Proyecto de Decreto, reparación sumidero ubicado en Filippini y
Guido y Spano y se de cumplimiento a los decretos 434/12; 499/13; 507/13;
534/13; 539/13 y Minutas de Comunicación 1912/12 y 2013/13. Exp. 5158/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39
incisos 14, 52 y 53;
Constitución Nacional articulo 41;
Ordenanza Nro. 1312/98 Fondo Especial Obras de
Aliviadores y Emisarios;
Ordenanza Nro. 1591/04 Creación Fondo Especial para financiar
obras, emisarios y trabajos de reparaciones
Decreto Nro. 434/12 Reponer la tapa del sumidero
ubicado en Av. Soldado Aguirre al 2500;
Decreto Nro. 499/13 Reposición de rejillas de
sumideros en Soldado Aguirre intersección San Nicolás y Buenos Aires y
Filippini esquina Pasaje 4;
Decreto Nro. 507/13 Reposición tapa de la cámara de
desagüe de Soldado Aguirre a la altura del 2200;
Decreto Nro. 534/13 Se dé cumplimiento a la Minuta de
Comunicación Nº 1912/12 reparación sumidero ubicado en Fornieles e Int. Andréu;
Decreto Nro. 539/13 Construcción o reposición de las
tapas de los sumideros sobre calle San Nicolás desde Soldado Aguirre hasta
Temporelli;
Decreto Nro. 594/14 Pedido de informe sobre cuentas de
FON.DE.PRO, Fondo de Obras de Gas; Fondo Especial Aliviadores y Emisario y
F.A.E. y autorización a la Mesa Directiva a formular presentación judicial;
Minuta de Comunicación Nro. 1912/12 Reparación y
limpieza sumidero Int. Andréu y Fornieles;
Minuta de Comunicación Nro. 2013/13 Colocación Tapas
del Emisario de Marcos Paz al 2100 y 2200 y su intersección con Levalle y
Pasaje 3;
Emisario de la intersección de Av. Filippini con calle
Guido y Spano;
Reclamos de los vecinos y;
Considerando
Que en la intersección de Av. Filippini con Guido y
Spano se encuentra un sumidero sin su correspondiente tapa.
Que el mismo se encuentra en la calzada, en el carril
de sentido de circulación sur – norte, paralelo al cordón casi en la línea
imaginaria del paso peatonal, justo en la parada de colectivos.
Que esta situación pone en riesgo a los conductores
que no logran advertirlo ya que el mismo se encuentra al finalizar una curva.
Que en el lugar habitan y transitan diariamente
importante cantidad de personas ya que en la proximidad de la zona funciona un
centro de salud, dos jardines de infantes, una estación de servicios y negocios
de distintos rubros.
Que esta situación pone en riesgo a las personas que
transitan por el lugar debido a que podría ocasionar importantes daños
materiales y personales e incluso puede provocar víctimas fatales.
Que la zona se torna peligrosa principalmente para los
niños, personas de avanzada edad que caminan por el lugar y para los conductores de motocicletas y
bicicletas ya que los mismos no se encuentran señalizados aumentando el riesgo
de siniestralidad vial al intentar esquivarlosQue los vecinos han intentado
señalizar precariamente pero igual constituye un peligro tanto para los
conductores como para los transeúntes y usuarios de las líneas de transporte
que circulan por el lugar.
Que en nuestra ciudad existen numerosos emisarios en
las mismas condiciones, los cuales han sido objeto de los decretos y minutas
citadas en los vistos.
.Que los emisarios al no tener sus correspondientes
tapas son fuente de contaminación y proliferación de insectos que pueden
afectar la salud de los vecinos.
Que la Constitución Nacional en su artículo nro. 41
establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano,
equilibrado y apto para el desarrollo humano.
Que es deber de las autoridades velar por el bienestar
y seguridad de sus ciudadanos.
Que existe, desde 1998, un Fondo Especial Obras de Aliviadores y Emisarios creado bajo la
Ordenanza Nro. 1312, el cual recibe un aporte adicional del 20% por cada
contribuyente de la Tasa General de Inmuebles, aplicado sobre la tasa de
servicios.
Que el Intendente Municipal tiene a su
cargo la administración de dicho fondo, para lo cual este cuerpo deliberativo
solicita se utilice los recursos del mencionado fondo para adquirir o construir
las tapas correspondientes de los emisarios según las exigencias que la función
de desagüe requiere.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante
eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante autoriza al
Departamento Ejecutivo Municipal para que utilice parte de las reservas del
Fondo Especial Obras de Aliviadores y
Emisarios y proceda a la adquisición o construcción de la tapa del emisario ubicado en la intersección de Av.
Filippini con Guido y Spano en
el carril de sentido de circulación sur – norte, paralelo al cordón casi en la
línea imaginaria del paso peatonal, justo en la parada de colectivos.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al
Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que
corresponda, proceda a dar cumplimiento a los decretos 434/12; 499/13; 507/13;
534/13; 539/13; y a las minutas de comunicaciones 1912/12 y 2013/13.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al
Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que
corresponda, realice la limpieza y desinfección del mencionado emisario como
así también los dispuestos en los decretos y minutas citados en el artículo
precedente, para evitar enfermedades y la obstrucción de los mismos.
Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al
Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que
corresponda, proceda a señalizar este sumidero hasta tanto sea solucionado.
Artículo 5.- El Concejo Deliberante solicita al
Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que
corresponda, realice un relevamiento exhaustivo en todo el territorio municipal
para detectar los sumideros que se encuentren sin su correspondiente tapa y
proceda a su reposición.
Artículo 6.- Una vez realizada las acciones solicitadas
en los artículos precedentes, envíese un informe pormenorizado a este Cuerpo
Deliberativo, sobre resultados y las tareas ejecutadas.
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