Estos son los
proyectos presentados por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente
Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
BLOQUE U.C.R. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor de los proyectos: Concejal Martínez.
CONTENEDORES DE RESIDUOS EN
DISTINTAS ESQUINAS DE LA ZONA OESTE
Proyecto de Decreto, para que se coloquen contenedores de residuos en diferentes
esquinas de nuestra ciudad. Exp. 4777/13.
VISTO:
Ley
2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;
Ley
2.756 articulo 41 inciso 24;
Constitución
Nacional artículo 41 y;
Reclamo
de los vecinos.
CONSIDERANDO
Que
los vecinos de las calles Pasaje 3 -Virgen de los Ángeles- y Levalle entre San
Lorenzo y 9 de julio no cuentan con el servicio de recolección de residuos.
Que
deben llevar sus residuos a las esquinas de calle Bordabehere y San Lorenzo o
Marcos Paz o 9 de julio para que los mismos sean recogidos.
Que
los vecinos de calle Bordabehere se quejan por la acumulación de residuos en
sus cuadras.
Que
los animales como perros y gatos rompen las bolsas de residuos desparramando
todo su contenido en las casas contiguas fomentando la proliferación de todo
tipo de insectos que pueden provocar malestar en la salud de los vecinos.
Que
para evitar dicha situación los vecinos de las calles Pasaje 3 y de Levalle
deben esperar en las mencionadas esquinas a que pase el camión recolector para
poder dejar sus bolsas de residuos.
Que
es deber del Departamento Ejecutivo velar por la higiene del municipio y la salud
de los ciudadanos.
Ante
todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento
siguiente proyecto de decreto.
DECRETO
Artículo
1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para
que, a través de la Secretaría que corresponda, coloque un contenedor de
residuos domiciliarios en las siguientes esquinas:
• Marcos Paz y Pasaje 3 -Virgen de los
Ángeles-;
• Marcos Paz y Levalle;
• San Lorenzo y Levalle
• San Lorenzo y Pasaje 3 -Virgen de los
Ángeles;
• 9 de Julio y Pasaje 3 - Virgen de los
Ángeles, y
• 9 de Julio y Levalle;
CONTROLES VEHICULARES SOBRE
ESTACIONAMIENTO EN AV. FILIPPINI
Proyecto de Decreto, para que se realicen controles vehiculares sobre estacionamiento
en Av. Filippini. Exp. 4778/13.
VISTO:
Ley
2.756 articulo 39;
Código
Municipal de Faltas. Ordenanza 490/89. Artículo 153 inc. 2;
Reclamos
de los vecinos y;
CONSIDERANDO
Que
Avenida Filippini es una arteria de significativa importancia debido a que es
una de las pocas calles que comunican la ciudad con el barrio Coronel Aguirre.
Que
dicha avenida es angosta y de doble sentido de circulación por la cual
transitan diariamente distintos tipos de vehículos incluyendo transporte de
pasajeros.
Que
el caudal de tránsito en la zona es de relevancia, por lo cual se hace tedioso
circular por la mencionada avenida.
Que
en el código municipal de faltas articulo 153 inciso 2 se prohibe estacionar en
avenidas de doble mano sobre los números impares
Que,
al ser una arteria de limitado ancho, el estacionamiento de ambas manos
perjudica la fluidez del tránsito, aumentando las probabilidades de que ocurran
incidentes viales.
Que
en horas picos, o fines de semana por la noche se hace intransitable por la
cantidad de vehículos estacionados sobre ambas manos.
Ante
todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento
siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo
1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para
que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a elevar a la Dirección
de Tránsito la orden de controlar y realizar las actas correspondientes sobre
los vehículos o conductores que incurran en la infracción de estacionar sobre
los números impares de Avenida Filippini.
TRABAJOS DE OBRAS PUBLICAS EN
CALLE MARCOS PAZ DEL 2100 AL ARROYO SALADILLO
Proyecto de Decreto, para que se proceda a realizar distintos trabajos de
obras publicas en el sector de calle Marcos Paz del 2100 al arroyo. Exp. 4779/13.
VISTO:
Ley
2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;
Ley 2.756 articulo 41 inciso 24 y;
Constitución
Nacional artículo 41;
Reclamo
de los vecinos.
CONSIDERANDO
Que
el barrio en cuestión carece de obras de zanjeo, limpieza, desmalezamiento y
restauración de las luminarias dañadas favoreciendo el aumento de la
inseguridad y las probabilidades de adquirir alguna enfermedad relacionada con
el estancamiento de aguas producto de la falta de realización de las
mencionadas obras.
Que
los vecinos reclaman la realización de dichas obras en calle Marcos Paz desde
2100 hasta el arroyo y de las calles que la atraviesan como Bordabehere, Pasaje
3 -Virgen de los Ángeles-, Levalle, y Mosconi.
Que
en la proximidad de la zona funciona un centro de salud, por lo cual, es una
calle importante, que debería estar en condiciones para facilitar la
transitabilidad.
Que
de noche o en la madrugada cuando los vecinos se trasladan hacia su trabajo o
los niños van a la escuela, dicha calle se encuentra aislada por los pastos
altos que se encuentran en los laterales de la artería, favoreciendo la
concreción de los delitos. Que en dichas horas el barrio permanece a oscuras
por la falta de iluminación ya que las luminarias dañadas hace meses aún no
fueron restituidas.
Que
es necesario realizar las obras de zanjeo, limpieza y desmalezamiento para
evitar la proliferación de distintos tipos de alimañas.
Que
es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene,
seguridad y salud de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Ante
todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento
siguiente proyecto de decreto.
DECRETO
Artículo
1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para
que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de
zanjeo tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en la calle
Marcos Paz desde el 2100 hasta el arroyo y de las calles que la atraviesan como
Bordabehere, Pasaje 3 -Virgen de los Ángeles-, Levalle, y Mosconi.
Artículo
2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para
que, a través de la Secretaría que corresponda, efectúe los trabajos
pertinentes para el mejoramiento de las mencionadas calles.
Artículo
3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para
que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento y
limpieza de la zona.
Artículo
4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para
que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación y
mantenimiento de luminarias en las mencionadas "arterias, o realice las
gestiones pertinentes ante quien corresponda para solucionar la problemática
planteada.
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