Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Declaración, declarando
de Interés Municipal la aprobación de una Ley Nacional que regule como Servicio
Publico a la telefonía celular. Exp. 4232/11
VISTO:
La Ley 2.756, el Art. 42º de la Constitución Nacional,
el proyecto impulsado por el Senador Nacional Ing. Rubén Giustiniani en la Cámara de Senadores de la Nación bajo el Expediente
4311-S-10 de fecha 14/12/10, y
CONSIDERANDO:
Que el Senado Nacional y la Cámara de Diputados de la Nación se encuentran
analizando un proyecto para declarar como "Servicio Público" a la
teléfonía celular, realizando además una serie de Audiencias Públicas, como la
que se hiciera en primer lugar en el Senado de la Nación y luego en la
Facultad de Derecho (UNR) Rosario, arrojando como saldo el apoyo de
organizaciones y usuarios a la sanción de esta iniciativa.
Que los abusos cometidos por las empresas
prestatarias del servicio son de público conocimiento, y representan un alto
porcentaje en las denuncias presentadas en las Oficinas de Consumidores.
Que declarar como Servicio Público a la telefonía
celular tiene como objetivo fijar un marco regulatorio como lo tiene el
servicio de telefonía fija, que contemple, tal como lo cita en su Art. 2º el
expediente citado en los vistos:
a) Proteger adecuadamente los derechos de los
usuarios y los de la población en general en todo aquello en que pudiera
resultar afectada por la prestación del servicio implicado.
b) Asegurar la adecuada calidad de los servicios
prestados y la seguridad del usuario en su utilización.
c) Fomentar la innovación tecnológica y la
aplicación de los progresos tecnológicos a fin de mejorar permanentemente la
calidad del servicio.
d) Propender a la prestación de servicios confiables
que cumplan con las características de continuidad, regularidad y uniformidad.
e) Promover la competencia y la eficiencia en la
prestación del servicio, la posibilidad de acceso y la no discriminación en su
utilización.
f) Fomentar la universalización de la prestación del
servicio.
g) Alentar las inversiones para fomentar la
modernización, asegurar la calidad y la prestación en el tiempo.
h) Proteger el medio ambiente y la salud de los
ciudadanos.
i) Fijar tarifas máximas que resulten justas y
razonables en relación con el servicio prestado y teniendo en cuenta el costo
de la prestación y el derecho de las empresas a una utilidad razonable similar
a la obtenida internacionalmente para tales servicios.
j) Velar por la protección de los bienes e intereses
públicos.
k) Velar para que el beneficio económico producto de
los avances tecnológicos sean aprovechados por los usuarios mediante
reducciones en las tarifas.
l) Verificar que las rentabilidades de las empresas
se mantengan en un nivel razonable en relación con otras actividades de similar
riesgo en la economía nacional y con la misma actividad a nivel internacional,
en contextos similares.
m) Garantizar al usuario el derecho a rescindir el
contrato en cualquier momento sin penalidad alguna.
Que nuestra ciudad no escapa a esta realidad, y es
por ello que el concejal abajo firmante veria con agrado la aprobación del
siguiente proyecto de
DECLARACIÓN
ART.1º)
Declárase de INTERES MUNICIPAL la sanción de una Ley Nacional que regule como
"SERVICIO PÚBLICO" a la telefonía celular.
ART.2º)
Envíese copia de la presente al HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN y a la CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN.
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