lunes, 20 de mayo de 2013

TRABAJOS DE OBRAS PUBLICAS EN CALLE MARCOS PAZ DEL 2100 AL ARROYO SALADILLO

Autor del proyecto: Concejal Martínez.  
Proyecto de Decreto, para que se proceda a realizar distintos trabajos de obras publicas en el sector de calle Marcos Paz del 2100 al arroyo. Exp. 4779/13.
VISTO:
Ley 2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;
 Ley 2.756 articulo 41 inciso 24 y;
Constitución Nacional artículo 41;
Reclamo de los vecinos.
CONSIDERANDO
Que el barrio en cuestión carece de obras de zanjeo, limpieza, desmalezamiento y restauración de las luminarias dañadas favoreciendo el aumento de la inseguridad y las probabilidades de adquirir alguna enfermedad relacionada con el estancamiento de aguas producto de la falta de realización de las mencionadas obras.
Que los vecinos reclaman la realización de dichas obras en calle Marcos Paz desde 2100 hasta el arroyo y de las calles que la atraviesan como Bordabehere, Pasaje 3 -Virgen de los Ángeles-, Levalle, y Mosconi.
Que en la proximidad de la zona funciona un centro de salud, por lo cual, es una calle importante, que debería estar en condiciones para facilitar la transitabilidad.
Que de noche o en la madrugada cuando los vecinos se trasladan hacia su trabajo o los niños van a la escuela, dicha calle se encuentra aislada por los pastos altos que se encuentran en los laterales de la artería, favoreciendo la concreción de los delitos. Que en dichas horas el barrio permanece a oscuras por la falta de iluminación ya que las luminarias dañadas hace meses aún no fueron restituidas.
Que es necesario realizar las obras de zanjeo, limpieza y desmalezamiento para evitar la proliferación de distintos tipos de alimañas.
Que es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en la calle Marcos Paz desde el 2100 hasta el arroyo y de las calles que la atraviesan como Bordabehere, Pasaje 3 -Virgen de los Ángeles-, Levalle, y Mosconi.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, efectúe los trabajos pertinentes para el mejoramiento de las mencionadas calles.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento y limpieza de la zona.
Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación y mantenimiento de luminarias en las mencionadas "arterias, o realice las gestiones pertinentes ante quien corresponda para solucionar la problemática planteada.

 
 


CONTROLES VEHICULARES SOBRE ESTACIONAMIENTO EN AV. FILIPPINI

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que se realicen controles vehiculares sobre estacionamiento en Av. Filippini. Exp. 4778/13.
VISTO:
Ley 2.756 articulo 39;
Código Municipal de Faltas. Ordenanza 490/89. Artículo 153 inc. 2;
Reclamos de los vecinos y;
CONSIDERANDO
Que Avenida Filippini es una arteria de significativa importancia debido a que es una de las pocas calles que comunican la ciudad con el barrio Coronel Aguirre.
Que dicha avenida es angosta y de doble sentido de circulación por la cual transitan diariamente distintos tipos de vehículos incluyendo transporte de pasajeros.
Que el caudal de tránsito en la zona es de relevancia, por lo cual se hace tedioso circular por la mencionada avenida.
Que en el código municipal de faltas articulo 153 inciso 2 se prohibe estacionar en avenidas de doble mano sobre los números impares
Que, al ser una arteria de limitado ancho, el estacionamiento de ambas manos perjudica la fluidez del tránsito, aumentando las probabilidades de que ocurran incidentes viales.
Que en horas picos, o fines de semana por la noche se hace intransitable por la cantidad de vehículos estacionados sobre ambas manos.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a elevar a la Dirección de Tránsito la orden de controlar y realizar las actas correspondientes sobre los vehículos o conductores que incurran en la infracción de estacionar sobre los números impares de Avenida Filippini.






CONTENEDORES DE RESIDUOS EN DISTINTAS ESQUINAS DE LA ZONA OESTE

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que se coloquen contenedores de residuos en diferentes esquinas de nuestra ciudad. Exp. 4777/13.
VISTO:
Ley 2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;
Ley 2.756 articulo 41 inciso 24;
Constitución Nacional artículo 41 y;
Reclamo de los vecinos.
CONSIDERANDO     
Que los vecinos de las calles Pasaje 3 -Virgen de los Ángeles- y Levalle entre San Lorenzo y 9 de julio no cuentan con el servicio de recolección de residuos.
Que deben llevar sus residuos a las esquinas de calle Bordabehere y San Lorenzo o Marcos Paz o 9 de julio para que los mismos sean recogidos.
Que los vecinos de calle Bordabehere se quejan por la acumulación de residuos en sus cuadras.
Que los animales como perros y gatos rompen las bolsas de residuos desparramando todo su contenido en las casas contiguas fomentando la proliferación de todo tipo de insectos que pueden provocar malestar en la salud de los vecinos.
Que para evitar dicha situación los vecinos de las calles Pasaje 3 y de Levalle deben esperar en las mencionadas esquinas a que pase el camión recolector para poder dejar sus bolsas de residuos.
Que es deber del Departamento Ejecutivo velar por la higiene del municipio y la salud de los ciudadanos.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, coloque un contenedor de residuos domiciliarios en las siguientes esquinas:
           Marcos Paz y Pasaje 3 -Virgen de los Ángeles-;
           Marcos Paz y Levalle;
           San Lorenzo y Levalle
           San Lorenzo y Pasaje 3 -Virgen de los Ángeles;
           9 de Julio y Pasaje 3 - Virgen de los Ángeles, y
           9 de Julio y Levalle;









Proyecto presentado por el Bloque PAS Frente Progresista Civico y Social al 20 de mayo 2013

Este es un proyecto presentado por el bloque PAS (Participación Alternativa Solidaria) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

Proyectos presentados por el Bloque UCR Frente Progresista Civico y Social al 20 de mayo 2013

Estos son los proyectos presentados por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

viernes, 17 de mayo de 2013

Repudio a los hechos ocurridos el 16 de mayo 2013

REPUDIO A LOS HECHOS OCURRIDOS EN EL SECTOR CENTRICO DE NUESTRA CIUDAD Y EN LA PLAZA A LA MADRE PRODUCIDOS POR UN GRUPO DE ESTUDIANTES
 
El  Concejo Deliberante quiere manifestar su  repudio a los hechos acontecidos en la madrugada del 16 de Mayo en un sector céntrico de Villa Gdor. Gálvez, especialmente en la zona cercana a nuestra emblemática Plaza a la Madre.
Un grupo de adolescentes que asisten a una escuela privada de la Ciudad, que con motivo de festejar el próximo viaje de egresados, salieron por las calles con distintos elementos para expresar su algarabía.
No solamente mostraron sus ganas de festejar, sino que comenzaron distintos hechos que no podemos dejar pasar por alto; distintas pintadas aparecieron en la Plaza a la Madre como también la quema de varios de los contenedores que se encuentran depositados por la Av. San Martín.
Sabemos que la Plaza es un emblema para todos los ciudadanos, que concurrimos a ella; porque simboliza una parte de nuestra historia; además en estos días fue  completamente pintada y reacondicionada.
Los festejos de los estudiantes todos los acompañamos; porque una vez pasamos por esa instancia; y cuando tenemos una graduación o un viaje de estudio, exteriorizamos nuestras alegrías; pero las mismas tienen que ser medidas, respetando a los demás ciudadanos.
La ciudad es de todos, y la tenemos que cuidar, el hecho de que se quemen contenedores y se pinten los monumentos en este caso de la Plaza a la Madre, no ayuda a nadie; al contrario, si lo miramos desde un punto de vista económico; debemos volver a pintar o “arreglar” lo que se ensucio; los contenedores hay que volver a colocarlos, y es todo gasto; que al final lo paga el contribuyente de Villa Gdor Gálvez.
Este Concejo llama a la reflexión para que estos hechos no se repitan mas, sea con colegios, instituciones, etc. Así al mismo tiempo, pedimos a los padres e Instituciones de la Ciudad, que colaboren en la prevención de estos hechos.



                                                                                              

CREACION SECRETARIA SEGURIDAD COMUNITARIA, MODIFICACION ORDENANZA 1993/11 Y REGLAMENTO INTERNO CONCEJO DELIBERANTE

Autor del proyecto: Concejal Dolce.  
Proyecto de Ordenanza, creación de la Secretaria de Seguridad Comunitaria, modificación de la Ordenanza Gral. Administrativa 1993/11 y el Reglamento Interno del Concejo Deliberante. Exp. 4776/13.
VISTO:
            La Ley 2.756,
La crítica situación en materia de Inseguridad que vive Villa Gobernador Gálvez y la imperiosa necesidad de abordar de manera local la temática y
CONSIDERANDO QUE:
Nuestra ciudad no escapa de la realidad que afronta el país en materia de inseguridad, razón por la cual desde el Estado municipal deben hacerse todos los esfuerzos necesarios para combatir este flagelo que nos golpea con dureza.
Si bien el municipio no es el responsable directo de la Seguridad, no existe posibilidad alguna de lograr soluciones concretas sin su intervención ante este problema complejo que tiene raíces profundas y que necesita un abordaje desde lo punitivo, pero también desde lo social.
A través de la Ordenanza Nº 2036/12 se creó el Departamento de Control Urbano Municipal, que tiene como misión “promover mejores condiciones de seguridad en la ciudad, a través de la educación, la prevención, el control y la aplicación de las normativas municipales” y “Que a través de este área se puede alcanzar el contacto directo y cotidiano con toda la comunidad en lo que respecta a espacios públicos, calles, plazas, parques, paseos, respetando la convivencia urbana y mejorando las condiciones de seguridad con las que coexistimos en la actualidad, donde el vecino podrá asentar reclamos o denuncias y este área de Control Urbano sería el nexo directo con el gobierno municipal como así también con las seccionales policiales y comando radioeléctrico de la ciudad”, “Actuar en lo concerniente a prevención y detección de faltas, contravenciones y delitos” y “Disuadir toda acción, sea individual o grupal que implique o conlleve a una trasgresión de la normativa o del deber ser”. 
La recuperación de los espacios públicos, la prevención de faltas municipales, garantizar la convivencia urbana y el nexo con las fuerzas de seguridad provinciales son tareas sumamente importantes y de fácil cumplimiento de parte de este cuerpo, siempre y cuando se garantice personal idóneo,  el correcto equipamiento y exista la voluntad política del gobierno de realizarlo.
Otro aporte a la seguridad local es el Centro de Monitoreo de las cámaras de seguridad, que necesita de personal calificado para esa tarea y un estricto control sobre el mismo para garantizar su correcto funcionamiento.
En nuestra ciudad funciona la Comisión de Apoyo a la Seguridad, creada por Ordenanza Nº 1865/09 y tiene como fin contribuir al mejoramiento de la seguridad ciudadana en el ejido municipal, promoviendo la reducción de la criminalidad y la sensación de inseguridad, a través de la puesta en marcha de mecanismos preventivos que apuntan al fortalecimiento del sistema democrático, a través de esquemas de compromiso, cooperación y articulación entre actores gubernamentales y la participación activa de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil.”
También, por la necesidad de coordinar acciones ante las emergencias en la ciudad, se creó la Junta Municipal de Defensa Civil con la Ordenanza Nº 2092/12.
Como podemos observar, son varias las iniciativas destinadas a aportar a la seguridad local; lo cierto es que el municipio no cuenta con un área específica que se ocupe del tema, recayendo en la mayoría de los casos la responsabilidad sobre la Secretaría de Gobierno, secretaría que tiene una gran cantidad de obligaciones en su haber, y que podrían desviar la atención que requiere esta problemática.
Contar con una Secretaría de Seguridad en la ciudad nos permitiría tener un equipo de trabajo que se dedique concretamente a abordar lo concerniente a este tema que es, sin lugar a dudas, la prioridad para la gran mayoría de la población.
Por ser un tema tan sensible no puede dejarse de lado la participación popular en la designación de la o el responsable, pudiendo el Ejecutivo Municipal convocar a una Audiencia Pública a las instituciones y vecinos y, para que goce de mayor legitimidad, contar con la posterior aprobación de este Concejo Deliberante.
 Así mismo, este cuerpo deliberativo no cuenta con una Comisión de Seguridad, sino que queda relegada a un segundo plano en la “Comisión de Obras Públicas y Seguridad”. Los tiempos en los que se establecieron las comisiones distan de la actualidad, y este Concejo no puede quedar exento  del abordaje específico de la temática.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de

ORDENANZA
Art. 1º - Créase la Secretaría de Seguridad Comunitaria en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal.
Art. 2º - Modificase la Ordenanza General Administrativa Nº 1993/11, en su artículo 4º que quedará redactado de la siguiente manera: “El Despacho de los asuntos de la Municipalidad, estará distribuido de la siguiente forma:
SECRETARÍA DE GOBIERNO EDUCACIÓN Y CULTURA
SECRETARÍA DE HACIENDA.
SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
SECRETARÍA DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE.
SECRETARÍA GENERAL.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA.
SECRETARÍA DE SEGURIDAD COMUNITARIA.
Art. 3º - Agréguese el Artículo 27º a la Ordenanza General Administrativa Nº 1993/11, dentro del Capítulo VII “MISIÓN Y FUNCIONES Y ORGANIZACIÓN DE LAS SECRETARÍAS”, con el título “SECRETARÍA DE SEGURIDAD COMUNITARIA”, que quedará redactado de la siguiente manera:  “A esta Secretaría le corresponde asistir al Intendente en todo lo ateniente a la Seguridad y el control de las áreas específicas que trabajen la temática. En particular le corresponde:
Inc. a) Garantizar el funcionamiento del Departamento de Control Urbano Municipal (CUM), y de la Dirección de Tránsito, a los fines de coordinar acciones tendientes a la prevención del Delito.
Inc. b) Asistir obligatoriamente a todas las reuniones de la Comisión de Apoyo a la Seguridad (CAS) y la Junta Municipal de Defensa Civil. En caso de ausencia del Intendente, ser el representante del Departamento Ejecutivo Municipal ante éstas.
Inc. c) Controlar e informar sobre el Funcionamiento del Centro de Monitoreo de las Cámaras de Seguridad.
Inc. d) Realizar reuniones semanales en distintos barrios de la ciudad para atender las inquietudes y preocupaciones de vecinas y vecinos; resolver las que son de pertinencia municipal y trasladar a las autoridades provinciales o nacionales las que correspondan a cada una de ellas.
Inc. e) Gestionar recursos humanos y materiales ante los Superiores Gobiernos de la Provincia y Nación para trabajar contra la Inseguridad.
Inc. f) Rendir cuentas de lo actuado ante la CAS de manera mensual y sobre lo ejecutado presupuestariamente en concepto de Seguridad del Fon.De.Pro. La rendición deberá ser publicada en la web de la municipalidad.
Inc. g) Velar por el cumplimiento de lo establecido por el "Plan de seguridad ciudadana" de la CAS.
Inc. h) Preparar, en conjunto con otras Secretarías, un plan de aperturas de calles, iluminación y escamonda en los lugares que estas acciones faciliten el acceso de los servicios públicos y garanticen una mejor circulación de las fuerzas de seguridad.
Art. 4º - El nombramiento será, como en el resto de las secretarías, por Decreto del Intendente, previa  Audiencia Pública no vinculante, donde se expondrán los planes a desarrollar de la misma.
Art. 5º - Modifícase el Reglamento Interno del Concejo Deliberante en su Art. 41º que quedará redactado de la siguiente manera: ART.41º) Las  Comisiones  Internas Permanentes son diez 10)  y  constarán  de cinco (5) Miembros, cada Comisión designará dentro de las mismas a un Presidente y un Secretario. Las Comisiones son: 1) GOBIERNO Y  EDUCACION.  2) PRESUPUESTO Y HACIENDA. 3) OBRAS PÚBLICAS.  4) SERVICIOS  PUBLICOS. 5) SALUD PÚBLICA. 6) ACCION SOCIAL.  7)  PLANEAMIENTO  Y  URBANISMO. 8) ECOLOGIA Y MEDIO  AMBIENTE.  9)  PRODUCCION, PUERTO, COMERCIO EXTERIOR Y PROMOCION DE EMPLEO. 10) SEGURIDAD COMUNITARIA.”