Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Decreto, solicitando
al Departamento Ejecutivo que construya un playón para la practica de deportes
alternativos en Plaza El Ferroviario en Juan D. Perón entre Edison y Córdoba y colocación
de luminarias. Exp. 4319/12.
VISTO:
La Ley 2756, Art. 39º, el Decreto Nº 290/10 y
CONSIDERANDO
QUE:
El deporte es una
herramienta imprescindible para el desarrollo físico, social y mental de la
persona.
En nuestra ciudad,
muchos jóvenes están contenidos en clubes donde se practican disciplinas
tradicionales como el fútbol, vóley, básquet, etc., pero son pocos los espacios
en los que pueden desarrollar deportes alternativos como el "skate, bike,
roller", entre otros.
Un ejemplo claro de una
buena intervención del Estado Municipal en este tipo de disciplinas, es el
playón de la plaza del Ferroviario, donde un grupo numeroso de jóvenes practica
básquet callejero, enseñando, además, a niñas y niños que se acercan al lugar.
Los resultados del
playón antes mencionado son claramente positivos, es por ello que la
instalación de uno nuevo para la práctica de skate, rollers, bike y actividades
similares seria un gran paso en materia de inclusión, no demandaría grandes
esfuerzos económicos al municipio y evitaría que muchos jóvenes tengan como
única alternativa viajar a localidades vecinas para practicar estos deportes.
Para aprovechar al
máximo el uso de dicho espacio será necesario colocar luminarias acordes y
garantizar la poda de los arboles del lugar.
Es por lo antes
expuesto que el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el
siguiente proyecto de
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante
se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través del área que
corresponda, construya un playón para la práctica de deportes alternativos como
skate, bike y roller en la Plaza del Ferroviario ubicada en calle Juan Domingo
Perón entre calle Edison y calle Córdoba.
ART. 2º) El Departamento
Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, colocará las luminarias
necesarias para una correcta iluminación del playón mencionado en el Art. 1º, de forma inmediata
luego de su finalización.
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