Estos son los proyectos presentados por el bloque Justicialista Frente para la Victoria hasta la fecha.
BLOQUE JUSTICIALISTA FRENTE PARA LA VICTORIA
Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.
LIMPIEZA Y REPARACION BOCA DE TORMENTA UBICADA EN SAN MARTIN ENTRE SANTA ROSA Y RIO PARANA
Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando limpieza y reparación de la boca de tormenta ubicada en Av. San Martin entre Santa Rosa y Rio Paraná lado impar. Exp. 4743/13.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756,
El reclamo de vecinos que viven y/o transitan por el lugar, y
CONSIDERANDO:
Que estamos en época de intensas lluvias y las bocas de tormentas son una herramienta fundamental para el desagüe de calles, más aun para una avenida como San Martín que es de vital importancia para el tránsito de la zona.
Que durante el otoño dichos desagües se obstruyen de forma más rápida por la caída de las hojas de los árboles cuando se encuentran rotos.
Que es deber de este Concejo preveer reparando y acondicionando las bocas de tormentas distribuidas por la Ciudad, con el fin de evitar inconvenientes y futuras catástrofes que puedan sucederse.
Por todo lo expuesto los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento el siguiente
PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN:
ART. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda limpiar y reparar la boca de tormenta que se encuentra en Av. San Martín entre Santa Rosa y Rio Paraná del lado de los impares.
MODIFICACION VALORES U.P. DERECHO DE ESTADIA – CODIGO DE FALTAS
Proyecto de Ordenanza, modificando los valores de U.P referidos al Derecho de estadía en la Ordenanza 490/89 (Código de Faltas). Exp. 4744/13
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
Los Artículos Nº 160.1 y 160.2 del Código Municipal de Faltas (Ordenanza Nº 490/89 y modificatorias) y,
CONSIDERANDO:
Que en los artículos mencionados en los vistos se establece una sanción de 1U.P. diarios a partir de las 48 hs. Del ingreso al corralón municipal, como derecho de estadía.
Que en caso de reincidencia dicho valor se incrementa a 3 U.P. diarios.
Que debido a que el mayor número de multas recae sobre personas de escasos recursos y que el vehículo remitido al corralón municipal es la única movilidad para trasladarse a sus labores diarias, es necesario atenuar las sanciones impuestas referidas a la estadía.
Que muchos de los vehículos remitidos en el corralón municipal tienen estadías extensas, lo que dificulta aún más el egreso de los mismos, por la acumulación de las multas correspondientes.
Que, si bien es deber de este Concejo Deliberante bregar por el cumplimiento de las leyes sin perjuicio de las sanciones impartidas, debemos velar para que una vez cumplimentadas las infracciones correspondientes, no sea la estadía un impedimento para el retiro de los vehículos.
Por todo lo expuesto los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA:
ART. 1: Modifíquese el Art. 160.1 del Código Municipal de Faltas (Ordenanza Nº 490/89 y modificatorias), el cual quedará redactado de la siguiente manera:
160.1.- “Establécese como derecho de grúa una cantidad equivalente a 10 U.P., como derecho de acarreo de 1 a 30 U. P. y como derecho de estadía 0,5 U.P. diarios a partir de las 48 horas de su ingreso”.
ART. 2: Modifíquese el Art. 160.2 del Código Municipal de Faltas (Ordenanza Nº 490/89 y modificatorias), el cual quedará redactado de la siguiente manera:
160.2.- “Establécese como derecho de estadía diaria el valor de 1 U.P. diarios en el caso de reincidencia.”
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