viernes, 10 de febrero de 2012

2º Sesión Extraordinaria 08 de febrero 2012

Esta es una síntesis de la 2º sesión de carácter extraordinaria que se realizó el 08 de Febrero de 2012. La misma estuvo presidida por la Presidente del Concejo Deliberante Norma Haydeé Auge, en Secretaria Daniel Marcucci.
Concejales presentes: Mangiaterra, Cabrera, Luraghi, López, Dolce, Martínez, Cabrol y Monte.


Lectura de la Convocatoria.


DENEGACION AUTORIZACION PARA REALIZAR CORSOS EN EL PREDIO DEL ANFITEATRO

1- DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, el Departamento Ejecutivo eleva Expte. Administrativo Nº 41.145/12, “autorización para realizar los corsos de carnaval en el predio del Anfiteatro”. Denegatorio.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART. 1º) Deniéguese la autorización para realizar corsos de carnaval en el predio del Anfiteatro y en las calles Av. General Juan D. Perón entre Av. San Martín y Laprida y Av. San Martín entre Av. General Juan D. Perón y Moreno elevada por Expediente Nº 41.145/12 del Departamento Ejecutivo Municipal.


APORTE NO REINTEGRABLE FONDO CONSTRUCCION DE OBRAS Y ADQUISICION DE EQUIPAMIENTOS Y RODADOS

DICTAMEN DE COMISIONES DE: GOBIERNO Y EDUCACION Y  PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza,  solicitando al Gobierno de la Provincia de Santa Fe aporte no reintegrable en concepto de “Fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamientos y rodados”. Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
ORDENANZA
ART. 1º) Solicitese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385, sus modificaciones y Decreto Reglamentario, restituya o reasigne a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, el aporte no reintegrable de $ 1.541.256,32.- ((Pesos Un Millón Quinientos Cuarenta y Un Mil Doscientos Cincuenta y Seis con Treinta y Dos Centavos) correspondiente a parte  del “Fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamiento y rodados” asignados oportunamente para el año 2011 que serán destinados a la readecuación de bases y carpeta asfáltica en caliente de 6 cm de espesor en calle Richieri entre Soldado Aguirre y Temporelli,  Nahuel Huapi entre Soldado Aguirre y Capuchino (ex Pasaje 7) y Carlos Pellegrini entre Nahuel Huapi y Richieri.
ART.2º) Solicítese la suma de $ 1.063.059,68.- (Pesos Un Millón Sesenta y Tres Mil Cincuenta y Nueve con Sesenta y Ocho centavos) para la adquisición de maquinaria barredora y aspiradora, y dos chasis de camión 0 (cero) Km.
ART.3º) Declárase como no susceptibles de recuperación mediante contribución de mejoras la obra consignada en el Art. 1º.


AUTORIZACION EMITIR SEXTA CUOTA PATENTE AUTOMOTOR

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACION Y PRESUPUESTO Y HACIENDA,  Proyecto de Ordenanza,  autorizar a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez a emitir una sexta cuota en la patente automotor en el marco de la Ley 13.226. Favorable.
El Concejal Monte propone la votación por artículos. Se aprueba.
Puesto a consideración el art. 1º se aprueba por unanimidad.
Puesto a consideración el art. 2º.
Aprueba afirmativamente Auge, Cabrera, Luraghi, Lopez, Mangiaterra y Martinez.
Por la negativa: Montes, Dolce y Cabrol.
Puesto a consideración el art. 3º se aprueba por unanimidad.
Opinan sobre el puntos los concejales Monte, Martinez y Dolce.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART. 1º) Autoricese a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez a emitir una sexta cuota en la Patente Automotor en el marco de la Ley Nº 13.226, la cuál deberá contener la leyenda “CUOTA EMITIDA POR VARIACION DE ALICUOTA SOLICITADA POR LA MUNICIPALIDAD LEY 13.226”.
ART.2º) Exceptúase de lo previsto en el articulo anterior, a las empresas de Transporte de Pasajeros.
ART.3º) Comuníquese de la presente al Superior Gobierno de la Provincial de Santa Fe, a través de la Administración Provincial de Impuestos.


FACTIBILIDAD PARQUE LOGISTICO E INDUSTRIAL CORREDOR BIOCEANICO

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACION Y PLANEAMIENTO Y URBANISMO, Proyecto de Ordenanza,  Expediente Municipal Nº 41.165/12 “Arq. Claudio A. Caplan Factibilidad Parque Logístico e Industrial Corredor Bioceánico” (P.C.B.). Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante dispone la factibilidad de la realización del Proyecto de Parque Logístico e Industrial (Expte. Nº 41.165/2012 del Departamento Ejecutivo Municipal), previa modificación de las zonas catastrales ordenadas por el Código Urbano de nuestra Ciudad (Ord. 1.144/95) a cuyo estudio ya se encuentra abocada la Comisión correspondiente.
ART. 2º) Remítase el Expediente Nº 4.287/12 a las Comisiones de Gobierno y Educación y Planeamiento y Urbanismo;  para su posterior tratamiento.


CONVENIO REFUERZO ALIMENTARIO DE EMERGENCIA CON MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA PROVINCIA

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACION Y ACCION SOCIAL, Proyecto de Ordenanza,  celebrar convenio de refuerzo alimentario de emergencia con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe. Favorable.
El Concejal Dolce propone la votación por artículos. Se aprueba.
Puesto a consideración el art. 1º se aprueba por unanimidad.
Puesto a consideración el art. 2º.
El Concejal Dolce mociona que se elimine el art. 2
Votan afirmativamente la moción Dolce, Monte, Martinez y Cabrol.
Negativamente Auge, Cabrera, Luraghi, Lopez, Mangiaterra
Se procede a la aprobación del art. 2
Aprueba afirmativamente Auge, Cabrera, Luraghi, Lopez y Mangiaterra.
Por la negativa: Montes, Dolce y Cabrol y Martinez.
Puesto a consideración el art. 3º se aprueba por unanimidad.
Opinan sobre el punto los Concejales Dolce, Monte, Luraghi,
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART. 1º) Autorícese al Intendente Municipal a celebrar los convenios de refuerzo alimentario de emergencia con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe.
ART.2º) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal, por razones de urgencia, a comprar en forma directa víveres destinados a cubrir las necesidades básicas insatisfechas hasta la suma que se establezca en los convenios celebrados.
ART.3º) Las sumas que otorgue el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia en el marco del convenio se realizan en calidad de transferencia sin reintegro.





Video de la sesión

En la Web

Un Concejo junto a la gente


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