Este es un proyecto
presentado por el bloque Frente Progresista, Civico y Social y el Bloque PAIS hasta
la fecha.
BLOQUE FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL Y BLOQUE PARTIDO P.A.I.S.
Autores del proyecto: Concejales Dolce, Orellana, Monte y
Fraccaroli.
MODIFICACION PARCIAL ART. 22 ORDENANZA
1608/04
Proyecto de Ordenanza, modificación parcial del
Art. 22º de la Ordenanza Nº
1.608/04. Expte. 4.193/11.
VISTO:
La Ordenanza
Tributaria Nº 1.608/04 y sus modificatorias
Ordenanza Nº 1.836/2009 y Ordenanza Nº 1.917/10, y
CONSIDERANDO:
Que el Art.
22º de la Ordenanza Nº
1.608/04 modificada por Ordenanzas Nº
1.676/06, 1.836/09 y 1.917/10, regula la tasa por verificación de cargas de
cereales hacia y desde las empresas habilitadas en el Distrito I6.
Que se torna imperioso aumentar el valor que se deberá tributar por
cada camión, atento a los incrementos que se vienen registrando tanto en los
insumos como en recursos humanos que
debe afectar el municipio para cumplir con la tarea de verificación.
Por todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes
solicitan al resto del Cuerpo la
aprobación del
siguiente proyecto de: ORDENANZA
ART. 1º) Modifíquese parcialmente el Art. 22º de la Ordenanza Nº 1.608/04
en el segundo párrafo de su Título “Tasa por verificación de cargas” el que
quedará redactado de la siguiente manera: “las referidas empresas que actuarán
como agentes de retención, quedan obligadas al pago del presente derecho, el
que se fija en $ 15.- (Pesos Quince) por camión ingresado. Los montos retenidos por este concepto
deberán ser ingresados al erario municipal; cada diez días, con vencimiento los
días 5, 15 y 25 de cada mes.
ART.2º) Deróguese en todos sus términos la Ordenanza Nº 1.917/10, debiendo aplicarse el
importe consignado en el Art. 1º de la presente, a partir del momento de su
promulgación.
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