Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Decreto, para que el
Departamento Ejecutivo gestione el Fondo Anti cíclico para ciudades afectadas
por el temporal de Diciembre 2012 ante el Superior Gobierno de la Provincia.
Exp. 4751/13.
VISTO:
La Ley Orgánica de MUNICIPIOS Y COMUNAS
N° 2756,
La Ley 12.403 conocida como FONDO
ANTICICLICO PARA CUBRIR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCACIONADOS POR EL TEMPORAL DE
LOS DIAS 19 y 20 de Diciembre de 2012.
CONSIDERANDO QUE:
• Nuestra
ciudad se encuentra en emergencia económica, razón por la cual la prestación de
servicios básicos no se encuentra en un momento óptimo, generando malestar en
las vecinas y vecinos que cumplen
con sus obligaciones impositivas y reclaman justamente la
contraprestación que les corresponde.
• Deben
buscarse alternativas serias que aporten así trabajo digno de los CIUDADANOS y
a las mejoras en el cumplimiento de las obligaciones del Municipio.
• Que
existe un FONDO denominado ANTICICLICO en la Provincia de SANTA FE y que fue
creado para atemperar fluctuaciones en los recursos corrientes provinciales y
financiar la construcción de obras Públicas e infraestructura social básica por
parte del Poder Ejecutivo Provincial.
• Que
este fondo, en la Ley 12.403 art. 5 Inc. C contempla la atención de situaciones
de "emergencia social y/o desastres"
• Que
incluida en esta ley se contempla a la Ciudad de VILLA GOBERNADOR GALVEZ como
una de las zonas afectadas dentro del Departamento ROSARIO.
• Que
las Familias de nuestra ciudad vienen sufriendo y en forma permanente numerosas
situaciones frente a los temporales, perdiendo lo poco o mucho que han
conseguido a través de vidas enteras de trabajo y sacrificio; viviendo la
trágica experiencia que significa ver como en breves momentos y a causa de
elementos externos como puede ser una tormenta, esa vida material se pierde en un
instante.
• Que
determinadas zonas de la Ciudad, se encuentran constantemente amenazadas por
las condiciones de suelos bajos y son las más proclives a sufrir los efectos de
inundaciones por lluvias intensas.
Existen sobradas razones para que el
Ejecutivo Municipal gestione ante el Gobierno Provincial la llegada del fondo
anti cíclico para ciudades anegadas.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo
firmante eleva para su tratamiento el siguiente Proyecto de:
DECRETO
Art. 1º) El Concejo Deliberante se dirige
al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que
corresponda, gestione la llegada a la ciudad del fondo anti clico para ciudades
anegadas ante el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe.
Art. 2º) El Concejo Deliberante autoriza
al Departamento Ejecutivo Municipal, previo censo de las zonas anegadas y
afectadas por el temporal de los días 19 y 20 de diciembre del año 2012 y
consensuando con las familias comprometidas por la catástrofe climática,
promover la gestión del Fondo Anti cíclico ya mencionado como resarcimiento
económico para cada familia, intentando de esta forma, revertir en parte las
angustias provocadas por las pérdidas materiales.
Art. 3º) El Concejo Deliberante autoriza
al Departamento Ejecutivo Municipal para que dicho Fondo sea directamente
otorgado a la Familia que así lo requiera y se autorice según el censo previsto
en el art. 2°..
Art. 4º) El concejo Deliberante se dirige
al Departamento ejecutivo municipal Que dicho Fondo otorgado sea distribuido
equitativamente conforme a la cantidad de familias afectadas y previendo según
el censo un análisis sobre las pérdidas materiales reales.
Art. 5º) El Concejo Deliberante autoriza
al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione también el Fondo Anti
cíclico para ejecutar obras de infraestructura en las zonas afectadas por
dichas inundaciones, Ej. Desagües pluviales, entubamiento; relleno de suelo,
etc.
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