Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza mencionada en los Vistos, elevada por el Departamento Ejecutivo, por la cual se solicitaba autorización para que el Municipio de Villa Gdor. Gálvez reciba donaciones de elementos de pintura para el mantenimiento del “Club Sportivo Municipal” a cambio de la colocación de publicidad de las empresas donantes.
En el artículo 3º de aquella Ordenanza se ordenó al Ejecutivo Municipal a remitir al Concejo Deliberante el detalle de la donaciones e informar el espacio que se cederá para las mencionadas publicidades a cada empresa.
Hasta el día de la fecha no se ha enviado lo solicitado, incumpliendo con una orden estrictamente relacionada al control de lo establecido en dicha Ordenanza.
Resulta fundamental contar con la información requerida para asegurar que la distribución de los espacios publicitarios otorgados sean acordes a lo donado, teniendo en cuenta la masiva concurrencia que existe a dicho predio Municipal.
            Por todo lo expuesto, los concejales abajo firmantes elevan al resto del cuerpo para su tratamiento el siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1º: El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la Secretaría que corresponda, en el plazo de 10 días informe sobre las donaciones de elementos de pintura para el mantenimiento del “Club Sportivo Municipal”, tal como lo dispone el Artículo 3º de la Ordenanza N° 2042/12, como así también los espacios que cedió para la colocación de publicidad a las empresas donantes.

                                    





martes, 2 de octubre de 2012

REMOCION BASURAL UBICADO EN STEPHENSON ENTRE LIBERTAD Y J.JAURES

 Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo proceda a realizar tareas de remoción del basural que se encuentra en calle Stephenson entre Libertad y J. Jaures y se señalice con carteleria de Prohibido arrojar basura. Exp. 4559/12.
VISTO
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 El reclamo de vecinos, y;
CONSIDERANDO
Que en calle Stephenson llegando a la altura de calle Jean Jaures, sobre la acera del Corralón Municipal se encuentra un gran basural hace ya un prolongado tiempo.
Que en el mismo hay todo tipo de basura como residuos domiciliarios, escombros, ramas, todo esto producto de los recolectores informales de residuos que llegan con sus carros a tracción a sangre hasta el lugar y depositan ahí la basura que retiran de domicilios particulares, como así también algunos vecinos que no respetan las normas de convivencia y también contribuyen a la formación e este basural.
 Que debido a esta acumulación de basura, hay gran proliferación de roedores y otros insectos que son fuentes de transmisión de enfermedades a las personas.
Que en la zona hay niños que juegan en las veredas de sus casas, quedando expuestos a los riesgos que significa tener este basural a cielo abierto.
Que es necesario que el Departamento Ejecutivo Municipal proceda a la limpieza de este basural y a la señalización con carteleria de Prohibido Arrojar Basura en ese sector, según lo establece la normativa municipal vigente.
Que por todo lo expuesto anteriormente el concejal abajo firmante eleva el siguiente proyecto de

DECRETO

ART. 1: El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para qué a través de la. Secretaria que corresponda, proceda a realizar tareas de remoción del basural a cielo abierto que se encuentra en calle Stephenson entre las calles Libertad y Jean Jaures, sobre la acera lindante al Corralón  Municipal de la Dirección de Tránsito.
ART. 2: El Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaria que corresponda deberá señalizar ese  sector con carteleria de Prohibido Arrojar Basura, para evitar que se siga acumulando desechos domiciliarios de manera indebida en ese lugar.






TRABAJOS DE OBRAS PUBLICAS EN ALVEAR ENTRE PIAZZA Y LIBERTAD

 Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
 Proyecto de Decreto, para que proceda a realizar distintos trabajos de Obras Publicas en calle Alvear entre Piazza y Libertad. Exp. 4558/12.
VISTO        
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 El reclamo de vecinos, y;
CONSIDERANDO:
Que calle Alvear entre las calles Piazza y Libertad se encuentra en muy malas condiciones para la transitabilidad de vehículos, debido a que esta llena de baches de grandes dimensiones.
Que las zanjas donde desaguan los líquidos pluviales de las viviendas que se emplazan sobre calle Alvear entre Piazza y Libertad se encuentran desbordadas por falta de trabajos de zánjeos y limpieza.
Que es necesario que se realicen tareas de nivelado y mantenimiento de la calzada en calle Alvear entre Piazza y Libertad para poder tener una buena y segura circulación vehicular en la misma.
Que en la intersección de las Calles Alvear y Libertad se encuentra un bache de gran tamaño que dificulta el transito vehicular por la ultima calle mencionada, por lo que es necesaria la reparación de la calzada en ese sector.
Que es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal la reparación y mantenimiento de las calles de nuestra de la ciudad a fin de evitar que se produzca algún tipo de daño sobre las personas y las cosas.
Que por todo lo expuesto anteriormente el concejal abajo firmante eleva el siguiente proyecto de:

DECRETO
 ART. 1: El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a realizar tareas de nivelación, mantenimiento de la calzada y zanjeo en calle Alvear en las calles Piazza y Libertad.
ART. 2: El Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaria que corresponda deberá reparar el hundimiento de calzada en la intersección de calle Libertad y calle Alvear.










 

jueves, 20 de septiembre de 2012

CONVOCA AL AGENTE HUGO CARBONELL AL CONCEJO DELIBERANTE PARA QUE BRINDE EXPLICACIONES SOBRE LAS DECLARACIONES PUBLICAS HECHAS EL 17/09/12

Autores del proyecto: Concejales Monte, Dolce, Martinez y Cabrol.
Proyecto de Decreto, convocando al agente de Planta Permanente Hugo Carbonell a concurrir a este Concejo Deliberante para que brinde explicaciones respecto a sus declaraciones publicas hechas en fecha 17/09/12. Exp. 4538/12.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ordenanza N°2036/12 que crea el Departamento de Control Urbano Municipal,
Las declaraciones hechas por el Señor Hugo Carbonell al Portal de Noticias PeriodicoTodos.com en fecha 17 de Septiembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que  por Ordenanza N° 2036/12 sancionada por este Concejo Municipal en fecha 7 de Junio de 2012 se crea el Departamento de Control Urbano Municipal.
Que dicha repartición entre sus funciones tiene la de actuar en lo concerniente a prevención y detección de faltas, contravenciones y delitos, así como cuidar el mantenimiento del orden público en el territorio del municipio con el objeto de salvaguardar la seguridad de las personas, sus patrimonios y sus derechos, entre otras.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal designó al frente de dicha repartición al Agente de Planta Permanente Hugo Carbonell.
Que en declaraciones vertidas por el Señor Hugo Carbonell al Portal de Noticias PeriódicoTodos.com, publicadas en fecha 17/09/2012, se hace referencia a su renuncia a la Jefatura de dicho Departamento luego de tener una discusión con el Secretario de Gobierno, el Sr. Diego Garavano.
Que el Agente en cuestión, en la nota dada a dicho Portal de Información, declara: “Si el actual gobierno tiene arreglos políticos con gente que está metida en la droga, en cosas raras, que se hagan responsables ellos. Cómo me van hacer responsable a mí de esa gente. Están confundidos”.
Que es interés de este Concejo Municipal recibir información a fin de aclarar todo tipo de controversia que pudiera generar un manto de suspicacia en torno al funcionamiento del Departamento de Control Urbano Municipal.
Por todo ello, los Concejales abajo firmantes elevan para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:

DECRETO
ART. 1º) Convócase al Agente de Planta Permanente Hugo Carbonell para que, en un plazo de 5 días hábiles luego de aprobado el presente, concurra a este Concejo Deliberante y brinde explicaciones respecto a sus declaraciones públicas en fecha 17/09/2012.






martes, 18 de septiembre de 2012

REPARACION CALZADA CALLE RIOJA AL 2300


Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Minuta de Comunicación, solicita al Departamento Ejecutivo la reparación de la calzada de calle Rioja a la altura del 2300. Exp. 4530/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, el reclamo de vecinos; y
CONSIDERANDO:
Que en calle Rioja a la altura del 2300 se encuentra un bache de grandes dimensiones, debido a que se hundió la loza del pavimento, lo que dificulta la transitabilidad en dicha arteria.
Que la mencionada calle tiene una constante circulación vehicular, la que incluye a dos líneas  del  transporte de pasajeros de la empresa Rosario Bus.
Que es necesario que se repare ese sector de la calzada para mejorar la circulación vehicular.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal la reparación y mantenimiento de las arterias de la ciudad, como así también debe velar por una segura y fluida circulación vehicular a fin de evitar que se produzcan daños sobre las personas y las cosas.
Que por todo lo expuesto anteriormente el concejal abajo firmante eleva el siguiente proyecto de:

MINUTA DE COMUNICACIÓN

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de Secretaría que corresponda, proceda a la reparación de la calzada en calle Rioja a la altura del 2300.




martes, 11 de septiembre de 2012

PROHIBICION ESTACIONAMIENTO EN BELGRANO 2014 - DELEGACION DEL REGISTRO CIVIL


Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Ordenanza, prohíbase el estacionamiento de vehículos sobre la calzada en cuyo frente se encuentra emplazada la Delegación del Registro Civil Belgrano 2014.Exp. 4518/12.
VISTO:
La Ley Nacional de Transito N° 24449
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756
La Ordenanza 37/72, Reglamento de Trafico y Transito.
La Instalación del Registro Civil de Villa Gobernador Gálvez en su nueva sede de calle Belgrano 2014.
El Reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que desde el mes de febrero del corriente año, está funcionando en su nuevo edificio de calle Belgrano 2014, la oficina del Registro Civil de nuestra ciudad.
Que diariamente concurren a esta delegación numerosos vecinos que realizan diversos trámites, tales como los concernientes al Documento Nacional de Identidad, Pasaportes, entre otros.
Que muchos de los concurrentes al edificio llegan en sus vehículos particulares, en transporte público de pasajeros como remises y taxis, por lo que en reiteradas veces hacen ascenso o descenso de pasajeros en doble fila o dejan estacionados de manera indebida los autos sobre la ochava de calle Belgrano y Pablo Iglesias.
Que el mal estacionamiento de los vehículos ocasiona trastornos en la circulación de la línea 142 Negra del Transporte de Pasajeros que transita por calle Pablo Iglesias y que al querer girar hacia calle Belgrano se ve imposibilitado girar de manera correcta, debido a los vehículos se encuentran estacionados sobre la ochava.
Que calle Belgrano en el tramo comprendido entre calle Pablo Iglesias y Avenida San Martín tiene gran intensidad de circulación de vehículos durante todo el día.
Que es necesario hacer un ordenamiento de transito en la zona del Registro Civil de Villa Gobernador Gálvez, prohibiendo el estacionamiento de vehículos particulares sobre el frente de dicha repartición publica durante los días hábiles y en el horario de atención al publico de la misma.
Que es atribución de este Concejo Deliberante intervenir en lo referente a la regulación del tránsito vehicular en el ejido urbano de nuestra ciudad.
Por todo lo anteriormente expuesto, el concejal abaja firmante eleva para su tratamiento el presente proyecto de

ORDENANZA
ART. 1: Prohíbase el estacionamiento de vehículos, los días hábiles y en el horario de 7 a 13 horas, sobre la calzada en cuyo frente se encuentra emplazada la Delegación Villa Gobernador Gálvez del Registro Civil, sita en calle Belgrano 2014.
ART.2: Instálese carteleria indicativa de la prohibición establecida en el artículo 1, a los efectos de que los automovilistas tomen conocimiento de la misma.
ART.3: Píntese de color amarillo el cordón desde la ochava de calle Pablo Iglesias y calle Belgrano hasta donde comienza el frente del edificio del Registro Civil e instálese carteleria que indique a los automovilistas que está prohibido estacionar en los primeros diez metros según lo establece la Ordenanza 37/72 en el artículo 95 inciso C.
ART. 4: Otórguese intervención a la Dirección Municipal de Transito, para que realice controles a los efectos de que se cumpla la presente Ordenanza.
  



martes, 4 de septiembre de 2012

REMISION DEL DECRETO 1053/12 EN EL PLAZO DE 3 DIAS

 Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
 Proyecto de Decreto, proceda a enviar a este cuerpo legislativo en el plazo de 3 dís habiles el texto completo del Decreto 1053/12. Exp. 4514/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756
La Ordenanza 1943/10 de Acceso a la Información Pública.
La contestación por parte del Departamento Ejecutivo Municipal del Pedidos de Informes solicitado mediante Decreto 372/2012 del Concejo Deliberante.
CONSIDERANDO:
Que en fecha 31 de Julio de 2012, El Departamento Ejecutivo Municipal remite a este Cuerpo Legislativo la contestación del Pedido de Informes que se le solicito mediante Decreto 372/2012 . Que de la información recibida por este Concejo, la cual refiere a la designación de la CPN María Soledad Coteluzzi, Legajo 1499, en el cargo de Contadora General de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, se expresa que la misma fue nombrada mediante Decreto 1053/12, omitiendo El Departamento Ejecutivo Municipal enviar el texto completo del Decreto de Designación de esta funcionaría. Que mediante Ordenanza 1943/10 se establece El Régimen de Acceso a la Información Publica, "mediante el cual se puede solicitar y recibir información que obre en poder del Departamento Ejecutivo Municipal, el Concejo Deliberante y el Tribunal Municipal de Faltas, con el fin de garantizar la transparencia en las acciones de los mismos".
Por todo lo anteriormente expuesto; el concejal abajo firmante eleva a este Cuerpo Deliberativo para su posterior tratamiento el siguiente proyecto de

DECRETO
ART. 1: El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a enviar este Cuerpo Legislativo en el plazo de 3 días hábiles, el texto completo del Decreto 1053/2012, mediante el cual se designo a la CPN María Soledad Coteluzzi, en el cargo de Contadora General de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
 

martes, 21 de agosto de 2012

DESOBSTRUCCION BOCAS DE TORMENTA EN J.D. PERON DESDE CORRIENTES HASTA MAIPU

Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Decreto, ordenando al Departamento Ejecutivo para que proceda a la desobstrucción de las bocas de tormenta de desagües pluviales de Av. Juan D. Perón desde Corrientes hasta Maipú. Exp. 4495/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, el reclamo de vecinos; y
CONSIDERANDO:
Que en Avenida Presidente Juan D. Perón desde calle Corrientes hasta calle Maipú, se acumula gran cantidad de agua los dias de lluvias torrenciales, cubriendo la calzada por completo hasta llegar a subir a la acera.
Que esta Avenida tiene una constante circulación vehicular durante todo el dia, por lo que el anegamiento que se produce por las lluvias en la misma podría producir accidentes viales, debido a que los vehículos pueden llegar a derrapar al no estar la calzada en condiciones óptimas para el transito.
Que es necesario que se lleve a cabo una inmediata desobstrucción de las bocas de tormenta de los desagües pluviales en avenida Presidente Juan D. Perón desde calle Corrientes hasta calle Maipú, para así evitar que se acumule gran cantidad de agua los días de lluvia y poder brindar seguridad a los automovilistas que circulan por dicha artería.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal realizar los trabajos de mantenimiento de los desagües pluviales de las arterías de nuestra ciudad, para que haya un correcto funcionamiento de los mismos
Que por todo lo expuesto anteriormente el concejal abajo firmante eleva el siguiente proyecto de:

DECRETO

ART. 1 : El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la desobstrucción de las bocas de tormentas de desagües pluviales de Avenida Re. Juan Domingo Perón desde calle Corrientes hasta calle Maipú.