Esta es una síntesis de la 29º sesión de carácter ordinaria que se realizó
el 08 de Noviembre de 2012. La misma estuvo presidida por la Presidente del Concejo
Deliberante Norma Haydeé Auge, en Secretaria Daniel Marcucci.
Concejales presentes: Cabrera, Mangiaterra, López, Luraghi, Monte, Dolce, Martinez y Cabrol.
Lectura
del Orden del Día.
DESIGNA “PRESIDENTE NESTOR KIRCHNER” ROTONDA DE AV. SAN MARTIN
INTERSECCION ALEM Y EMILIO ZOLA
DICTAMEN
DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Ordenanza, designando con el nombre “Presidente
Néstor Kirchner” a la rotonda ubicada en San Martin en su convergencia con
calles Alem y Emilio Zola. Exp.4614/12.
Autores
del proyecto:
Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.
El
Concejal Martinez mociona que el proyecto vuelva a comisión. Se aprueba.
El Expediente vuelve a comisión.
PROHIBICION ESTACIONAMIENTO
FRENTE DISPENSARIO “NIÑO JESUS”
DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y
EDUCACION, Proyecto de Ordenanza, prohíbase el estacionamiento de vehículos frente
Dispensario “Niño Jesús”. Exp. 4609/12.
Autor del proyecto: Concejal Martinez.
Favorable con
modificaciones.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
D E C R E TO
ART. 1) Señalícese de color amarillo
el cordón que abarca todo el frente del Dispensario Médico “Niño Jesús” ubicado
en Rivadavia 1256, e instálese cartelería que indique a los automovilistas la
prohibición de estacionar.
ART. 2) Otórguese intervención a la Dirección Municipal
de Tránsito para que realice los controles respectivos.
ADHESION A LA
LEY NACIONAL Nº 26485 PROTECCION INTEGRAL A LAS MUJERES
DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y
EDUCACIÓN, Proyecto de Ordenanza, adhesión Ley Nacional Nº 26.485 Protección Integral Mujeres. Exp. 4489/12.
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Favorable con
modificaciones.
Los Concejales
Mangiaterra y Dolce opinaron sobre el punto.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART.1) Adhiérase a la Ley Nacional N° 26.485, de" Protección
Integral a las Mujeres" para prevenir, sancionar y erradicar la violencia
contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollan sus relaciones
interpersonales, y a la
Ley Provincial Nº 11.529 de "Violencia Familiar".
ART.2º) Entiéndase por violencia contra la mujer toda conducta,
acción u omisión que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público
como en el privado, basada en una relación desigual de poder que afecte su
vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o
patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las
perpetradas desde el Estado o por sus agentes.
ART.3º) Derógase
la Ordenanza Nº
870/93, la cuál establece la
Creación del Centro de Ayuda por Violencia Familiar.
ART.4º) Crease
el “Área de la Mujer”
que funcionará en el ámbito de Desarrollo Social.
ART.5º) El
Área de la Mujer
tendrá como objetivo, a través de un gabinete interdisciplinario contener,
proteger, brindar asistencia psicológica, física y legal a todas las mujeres e
hijos, en su caso, que estén sufriendo algún tipo de violencia de genero ya sea
en el ámbito social , laboral o familiar o en cualquier otro ámbito
interpersonal.
ART.6º) Arbítrese
los medios necesarios para disponer de un espacio físico para el funcionamiento
como refugio transitorio de las mujeres víctimas de violencia de género en aquellos casos en que la permanencia
temporal en su domicilio implique una amenaza a su integridad. Extiéndase el
alcance de este artículo a los hijos de mujeres que estén padeciendo esta
situación.
ART.7º) El
Área de la Mujer
deberá llevar un registro de los casos de violencia de género que atiendan en
esa dependencia, para que estos sirvan como herramienta legal para futuras
intervenciones de las autoridades competentes. Además, estos registros deberán
ser utilizados con el fin de crear estadísticas relacionadas a esta
problemática en el ámbito de la
Ciudad de Villa Gobernador Gálvez y que de esta manera se
puedan tomar en el futuro las medidas necesarias.
ART.8º) El
Departamento Ejecutivo Municipal convocará a las Organizaciones Gubernamentales
y no gubernamentales que tengan como objeto prevenir y erradicar la violencia
de género en todos sus aspectos, a debatir y coordinar las acciones del Área
creada en el Art. 4º. Estas reuniones serán de
carácter consultivas y no vinculantes.
ART.9º) Habilítese una línea
telefónica gratuita dependiente del “Área de la Mujer”, para que pueda
recibir inquietudes, consultas o dar asesoramiento sobre violencia de género.
ART.10º) El Departamento Ejecutivo Municipal
coordinará políticas con el Gobierno Provincial y Nacional para el correcto
desarrollo del área creada en el Artículo 4º.
ART.11º) El Departamento Ejecutivo Municipal dará a
conocer, a través de campañas de difusión, el "Protocolo de Intervención
policial para la atención, orientación y derivación de víctimas de violencia
familiar".
ART.12º) Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal
a disponer y reasignar las partidas presupuestarias necesarias para dar
cumplimento efectivo de los objetivos de la presente ordenanza, notificando al
Concejo Deliberante sobre las mismas.
ART.13º) El Concejo Deliberante declara de su interés
la instalación de una Comisaría de la
Mujer en el ámbito de Villa Gobernador Gálvez.
INSTITUIR “MIGUEL ANGEL LORENZINI” TRAMO DE CALLE
BUENOS AIRES
DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y
EDUCACION, Proyecto de Ordenanza, institúyase el nombre de Miguel Ángel Lorenzini el
tramo comprendido en calle Buenos Aires desde Pje Firmat hasta Av. Mitre. Exp.
4610/12.
Autor del proyecto: Concejal Martinez.
El Concejal Cabrera
mociona que el proyecto vuelva a comisión. Se aprueba.
El expediente
vuelve a comisión.
INTERES CULTURAL 50º ANIVERSARIO COOPERATIVA
TELEFONICA
DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Declaración,
Interés Cultural Municipal el 50º Aniversario de la Cooperativa Telefónica de
Villa Gdor. Gálvez Ltda. Exp. 4603/12.
Autor
del proyecto:
Concejal Monte.
Favorable.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
DECLARACION
ART. 1º) El Concejo Deliberante declara de
Interés Cultural Municipal el 50 Aniversario de la Cooperativa Telefónica
de Villa Gobernador Gálvez Ltda., y saluda con entusiasmo al cooperativismo en
la ciudad.
ART. 2º) El Concejo Deliberante hará entrega
a la mencionada Cooperativa de una placa conmemorativa de los 50º años de la
institución conjuntamente con el texto de la presente Declaración.
MODIFICACION
ORDENANZA 2044/12
DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y SERVICIOS
PÚBLICOS, Proyecto de Ordenanza modificando la Ordenanza 2044/12. Exp.
4617/12.
Favorable.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto
aprobado dice:
ORDENANZA
ART. 1º) Modifícase el Art. 2º de la Ordenanza N°
2044/2012, el que quedará redactado de la siguiente manera: "ART. 2º: Se
entiende por servicio especializado de transporte de personas discapacitadas el
traslado regular u ocasional de personas que padezcan una discapacidad física o
mental o una insuficiencia que por diferentes motivos provoque un estado de
discapacidad permanente o temporal, desde domicilios particulares hasta los
establecimientos que se enumeran a continuación:
a) Establecimientos educativos públicos
y/o privados: centros de estimulación temprana, de educación general
básica, centros educativos terapéuticos, centros de día, centros y/o talleres
de formación laboral.
b) Establecimientos de salud públicos
y/o privados: centros de rehabilitación psicofísica, y/o rehabilitación motora,
talleres protegidos terapéuticos y/o laborales.
ART. 2º)
Modificase el Artículo 6º Inciso 2 de la Ordenanza N° 2044/2012, el que quedará redactado
de la siguiente manera: "2) Título de Propiedad del Automotor (con
radicación en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez) que acredite el carácter de
propietario o copropietario del vehículo a habilitar. Para el supuesto caso de
condominio, la habilitación deberá ser gestionada por la totalidad de los
condóminos. Cédula del Automotor, Póliza y Constancia de pago del seguro de
responsabilidad civil de terceros y transportados, Verificación técnica
Vehicular, Certificado de dominio vigente, constancia de pago de última cuota
de patente".
ART. 3º)
Modificase el Artículo 7 de la
Ordenanza Nº 2044/2012, el que quedará redactado de la
siguiente manera: "ART. 7º: El otorgamiento de las licencias se efectuará
mediante la inscripción correspondiente en un Registro habilitado a tal efecto
y consiguiente emisión de un certificado numerado correlativamente. No existirá
ni limitación ni cupos para la inscripción. Las licencias tendrán vencimiento
anual, quedando sus renovaciones y vigencias condicionadas al mantenimiento del
vehículo en las condiciones técnicas, de seguridad, capacidad e higiene
interior y exterior establecidas en la presente Ordenanza".
ART. 4º)
Modificase el Artículo 10° Inciso a) de la Ordenanza 2044/2012, el que quedará redactado de
la siguiente manera: "a) Modelo de fabricación no podrá exceder los seis
(6) años de antigüedad".
ART. 5º)
Modificase el Artículo 12° Inciso c) de la Ordenanza 2044/2012, el que quedará redactado de
la siguiente manera: "c) Acreditar buena conducta mediante la presentación
del certificado correspondiente. En el caso de registrar proceso penal, pero la
causa se encontrara prescripta o con sobreseimiento o absolución, deberá presentar
constancia sobre tal circunstancia, expedida por el Tribunal
interviniente".
DECLARA LA
emergencia EN la infraestructura y transitabilidad de la red vial
DICTAMEN DE COMISIONES DE: GOBIERNO Y EDUCACIÓN, PLANEAMIENTO
Y URBANISMO, OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD
Y SALUD PÚBLICA, Proyecto de Ordenanza, declarando en Emergencia la
infraestructura y transitabilidad de la red vial. Expte. 4.590/12.
Favorable con
modificaciones.
El Concejal Dolce
solicita que se apruebe por artículos. Se aprueba.
Los Concejales
Dolce, Monte, Cabrol, Martinez, Luraghi y Cabrera opinaron sobre el punto.
Se pone a consideración
el art. 1º
Votan
afirmativamente: Auge, Mangiaterra, Lopez, Luraghi y Cabrera.
Negativamente:
Monte, Cabrol y Dolce.
Se abstiene:
Martinez.
El Concejal Dolce
mociona que se agregue al art. 2 lo siguiente “Dichos convenios serán enviados al Concejo Deliberante para su
aprobación”.
Se
pone a consideración la moción
Votan
afirmativamente la moción Dolce, Martinez, Auge, Mangiaterra,
Lopez, Luraghi y Cabrera.
Negativamente:
Monte y Cabrol.
Se pone a consideración
el art. 2º
Votan
afirmativamente: Auge, Mangiaterra, Lopez, Luraghi, Cabrera, Dolce y Martinez.
Negativamente:
Monte y Cabrol.
El texto
aprobado dice:
ORDENANZA
ART.1º)
Declárase en Emergencia la infraestructura y transitabilidad de la red vial de la Ciudad de Villa Gobernador
Gálvez.
ART.2º)
Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir convenios con los
Superiores Gobiernos de la
Nación y al Provincia de Santa Fe para solicitar aportes de
fondos destinados a enfrentar trabajos de reconstrucción y/o reparación de la
red vial en nuestra Ciudad. Dichos convenios serán enviados al Concejo
Deliberante para su aprobación.
TAREAS DE
BACHEO ALVEAR ENTRE SANTIAGO DEL ESTERO
Y MAIPU
DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS
PUBLICAS, Proyecto de Decreto, realización tareas de bacheo en calle
Alvear entre Santiago del Estero y Maipú. Exptes. Nº 4.612/12 y
4.613/12.
Autores de los proyectos: Concejales
Martinez y Cabrol.
Favorable con
modificaciones.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
DECRETO
ART. 1 ) El Concejo Deliberante le ordena
al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la Secretaria que
corresponda y en un plazo de 60 días
realice tareas de bacheo en calle Alvear entre Santiago del Estero y
Maipú.
ART. 2)
El Departamento Ejecutivo Municipal, hasta tanto se realicen las obras de
bacheo referidas en el artículo N° 1, deberá señalizar la circulación vehicular
en calle Alvear entre Santiago del Estero y Maipú.
TAREAS DE MANTENIMIENTO EN PLAZA BICENTENARIO E INSTALACION DE JUEGOS
INFANTILES
DICTAMEN
DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo
tareas de limpieza y mantenimiento en la Plaza Bicentenario e instalación de
juegos infantiles. Exp. 4611/12.
Autores
del proyecto:
Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.
Favorable con
modificaciones.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
M I N U T A D E C
O M U N I C A C I O N
ART. 1º)
El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que,
a través de la Secretaria
que corresponda, estudie la viabilidad de realizar tareas de limpieza y
mantenimiento, y estudie la posibilidad de instalar juegos infantiles en la Plaza Bicentenario,
sita en la intersección de las calles Soldado Aguirre y Filippini.
MODIFICACION ORDENANZA 2061/12 DIAGRAMA DE RECORRIDOS
DEL SERVICIO DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS
DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Ordenanza,
modificando la Ordenanza 2061/12. Exp. 4620/12.
Autor
del proyecto:
Concejal Monte.
Favorable.
Puesto a
consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
O R D E N A N Z A
ART. 1º) Insértense las siguientes modificaciones al Anexo I “Diagrama de Recorridos del Servicio de
Transporte Urbano de Pasajeros para Villa Gobernador Gálvez” de la Ordenanza Nº
2061/2012:
a)
“Línea 35/9 Verde CEMENTERIO
Ida: desde la Estación de Servicios
Constanza Hermanos, por Ruta 22 S al Cementerio de Villa Gobernador Gálvez, por
Temporelli, Buenos Aires, Soldado Aguirre, Filippini, Bv. San Diego, Av. San
Martín, Vélez Sarsfield, Colectora de Av. Circunvalación, Desvío Bajo Nogués,
ingresando a Rosario por Circunvalación, con paradas fijas en las
intersecciones de Monteagudo y Vélez Sarsfield y Álvarez Thomas y Vélez
Sarsfield.
Vuelta: entrada al
Municipio de Villa Gobernador Gálvez por Av. Circunvalación, Desvío Bajo
Nogués, Colectora de Av. Circunvalación, Vélez Sarsfield, Víctor Hugo, Gral.
López, Av. San Martín, Bv. San Diego, Filippini, Soldado Aguirre, Buenos Aires,
Temporelli, terminando en Estación de Servicios Constanza Hermanos, con paradas
fijas en las intersecciones de Monteagudo y Vélez Sarsfield y Álvarez Thomas y
Vélez Sarsfield”.
b)
“Línea ‘A’ – San Nicolás-Rosario por
Costanera (x Ruta 21)”.
Ida: ingresando al Municipio desde
Alvear por Ruta Pcial. Nº 21, Av. San Martín (Ruta Pcial. Nº 21), Vélez
Sarsfield, Colectora de Av. Circunvalación, Desvío Bajo Nogués, ingresando a
Rosario por Av. Circunvalación, con paradas fijas en las intersecciones de
Monteagudo y Vélez Sarsfield, y Álvarez Thomas y Vélez Sarsfield.
Vuelta: ingresando al municipio por
Circunvalación, Desvío Bajo Nogués, Colectora de Av. Circunvalación, Vélez
Sarsfield, Víctor Hugo, Gral. López, Av. San Martín (Ruta Provincial Nº 21),
hacia Alvear, con paradas fijas en las intersecciones de Monteagudo y Vélez
Sarsfield, y Álvarez Thomas y Vélez Sarsfield”.
c)
“Línea ‘A’ – San Nicolás-Rosario por Terminal
(x Ruta 21)
Ida: ingresando al Municipio desde
Alvear por Ruta Pcial. Nº 21, Av. San Martín (Ruta Pcial. Nº 21), entrando a
Rosario por Ayacucho.
Vuelta: ingresando al Municipio desde
Rosario por Av. San Martín (Ruta Pcial. Nº 21) y saliendo hacia Alvear por Ruta
Pcial. Nº 21”.
ART. 2º) Dése conocimiento a la empresa prestataria de los
servicios mencionados en el artículo precedente.
Video de la sesión
En la Web
Un Concejo junto a la
gente
No hay comentarios:
Publicar un comentario