Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, Obras de asfaltado en las arterias sobre
las que se encuentran emplazadas Instituciones educativas. Exp. 5268/14.
VISTO:
Ley Orgánica de
Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;
El Código Urbano
Municipal, Ordenanza Nro. 1.144/95;
Decreto Nro.
596/14 Carpeta Asfáltica, Nivelado, Estabilizado y Mejorado calle Bordabehere;
Decreto Nro.
616/14 Tareas de nivelado y mejorado en Sección Catastral N° 12;
Estado de la calle
Alvear al 2.100 y;
CONSIDERANDO:
Que
es necesario mejorar el estado de las calzadas sobre las cuales se encuentran
instaladas las diferentes instituciones escolares de la ciudad.
Que
el Pasaje Capuchino en el cual se encuentra emplazada la escuela Nro. 516
“Leticia Cossettini” carece de carpeta asfáltica.
Que,
a su vez, la calle Alvear que conduce a la Escuela de Educación Secundaria Nro.
448 “Perito Moreno”, también se encuentra en estado intransitable.
Que,
la calle Bordabehere a la altura 2200 frente a la Escuela Nro. 364 "Soldado Aguirre"
tampoco se encuentra pavimentada.
Que
en la presencia de numerosos baches dificulta la transitabilidad de las
mencionadas arterias.
Que
en días de lluvia, los alumnos no pueden acceder a la escuela debido al barro y
agua que se acumula en las calles.
Que
consideramos que el Departamento Ejecutivo Municipal debería proveerles a los
vecinos y, principalmente, a los niños y jóvenes, la posibilidad de trasladarse cómodamente
hacia las instituciones escolares.
Que
resulta imperioso que las arterias en las cuales las escuelas se encuentran
emplazadas se encuentren pavimentadas o, en su defecto, con un mejorado que
permita el traslado sin complicaciones.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante,
eleva a este cuerpo el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante
se dirige al Departamento Ejecutivo
Municipal para que, a través de la secretaria que corresponda, estudie la
viabilidad de realizar carpeta asfáltica en las calles en cuyo frente se
realiza el ingreso y egreso de alumnos. Principalmente en Pasaje Capuchino
donde se encuentra la Escuela Nro. 516; calle Alvear favoreciendo el ingreso a
la escuela Nro. 448 y calle Bordabehere frente a la Escuela Nro. 364.
Artículo 2.-
El
Concejo Deliberante se dirige al Departamento
Ejecutivo Municipal para que, a través de la secretaria que corresponda,
realice un relevamiento de las arterias donde se encuentran las instituciones
educativas de la ciudad y envíe a este Cuerpo un informe sobre los resultados
obtenidos.
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