VISTO:
La Ley 2756,
art. 39, Inc. 38, el Código de Faltas Municipal, Ord. 490/89,
CONSIDERANDO
QUE:
Debido al congestionamiento
que se produce en la entrada y salida de estaciones de servicios para la carga
de combustible, se generan serios inconvenientes en la circulación, ya sea
peatonal como vehicular.
Además, la
imprudencia de algunos conductores los lleva a no respetar los lugares de
ingreso y egreso señalados para ordenar el desplazamiento vehicular dentro de
las estaciones, haciendo correr un grave peligro a quienes transitan por la
zona.
Por ello, es
necesario que el Departamento Ejecutivo disponga operativos de tránsito para
darle fin al caos que se genera, y evitar la obstrucción de las veredas, para
que no ocurra que los peatones tengan que circular por la calle, tal como se ha
podido constatar reiteradas veces, corriendo riesgos innecesarios.
Se ha observado
también a personas con su capacidad motriz disminuida, teniendo que esquivar
vehículos mal estacionados y en algunos casos, esperar a que los mismos se
muevan para seguir su camino.
Por todo lo
expuesto, y con la intención de darle fin a esta situación, el Concejal abajo
firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de
DECRETO
Art. 1º. El
Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a
través del área que corresponda, realice operativos de tránsito en los ingresos
y egresos de las estaciones de servicio, con el fin de evitar posibles
accidentes e impedir esperas de vehículos sobre las aceras.
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