Estos son los proyectos
presentados por el bloque Partido Vecinal Independiente.
BLOQUE PARTIDO VECINAL INDEPENDIENTE
Autora de los proyectos: Concejal María C. Murabito.
IZAMIENTO DE LA
BANDERA NACIONAL EN LA PLAZA SAN MARTIN
Proyecto de Ordenanza, disponiendo
diariamente el izamiento de la Bandera Nacional en la Plaza Gral de San Martin.
Exp. 5209/14.
Visto:
Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 2756
El centro cívico de la
ciudad: La plaza Gral. San Martín; y,
Considerando:
Que es un honor para los
representantes del pueblo y la ciudadanía en general, izar la Bandera Nacional
junto a la Provincial y Municipal, todos los días en el centro cívico de la
ciudad.-
Que es posible invitar a
vecinos, instituciones civiles y fuerzas vivas a acompañar el breve pero tan
sentido acto, dado que los protocolos de tratamiento de la enseña nacional
establecidos por leyes y costumbres están enmarcados en los lineamientos del
Ceremonial del Monumento Nacional a la Bandera.-
Que hace varias semanas no
se izan las Banderas en el centro cívico de nuestra ciudad.-
Que con la representación de
una bandera se expresa la valorización del municipio, verdadera cuna política
del Estado y primer estamento de participación cívica. -
Que el Concejo Municipal
legisla según atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N°
2756.-
Por todo lo expuesto
anteriormente el Bloque Partido Vecinal Independiente, presenta para su
tratamiento el siguiente proyecto de ;
ORDENANZA
Artículo 1º)- Dispóngase
diariamente el izamiento de la Bandera Nacional, en la Plaza Gral. San Martín,
la cual puede acompañarse con las banderas de la Provincia de Santa Fe y de la
ciudad de Villa Gobernador Gálvez en el o los mástiles allí emplazados.-
Artículo 2º)- Estableécese
los horarios de izamiento a las 8:15 hs y de arrío lo dispondrá el municipio de
Villa Gobernador Gálvez
Artículo 3º)- El izamiento
se realizará todos los días hábiles, asistiendo en forma conjunta u acordada
con las autoridades del Departamento Ejecutivo Municipal , cuyos representantes
rotarán en forma equitativa y convenida. Aceptándose la participación, por
invitación, de representantes de Instituciones reconocidas y /o personas
destacadas.-
Artículo 4º) Los asistentes
para fechas patrias y de celebración, a determinar por el Departamento
Ejecutivo Municipal.-
Artículo 4º)- La custodia de
las banderas será propiciada por la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.-
SE DE
CUMPLIMIENTO A LOS DECRETOS 584/14 Y 604/14
Proyecto de Decreto, se de
cumplimiento a los Decretos Nº 584/14 y 604/14. Exp. 5210/14.
VISTO:
La ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756;
El Decreto Nº 604/ 2014,
El Decreto Nº 584/2014;
Expediente Nº 5136/14
CONSIDERANDO:
Que
es de suma urgencia el relevamiento y normalización tributaria de los comercios
en todo el ejido urbano, que intensifiquen la recaudación de fondos a las arcas
municipales, dicha normalización tributaria involucra el pago obligatorio de
impuestos, tasas y derechos municipales que cualquier comerciante que se
enmarque sobre el territorio municipal deba abonar a cambio de servicios.-
Que
el pasado 8 de Mayo del corriente año se aprovó por unanimidad el decreto Nº604/2014, que corresponde a un
pedido de informe solicitando los comprobantes de liquidación del DREI,desde el
año 1991 hasta el mes de Marzo del año 2014 que realizó el titular de dicho
comercio que se encuentra en la calle Av. General Juan D. Perón Nº 2096,
sección 8, manzana 31, perteneciente al estado Nacional Argentino y cedido en
el año 1975 a la Unión Ferroviaria, catastro Nº16925, plano Nº85197 al
municipio de Villa Gobernador Gálvez.-
Que
cualquier violación comprobada a la cláusula establecida por el Código
Tributario Municipal en referencia a todo establecimiento comercial o
industriales, dispone y fija que el
incumplimiento de leyes, ordenanzas y normas reglamentarias de
aplicación en la esfera municipal, dará lugar a penalidades variables entre
cinco a cincuenta mil pesos, de acuerdo a la importancia de la causa
determinante de la medida, sin perjuicio de que la misma recobre, de
inmediato,su plena efectividad con el concurso de la fuerza pública.-
Por todo lo expuesto anteriormente el Bloque Partido
Vecinal Independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;
Artículo 1º- Remítase al Concejo Deliberante, en el
plazo perentorio e improrrogable de 2 (dos) dias hábiles a partir de la
aprobación de este decreto, la información solicitada en el decreto Nº 604/14 y
584/14.-
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