Proyecto de Declaración, Declarando de interés municipal el día 25 de noviembre como “El día Internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer”. Exp. 5407/14.
VISTO:
La Ley 2756,
La Resolución
48/104 de Naciones Unidas del 20 de diciembre de 1993 “Declaración sobre la
eliminación de la violencia contra la mujer”,
La Resolución
54/134 de Naciones Unidas del 17 de diciembre de 1999 Declarando el 25 de
Noviembre Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer,
La Ley Nacional
24.632 “Aprobación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer – Convención de Belém do Pará”
La Ley Nacional
26.485 “Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la
violencia contra las mujeres”
La Ordenanza
2.078/12 “Adhesión a la Ley Nacional 26.485 Protección Integral a las Mujeres y
Creación del Área de la Mujer", y
CONSIDERANDO QUE:
La Resolución 54/134 de Naciones Unidas
declara el día 25 de Noviembre como “Día Internacional de la Eliminación de la
Violencia contra la Mujer”.
Esta fecha quedó establecida luego de
haber sido promovida por las Feministas Latinoamericanas y del Caribe muchos
años antes en homenaje a tres de las hermanas Mirabal, activistas políticas de
la República Dominicana, asesinadas por la dictadura de Rafael Trujillo.
La Ley Nacional 26.485 define en su artículo 4º a la violencia contra
las mujeres como “toda conducta, acción u
omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en
el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad,
dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como
así también su seguridad personal.”
No debe confundirse violencia familiar con violencia
hacia las mujeres, muchas veces usados erróneamente como términos análogos. El
uso actual de Violencia Familiar para designar la violencia que se ejerce en el
ámbito privado en donde la inmensa mayoría de las víctimas son mujeres y niñas
y la mayoría de los agresores son varones, insiste en suponer que varones y
mujeres estamos en igualdad de condiciones tanto en la posibilidad de ser
víctimas de violencia como de ejercerla, desconociendo que la causa de la
violencia sexista es la existencia de una sociedad donde las mujeres son
discriminadas y subordinadas en todos los ámbitos. El concepto de “neutralidad
de género” en relación a la violencia familiar,
es un concepto ya superado a partir de la sanción de la Ley 26.485, que
incorporó en nuestra legislación interna el concepto de violencia hacia las
mujeres de la Convención de Belén Do Pará.
Reafirmando lo anteriormente citado, la Resolución
54/134 de Naciones Unidas reconoce que “la violencia contra la mujer constituye una
manifestación de unas relaciones de poder históricamente desiguales entre el
hombre y la mujer, que han conducido a que el hombre domine a la mujer y
discrimine contra ella, impidiendo su adelanto pleno, y que la violencia contra
la mujer es uno de los mecanismos sociales fundamentales por los que se reduce
a la mujer a una situación de subordinación respecto del hombre”.
A nivel internacional, la Organización
Mundial de la Salud en su informe de 2013 sobre violencia contra la mujer
concluye que la misma “…no se trata de un
pequeño problema que sólo afecta a algunos sectores de la sociedad, sino más
bien de un problema de salud pública mundial de proporciones epidémicas”.
En nuestro país, las estadísticas de
femicidios, que son el último eslabón de la cadena de actos violentos contra
las mujeres y los que toman mayor relevancia y visibilidad para la sociedad por
su crudeza, indican que hay un femicidio cada 30 horas, lo que constituye un
aumento del 16% con respecto al año 2012.
El 63 % de estos asesinatos fueron
perpetrados por parejas o ex parejas, por lo que el seno de la familia, el
propio hogar y el círculo de personas más cercano a la víctima de violencia de
género siguen siendo los lugares más peligrosos para ella.
Estos relevamientos se siguen realizando a
través de la acción de ONGs como “La Casa del Encuentro”, que toma la
información de los medios de comunicación para realizar las estadísticas que
presenta. Es decir, la verdadera dimensión de los femicidios aun no se conoce
al no realizarse un relevamiento integral desde el mismo Estado Nacional, que
debería estar haciéndolo a través del Observatorio de la Violencia Contra las
Mujeres, creado por el artículo 12º de la Ley Nacional 26.485 y aun sin
funcionamiento.
Nuestra ciudad no es ajena a la
problemática, agudizándose las situaciones de violencia contra las mujeres al
no abocarse desde el Estado Municipal mayores recursos.
Si bien la sanción de la Ordenanza 2078/12
le dio herramientas al municipio a través de la creación del Área de la Mujer,
la adhesión a la Ley Nacional 26.485 y facultando al Departamento Ejecutivo
para que disponga y reasigne partidas presupuestarias a fin de poner en marcha
lo que aquella ordenanza preveía, aún falta un largo tramo por recorrer, faltando
inclusive que desde la Intendencia dispongan de espacios físicos para refugiar
transitoriamente a aquellas mujeres víctimas de violencia de género.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en
uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACIÓN
ART. 1°): Declárese de Interés Municipal la
conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer el día 25 de Noviembre, con la clara intención de
sensibilizar a la población respecto del problema de la violencia contra la
mujer.
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