martes, 8 de mayo de 2012

Proyectos presentados por el Bloque PAS Frente Progresista Civico y Social al 08 de mayo 2012

Estos son los proyectos presentados por el bloque PAS (Participación Alternativa Solidaria) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

                         
BLOQUE P.A.S. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL

Autor de los proyectos: Concejal Monte.

PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
Proyecto de Ordenanza, solicitando la implementación del Presupuesto Participativo. Exp. 4390/12.
VISTO:
La ley 2756, art. 39 incs. 7 y 17, y art 41, inc.3
CONSIDERANDO:
Que el Municipio es el primer eslabón de interacción que tiene la ciudadanía, con el poder político,
Que en los últimos años nuestra ciudad ha transitado un proceso de crecimiento y desarrollo demográfico, de ocupación territorial hacia las zonas más periféricas, con el inmediato correlato de mayores demandas,
Que el dinamismo de este crecimiento, determinó la falta de planificación para establecer prioridades de ejecución en las demandas; variable que seguramente se verá reflejada en el próximo censo nacional previsto para el mes de octubre,
Que es necesario promover la construcción de ciudadanía como compromiso de todos los gobernantes, para lograr erradicar definitivamente las antiguas tendencias de hacer política ligadas al clientelismo y oportunismo que hoy por hoy han demostrado su ineficacia e ineficiencia para el desarrollo general de la población, postergando y casi desechando, valores como la dignidad y el sentimiento de pertenencia, a una comunidad organizada,
Que los actuales gobernantes y representantes del Pueblo debemos promover este sentimiento de compromiso ciudadano, desarrollando herramientas con profundo sentido democrático, aggiornando el modo de implementar la política a las nuevas exigencias de una sociedad que avanza a pasos agigantados, tanto en comunicación y tecnología, como en formación de opiniones.
Que es necesario afianzar lazos de diálogo y comunicación directa con el ciudadano, permitiendo y propiciando su activa participación.
Que la participación de los ciudadanos en la deliberación, decisión, votación y control de una parte del presupuesto municipal, técnicamente conocido como Presupuesto Participativo, se ha convertido en estos últimos años en una herramienta y un mecanismo de lo más novedoso en las democracias representativas, para lograr una buena gobernabilidad local y sustentabilidad de los proyectos originados por la iniciativa popular.
Que nadie mejor que el vecino conoce su realidad local y puede discernir cuáles son las prioridades en la gestión, estableciendo una planificación de obras y/o servicios para su barrio.
Que la Democracia Participativa es un mecanismo actual de acercamiento a la Democracia Directa, donde los ciudadanos interactúan con los gobernantes, participando en la toma de algunas de las decisiones políticas que directa o indirectamente los benefician.
Que la implementación del Presupuesto Participativo permite, entre otras cosas, profundizar la participación ciudadana con el desarrollo de mecanismos abiertos y horizontales de decisión, desarrollando en la comunidad un mayor grado de corresponsabilidad.
Que además, permite efectivizar una variación, otorgando una nueva impronta en las relaciones de poder, efectuando un proceso de inclusión de la población en el ejercicio de sus derechos civiles y políticos, quienes podrán decidir sobre parte de los recursos municipales, identificando las prioridades en la planificación de necesidades de obras o servicios para su barrio o zona.
Que nos encontramos ante una real apuesta política de transformación; de generación de nuevos conocimientos, capacidades y prácticas políticas en el ciudadano, que no podemos ni debemos desatender, si queremos cumplir, como representantes,- del mandato que nos delegó y confió el Pueblo.
Que establecer el presupuesto participativo en Villa Gobernador Gálvez, seria una gran desafío para este Concejo Deliberante y el actual Departamento Ejecutivo, si todos nos unimos para darles voz y voto a los por siempre excluidos, procurándoles herramientas y capacitación a una sociedad civil, que una vez organizada, pueda establecer las prioridades de acción, de la gestión de turno.
Que este es un proyecto abarcativo y liberado de toda mezquindad política, ya que estaríamos todos juntos preparando a una Villa Gobernador Gálvez, para crecer y desarrollarse como ciudad pujante, trascendiendo nuestros mandatos y nuestras proyecciones políticas, siendo nosotros, como Gobierno y nuestros ciudadanos, corresponsales de distintas acciones a llevar a cabo en la ciudad, sentando el precedente para las generaciones de políticos que nos sucederán y que tendrán en sus manos, una herramienta eficaz para poder, seguramente, mejorar y superar.
Que en la Argentina ya son 34 los municipios que han implementado el presupuesto participativo, según informe de la Red Argentina de Presupuestos Participativos, institución dependiente de la Jefatura de Gabinetes de Ministros de la Nación - Secretaria de Relaciones Parlamentarias.
Que ya se ha venido trabajando en relación a este tema propiciando la instalación del presupuesto participativo en los municipios, que es reconocido internacionalmente como una "Buena Práctica" de gestión pública y tiene un desarrollo sostenido en todos los continentes,
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
ART. 1º) Impleméntese el mecanismo de Presupuesto Participativo, que regirá a partir de la sanción de la presente, en la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez. -
ART. 2º) El mecanismo de Presupuesto Participativo en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez tendrá la denominación "Presupuesto Publico para la Iniciativa Popular" "PPIP".-
ART. 3) Entiéndase por "Presupuesto Público para la Iniciativa Popular" al proceso político de participación ciudadana, como herramienta de la sociedad civil, que permite destinar una parte del presupuesto municipal para la concreción de proyectos de iniciativa popular, previamente debatidos, estudiados, planificados, proyectados y votados como prioritarios para su barrio, por los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez,  organizados  en  Asambleas  Zonales,  participando  libre y voluntariamente de la toma de decisiones políticas, en igualdad de derechos y obligaciones. -
ART. 4ª) A los efectos de la implementación del PPIP, delimítese territorialmente a la ciudad de Villa Gobernador Gálvez conforme se estipula en el Anexo que forma parte de la presente.
ART. 5º) Establécese al año 2012, como año de inicio del PPIP, llevando a cabo el Plan Director, que como Anexo forma parte de la presente, como acción primaria; dando a publicidad y conocimiento la presente norma legal; organizando, capacitando y asesorando a los ciudadanos sobre la presente herramienta de participación ciudadana, según la metodología descripta en el mencionado plan.-
ART. 6º) A los efectos de la aplicación del presente Proyecto de Ordenanza, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá efectuar un estudio pormenorizado de las obligaciones (gastos) y los derechos (ingresos) que prevean liquidar durante el ejercicio anual 2012, haciendo especial hincapié en el presupuesto estimado para las obligaciones de arrastre, imprevistos y/o emergencias que deberán afrontar durante el ejercicio 2013, año en que se tendrá calculado el monto de la partida presupuestaria destinado a la ejecución de las obras del PPIP. La presente tiene como objeto estimar montos reales de manera tal de ser ejecutados en el ejercicio 2013, generando confianza en la ciudadanía y eficacia en el proceso, para su sostenibilidad.-
ART. 7º: Teniendo en cuenta lo especificado en el articulo anterior, y para la efectiva implementación del PPIP, el Departamento Ejecutivo realizará un exhaustivo estudio a efectos de proponer la asignación presupuestaria total para el PPIP, que será afectada en el año 2013 para la ejecución de los proyectos votados como prioritarios por los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez. Dicho estudio deberá ser remitido a este Concejo Deliberante en el plazo de 20 días de quedar firme la presente, a efectos de la correspondiente aprobación.-
ART. 8) Siendo los años 2012, de implementación del proceso y 2013, de ejecución de los primeros proyectos votados con el sistema de presupuesto participativo, se presume serán más demorosos hasta tanto Gobierno y Ciudadanía se adapten a esta nueva forma de política, combinando democracia representativa y directa. Por lo tanto, en los años siguientes, la asignación presupuestaria destinada al PPIP deberá decidirse, también de manera participativa, generando la instancia representativa para tal fin. Nunca una asignación presupuestaria del PPIP, podrá ser inferior que la asignada en el año inmediato que le precedió. -
ART. 9º) Apruébase el Anexo, que forma parte de la presente, denominado "Plan Director - Metodología para la implementación del PPIP"


ANEXO

"Plan Director: Metodología para la implementación del Presupuesto Publico para la Iniciativa Popular - PPIP"

Cláusula Ira: "PREMISA": Dado que no existe una metodología standard o un diseño acabado de presupuesto participativo, el mismo deberá adaptarse a la realidad local. Por eso y a los efectos de lograr mayor identidad en Villa Gobernador Gálvez, el presupuesto participativo se denominará "Presupuesto Publico para la Iniciativa popular" (PPIP); proceso que se encontrará en permanente construcción, susceptible de ser superado y mejorado por los gobernantes futuros y aquellos ciudadanos que pretendan mejorar su formación cívica y su sentido de pertenencia a la ciudad.-
Cláusula 2da: "CONCEPTO DEL PPIP":_Entiéndase por "Presupuesto Público para la Iniciativa Popular" al proceso político de participación ciudadana, como herramienta de la sociedad civil, que permite destinar una parte del presupuesto municipal para la concreción de proyectos de iniciativa popular, previamente debatidos, estudiados, planificados, proyectados y votados como prioritarios para su barrio, por los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez, organizados en Asambleas Zonales, participando libre y voluntariamente de la toma de decisiones políticas, en igualdad de derechos y obligaciones.-
Cláusula 3ra: "OBJETIVOS DEL PPIP":
         Mayor democratización de la gestión publica: recuperando el prestigio social de la política con la mayor participación ciudadana
         Formación de potenciales gobernantes con un amplio perfil de participación ciudadana y funcionamiento a pleno de las instituciones democráticas, enmarcado en el concepto filosófico del arte de gobernar
         Disminución de las desigualdades sociales: dándoles voz y voto a los excluidos, beneficiando a los sectores más vulnerables y zonas periféricas más postergadas
         Generación del sentimiento de confianza en el uso de los recursos municipales, mediante la toma de conocimiento y participación de la ciudadanía
        Ruptura del clientelismo político: el Pueblo votará a sus gobernantes por convicción y no por la promesa de una obra, puesto que serán ellos quienes decidirán las prioridades para su barrio o zona. Esta fuerza ciudadana promoverá un mayor equilibrio, contrarrestando el poder que detentan los gobernantes, ya sean oficialismo u oposición
        Fomento de la participación y derechos de los ciudadanos, promoviendo la construcción de ciudadanía: impulsando la organización de la población, fomentando la solidaridad, la responsabilidad social y el respeto al conciudadano.
           Mejora de la eficiencia y eficacia de la gestión municipal: enriqueciéndola en el diario accionar y garantizando la ejecución de proyectos identificados por la comunidad como prioritarios
        Combinación de democracia representativa con democracia directa: en un proceso de democratización de las relaciones del estado con la sociedad civil y la creación de una esfera publica, no estatal
        Mejorar y aumentar la recaudación: cuando la ciudadanía está mejor informada, con espacios de participación directa, tiene más confianza en su gobierno local y demuestra mayor disposición a cumplir con sus obligaciones, impuestos y tasas.
Cláusula 4ta: «PRINCIPIOS Y BASES DEL PPIP"
        Participación universal: todos los ciudadanos y ciudadanas de Villa gobernador Gálvez, mayores de 16 años, de manera voluntaria y sin ningún tipo de distinción, pueden participar de las Asambleas Barriales del PPIP
        Transparencia de la gestión publica: es deber de las autoridades y funcionarios someter al análisis ciudadano, la información relativa al uso de los recursos municipales
        Justicia Distributiva: a los efectos de una distribución equitativa de la asignación presupuestaria aprobada, según articulo 8 del presente proyecto, y luego de zonificar a este efecto el territorio municipal, el porcentaje otorgado a cada zona barrial se calculará teniendo en cuenta la desigualdad material de base y los distintos estudios e Índices de necesidades, otorgando más a las zonas más vulnerables o postergadas, con el objeto de disminuir la desigualdad social
        Solidaridad: como práctica permanente del PPIP, cediendo recursos de los que más tienen para favorecer a los más necesitados, que es la premisa de la Justicia Social que todos invocamos
         Objetividad:   para   asignar   recursos   y   definir   reglas de implementación claras, para todas las zonas barriales, garantizando la credibilidad del  proceso
         Flexibilidad: en la metodología, para lograr un proceso in crescendo
         Unidad en la diversidad: impulsando un espacio de diálogo, debate y respeto entre personas con distintas carencias, creando nuevos conocimientos y saberes en procura del bien común.
          Voluntad política de los gobernantes y apertura al cambio, puesto que el presupuesto participativo le otorga mayor legitimación a las relaciones de poder entre el estado, los gobernantes y la ciudadanía, dado que su participación directa actúa como elemento moderador del poder, al generar un espacio donde prima la iniciativa y decisión popular
Cláusula 5ta: "IMPLEMENTACION"  (La cantidad de días estipulada figura a modo de sugerencia, no debiendo ser considerada condición sine qua non para la realización del proyecto)

PRIMERA ETAPA:
"INFORMACION Y ORGANIZACIÓN" (Primeros 60 días)


A) División territorial: al sólo efecto del PPIP el municipio quedará dividido territorialmente de la siguiente manera;
         Zona Barrial CENOR (Centro y Norte): quedará conformada con los radios de acción de la Vecinales Villa Diego Oeste, San Enrique, Triángulo y 11 de Junio, y las zonas lindantes a estas dos últimas.
          Zona Barrial SURES (Sureste): quedará conformada con los radios de acción de las Vecinales Tigre, Progreso, Parque Alegre, Mortelari y La Esperanza.
         Zona Barrial ÑORES (Noreste): quedará conformada con los radios de acción de las vecinales Proyecto Joven, Lavalle, Constancio C Vigil, Intendente Andreu, 21 de Setiembre, Talleres Norte y Talleres Sur y zona lindante.
         Zona Barrial OESTE: quedará conformada con los radios de acción de las vecinales Arroyito, Coronel Aguirre, 14 de Enero, Cancha de Remo, Giglione, Nuevo Milenio, 2 de Abril, Alto Verde y San Francisco y la zona de influencia  de algunas de ellas. Los ciudadanos de cada Zona Barrial estudiarán, debatirán y determinarán los proyectos considerados prioritarios para su zona.
b) Determinación del lugar físico para las reuniones y Asambleas de Ciudadanos, se proponen los siguientes lugares públicos, los que podrán ser variados para comodidad de los ciudadanos con el consenso de los mismos
         Zona Barrial CENOR: Club LT3
         Zona Barrial SURES: Salón de usos múltiples previsto para Centro Asistencial FO.NA.VI
         Zona Barrial ÑORES: CIC 20 de Junio, Casa de la Cultura o Cine Avenida
         Zona Barrial OESTE: CIC Itati

c) Publicidad: El Departamento Ejecutivo Municipal llevará a cabo la publicidad del presente proyecto, comenzando por las Vecinales y luego realizando una campaña de difusión masiva, procurando el más amplio conocimiento de la población, sensibilizando y motivando a los ciudadanos a participar, para la toma de conciencia del rol fundamental que cumplirán a partir de la sanción de la presente. Asimismo, se deberán contemplar actividades de presentación de los objetivos, principios, división territorial, impacto social, como la visualización de las distintas etapas del proceso de presupuesto participativo.
d)     Equipo Tècnico y Facilitador: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá conformar un equipo de trabajo con personal perteneciente a la planta permanente municipal, para el asesoramiento, capacitación y acompañamiento de los ciudadanos, en el cabal conocimiento de la presente y con el fin de materializar una idea en proyecto y el proyecto en acción concreta, a efectos de cumplir en tiempo y forma con los mismos, formalizando las propuestas votadas en las Asambleas. Dicho equipo deberá conformarse con un tècnico (Personal del tramo superior) y un facilitador por Secretaria, de manera tal de asegurar la continuidad de los proyectos votados y la sustentabilidad del sistema. Una vez iniciado como trámite, se elevará al Departamento Ejecutivo Municipal, para sus correspondientes estudios de falibilidad y/o aprobaciones.-
e) Diagnóstico de la situación de cada Zona Barrial: a los efectos de la aplicación del principio de justicia distributiva y equidad, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá efectuar un completo informe para establecer el Grado de Necesidades de cada zona. A tal efecto, se deberá tener en cuenta, principalmente, los datos relevados en el próximo Censo Nacional, que nos aportarán datos estadísticos, como así también todos los datos aportados por la Secretaria de Desarrollo Social, teniendo en cuenta elementos indicadores como: cantidad de población (según plano de la división territorial efectuada para el PPIP); necesidades básicas insatisfechas: tipología de viviendas; promedio de educación; presencia de centros de salud, comedores comunitarios; tipo de servicios (calles de tierra, estabilizado, asfalto, cordón cuneta, etc.) y todo otro dato que considere relevante. Para este diagnóstico, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá establecer criterios objetivos, con el fin de medir las necesidades sociales de cada zona barrial, con el fin, de lograr distribuir el PPIP de manera directamente proporcional al grado de necesidad. Cumplimentado el diagnóstico de la situación, deberá remitirse al Concejo Deliberante hasta el día 20 de Noviembre de 2010, a fin del estudio y aprobación de los porcentajes correspondientes para cada zona barrial-

SEGUNDA ETAPA:
" INICIO DE LAS ASAMBLEAS BARRIALES” (Siguientes 120 días)

a) Primera Asamblea a llevarse a cabo en todas las zonas barriales: se establecerá un cronograma en la primera quincena del mes de Marzo de cada año, en donde asistirán representantes del Departamento Ejecutivo, del Concejo Municipal y el Equipo Técnico y Facilitador del PPIP a efectos de dar a conocer el presente proyecto, explicar situaciones relativas al presupuesto municipal como así también el porcentaje correspondiente al PPIP y el correspondiente a su zona barrial y canalizar todas las dudas de los ciudadanos. Esta Asamblea será convocada a instancia de cada Vecinal perteneciente a la zona barrial correspondiente y con el apoyo en la difusión que realizará el Departamento Ejecutivo Municipal.
Esta primera Asamblea es de vital importancia, porque, además de dar todas las explicaciones concernientes a la implementación del sistema de presupuesto participativo en la ciudad, se les propondrá a los ciudadanos presentes, la votación (por mayoría simple) de los miembros que integrarán la "Junta Representativa Zonal". Dicha Junta estará compuesta por cuatro representantes de la Zona Barrial, y con el fin de asegurar el enfoque de inclusión de género, deberán ser dos mujeres y dos hombres, los que serán elegidos por mayoría simple de los ciudadanos presentes. Cualquier ciudadano presente en la Asamblea, con los únicos requisitos de ser mayor de 16 años y residir en la Zona Barrial (acreditado con el D.N.I. o Cédula de Identidad) podrá proponerse libre y voluntariamente como candidato a formar parte de la Junta. Los miembros de la Junta Representativa Zonal son los representantes de los ciudadanos de esa Zona del PPIP y quienes mantendrán el contacto directo con las autoridades para la concreción de las propuestas votadas. La remoción o el cese en las funciones de los miembros de la Junta Representativa, se decidirá solamente en Asamblea de Ciudadanos reunidos a ese fin.

b) Asambleas de Ciudadanos y rol de la Junta Representativa Zonal: a partir de la 2a quincena del mes de Marzo y durante los meses de Abril, Mayo y Junio de cada año, cada Junta Representativa Zonal, preparará un cronograma de Asambleas de Ciudadanos, que como mínimo serán tres, en donde realizarán una amplia difusión para lograr la mayor participación ciudadana posible. En esas Asambleas los ciudadanos libre y voluntariamente tendrán la posibilidad proponer e intercambiar ideas, debatirlas, estudiarlas, procurando tener en cuenta su posibilidad de concreción dentro del monto estimado para su zona.
Las Asambleas lograrán quorum con un mínimo de 20 vecinos. Podrán votar todos los vecinos mayores de 16 años, que tengan su domicilio legal en la  Zona Barrial (acreditado con D.N.I. o Cédula de Identidad). Las votaciones siempre son por mayoría simple de los ciudadanos presentes, incluyendo a los miembros de la Junta Representativa Zonal, quienes deberán llevar un Libro de Actas en todas las Asambleas Zonales, especificando los datos de los vecinos presentes, con sus firmas y resumen del desarrollo dé la misma. . La Junta Representativa Zonal establecerá el modo de implementar la votación que consideren más transparente. Además podrá ser asistida, para realizar gestiones, desarrollar temas, en la preparación de proyectos, etc. por ciudadanos colaboradores, con el único requisito de dejar constancia en actas de esta circunstancia y de los datos del ciudadano colaborador, que también deberá pertenecer a la Zona Barrial correspondiente.-
En la última Asamblea Zonal (antes de culminar el mes de Junio), de todas las propuestas debatidas, se votarán hasta 3, asignándoles la prioridad según los votos de cada una, hasta tanto se tengan firmes los proyectos con sus presupuestos y estudio de factibilidad y análisis por las autoridades municipales, que determinarán si es viable la concreción de todos, según el monto asignado a la Zona, o se priorizará la concreción del o los más votados. Podrán requerir la presencia del Equipo Técnico y Facilitador para el asesoramiento, los cuales tendrán voz pero no voto.-
Durante toda esta etapa de Asamblea de Ciudadanos, es esencial el acompañamiento a los mismos que deberán realizar los miembros de las Juntas Representativas Zonales, a los fines de proponer ideas que sean factibles de ejecución, estableciendo parámetros de priorización de los mismos, como por ejemplo, no superar el presupuesto otorgado para la zona; que sean de mayor impacto social, que se encuentren dentro de una planificación a concretarse en los futuros PPIP, etc., asumiendo además un rol moderador de la Asamblea de Ciudadanos. Para ello podrán requerir siempre el asesoramiento del Equipo Técnico y Facilitador.-
Además, durante esta etapa, la Junta Representativa y ciudadanos colaboradores, si así lo acordaran, podrán reunirse cuántas veces consideren necesario, con el fin de avanzar en los distintos detalles de las ideas propuestas, como por ejemplo; propiedad del lugar donde se propuso la ejecución de una obra; si se trata de ideas de competencia municipal; cantidad de habitantes a los que beneficiaría esa propuesta; si no existen en la zona proyectos similares; los que son de mayor urgencia, etc. con el sólo fin de orientar a los ciudadanos de la zona a la que representan, sobre lo más conveniente en términos de oportunidad, beneficiarios y urgencia, priorizando el Bien Común, de manera tal, que al realizarse la última Asamblea, los ciudadanos efectúen su voto teniendo un amplio panorama de conocimiento sobre las distintas opciones propuestas en las Asambleas anteriores. Esta tarea realizada en las reuniones de las Juntas Representativas, será además facilitadora de la próxima etapa de "elaboración de los proyectos".


TERCERA ETAPA:
" ELABORACION DE PROYECTOS": (Siguientes 60 días)


Cada Junta Representativa Zonal tendrá a su cargo la elaboración de los proyectos de las propuestas votadas como prioritarias por los ciudadanos. Para tal fin podrán recurrir a ciudadanos colaboradores para transformar las propuestas en proyectos formales. En esta etapa, recibirán el apoyo y acompañamiento del Equipo Técnico y Facilitador, quienes los capacitarán y les brindarán una guía para la formulación de proyectos.

Requisitos a tener en cuenta:
         El o los proyectos deberán ser elaborados por los ciudadanos, mediante la Junta Representativa Zonal según lo consignado más arriba. No es responsabilidad del Equipo Técnico y Facilitador la elaboración del proyecto ni su presentación en la fecha estipulada.
         Los proyectos deberán contener temáticas de competencia municipal
         Podrá utilizarse el 100 % del monto asignado a la zona barrial para un solo proyecto, principalmente cuando se trate de infraestructura urbana o de servicios públicos
         Si se presentaran varios proyectos, la sumatoria de los presupuestos totales de los mismos no podrá superar el monto asignado a esa Zona Barrial
         Si se trataran de proyectos de refacción de alguna institución intermedia (ej. Club, Asociación Vecinal, etc.) el monto del proyecto no podrá superar el 50 % del monto asignado a la zona barrial. No podrán contemplarse proyectos dirigidos a otorgar becas, subsidios y/o beneficios a particulares.-
         Todas las diligencias realizadas por la Junta Representativa Zonal y los ciudadanos colaboradores son ad honorem, no asumiendo el municipio pagos por ningún concepto
         Cada proyecto deberá tener en cuenta el monto asignado a la zona y el modo de contratación de la Municipalidad, para lo cual recibirán el asesoramiento del Equipo Técnico y Facilitador como así también
         Última semana de Agosto de cada año: último plazo para la presentación, ante las autoridades municipales, de todos los proyectos, debidamente conformados, y suscriptos por todos los miembros de la Junta Representativa de cada Zona Barrial.


CUARTA ETAPA
"ESTUDIOS DE PROYECTOS" (Siguientes 60 días)

Las autoridades municipales, deberán expedirse sobre la factibilidad y/o viabilidad de los proyectos hasta el día 20 de Octubre de cada año. Además deberán coordinar con las distintas Juntas Representativas de cada Zona Barrial, un cronograma de Asambleas de Ciudadanos, las que se llevarán a cabo durante la ultima semana de Octubre, con la participación de representantes del Departamento Ejecutivo, Concejo Deliberante y el Equipo Técnico y Facilitador
. En esta ultima Asamblea de Ciudadanos del año se les informará sobre el trabajo realizado por la Junta de Representantes Zonal, vecinos colaboradores, y autoridades municipales. Se los interiorizará del o los proyectos por ellos votados y sus costos, características, resultados de los estudios de factibilidad y toda otra información que requieran sobre ellos.
Quedarán firmes todos los proyectos que hayan superado los requisitos a tener en cuenta y que fueran considerados viables.
Los proyectos y los montos presupuestados, asignados a cada uno, serán incluidos en el Proyecto de Presupuesto Municipal que se remite al Concejo Deliberante anualmente.

"ETAPA FINAL" (Últimos 30 días)
En una jornada especial, se reunirán todas las Juntas Representativas de las Zonas Barriales y vecinos colaboradores con las autoridades municipales y del Concejo Deliberante a fin de realizar un balance de todo el trabajo llevado a cabo durante todo el año, y en especial, en el primer año de implementación del PPIP, y como se indicó en la Premisa del presente Anexo, siempre se accionará tendiendo a mejorar la presente norma, para el beneficio de toda la ciudadanía de Villa Gobernador Gálvez, procurando que los balances del año siguiente sean superadores del que le precedió.-


REPARACION TAPA DE TORMENTA EN COLON Y DORREGO
Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo la reparación de la tapa de tormenta ubicada en la intersección de las calles Colon y Dorrego. Exp. 4392/12.
VISTO:
La Ley N2 2.756,
El reclamo de los vecinos de la zona, y
CONSIDERANDO:
Que sobre la intersección de las  calles Colón y Dorrego existe una boca de tormenta cuya tapa está rota.
Que esta situación dificulta considerablemente el tránsito de los vehículos, generando además una situación potencial de peligro para quienes por allí transitan, más aun teniendo en cuenta que la mencionada tapa está ubicada sobre la vereda.
Que es deber de este Concejo Deliberante velar por el estado de las calles de la ciudad y, en general, por la seguridad de los vecinos.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
MINUTA DE COMUNICACION
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal solicitándole, a través de la Secretaría correspondiente, proceda a la reparación de la tapa de tormenta ubicada en la intersección de las calles Colón y Dorrego.


REACONDICIONAMIENTO Y TAREAS DE BACHEO EN SAN JUAN Y FORNIELES
Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo proceda al reacondicionamiento de la intersección de las calles San Juan y Fornieles así como la realización de tareas de bacheo. Exp. 4393/12.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
El sostenido reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que sobre la intersección de las calles San Juan y Fornieles el deterioro del asfalto dificulta la circulación de vehículos, deterioro además que aumenta considerablemente la posibilidad de accidentes tanto entre vehículos como con las personas que por allí transitan.
Que el hundimiento en la capa asfáltica de la mencionada intersección genera que se acumulen agua y de residuos.
Que los baches ya existentes hace tiempo se han ido agrandando a causa del frecuente tránsito del servicio de transporte urbano de pasajeros, motivo por el cuál es urgente su reparación a fin asimismo de asegurar el buen funcionamiento del mencionado servicio.
Que es deber del municipio el cuidado, la reparación y el mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.
Que la Ley 2756 en su Art. 39º Inc. 30 establece que entre las atribuciones del Concejo Deliberante se cuenta el «dictar ordenanzas sobre pavimentación, repavimentación o cambio de cubierta de calles dentro de los límites del municipio»
Que las tareas de bacheo son una medida fundamental para mejorar el tráfico y la seguridad vial en nuestra ciudad.
Que es además deber de este Cuerpo Deliberante evaluar la justicia en los reclamos de los vecinos y elevar hacia el Ejecutivo Municipal aquellos que considere más necesarios y acuciantes, velando por el bienestar y la calidad de vida de nuestra ciudadanía.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
ART.) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría correspondiente, proceda al reacondicionamiento de la intersección de las calles San Juan y Fornieles así como a la realización de tareas de bacheo en la misma.

 



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