Esta es una síntesis de la 30º sesión de
carácter ordinaria que se realizó el 13 de Noviembre de 2014. La misma estuvo
presidida por el Presidente del Concejo Deliberante Jorge Andrés Murabito, en
Secretaria Facundo Iván Sarria.
Concejales presentes: Cabrol, Larrosa, Martinez, Cabrera, Mangiaterra, Garavano, Dolce y Leiva.
El
Concejal Cabrol mociona para que se de ingreso al exp. 5234/14.
Se pone
a consideración la moción:
Por la
afirmativa: Murabito, Cabrol y Larrosa.
Por la
negativa: Garavano, Cabrera, Mangiaterra, Dolce y Leiva.
Se
abstiene: Martinez.
Se
rechaza la moción.
Lectura
del Orden del Día
Aprobación
de Actas Nº 1.530; 1.531; 1.532 y 1.533.
PROGRAMA DE
INCENTIVO PARA BUENOS CONTRIBUYENTES
Proyecto de Ordenanza, Creación del
“Programa de Incentivo para buenos contribuyentes. Exp. 5400/14.
Autor del proyecto: Concejal Leiva.
Favorable
con modificaciones.
El concejal Cabrol mociona que el
expediente vuelva a comisión.
Se pone a consideración la moción.
Por la afirmativa: Murabito,
Cabrol y Larrosa
Por la
negativa: Garavano, Cabrera, Mangiaterra, Dolce, Leiva y Martinez.
Se
rechaza la moción.
Puesto
a consideración el punto se procede a la votación:
Por
la afirmativa: Garavano, Cabrera, Mangiaterra, Dolce, Leiva y
Martinez.
Por la
negativa: Murabito, Cabrol y Larrosa
El texto dice:
ORDENANZA
ART. 1º) Créese el “Programa
incentivo para contribuyentes cumplidores” consistente en la
realización de un sorteo anual de 12 (doce) módulos de reparación de veredas, en caso que el beneficiario posea la vereda
en buenas condiciones y opte por recibir el beneficio según lo dispone el Art.
7º podrá recibir el beneficio en forma
de parquización y embellecimiento del espacio público, respetando la
legislación vigente, entre aquellos contribuyentes de la Tasa General de
Inmuebles Urbanos que no adeuden cuotas exigibles, al momento de la confección
de la nómina mencionada en el Artículo 2°.
ART. 2°) Determínese la confección de la nómina de los
contribuyentes que se encuentren en condiciones de participar del programa. La
emisión de dicha nómina se efectuará en la segunda semana de febrero de cada
año.
ART.3) Exclúyase de la nómina mencionada en el artículo
precedente a los funcionarios municipales, entendiéndose por tales al
Intendente, sus Secretarios y los Concejales.
ART. 4°) Establézcase que el sorteo referido en el Artículo 1° será
de carácter público y se llevará a cabo en la segunda quincena del mes de marzo
de cada año, ante Escribano.
ART. 5°) Publíquese la nómina de contribuyentes que resultaren
favorecidos en el sorteo y, por ende, beneficiarios de un módulo, en el sitio
web de la Municipalidad, en cada uno de los edificios y reparticiones
municipales sin perjuicio de la utilización de otros medios de difusión.
ART. 6°) Efectúese la suscripción de un acta acuerdo con cada
contribuyente favorecido, donde se establezcan las condiciones generales, el
inicio y el plazo de ejecución de la obra.
ART. 7°) Establézcase que el contribuyente favorecido podrá ceder
el beneficio a otro frentista participante del programa o a una
institución de bien público de la ciudad.
ART. 8°) Los incentivos no serán acumulables, no pudiendo un mismo
contribuyente gozar de más de uno de ellos.
ART. 9°) Impútense los gastos que implique la implementación de la
presente a la partida presupuestaria correspondiente.
SE ELEVE INFORME SOBRE LO ACTUADO EN LA ORDENANZA
2127/13; EJECUCION PAVIMENTO DE CARPETA ASFALTICA
Proyecto de Decreto, se eleve informe sobre lo
actuado en la Ordenanza 2127/13. Exp. 5399/14.
Autores del proyecto: Concejales
Cabrol, Larrosa y Jorge Murabito.
Favorable
con modificaciones.
Puesto
a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al
Departamento Municipal Ejecutivo, para
solicitar que informe a través de la oficina técnica que corresponda, los motivos por los cuales no se ha ejecutado
el pavimento de carpeta asfáltica en caliente, de calles Junín de Int. Andreu a
17 de Octubre, Thompson de Alvear a 17 de Octubre, Colon de Maipú a Nogués,
Pje. Fleming, Pje. Apolo, Pje. Baigorria, Pje. Grandoli y Pje. Díaz Vélez desde
Santiago del Estero hasta Maipú
ART. 2º) Se otorga un plazo de 5 (cinco) días hábiles para cumplimentar
lo solicitado en el punto anterior.
REGULARIZACION DE DEUDAS Y
ATENCION DEL DEFICIT HABITACIONAL
Proyecto de Ordenanza, Regularización
de deudas y atención del déficit habitacional. Exp. 5396/14.
Autores
del proyecto:
Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.
Favorable
con modificaciones.
Opinaron
sobre el punto los concejales Murabito, Garavano, Dolce, Cabrol, Mangiaterra,
Larrosa.
El
Concejal Cabrol mociona que el expediente vuelva a comisión.
Se
pone a consideración la moción:
Por la
afirmativa: Murabito, Cabrol y Larrosa.
Por la
negativa: Garavano, Cabrera, Mangiaterra, Dolce y Leiva.
Se
abstiene: Martinez.
Se
rechaza la moción.
Se
procede a votar por artículos:
Se
pone a consideración el art. 1º
Los
concejales Murabito y Dolce proponen modificaciones. Se aprueban.
El artículo
se aprueba por unanimidad.
Se
pone a consideración el art. 2º
El artículo
se aprueba por unanimidad.
Se
pone a consideración el art. 3º
El
Concejal Garavano propone que se agregue los artículos 3 bis y 3 ter. Se
aprueban.
El artículo
se aprueba por unanimidad.
Se
pone a consideración el art. 4º
Los
concejales Dolce y Murabito propone modificaciones. Se aprueban.
El artículo
se aprueba por unanimidad.
Se
pone a consideración el art. 5º
El artículo
se aprueba por unanimidad.
El
Concejal Murabito propone que se agregue el art. 6.
El
Concejal Garavano propone que se incluya a los gobiernos Provincial y nacional
en el art. 6. Se aprueban.
El artículo
se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
ORDENANZA
ART.1º) Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal, a solicitar al
Gobierno Nacional y al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, Dirección
Provincial de Vivienda y Urbanismo (D.P.V y U), Ministerio de Obras, Servicios
Públicos y Vivienda de Santa Fe, mediante formal comunicación, subsidios no reintegrable para afectar a las
tierras en conflicto al día de la sanción de esta Ordenanza orientado a atender
el déficit habitacional en nuestra ciudad.-
ART. 2º) Se establece un Régimen Especial de Regularización de deudas en
concepto de Tasa General de inmuebles (TGI) para deudores que acrediten poseer
bajos recursos económicos o grave situación económica y que adeuden al Fisco
Municipal sumas de PESOS CINCO MIL ($ 5000.-) o más.-
ART. 3º) El plan de regularización de deudas previsto en el artículo
precedente, no otorgará quitas ni condonaciones, y la cancelación de la deuda
podrá efectuarse hasta en 60 cuotas mensuales, con un interés mensual que
establecerá el Departamento Ejecutivo Municipal. –
ART.3 BIS) El plan de Régimen
Especial de Regularización de Deudas tendrá vigencia desde la fecha de sanción
de esta Ordenanza hasta el 31/12/15.
ART.3 TER) Las tres primeras cuotas
pagadas en concepto de este Régimen Especial de Regularización de Deudas serán
afectadas íntegramente al Inciso a) del
Art. 4º.
ART. 4º) Dispóngase la afectación de los fondos recaudados bajo el
Régimen Especial de Regularización de Deudas, de la siguiente manera:
a)
El 40% será destinado a planes colectivos de viviendas y/o loteos sociales para
grupos familiares de escasos recursos.
b)
El 30% será destinado a compra de loteos sociales cuyo beneficiarios serán los
inscriptos en el Registro Único de solicitudes de viviendas y/o soluciones
habitacionales dependiente del Departamento de Vivienda.
c)
El 30% restante será depositado en la cuenta Rentas Generales.
ART. 5º) Formúlense todas las modificaciones pertinentes a la Ordenanza
Tributaria Municipal para hacer efectivo el objeto de la presente.-
ART.6º) Créase una Comisión de Seguimiento de
este Régimen Especial de Regularizaciones de Deudas integrado por: un (1)
concejal representando a cada bloque,
dos (2) personas en representación de cada lugar en conflicto, un (1)
representante del Departamento Ejecutvo Municipal e invitar a un (1)
representante del Poder Ejecutivo Provincial y un (1) representante del Poder Ejecutivo Nacional en
relación a los Ministerios de Viviendas y Urbanismos.
REPARACION SUMIDEROS FILIPPINI INTERSECCION SAN DIEGO;
SAENZ PEÑA INTERSECCION OPICCI Y CUMPLIMIENTO DE DECRETOS Y ORDENANZAS
Proyecto de Decreto, Reparación sumideros calle Filippini
intersección con Av. San Diego y Sáenz Peña intersección con Opicci y
cumplimiento de Decretos y Minutas de Comunicación. Exp. 5398/14.
Autor del proyecto: Concejal
Martinez.
Favorable.
Puesto
a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART. 1º) Solicitase
al Departamento Ejecutivo Municipal la reparación de los sumideros ubicados en
las intersecciones de Av. Filippini con Av. San Diego y en Sáenz Peña y Opicci,
en un plazo no mayor a los cinco días hábiles de aprobado el presente decreto.
ART.
2º) El Concejo
Deliberante reitera el pedido ante el Departamento Ejecutivo Municipal para
que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a dar cumplimiento a
los Decretos Nº 434/12; 499/13; 507/13; 534/13; 539/13; 611/14, 665/14 y a las Minutas
de Comunicación Nº 1912/12 y 2013/13.
Video de la sesión
En la Web
Un
Concejo junto a la gente
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