martes, 14 de agosto de 2012

SE DEROGUE DECRETO 1053/12 DEL DEP. EJECUTIVO Y SE LLAME A CONCURSO PARA CUBRIR EL CARGO DE CONTADOR GENERAL

Autores del proyecto: Concejales Monte, Dolce, Martinez y Cabrol.
Proyecto de Ordenanza, solicitan se derogue el Decreto 1053/12 del Dep. Ejecutivo y se llame a concurso abierto para cubrir el cago de Contador General de la Municipalidad de Villa Gdor Gálvez. Exp. 4487/12.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ley Provincial Nº 9.286,
La Ordenanza Nº 368/1981,
La Ordenanza Nº 007/1984,
El Decreto Nº 372/2012, y su respuesta del 31 de Junio de 2012 del Departamento Ejecutivo Municipal,
El Decreto Nº 1053/2012 del Departamento Ejecutivo Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que el cargo de Contador General de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra vacante desde el 31 de Diciembre de 2011 en virtud de la jubilación de la ex Agente Municipal CPN Estela García, nombrada por Ordenanza de este Concejo Deliberante Nº 007/84.
Que acorde lo establece el Artículo Nº 50 in fine de Ley Orgánica de Municipalidades, «la Contaduría Municipal deberá observar hasta dos veces, bajo su responsabilidad, toda orden de pago que no se ajuste a dicha ordenanza como así a cualquier cobro que no se ciña a la ordenanza general de la materia. (Modificado por ley 12.195)» y que la Ordenanza Nº 368/1981 en su Artículo Nº 21 «La Contaduría General Municipal es la dependencia encargada de llevar la registración central de las operaciones financieras, patrimoniales, las que configuran riesgos o ventajas aleatorias, las que delimitan la gestión de las decisiones de gastar y otras responsabilidades emergentes que generan el manejos de la Hacienda Municipal», siendo evidente entonces que es requisito legal la existencia de un Contador General las finanzas del Municipio.
Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 1053/2012 se nombra a un agente de planta permanente para cubrir el cargo en cuestión y que, sin embargo, tal nombramiento carece de validez por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Provincial Nº 9.286, pudiendo juzgarse como nulos de nulidad absoluta e insalvable todos los actos que a partir de dicho nombramiento se hubieren efectuado.
Que, contrariamente a lo que expresa el Departamento Ejecutivo Municipal, la Emergencia Económica y Financiera declarada por este Cuerpo mediante Decreto Nº 347/11 no supone en modo alguno la vigencia de “estado de excepción” en la ciudad, el cuál no puede ser declarado sino por las cámaras de legisladores y en situaciones muy especiales («en caso de conmoción interior o de ataque exterior que pongan en peligro el ejercicio de esta Constitución y de las autoridades creadas por ella», según la Constitución Nacional, Art. Nº 23) por tratarse nada menos que de un régimen de suspensión de las garantías constitucionales.
Que no es acertado sostener como lo hace el Departamento Ejecutivo Municipal en esa misma respuesta al pedido de informes de este Cuerpo (Decreto Nº 372/12) que este “Concejo Deliberante viene oficiando, en interrelación con el Departamento Ejecutivo Municipal, de contralor en la recepción, gestión y aplicación de los fondos provenientes del Tesoro Nacional y del Provincial de Santa Fe” dado que no salva esta intervención de la irregularidad de no contar con un Agente de Planta Permanente en el cargo de Contador General del Municipio.
Que tampoco resulta correcto insistir sobre el hecho de que la “vacancia del cargo sub exámine durante el intervalo de tiempo en que ésta se verificó, no se han producido inconvenientes ni anomalías en la contabilidad general del Municipio” debido a que es justamente función del Contador General observar los pagos que no se adecuaren a ley, más allá de la buena voluntad o no del Secretario de Hacienda de turno.
Que es indispensable cubrir el cargo de Contador General de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez y que, para hacerlo, es fundamental cumplir con los requisitos establecidos por Ley.
Que este Concejo Deliberante considera asimismo que el llamado a “concurso abierto” previsto por Ley para cubrir las vacantes en los Tramos Superiores del Escalafón Municipal redundaría en mayor transparencia y aseguraría la idoneidad de quien resultase elegido para el cargo.
Que es fundamental subsanar esta situación de irregularidad y cumplir con todos los requisitos legales para el nombramiento del Contador General de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
Por todo ello, los Concejales abajo firmantes elevan para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
ART. 1º) Derógase en todos sus términos el Decreto Nº 1053/2012 e instrúyese al Departamento Ejecutivo Municipal a llamar en forma inmediata a concurso abierto para cubrir el cargo de Contador General de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez según lo establecido en los Arts. Nº 10 y Nº 12, Inc. B, de la Ley Provincial Nº 9.286.
ART. 2º) El Departamento Ejecutivo Municipal enmendará todos los efectos jurídicos que hubieren surgido por la aplicación de su Decreto Nº 1053/2012.
ART. 3º) El Departamento Ejecutivo Municipal elevará a este Cuerpo para su posterior refrendamiento el resultado del concurso mencionado en el artículo primero de la presente.


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