Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Ordenanza,
creación “Plan Estrategico Municipal de Villa Gdor Gálvez 2013 – 2033”. Exp.
4634/12.
VISTO:
Las consecuencias que sufre la
ciudad ante la falta de planificación de las políticas públicas, y la necesidad
de contar con un PLAN ESTRATÉGICO que reduzca las mismas, avalado por la
participación de la sociedad en su conjunto y
CONSIDERANDO QUE:
La
planificación “es esencialmente un proceso de comprensión de las necesidades
humanas, y de determinación y formación de la futura política pública para
atender aquellas necesidades con un máximo de efectividad“, nos señalaba
Horacio Rossatti en su “tratado de derecho municipal”, citando a Donald H. Webster, para luego afirmar correctamente que "nadie mejor que el
municipio para planificar el desarrollo territorial de sus actividades. Es el
municipio quien conoce las necesidades de la convivencia vecinal, las carencias
y potencialidades de un territorio y los problemas infraestructurales y de
equipamiento en materia de obras y servicios públicos."
Ninguna
sociedad puede pretender un desarrollo sostenido y equitativo sin darse una planificación a mediano y largo
plazo porque, de lo contrario, el estado se convertirá en una simple máquina
de resolver las demandas momentáneas de sectores
aislados, pudiendo satisfacerlas de antemano por la organización previa y planificada del municipio.
Nuestra
ciudad ronda en los 100.000 habitantes y goza de una superficie de 31 km2, está
ubicada estratégicamente a la vera del Río Paraná, uno de los recursos hídricos
más importantes del país, y al sur del centro urbano más grande de la
provincia, la ciudad de Rosario, polo de turismo y comercio; posee además
conexiones viales directas con los distritos más importantes del país.
Cuenta con las más diversas
actividades comerciales e industriales, destacándose la frigorífica, la
metalmecánica, entre tantas otras.
En
el ámbito humano ha sido cuna de grandes artistas, deportistas, educadores y
profesionales de todo tipo; posee un gran potencial en todos los aspectos que
se la estudie.
Es
por toda su riqueza y potencialidad que
quienes tenemos obligaciones de gobierno, ya que hemos sido electos para ello,
pensemos en una ciudad urbanística y materialmente acorde a sus características
humanas.
Villa
Gobernador Gálvez se ha urbanizado de manera desordenada en los últimos años,
producto de la especulación económica de los propietarios de las tierras y la
necesidad de un terreno propio de numerosas familias, que bajo la promesa de
una pronta solución a las carencias de servicios básicos de esos lotes,
accedieron a su compra. Hoy, en algunos casos 20 años después, siguen esperando
el cumplimiento de esas promesas, que al fin y al cabo, deberá resolver el
Estado.
Existen
loteos ubicados entre quintas o plantaciones extensivas, otros linderos a
establecimientos industriales y establecimientos industriales considerados
nocivos, molestos o peligrosos en medio de urbanizaciones de gran densidad;
todo esto es causa de conflictos permanentes, sociales, de salud, etc.
Un
aspecto esencial a tratar en una necesaria planificación es la traza vial, que
en nuestro caso, se ve interrumpida por las vías del ferrocarril, por manzanas
no urbanizadas y la enorme cantidad de pasajes existentes.
Podemos
aplicar muchísimos criterios filosóficos, literarios, etc., para fundamentar la
necesidad de pensar la ciudad que queremos y planificarla en tal sentido, pero
hay algo que no podemos obviar y son las obligaciones que nos impone la Ley, y
en este sentido, la Ley provincial Nº 2.756, "Ley Orgánica de Municipalidades",
es sumamente clara y concreta en su art. 3º, donde nos indica que "dentro
de los dos años de la vigencia de esta Ley las municipalidades confeccionarán
su respectivo expediente urbano y su plan regulador, que contengan las
previsiones necesarias de su organización y el desarrollo futuro de la
ciudad." La Ley mencionada fue sancionada
en el año 1939; poco hace falta agregar sobre los plazos establecidos.
El
municipio es el Estado más cercano al vecino, y como tal, debe concretar un
"Plan Estratégico" y un “Plan Urbano” que desarrollen las políticas
generales en salud, transporte, urbanismo, recreación, medio ambiente,
radicación de industrias, fomento al empleo, inclusión social, entre otros;
para ello resulta urgente una planificación territorial teniendo en cuenta,
como señala Horacio Rossatti en el libro ya citado:
a)
Creación de condiciones físico-espaciales que posibiliten satisfacer al menor
costo económico y social, los requerimientos y necesidades de la comunidad en
materia de vivienda, industria, comercio, recreación, infraestructura,
equipamiento y servicios especiales, teniendo en cuenta los medios de vida, el
clima y los recursos técnicos apropiados a la realidad local, regional y
nacional;
b)
Preservación y mejoramiento del medio ambiente, mediante una adecuada
organización de las actividades en el espacio; la prescripción de acciones
degradantes y la corrección de los efectos de las ya producidas;
c)
Conservación de las áreas y sitios de interés natural, paisajístico, histórico
o turístico, a los fines del uso racional y educativo de los mismos;
d)
Eliminación de los excesos especulativos, a fin de asegurar que el proceso de
ordenamiento y renovación urbana se lleve a cabo salvaguardando los intereses
generales de la comunidad.
Estos
procesos de planificación deben gozar de legitimidad para evitar futuros
inconvenientes y cuestionamientos; para ello, la PARTICIPACIÓN debe ser el eje
de todo proyecto de ciudad. Involucrar en los mismos a profesionales de
distintas ramas asegurando la interdisciplinariedad y amplitud de opiniones, más las organizaciones
intermedias que palpan la realidad día a día, son puntos esenciales para lograr
el éxito en estos proyectos que deben garantizar la mayor cantidad de
beneficios con el menor costo social y económico posible.
La
participación asegurará al municipio trabajar y proyectar políticas públicas
que atiendan todas las necesidades de los villagalvenses, de las más simples, a
las más complejas.
Por
todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el
siguiente proyecto de
ORDENANZA
Art. 1º: Créase el “Plan Estratégico Municipal Villa
Gobernador Gálvez 2013-2033”.
Art. 2º: A los fines de la elaboración del Plan creado en el
art. 1º, el Departamento Ejecutivo Municipal convocará a Audiencias Públicas
sobre los ejes temáticos establecidos en el Art. 4º.
Art. 3º: Las Audiencias Públicas serán convocadas con un mes
de anticipación siendo publicadas en medios de comunicación locales y
regionales; serán abiertas a la población en general, a organizaciones
intermedias y a los partidos políticos. Tendrán carácter obligatorio para los
funcionarios del Departamento Ejecutivo que aborden cada temática y de los
concejales que presidan cada comisión específica del Concejo Deliberante. Con
el mismo criterio deberán ser invitados los funcionarios provinciales y
nacionales.
Art. 4º: Los ejes de trabajo para las Audiencias Públicas a
convocar serán los siguientes:
·
SEGURIDAD
·
SALUD
·
VIVIENDA
·
MEDIO
AMBIENTE
·
EDUCACIÓN
Y CULTURA
·
MODERNIZACIÓN
DEL ESTADO
·
SERVICIOS
PÚBLICOS (Básicos y Transporte)
·
OBRA
PÚBLICA
·
RECREACIÓN
Y DEPORTE
·
PRODUCCIÓN
Y EMPLEO
·
DESARROLLO
SOCIAL
·
DESARROLLO
URBANO
·
TRÁNSITO
Art. 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá convocar
específicamente a la elaboración de un Plan Urbano, en función de lo definido
por el Plan Estratégico; su convocatoria será con el mismo criterio utilizado
en los Artículos 2º y 3º.
Art. 6º: El Plan Urbano tendrá como fin fijar el desarrollo
urbano, armonizando las estrategias públicas y privadas.
Art. 7º: Autorícese al Intendente Municipal a suscribir
convenios de colaboración para el correcto desarrollo del Plan Estratégico
creado en el Artº 1 y el Plan Urbano en el Art. 5º, con la Universidad Nacional de Rosario y la
Universidad Tecnológica de Rosario; así como también con los Gobiernos Nacional
y Provincial.
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