Autor del proyecto: Concejal Monte.
Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo limpieza microbasural y
reparación de luminarias en la intersección de Int. Andreu y Sáenz Peña. Exp.
4299/11.
VISTO:
La Ley Nº 2.756, Art. º39, incs. 17º y
52º,
La falta de iluminación y el microbasural existente en la intersección de Int. Andreu y Sáenz
Peña, y
CONSIDERANDO:
Que en la intersección de las calles Int. Andreu y Sáenz
Peña se ha formado un microbasural,
siendo fundamental dar una pronta respuesta a la cuestión toda vez que los
mencionados microbasurales generan un continuo riesgo de contagio de
enfermedades e infecciones tanto para los vecinos del lugar como para los
ocasionales transeúntes.
Que corresponde al Municipio tanto la erradicación de
basurales existentes como las tareas de previsión y saneamiento necesarias para
evitar que en el futuro los mismos vuelvan a formarse, recordando a la
población, mediante la señalización correspondiente, la prohibición de arrojar
basura en los espacios públicos.
Que es asimismo deber del Municipio el cuidado y limpieza
de todos los espacios públicos, tareas fundamentales para mejorar no solamente la
estética de la ciudad sino primeramente y sobre todo para contribuir a la
calidad de vida de nuestros vecinos.
Que, además, en la intersección en cuestión no funcionan
las luminarias correspondientes a las veredas Sur y Oeste, con los consecuentes
riesgos que tal ausencia de iluminación trae aparejados.
Que es deber de este Concejo Deliberante velar por la
higiene, la seguridad y el bienestar de todos los vecinos.
Por todo ello, el Concejal abajo
firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
MINUTA DE
COMUNICACIÓN
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento
Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda,
proceda a la limpieza del microbasural
ubicado en la intersección de las calles Int. Andreu y Sáenz Peña.
ART. 2º) El Concejo solicita además se disponga la
colocación de un letrero recordando la prohibición de arrojar basura en los
espacios públicos
ART. 3º) El Concejo se dirige asimismo al Departamento
Ejecutivo Municipal para que proceda, a través de la Secretaría que
corresponda, a la reposición de la luminaria de las veredas Oeste y Sur de la
intersección mencionada en el Art. 1º de la presente.
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