Esta es una síntesis de la 19º sesión de
carácter ordinaria que se realizó el 30 de Agosto de 2012. La misma estuvo
presidida por la Presidente del Concejo Deliberante Norma Haydeé Auge, en
Secretaria Daniel Marcucci.
Concejales presentes: Cabrera, Luraghi, Mangiaterra,
López, Dolce, Martínez y Monte.
Ausente: Cabrol.
Lectura
del Orden del Día
Aprobación
de Actas Nº 1.441, 1.442 y 1.443.
AUTORIZACION A
IGLESIA CRISTIANA “ENCUENTRO CON JESUS” EVENTO EN EL PARQUE SUR
DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO
Y EDUCACIÓN, El Departamento Ejecutivo Municipal, eleva fotocopia Expte.
Nº 42.164/12 de Iglesia Cristiana Encuentro con Jesús, autorización evento en
Parque Sur. Expte. Nº 4.490/12.
Favorable con
modificaciones.
Opinaron sobre el
punto los concejales Martínez y Dolce.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
D E C R E TO
ART. 1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir
un contrato de comodato otorgando el uso y goce gratuito del predio Parque
Regional con el Sr. Walter Orlando Hidalgo, D.N.I. Nº 6.138.364, en representación de la Iglesia Cristiana
Encuentro con Jesús, con domicilio en calle Piazza 558 de nuestra Ciudad, para la
realización de un evento evangélico del
día 16 de septiembre de 2012, cuyo modelo
obra como Anexo I y es parte integrante
del presente Decreto.
ART.2º)
Autorizase a los organizadores del
evento descripto en el Art. 1º, al cobro de una entrada al predio de $ 50.-
(Pesos Cincuenta) por persona, cuya recaudación será destinada a solventar los
gastos de organización.
ART.3º) El Departamento Ejecutivo
Municipal deberá remitir a este Cuerpo copia de la póliza de seguros
establecida en la
Cláusula Cuarta del modelo de contrato de comodato que se
anexa al presente.
ANEXO
I.
CONTRATO
DE COMODATO
En la ciudad de Villa
Gobernador Gálvez, a los 10 días del mes de Agosto de 2012, entre la MUNICIPALIDAD
DE
VILLA GOBERNADOR GALVEZ, con domicilio en la calle Ing. Mosconi
1541 - ciudad - representada en este acto por el Intendente Municipal
Pedro Jorge González, DNI 6.138.364, el Secretario de Gobierno, Educación y Cultura Diego Hugo Garavano, DNI 26.970.027, EL COMODANTE y EL Sr. WALTER ORLANDO
HIDALGO, DNI N° 14.471.614, en representación de LA IGLESIA CRISTIANA
ENCUENTRO CON JESÚS con domicilio en la calle Piazza 558 de esta ciudad, en
adelante denominado EL COMODATARIO, se formaliza el presente CONTRATO DE COMODATO, sujeto a las siguientes
cláusulas: --------------
PRIMERA: El comodante da en uso y goce
gratuito el predio del Parque Regional de Villa Gobernador Gálvez para el día 16 de Setiembre de 2012 afín
de que el comodatario organice por su cuenta y responsabilidad un evento evangélico en el
Parque Regional de Villa Gobernador Gálvez.--
SEGUNDA: Obligaciones del
Comodatario; Toma a su exclusivo cargo la contratación de todo el personal afectado
a la Organización
del Evento, ya se trate de artistas, así como también la contratación del
personal técnico idóneo para que el evento a realizar resulte de óptima
calidad, encontrándose a su exclusivo cargo el pago a los artistas contratados
y de los impuestos que correspondieren por la realización del espectáculo,
asumiendo a su cargo todo los gastos que se originen como consecuencia de la
realización del evento, sin perjuicio de las obligaciones especiales que más
adelante se detallan.--
TERCERA: Se autoriza al comodatario a percibir la suma de
($50.-) Pesos Cincuenta en concepto de entrada al predio. ------------------------------ ------------------------------ ------------
CUARTA: Contratación de seguro: El comodatario tiene a
su exclusivo cargo la contratación de los seguros por responsabilidad
civil que cubran lesiones y/o
muertes y/o eventuales daños a
instalaciones municipales, además de los que debe contar para la realización de
espectáculos públicos. Las copias de las pólizas respectivas y de los
recibos que acrediten el pago de las
mismas y/o certificado de cobertura, deberán ser presentadas con por lo menos
48 horas antes de la fecha del evento bajo apercibimiento de resolución del
presente contrato, y deberá ser aceptado o rechazado mediante el acto
administrativo correspondiente por el Departamento Ejecutivo
Municipal.-------------------- ---------------
QUINTA: Responsabilidad por daños: El comodatario se hace responsable frente
al comodante
y
frente a terceros de cualquier hecho dañoso en las cosas y/o en las personas,
obligándose a la reparación total e integral de las consecuencias lesivas,
liberando desde ya al comodante de toda responsabilidad. ------------------------------ ------------------------------ ----------------
SEXTA: Seguridad del
Predio: El comodatario se hace cargo a su exclusivo costo de seguridad del predio. Deberá
contratar personal de seguridad afectado al mismo como también Policías
Adicionales. La cantidad de policías adicionales que deban contratarse para
brindar seguridad al evento será dispuesto por las autoridades policiales,
debiendo acreditarse también la contratación de la seguridad privada y policial
con por lo menos 48 hs. antes de la fecha del evento, bajo apercibimiento de
resolución del presente contrato.--------------------- ------------------------------ --
SEPTIMA: Servicios
complementarios obligatorios: El comodatario también se obliga a la
contratación de Servicio Médico de Emergencias con Ambulancias y médicos en el
lugar, como también a instalar la cantidad de baños químicos que sean
necesarios para la cantidad de asistentes esperada al evento, con por lo menos
48 hs. antes de la fecha del evento, bajo apercibimiento de resolución del
presente contrato. ------------------------------ ------------------------------ --------------------
OCTAVA: El comodatario asume a su cargo el pago de los aranceles que pudieren corresponder a
SADA1C y ADI CAPIF, deslindando a la Municipalidad de toda responsabilidad emergente de
la falta de pago de tales aranceles. ------------------------------ ------------------------------ -
NOVENA: En caso de divergencia
en el cumplimiento o interpretación del presente Contrato de Comodato, las
partes fijan la competencia de los Tribunales Provinciales de la ciudad de
Rosario, renunciando a cualquier otro fuero que pudiere corresponder, inclusive
el Federal. ------
DECIMA: En conformidad a la Ley Orgánica de
Municipalidades N° 2756 se transcribe a continuación el Artículo 18°:
"Cuando la Municipalidad
fuere condenada al pago de una deuda cualquiera, la corporación arbitrará
dentro del término de seis (6) meses siguientes a la notificación de la
sentencia respectiva, la forma de verificar el pago. Esta prescripción formará
parte integrante, bajo pena de nulidad, de todo acto o contrato que las
autoridades comunales celebren en representación del municipio, y que deberá
ser transcripta en toda escritura pública o contrato que se celebre con
particulares". ------------------------------ ------------------------------ -----------------
Previa lectura y
ratificación, se procede a la firma de los ejemplares del presente contrato de
un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicada ut-supra.
---------------------------
AUTORIZACION A LA “ASOCIACION COOPERADORA ANSELMO P GAMEN”
EVENTO CRIOLLO EN PARQUE SUR
DICTAMEN DE
COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, El Departamento Ejecutivo Municipal, eleva
fotocopia Expte. Nº 42.142/12 Asociación Cooperadora Anselmo P. Gamen, autorización evento criollo en Parque Sur. Expte.
Nº 4.491/12.
Favorable con
modificaciones.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
D E C
R E TO
ART. 1º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir
un contrato de comodato otorgando el uso y goce gratuito del predio Parque
Regional, con la Sra. Magdalena
Sarache, D.N.I. Nº 5.704.545, en representación de la Asociación Cooperadora
Hospital “Anselmo P. Gamen” de Villa Gobernador Gálvez, para la realización de
un festival criollo (jineteada y folklore) durante los días 6, 7 y 8 de octubre
de 2012, cuyo modelo obra como Anexo I y es parte integrante del presente
Decreto.
ART.2º)
Autorízase a los organizadores del
evento descripto en el Art. 1º, al cobro de una entrada al predio por los 3 (tres)
días de $ 120.- (Pesos Ciento Veinte) por persona, cuyas ganancias serán
destinadas a colaborar con el Hospital “Anselmo P. Gamen” de nuestra Ciudad.
ART.3º) El Departamento Ejecutivo
Municipal deberá remitir a este Cuerpo copia de la póliza de seguros
establecida en la
Cláusula Cuarta del modelo de contrato de comodato que se
anexa al presente.
ANEXO I.
CONTRATO DE COMODATO
En la ciudad de Villa
Gobernador Gálvez, a los 08 días del mes de Agosto de 2012, entre la MUNICIPALIDAD
DE
VILLA GOBERNADOR GALVEZ, con domicilio en la calle Ing. Mosconi
1541 - ciudad - representada en este acto por el Intendente Municipal
Pedro Jorge González, DNI 6.138.364, el Secretario de Gobierno, Educación y Cultura Diego
Hugo Garavano, DNI 26.970.027, EL COMODANTE y la Presidente de la Cooperadora la Sra.
MAGDALENA MATILDE SARACHE DNI 5.704.545, con domicilio en esta ciudad, en
representación de la
Asociación Cooperadora Hospital Anselmo Gámen adelante
denominado EL COMODATARIO, se formaliza el presente CONTRATO DE COMODATO, sujeto a las siguientes
cláusulas: --------------
PRIMERA: El comodante da en uso y goce
gratuito el predio del Parque Regional
de Villa Gobernador Gálvez para los días
6, 7 y 8 de Octubre de 2012 a fin de que el comodatario organice por su cuenta
y responsabilidad un Festival Criollo (jineteada y folklore).
-----------------------------
SEGUNDA: Obligaciones del
Comodatario; Toma a su exclusivo cargo la contratación de todo el personal afectado
a la Organización
del Evento, ya se trate de artistas, así como también la contratación del
personal técnico idóneo para que el evento a realizar resulte de óptima
calidad, encontrándose a su exclusivo cargo el pago a los artistas contratados
y de los impuestos que correspondieren por la realización del espectáculo,
asumiendo a su cargo todo los gastos que se originen como consecuencia de la
realización del evento, sin perjuicio de las obligaciones especiales que más
adelante se detallan. --
TERCERA: Se autoriza al comodatario a percibir la suma de
Pesos ciento veinte ($ 120.-) en concepto de entrada al predio por los 3 (tres)
días. ------------------------------ ----------------------------
CUARTA: Contratación de seguro: El comodatario tiene a
su exclusivo cargo la contratación de los seguros por responsabilidad
civil que cubran lesiones y/o muertes
y/o eventuales daños a instalaciones municipales, además de los que debe contar
para la realización de espectáculos públicos. Las copias de las pólizas
respectivas y de los recibos que
acrediten el pago de las mismas y/o certificado de cobertura, deberán ser
presentadas con por lo menos 48 horas antes de la fecha del evento bajo
apercibimiento de resolución del presente contrato, y deberá ser aceptado o
rechazado mediante el acto administrativo correspondiente por el Departamento
Ejecutivo Municipal.-------------------- ---------------
QUINTA: Responsabilidad por daños El comodatario se hace responsable
frente al comodante y frente a terceros de cualquier hecho dañoso en las cosas y/o en las
personas, obligándose a la reparación total e integral de las consecuencias
lesivas, liberando desde ya al comodante de toda responsabilidad.-------------- ------------------------------ ------------------------------ ---
SEXTA: Seguridad del
Predio; El comodatario se hace cargo a su exclusivo costo de seguridad del predio. Deberá
contratar personal de seguridad afectado al mismo como también Policías
Adicionales. La cantidad de policías adicionales que deban contratarse para
brindar seguridad al evento será dispuesto por las autoridades policiales,
debiendo acreditarse también la contratación de la seguridad privada y policial
con por lo menos 48 hs. antes de la fecha del evento, bajo apercibimiento de
resolución del presente contrato.--------------------- ------------------------------ --
SEPTIMA: Servicios
complementarios obligatorios: El comodatario también se obliga a la
contratación de Servicio Médico de Emergencias con Ambulancias y médicos en el
lugar, como también a instalar la cantidad de baños químicos que sean
necesarios para la cantidad de asistentes esperada al evento, con por lo menos
48 hs. antes de la fecha del evento, bajo apercibimiento de resolución del
presente contrato.--------------------- ------------------------------ -----------------------------
OCTAVA: El comodatario asume a su cargo el
pago de los aranceles que pudieren corresponder a SADAIC y ADI CAPIF,
deslindando a la
Municipalidad de toda responsabilidad emergente de la falta
de pago de tales aranceles.
------------------------------ ------------------------------ --
NOVENA: En caso de divergencia
en el cumplimiento o interpretación del presente Contrato de Comodato, las
partes fijan la competencia de los Tribunales Provinciales de la ciudad de
Rosario, renunciando a cualquier otro fuero que pudiere corresponder, inclusive
el Federal. ------
DECIMA: En conformidad a la Ley Orgánica de
Municipalidades N° 2756 se transcribe a continuación el Artículo 18°:
"Cuando la
Municipalidad fuere condenada al pago de una deuda
cualquiera, la corporación arbitrará dentro del término de seis (6) meses
siguientes a la notificación de la sentencia respectiva, la forma de verificar
el pago. Esta prescripción formará parte integrante, bajo pena de nulidad, de
todo acto o contrato que las autoridades comunales celebren en representación
del municipio, y que deberá ser transcripta en toda escritura pública o
contrato que se celebre con particulares". ------------------------------ ------------------------------ --------------------------
Previa lectura y
ratificación, se procede a la firma de los ejemplares del presente contrato de
un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicada ut-supra.
------------------------------ ---
REPARACION DEL BACHE UBICADO EN
PASTEUR ENTRE J.B. JUSTO Y J.D. PERON
DICTAMEN DE
COMISION DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al
Departamento Ejecutivo Municipal, estudie la viabilidad de realizar la
reparación del bache ubicado en calle Pasteur a la altura del 2100 entre Juan
B. justo y Av. General Juan D. Perón. Expte.Nº 4.502/12.
Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Favorable con
modificaciones.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
M I N U T A D E C
O M U N I C A C I O N
ART. 1º) El
Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a
través de la secretaria que corresponda, estudie la viabilidad de realizar la
reparación del bache ubicado en calle Pasteur a la altura del 2100, entre Juan
B. Justo y Avenida General Juan Domingo Perón.
MEJORAS EN LA CALZADA DE SOLDADO
AGUIRRE ENTRE CRESPO Y RAUL ALFONSIN
DICTAMEN DE COMISION DE OBRAS
PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al
Departamento Ejecutivo Municipal, estudie la viabilidad de realizar un mejorado
en Av. Soldado Aguirre en ambas manos, entre Crespo y Av. Pte. Raúl Alfonsín.
Expte.Nº 4.503/12.
Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Favorable con
modificaciones.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
M I N U T A D E C
O M U N I C A C I O N
ART. 1º)
El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que
a través de la secretaria que corresponda, estudie la viabilidad de realizar
mejoras en la calzada de Avenida Soldado Aguirre en ambas manos, entre las calles
Crespo y Avenida Pte. Raúl Alfonsín.
TAREAS DE
NIVELACION, ESTABILIZADO, LIMPIEZA Y ZANJEO EN PUEYRREDON ENTRE MONTE FLORES Y
MAGALLANES
DICTAMEN DE COMISION DE OBRAS
PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, tareas de nivelación,
estabilizado, compactado, limpieza y zanjeo en calle Pueyrredón entre Av. Monte
Flores y Magallanes. Expte. Nº 4.505/12.
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Favorable con
modificaciones.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
M I N U T A D E C
O M U N I C A C I O N
ART. 1º)
El Concejo Deliberante se
dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del área que
corresponda, realice tareas de nivelación, estabilizado y compactado en calle
Pueyrredón entre Av. Monte Flores y calle Magallanes.
ART. 2º) El Concejo
Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través
del área que corresponda, realice tareas de limpieza y zanjeo en la calle
mencionada en el Artículo 1º.
GARITA PARA COLECTIVOS EN BARRIO
LA ISLETA Y EN CERVANTES ENTRE CAMBEIRA Y SGTO CABRAL
DICTAMEN DE COMISION DE SERVICIOS
PÚBLICOS Y GOBIERNO Y EDUCACION, Vecinos
del Barrio La Isleta,
solicitan garita o poste parada colectivos Línea 35/9. Expte. Nº 4.500/12.
Favorable.
Puesto a consideración
se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
M I N U T A D E C
O M U N I C A C I O N
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo
Municipal, para que a través del área que corresponda, estudie la factibilidad
de colocar una garita en la intersección de calles Darwin y Cambeira del Barrio
La Isleta.
ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo
Municipal, para que a través del área que corresponda, estudie la factibilidad
de colocar una garita frente a la
Estación de Servicios ubicada en calle Cervantes entre
Cambeira y Sargento Cabral del Barrio Pueblo Nuevo.
RESTITUIR EL
RECORRIDO DE LA LINEA 103 BANDERA NEGRA POR CALLE TEMPORELLI
DICTAMEN DE
COMISIONES DE SERVICIOS PÚBLICOS Y GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto
de Decreto, se restituya el recorrido de la Línea 103 Bandera Negra por
calle Temporelli, de la
Empresa Rosario Bus. Expte.
Nº 4.501/12.
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Favorable.
El Concejal Dolce
opino sobre el punto
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
D E C R E TO
ART. 1º) El Concejo
Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través
del área que corresponda, se dirija a la empresa Rosario Bus S.A. con el fin de
restituir el recorrido de la línea 103 bandera Negra por calle Temporelli.
MANIFESTACIONES
El Concejal Dolce recordó al
Dr. Palacios por el Día del Abogado.
Video de la sesión
En la Web
Un
Concejo junto a la gente
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