Este es un proyecto
presentado por los bloques PAS (Participación Alternativa Solidaria),
Socialista, Union Civica Radical y Nueva Generacion Frente Progresista, Cívico
y Social hasta la fecha.
BLOQUES P.A.S.; SOCIALISTA; NUEVA
GENERACION; UCR FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autores del proyecto: Concejales Monte, Dolce, Martinez y Cabrol.
SE INFORME AL CONCEJO
DELIBERANTE SOBRE LO QUE DISPONE EL ART. 3 ORDENANZA 2042/12
Proyecto de Decreto, para
que el Departamento Ejecutivo informe a este Concejo Deliberante sobre lo que
dispone el art. 3 de la Ordenanza 2042/12. Exp. 4570/12.
VISTO:
La Ley Nº 2.756, Art. 39º,
La Ordenanza N° 2.042/12, “Aceptación donación de
elementos de pintura para el mantenimiento
Club Sportivo Municipal”, y
CONSIDERANDO QUE:
El
día 5 de julio del corriente el Concejo
Deliberante aprobó la Ordenanza mencionada en los Vistos, elevada por el
Departamento Ejecutivo, por la cual se solicitaba autorización para que el
Municipio de Villa Gdor. Gálvez reciba donaciones de elementos de pintura para
el mantenimiento del “Club Sportivo Municipal” a cambio de la colocación de
publicidad de las empresas donantes.
En el artículo 3º de aquella Ordenanza se ordenó al
Ejecutivo Municipal a remitir al Concejo Deliberante el detalle de la
donaciones e informar el espacio que se cederá para las mencionadas
publicidades a cada empresa.
Hasta el día de la fecha no se ha enviado lo
solicitado, incumpliendo con una orden estrictamente relacionada al control de
lo establecido en dicha Ordenanza.
Resulta fundamental contar con la información
requerida para asegurar que la distribución de los espacios publicitarios
otorgados sean acordes a lo donado, teniendo en cuenta la masiva concurrencia
que existe a dicho predio Municipal.
Por
todo lo expuesto, los concejales abajo firmantes elevan al resto del cuerpo
para su tratamiento el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1º: El Concejo Deliberante solicita al
Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la Secretaría que
corresponda, en el plazo de 10 días informe sobre las donaciones de elementos
de pintura para el mantenimiento del “Club Sportivo Municipal”, tal como lo
dispone el Artículo 3º de la Ordenanza N° 2042/12, como así también los
espacios que cedió para la colocación de publicidad a las empresas donantes.
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