Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.
Proyecto de Decreto, Informe general
sobre la nomina del personal de lo CICs. Exp. 5274/14.
VISTO
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756;
CONSIDERANDO
Que para profundizar el sentido integral
de las acciones de Desarrollo Social y de Salud, es fundamental la
participación de la comunidad y las organizaciones sociales, contribuyendo a
mejorar las condiciones de la vida de la población.-
Que un C.I.C deasrrolla e impulsa
acciones de promoción social y prevención Socio-Sanitaria, a través de la
participación de las instituciones involucradas, para responder de manera
conjunta a las demandas y necesidades en el territorio.-
Que el objetivo principal de los C.I.C es
implementar un modelo de gestión pública integral en el territorio nacional,
provincial y/o municipal que tienda al mejoramiento de la calidad de vida de
las comunidades y el desarrollo local.-
Que resulta fundamental para los C.I.C
profundizar las acciones de promoción y prevención Socio-Sanitaria, como
también lograr una mayor participación e integración de las instituciones
involucradas para responder de manera integral a las demandas y necesidades
planteadas en el territorio municipal.-
Que las principales lineas de acción de
los C.IC son:
-Coordinar políticas de desarrollo Social
y la atención primaria de la Salud.
-Realiza acciones que promuevan el
deasrrolllo local.
-Promueve acciones culturales,
recreativas y de educación popular.
Que la Ciudad de Villa Gobernador Galvez
cuenta con dos C.I.C:
-C.IC 20 de Junio
-C.I.C Itatí.
Que no se conocen en su totalidad la
regularidad de las actividades y/o acciones que realizan dichos
establecimientos, al igual del personal que lo integra y los horarios de
atención que este dispone para la comunidad.
Por todo lo expuesto anteriormente, el
Bloque del Partido Vecinal Independiente, eleva para su tratamiento el
siguiente proyecto de ;
DECRETO
Articulo l°:Autorízace al Departamento
Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, eleve
a este cuerpo legislativo ,en un plazo no mayor a de diez(10) días un informe
sobre la nómina del personal que se emplea o realiza actividades en los C.I.Cs
de nuestra ciudad.-
Articulo 2°:Autorízace al Departamento
Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, eleve
a este cuerpo legislativo, en un plazo no mayor a de diez (10) días un informe
sobre las actividades que se realizan actualmente en los C.I.Cs de nuestra
ciudad.-
Artículo 3o: Autorízace al Departamento
Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, eleve
a este cuerpo legislativo, en un plazo no mayor a de diez (10) días un informe
sobre los horarios de atención que presentan actualmente los C.I.Cs dentro del
territorio municipal.-
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