Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que se proceda a la construcción o
adquisición de la tapa del sumidero ubicado en calle Sáenz Peña al 1800. Exp.
5051/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39
incisos 14, 52 y 53;
Constitución Nacional articulo 41 y;
Considerando
Que el sumidero ubicado en calle Sáenz Peña altura
1.800 casi intersección con Av. Filippini carece de su correspondiente tapa.
Que al estar sobre la calzada, casi llegando a la
intersección con Av. Filippini puede provocar serios daños materiales y aún
más, personales de aquellos que no logran advertirlos.
Que las consecuencias de toparse con este podrían ser
fatales, tanto para los conductores de vehículos, principalmente los más
vulnerables como son los ciclistas y motociclistas, como para los peatones.
Que los vecinos han intentado señalizarlos
precariamente pero que no mejoran la seguridad de los usuarios.
Que en la edición de enero de 2014 del periódico VGG
Noticias se advertía de este peligro
llamándolo Trampa Mortal por las
dimensiones de la abertura que son
aproximadamente 70 x 70 cm y de una profundidad de un metro. Que aún haciéndolo
público, este pedido no ha sido escuchado.
Que en la zona se encuentran el Frigorífico Sugarosa y
empresas de diversos rubros. Así como también, en las inmediaciones funciona un
jardín de infantes por lo tanto el lugar es de abundante afluencia de
vehículos.
Que los sumideros sin tapa constituyen un foco
infeccioso ya que en ellos se acumula basura obstruyendo la fluidez del agua,
provocando olores desagradables y la proliferación de distintos tipos de
alimañas.
Que la Constitución Nacional en su artículo nro. 41
establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano,
equilibrado y apto para el desarrollo humano.
Que, además sobre la vereda que rodea el frigorífico
anteriormente mencionado existe un zanjón por donde fluye el agua que atraviesa
dicho sumidero. En los laterales de este zanjón se encuentra acumulada basura
lo que aumenta el riesgo de que el agua quede estancada si estos residuos
cayeran en él.
Que el Departamento Ejecutivo tiene el deber de
eliminar de la vía pública todo aquello que pudiera provocar daños físicos en
las personas.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante
eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de decreto.
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al
Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaria que
corresponda, proceda a la construcción o adquisición de la tapa correspondiente
y a su posterior colocación en un plazo no mayor a 30 (treinta) días corridos a
partir de la aprobación del presente decreto, del sumidero ubicado sobre la
calzada en el margen oeste de calle Sáenz Peña altura 1.800 casi intersección
con Av. Filippini.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al
Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que
corresponda, proceda a señalizar este sumidero hasta tanto sea solucionado.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al
Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que
corresponda, realice la limpieza y desinfección del mencionado sumidero y del
zanjón para evitar enfermedades y la
obstrucción de los mismos.
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