lunes, 25 de junio de 2012

MODIFICACION ORDENANZAS 1639/05 y 1865/09

Autor del proyecto: Concejal Monte.
Proyecto de Ordenanza, modifica Ordenanza1639/05 y Ordenanza 1865/09.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ordenanza N° 1639/2005 y su modificatoria Nº 1.989/2011 sobre el Fondo para el Desarrollo Productivo (FONDEPRO),
La Ordenanza Nº1865/2009 de creación de la Comisión de Apoyo a la Seguridad (CAS), y
CONSIDERANDO:
Que es necesario garantizar la correcta distribución del 25% de los fondos destinados por la Ordenanza Nº 1639/2005 «a fuerzas de seguridad pública para equipamiento y toda demanda que propenda a garantizar su funcionamiento» (Art. 4, Inc. c).
Que la Comisión de Apoyo a la Seguridad ha demostrado un sostenido y correcto funcionamiento, siendo la institución más apropiada para determinar sobre los gastos de seguridad en la ciudad.
Que así como los municipios no pueden librar cheques a fecha, tampoco se cuenta entre sus atribuciones el librar cheques "al portador" sino que debe necesariamente contar con una persona beneficiaría, sea esta de existencia real o jurídica.
Que, a fin de hacer efectiva la distribución a Seguridad de los fondos contemplados en el FONDEPRO, se hace necesaria la creación al interior de la CAS de una Sub-Comisión de gestión de erogaciones y contralor que dictamine sobre la aplicación de los fondos e instruya al Departamento Ejecutivo Municipal para efectuar las erogaciones.
Que la sub-comisión mencionada precedentemente debe estar compuesta por miembros de la comisión a que pertenece, debiendo su número ser impar por cuestiones ejecutivas.
Que bajo orden la mencionada sub-comisión el Departamento Ejecutivo podrá librar los pagos que la CAS dictamine mediante ésta como necesarios (dentro del margen reconocido por el Art. 4, Inc. c de la Ordenanza NQ1639/2005), para imputar luego dicha erogación a la partida correspondiente.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
ART. 1º) Modifíquese el Artículo Nº 4, Inc. c de la Ordenanza Nº 1639/2005, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
«c) 25% a la Comisión de Apoyo a la Seguridad creada por Ordenanza 1865/2009, la cual dispondrá en su seno una Sub-Comisión de tres miembros para "Gestión de Fondos específicos"».
ART. 2º) Agréguese el Artículo Nº 5 bis a la Ordenanza Nº1865/2009, el cual establecerá lo siguiente:
«Art. 5 bis) Con miras al cumplimiento de las funciones previstas por el Artículo Nº 5 se destinan a la CAS los fondos asignados a seguridad por el artículo Ne 4, Inc. c de la Ordenanza 1639/2005 (FONDEPRO). En tal sentido, nombrará en su interior una Sub-Comisión que indicará precisa y oportunamente al Departamento Ejecutivo qué destino tendrán los mencionados fondos. Será el Departamento Ejecutivo el encargado de efectuar las erogaciones indicadas por la mencionada Sub-Comisión, así como de imputar aquellos movimientos a la partida presupuestaria correspondiente. El Departamento Ejecutivo presentará a la CAS y ante este Cuerpo Deliberante una rendición de cuentas mensual sobre la ejecución de los fondos mencionados».





 

No hay comentarios:

Publicar un comentario