miércoles, 30 de abril de 2014

SE ELEVE UN INFORME SOBRE LAS OBRAS CLOACALES INCONCLUSAS EN EL BARRIO VILLA DIEGO CENTRO E INTIME A LA EMPRESA Y ENTE CONTROLADOR PARA QUE REANUDE LAS OBRAS

Autores del proyecto: Concejales Martínez, María C. Murabito, Cabrol, Larrosa y J. Murabito. 
Proyecto de Decreto, solicitando al Departamento Ejecutivo eleve un informe sobre las obras de cloacas inconclusas en el Barrio Villa Diego Centro y se intime a la empresa y Ente controlador para que reanude las obras. Exp. 5139/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756 arts. 17º;  39º incs. 14 y 62; 41º incs. 7 y 24;
Nota presentada ante el Concejo Deliberante;
Considerando
Que la obra de red de conectores cloacales y conexiones domiciliarias (Etapa 1) del Programa Nacional Mejor calidad de vida, más salud que comprende la zona Villa Diego Centro, se encuentra detenida desde hace varios meses.
Que el plazo de ejecución establecido era de 120 días contados a partir del mes de octubre de 2013 y que, a más de 200 días, la misma no se ha concluido.
Que aún quedan sin ejecutar aproximadamente 800 (ochocientos) metros en las calles Belgrano entre Av. San Martín y Laprida, Rioja entre Eva Perón y Emilio Zola; y Av. San Martín desde Av. Juan D. Perón hasta la rotonda Néstor Kirchner – Alem y Emilio Zola-.
Que en el mes de marzo del año 2013 este Cuerpo aprobó el Decreto Nro. 456 solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal gestione ante Aguas Santafesinas la realización de las obras necesarias para que los vecinos de Av. Juan Domingo Perón entre calle Pablo Iglesias y Bv. San Diego puedan acceder al tendido de los desagües cloacales ya emplazados sobre la misma.
Que en ese decreto establecía que es deber del Municipio asegurar la optimización de los recursos de la ciudad, tendiendo siempre a elevar la salud y, en general, la calidad de vida de nuestros vecinos.
Que por los motivos expuestos en el decreto mencionado, también los vecinos de Villa Diego Centro tienen el derecho de contar con las obras cloacales.
Que ante la inquietud de los vecinos, este Concejo cumple en solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, un informe sobre los motivos por los cuales la obra aún no ha sido concluida. Como adicional al mismo, se requiere que se gestione ante la empresa contratada y el ente controlador la inmediata reanudación de las obras.
Por todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes, elevan para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, eleve a este Cuerpo, en un plazo no mayor a los 10 (diez) días hábiles a partir de la aprobación del presente decreto, un informe sobre los motivos por los cuales la obra aún no ha sido concluida.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, intime a la empresa contratada y el ente controlador para que proceda a la reanudación de las obras dentro de los 60 (sesenta) días corridos contados a partir de la aprobación del presente decreto.





DECLARA DE INTERÉS CULTURAL MUNICIPAL AL EVENTO ORGANIZADO POR LA PROFESORA LILIANA ANDREA GONZÁLEZ Y EL GRUPO ANCESTRAL EN HOMENAJE AL GRUPO SCOUT COSME MACIEL QUE SE REALIZARÁ EL DÍA 10 DE MAYO DE 2014

Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa, J. Murabito, María C. Murabito y Martínez 
Proyecto de Declaración, Declara de Interés Cultural Municipal la Peña Folclórica organizada por la Profesora Liliana A. González en conjunto con el Grupo Ancestral, en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel. Exp 5138/14.
Visto
Ley  Nro. 2.756 artículo 39;
Ordenanza Nro. 1.947/10 Reglamento para el otorgamiento de Declaraciones;
Expediente Nro. 5.135/14  y;
Considerando
Que el 10 de mayo del corriente año se realizará una Peña Folclórica en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel, en las instalaciones de la Escuela Nro. 1.148 Martín Miguel de Güemes, sito en calle José Piazza 312.
Que dicha peña está organizada por la Profesora Liliana A. González en conjunto con el Grupo Ancestral representado por el Sr. Félix Domingo González, en reconocimiento de la labor llevada a cabo por el grupo citado en el párrafo anterior.
Que este grupo fue creado el 13 de marzo de 2004 con la finalidad de brindar, mediante la acción educativa y su capacidad de aprender haciendo, igualdad de oportunidades, con una propuesta inclusiva, dinámica, participativa y atractiva para niños, niñas y jóvenes de nuestra ciudad.
Que el Grupo Scout Cosme Maciel cumplió 10 años de trabajo solidario en nuestra ciudad y en localidades vecinas.
Que este Grupo realiza una labor educativa no formal promoviendo valores basados en principios espirituales, sociales y personales como se expresan en la Promesa y la Ley Scout.
Que es de suma importancia que esta ciudad cuente con instituciones que  fomenten el desarrollo de personas seguras de sí mismas, solidarias, responsables y comprometidas con su entorno.
Que es imprescindible el reconocimiento de estas instituciones como formadoras de personas de bien y por ello, este Concejo participa de este reconocimiento y cumple en Declarar de Interés Cultural Municipal al evento programado para el día 10 de mayo del corriente año.
Que, a su vez, este Cuerpo considera que no sólo debe declararse de Interés Cultural al evento sino también al Grupo Scout Cosme Maciel por trabajar responsablemente en la promoción para el desarrollo de la comunidad, provocando la transformación social a través del crecimiento personal de proyectos y espacios compartidos como producto del cumplimiento de la Misión.
Que este grupo en particular contribuye a la educación de jóvenes y con ello, ayuda a construir un mundo mejor donde las personas se desarrollan plenamente, teniendo un rol constructivo en la sociedad y constituyéndose en agentes multiplicadores de paz en defensa de los Derechos Humanos, el cuidado de las relaciones interpersonales y el respeto por el Medio Ambiente.
Ante todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes, elevan para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECLARACIÓN
Artículo 1.- Declárese de Interés Cultural Municipal la Peña Folclórica organizada por la Profesora Liliana A. González en conjunto con el Grupo Ancestral representado por el Sr. Félix Domingo González, en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel, a realizarse el día 10 de mayo del corriente año, en las instalaciones de la Escuela Nro. 1.148 Martín Miguel de Güemes, sito en calle José Piazza 312.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante declara al Grupo Scout Cosme Maciel como Institución Destacada de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, por su distinguida labor educativa no formal promoviendo valores basados en principios espirituales, sociales y personales en nuestra comunidad.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante invita al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar al Grupo Scout Cosme Maciel una placa alusiva a la presente declaración.

 









Proyecto presentado por los Bloque UCR FPCyS, 100% Santafesino Frente Renovador y Part. Vecinal Independiente al 30 de abril 2014

Este es un proyecto presentado por los bloques UCR Frente Progresista Cívico y Social;  100% Santafesino Frente Renovador y Partido Vecinal Independiente.

Proyecto del Departamento Ejecutivo al 30 de abril 2014

Este es un proyecto presentado por el Departamento Ejecutivo.


DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo remite la Ejecución Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos 2013.







Proyecto presentado por los Bloques 100% Santafesino Frente Renovador, Part. Vecinal Independiente y UCR FPCyS al 30 de abril 2014

Este es un proyecto presentado por los bloques 100% Santafesino Frente Renovador; Partido Vecinal Independiente y UCR Frente Progresista Cívico y Social.

martes, 29 de abril de 2014

RESTAURACION DEL MONUMENTO AL SANTO PATRONO DE NUESTRA CIUDAD

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito. 
Proyecto de Decreto, se proceda a la restauración de la figura del Santo Patrono de nuestra ciudad. Exp. 5137/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
Decreto 260/09,
Decreto 581/14 y;
CONSIDERANDO:
            Que el Patrimonio Cultural es el conjunto de bienes muebles e inmuebles, materiales e inmateriales, de propiedad de particulares o de instituciones u organismos públicos o semipúblicos que tengan valor excepcional desde el punto de vista de la historia, del arte, de la ciencia y de la cultura y por lo tanto sean dignos de ser considerados y conservados para la nación.
            Que la importancia de la preservación de nuestro patrimonio –en este caso el  arquitectónico urbano– surge de su valor como testimonio de distintos fenómenos culturales, y su acción como elemento que mantiene la cohesión de un grupo.
 Manifiesta, asimismo, los valores desarrollados en el tiempo como acciones válidas  de un proceso histórico, y que aún pueden serlo en el futuro.-
            Que el patrimonio arquitectónico urbano,  como parte del patrimonio cultural, forma parte del paisaje cultural, producido por el accionar conjunto del hombre y la naturaleza y constituido por la morfología del territorio y el accionar humano (el hombre como productor de cultura) sobre dicha morfología.
            Que el patrimonio cultural, reflejado en el patrimonio arquitectónico urbano, es para cada comunidad memoria de su pasado, su conciencia como comunidad y define una identidad que la relaciona con dicho pasado desde el presente.
            Que en ejido municipal se enmarca el Monumento en Memoria al Santo Patrono de nuestra ciudad  el Emperador San Enrique, cuya celebración se festeja el 13 de julio de cada  año, día de su defunción.-
            Que el arzobispo de Rosario, monseñor José Luis Mollaghan, presidió las fiestas en honor de San Enrique, patrono de la ciudad Villa Gobernador Gálvez y destacó la vida ejemplar de San Enrique, como laico y gobernante, en la que se caracterizó por ser “padre de los pobres” y “amigo de su gente”. Asimismo, subrayó el aprecio y el amor de su pueblo.-
            Que el arzobispo sostuvo que San Enrique fue un verdadero “padre para sus súbditos”. La fama de su bondad y de su fe en Cristo corrió pronto por toda Alemania e Italia, ganándose el reconocimiento de todos por su búsqueda de la justicia y de la paz.
Por todo lo expuesto anteriormente, el Bloque Partido Vecinal Independiente, eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;

                                                                       DECRETO:
Artículo 1º:El Concejo Deliberante de la cuidad se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda en un plazo de 20 días a la inmediata restauración, recuperación y mantenimiento del Monumento que consagra la figura del Santo Patrono de nuestra ciudad San Enrique.-







SOLICITUD DE COMPROBANTES DE DReI DESDE 1991 A MARZO DEL 2014 DEL INMUEBLE UBICADO EN J.D. PERON 2096

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.
Proyecto de Decreto, solicitando al Departamento Ejecutivo los comprobantes liquidados de DReI desde el años 1991 hasta marzo del corriente año, que realizo el titular del inmueble ubicado en Av. Juan D. Perón 2096. Exp. 5136/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
Decreto Municipal 584/2014,
La contestación por parte del Departamento Ejecutivo Municipal del pedido de informe decreto 584/2014,
El reclamo de los vecinos y;
CONSIDERANDO:
            Que es de suma urgencia el relevamiento y normalización de comercios ubicados en el ejido urbano, que intensifiquen  la recaudación de fondos a las arcas municipales, dicha normalización tributaria involucra el pago obligatorio de impuestos, tasas y derechos municipales que cualquier comerciante que se enmarque sobre el territorio municipal deba abonar a cambio de servicios.-
            Que la Provincia de Santa Fe en su art. 107 de su Constitución otorga a los municipios las atribuciones necesarias para la eficaz gestión de los intereses locales, a cuyo efecto la ley los proveerá de recursos financieros suficiente; a este último fin, pueden crear, recaudar y disponer libremente de recursos propios provenientes de las tasas y demás contribuciones que establezcan en su jurisdicción.-
            Que el Gobierno Municipal es responsable de ejercer determinadas acciones vinculadas al registro, inspección y control de los locales comerciales, industriales y de servicios de la ciudad. A los fines de financiar tales servicios, percibe el DREI, tributo del cual resultan responsables los titulares de locales en el territorio del municipio.-
            Que el pedido de informe elevado a este cuerpo legislativo por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, expresa que dicho local comercial cuenta con una solicitud de habilitación como verdulería sito en calle Juan Domingo Perón Nº 2096, perteneciente dicha propiedad a la Unión Ferroviaria, con fecha el 16 de agosto del año 1991, solicitud afectada según expediente municipal Nª 9998/91.-
            Que el mencionado local comercial tiene como titular al SR. Rivas Carlos, que expresó públicamente a ver ocupado dicha propiedad ya hace más de dos décadas.-
            Que dentro del informe elevado a este honorable cuerpo legislativo, el Departamento Ejecutivo Municipal afirma que dicho comercio tributa mensualmente el Derecho de Registro e Inspección.-
            Que es de principal interés conocer, cuando sea necesario, la situación tributaria y catastral de todos los comercios enmarcados dentro del territorio municipal, por parte de este honorable concejo deliberante.-
Por todo lo expuesto anteriormente, el Bloque Partido Vecinal Independiente, eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;

                                                                       DECRETO:

Artículo 1º: El Concejo Deliberante de la cuidad se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a remitir a este cuerpo legislativo, los comprobantes liquidados de  DREI desde el año 1991 hasta la  el mes de Marzo del corriente año, que realizó el titular de dicho local comercial al Municipio de Villa Gobernador Gálvez.-





Proyectos presentados por el Bloque Partido Vecinal Independiente al 29 de abril 2014

Estos son los proyectos presentados por el bloque Partido Vecinal Independiente.

sábado, 26 de abril de 2014

6º Sesion Ordinaria 24 de abril 2014

Esta es una síntesis de la 6º sesión de carácter ordinaria que se realizó el 24 de Abril de 2014. La misma estuvo presidida por el Presidente del Concejo Deliberante Jorge Andrés Murabito, en Secretaria Roberto Leiva.
Concejales presentes: Cabrol, Larrosa, Martínez, Cabrera, Garavano, Mangiaterra, Dolce y Murabito, María.


viernes, 25 de abril de 2014

TRABAJOS DE OBRAS PUBLICAS EN ZONA CATASTRAL Nº 2

Autores del proyecto: Concejales Martínez, María C. Murabito, Cabrol, Larrosa y J. Murabito.
Proyecto de Decreto, diferentes trabajos de obras publicas en zona catastral Nº 2. Exp. 5132/14.
Visto
Ley 2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;
Ley 2.756 artículo 41 inciso 24 y;
Constitución Nacional artículo 41;
Decreto Nro. 208/08 Relevamiento camino Rivera;
Minuta de Comunicación Nro. 1.816/10 Pavimentación Bajadas al barrio La Ribera;
Minuta de Comunicación Nro. 1.953/12 Trabajos de mejorado y limpieza en Lavalle entre J.D. Perón y La Ribera;
Expediente 5043/14 Vecinos de la Sección Catastral Nro. 2 Solicitan diferentes trabajos de obras públicas;
Reclamo verbal de los vecinos ante el Concejal abajo firmante y;
Considerando
Que los vecinos de la Sección Catastral Nro. 2 solicitan diferentes trabajos de obras públicas.
Que sobre la calle Lavalle desde 17 de Octubre hasta Av. De la Ribera, se encuentra deteriorada por la existencia de numerosos baches.
Que se observa la necesidad de realizar trabajos de acondicionamiento, nivelación y mejorado, como así también cordón cuneta, ya que los días de lluvia se producen anegamientos que ocasionan mayores trastornos a  los vecinos.
Que en el año 2010 este Cuerpo aprobó la Minuta de Comunicación Nro. 1.816 en la cual se solicitaba la pavimentación de las calles del barrio La Ribera que desembocan en Av. que lleva el mismo nombre.
Que entre las calles sobre las cuales se solicitaba la pavimentación se encuentra Lavalle, en el sector de pendiente sobre barranca que permiten el acceso a Av. De la Ribera.
Que en el 2012 se aprobó la Minuta de Comunicación Nro. 1.953 en la cual se solicitaba se estudie la viabilidad de realizar mejorado y nivelado en calle Lavalle entre Av. General Juan D. Perón y Av. De La Ribera y tareas de limpieza en calle Lavalle y Pasaje Matheu.
Que, además del estado de las calles, los vecinos reclaman la falta de iluminación ya que sobre calle Lavalle entre 17 de octubre hasta Av. De la Ribera sólo cuentan con tres focos, lo cual convierte a la zona en una “boca de lobo”, favoreciendo la concreción de hechos delictivos.
Que la mayoría de los habitantes del lugar transitan la mencionada arteria en horas de la madrugada debido a que trabajan en los frigoríficos locales o se dedican a la pesca.
Que los zanjones en los cuales desembocan los desagües de toda la ciudad tienen escasa profundidad y carecen de mantenimiento.
Que los mencionados zanjones están obstruidos por la basura y el pasto, por lo tanto, el  agua no drena con la fluidez adecuada, estancándose en las viviendas de la zona.
Que esta situación ocasiona daños materiales en las viviendas y sus mobiliarios sin mencionar los riesgos que trae aparejado en la salud de sus moradores.
Que sumado a esto, hace aproximadamente veinte días que comenzaron los trabajos de remoción de los caños de desagüe que desembocan en el río, con la finalidad de colocarlos a mayor profundidad para facilidad la fluidez del agua.
Que este trabajo ha quedado inconcluso, algunos caños se han roto, el paso ha quedado obstruido -el cual fue acondicionado precariamente por los vecinos- y en los días de lluvia el agua se acumula en los terrenos en mayor cantidad que anteriormente.
Que en distintas arterias del barrio se acumula basura aumentando el problema de transitabilidad y obstrucción de los zanjones.
Que los vecinos también solicitan la limpieza de la costa del río y la posibilidad de habilitar un espacio de recreación para toda la ciudad.
Que es deber del municipio la reparación y el mantenimiento de las calles, y la erradicación de basurales de nuestra Ciudad.
Que este Cuerpo escucha los reclamos que realizan los vecinos de la ciudad y los transcribe en el presente proyecto de decreto, el cual contempla la necesidad de acondicionar la calle Lavalle desde 17 de octubre hasta Av. De la Ribera, desmalezamiento y limpieza de los zanjones, limpieza y remoción de los distintos microbasurales, la reposición de las luminarias y la conclusión de las obras de restauración de los caños de desagües con el consecuente restablecimiento del paso.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en los terrenos ubicados en calle Lavalle desde 17 de octubre hasta Av. De la Ribera.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute las obras de pavimentación y cordón cuneta o, en su defecto, mejorado de la calle Lavalle desde 17 de octubre hasta Av. De la Ribera.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento, limpieza y remoción de los microbasurales emplazados en la zona.
Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, gestione ante la Cooperativa Integral de energía eléctrica, la reposición de las luminarias faltantes sobre calle Lavalle.
Artículo 5.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la conclusión de las obras de restauración de los caños de desagües con el consecuente restablecimiento del paso de calle Lavalle.
Artículo 6.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice la limpieza de la costa del río y lo habilite como un espacio de recreación para toda la ciudad.





Proyectos Particulares y del Dep. Ejecutivo al 25 de abril 2014

Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo.

DEPARTAMENTO EJECUTIVO
El Departamento Ejecutivo remite contestación del Decreto 585/14.
El Departamento Ejecutivo remite contestación de los Decretos 561/14, 565/14, 573/14, 575/14 y 586/14.
El Departamento Ejecutivo remite contestación del Decreto 578/14.
El Departamento Ejecutivo remite contestación del Decreto 584/14.
El Departamento Ejecutivo remite información relacionada con los aportes a las escuelas con fondos provenientes del FAE.

PARTICULARES
El Licenciado Eduardo Stepnik presenta proyecto para la realización de una cancha de Golf en el Parque Regional de Villa Gdor Gálvez. Exp. 5133/14.
La Escuela de enseñanza secundaria orientada Nº 556 solicita la construcción inmediata de un playón deportivo en el predio destinado para tal fin. Exp. 5134/14.
La Profesora Liliana Andrea González y Grupo Ancestral solicitan se declare de Interés cultural Peña folklórica en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel. Exp. 5135/14.
La Comisión Directiva de Vecinos autonvocados VGG eleva la nomina de su conformación.
Varios comerciantes elevan copia de nota enviada al Departamento Ejecutivo pidiendo que se vete la Ordenanza 2189/14.
La Escuela especial de formación Laboral Nº 2134 solicita una colaboración para gastos del transporte, para el viaje a Chapadmalal que están organizando.






Proyecto presentado por los Bloques UCR FPCyS; 100% Santafesino Frente Renovador y Part. Vecinal Independiente al 25 de abril 2014

Este es un proyecto presentado por los bloques UCR Frente Progresista Cívico y Social;  100% Santafesino Frente Renovador y Partido Vecinal Independiente.
BLOQUES UCR FRENTE PROGRESISTA CIVICO Y SOCIAL; 100% SANTAFESINO FRENTE RENOVADOR y PARTIDO VECINAL INDEPENDIENTE
 Autores del proyecto: Concejales Martínez, María C. Murabito, Cabrol, Larrosa y J. Murabito.

TRABAJOS DE OBRAS PUBLICAS EN ZONA CATASTRAL Nº 2
Proyecto de Decreto, diferentes trabajos de obras publicas en zona catastral Nº 2. Exp. 5132/14.
Visto
Ley 2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;
Ley 2.756 artículo 41 inciso 24 y;
Constitución Nacional artículo 41;
Decreto Nro. 208/08 Relevamiento camino Rivera;
Minuta de Comunicación Nro. 1.816/10 Pavimentación Bajadas al barrio La Ribera;
Minuta de Comunicación Nro. 1.953/12 Trabajos de mejorado y limpieza en Lavalle entre J.D. Perón y La Ribera;
Expediente 5043/14 Vecinos de la Sección Catastral Nro. 2 Solicitan diferentes trabajos de obras públicas;
Reclamo verbal de los vecinos ante el Concejal abajo firmante y;
Considerando
Que los vecinos de la Sección Catastral Nro. 2 solicitan diferentes trabajos de obras públicas.
Que sobre la calle Lavalle desde 17 de Octubre hasta Av. De la Ribera, se encuentra deteriorada por la existencia de numerosos baches.
Que se observa la necesidad de realizar trabajos de acondicionamiento, nivelación y mejorado, como así también cordón cuneta, ya que los días de lluvia se producen anegamientos que ocasionan mayores trastornos a  los vecinos.
Que en el año 2010 este Cuerpo aprobó la Minuta de Comunicación Nro. 1.816 en la cual se solicitaba la pavimentación de las calles del barrio La Ribera que desembocan en Av. que lleva el mismo nombre.
Que entre las calles sobre las cuales se solicitaba la pavimentación se encuentra Lavalle, en el sector de pendiente sobre barranca que permiten el acceso a Av. De la Ribera.
Que en el 2012 se aprobó la Minuta de Comunicación Nro. 1.953 en la cual se solicitaba se estudie la viabilidad de realizar mejorado y nivelado en calle Lavalle entre Av. General Juan D. Perón y Av. De La Ribera y tareas de limpieza en calle Lavalle y Pasaje Matheu.
Que, además del estado de las calles, los vecinos reclaman la falta de iluminación ya que sobre calle Lavalle entre 17 de octubre hasta Av. De la Ribera sólo cuentan con tres focos, lo cual convierte a la zona en una “boca de lobo”, favoreciendo la concreción de hechos delictivos.
Que la mayoría de los habitantes del lugar transitan la mencionada arteria en horas de la madrugada debido a que trabajan en los frigoríficos locales o se dedican a la pesca.
Que los zanjones en los cuales desembocan los desagües de toda la ciudad tienen escasa profundidad y carecen de mantenimiento.
Que los mencionados zanjones están obstruidos por la basura y el pasto, por lo tanto, el  agua no drena con la fluidez adecuada, estancándose en las viviendas de la zona.
Que esta situación ocasiona daños materiales en las viviendas y sus mobiliarios sin mencionar los riesgos que trae aparejado en la salud de sus moradores.
Que sumado a esto, hace aproximadamente veinte días que comenzaron los trabajos de remoción de los caños de desagüe que desembocan en el río, con la finalidad de colocarlos a mayor profundidad para facilidad la fluidez del agua.
Que este trabajo ha quedado inconcluso, algunos caños se han roto, el paso ha quedado obstruido -el cual fue acondicionado precariamente por los vecinos- y en los días de lluvia el agua se acumula en los terrenos en mayor cantidad que anteriormente.
Que en distintas arterias del barrio se acumula basura aumentando el problema de transitabilidad y obstrucción de los zanjones.
Que los vecinos también solicitan la limpieza de la costa del río y la posibilidad de habilitar un espacio de recreación para toda la ciudad.
Que es deber del municipio la reparación y el mantenimiento de las calles, y la erradicación de basurales de nuestra Ciudad.
Que este Cuerpo escucha los reclamos que realizan los vecinos de la ciudad y los transcribe en el presente proyecto de decreto, el cual contempla la necesidad de acondicionar la calle Lavalle desde 17 de octubre hasta Av. De la Ribera, desmalezamiento y limpieza de los zanjones, limpieza y remoción de los distintos microbasurales, la reposición de las luminarias y la conclusión de las obras de restauración de los caños de desagües con el consecuente restablecimiento del paso.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en los terrenos ubicados en calle Lavalle desde 17 de octubre hasta Av. De la Ribera.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute las obras de pavimentación y cordón cuneta o, en su defecto, mejorado de la calle Lavalle desde 17 de octubre hasta Av. De la Ribera.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento, limpieza y remoción de los microbasurales emplazados en la zona.
Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, gestione ante la Cooperativa Integral de energía eléctrica, la reposición de las luminarias faltantes sobre calle Lavalle.
Artículo 5.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la conclusión de las obras de restauración de los caños de desagües con el consecuente restablecimiento del paso de calle Lavalle.
Artículo 6.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice la limpieza de la costa del río y lo habilite como un espacio de recreación para toda la ciudad.





Acto Distincion Ciudadanos distinguidos

Video del acto donde fueron reconocidos como ciudadanos distinguidos ex combatientes de Malvinas, que se realizo en la Casa de la Cultura.

Conferencia de Prensa 24/04/14 6º sesion ordinaria

Conferencia de prensa del 24/04/14



martes, 22 de abril de 2014

INTERES CULTURAL EL “ENCUENTRO INTERNACIONAL DE CANTO Y DANZAS”

Autores del proyecto: Concejales María C. Murabito, Martínez, Cabrol, Larrosa y J. Murabito.
Proyecto de Declaración, Declarando de Interés Cultural Municipal el “Encuentro Internacional de Canto y Danzas”. Exp. 5131/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipios nro. 2.756 artículo 39; Decreto nro. 471/13;
CONSIDERANDO:
Que los días 1 y 2 de Mayo del corriente año se realizará el " Encuentro Internacional de Canto y Danzas", con la presencia de destacadas figuras en el ambiente del Folklore Argentino, con motivo de cumplirse el 2º Aniversario del Grupo "Nueva Alianza" y, siendo el mismo, el Anfitrión de este importante Evento, donde se harán presentes Delegaciones de distintos países, tales como: Italia, Chile, España, y, otros. Con el propósito de "Defender y promover nuestras raíces autóctonas argentinas".-
Que el objetivo del grupo es difundir este estilo de baile, promover los valores de la cultura en este género e impulsar a la integración y desarrollo de espacios culturales, donde se rescate la Identidad Nacional, valorizando los saberes y experiencias populares e históricas, locales y regionales, involucrando a la comunidad toda para que se promueva el pensamiento nacional, dueños de una identidad rica e impresionante, que se puede expresar de muchas formas y el baile, como expresión artística y cultural, es una de ella. Comprometidos con los desafíos de una Argentina más justa, libre, soberana e integrada con Latinoamérica son valores compartidos por el grupo Folclórico "Nueva Alianza".-
Que dicho grupo hace un año que viene recorriendo el país con su danza prestigiando a nuestra cíudad.
Que es nuestro deber como concejales, autoridades municipales y ciudadanos darles el apoyo que necesitan para llevar adelante este sano emprendimiento.-
Que dicho grupo no goza de ninguna subvención ni ayuda económica de ninguna índole más que los eventos que, con esfuerzo, realizan.-
Que es un orgullo para nuestra ciudad contar con un grupo folklórico de danzas con personas que están dispuestas a trabajar para cumplir sus sueños y lograr sus metas.-
Que el grupo nace en la localidad de Villa Gdor. Gálvez, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, el día 12 de febrero del año 2012, producto de la iniciativa de un grupo de jóvenes menores de 18 años y, con la presentación y actuación de una pareja de baile de genero folklórico; ocasión que por su destacada actuación mereció un reconocimiento muy importante, oportunamente, en esta ciudad.-
Que, hace un año, contaba con una sola pareja de danzas y hoy cuenta con más de 30 bailarines que van desde los 5 a los 25 años de edad. Además es un grupo inclusivo ya que en su staff también participan personas con capacidades diferentes.-
Por tal motivo, es importante declarar de interés municipal la peña folklórica que se realizará los días 1y 2 de Mayo del año 2014.-
Por todo lo expuesto, los concejales abajo firmantes, elevan para su tratamiento siguiente proyecto de;

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante declara de Interés Cultural Municipal la Peña Folklórica a realizarse los días 1 y 2 de mayo del año 2014 con motivo de celebrarse el "Encuentro Internacional de Canto y Danzas".-









Proyectos Particulares y del Dep. Ejecutivo al 22 de abril 2014

Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo.

DEPARTAMENTO EJECUTIVO
El Departamento Ejecutivo remite acta del acto de apertura de la Licitación Privada para la provisión de 1.000 toneladas de escoria 10-30 granular o expurgue para la ejecución de estabilizado en distintas calles de la ciudad, según Decreto 4192/14.
El Departamento Ejecutivo remite respuesta al Decreto 594/14.

PARTICULARES
El Grupo de Danzas Folklóricas Argentinas “Nueva Alianza” presenta proyecto de Declaración declarando de Interés Municipal el “Encuentro Internacional de Canto y Baile Folklórico”. Exp. 5127/14.
La Escuela de Enseñanza oficial Part. Incorporadas Nº 1054 y 8060 “Teodelina F de Alvear” Hermanos menesianos solicita exención del pago de la Tasa por Servicio de revisión de planos e inspección de obras, a las Escuelas, oficinas de gestión privada, dependientes del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe. Exp. 5128/14.
La Escuela de Enseñanza oficial Part. Incorporadas Nº 1054 y 8060 “Teodelina F de Alvear” Hermanos menesianos solicita condonación de deuda generada por planos de regularización de obras realizadas en el edificio. Exp. 5129/14.
La Asociación Civil “El Mejor Amigo” solicita la posibilidad de que se le conceda un subsidio.




SE DE CUMPLIMIENTO CON LAS INSPECCIONES SOLICITADAS POR EL DECRETO 388/12

Autor del proyecto: Concejal Dolce. 
Proyecto de Decreto, se de cumplimiento con las inspecciones solicitadas por el Decreto 388/12. Exp. 5130/14.
VISTO:
La Ley 2.756,
Los Decretos 388/12 y 423/12,
El reclamo de los vecinos ante la continuidad de la situación descripta en los Decretos mencionados, y
CONSIDERANDO QUE:
En marzo de 2012, vecinos de Barrio Talleres solicitaron mediante carta formal al Intendente que interceda frente a la descarga de desechos cloacales que venía realizando una empresa desagotadora en las cloacas del barrio de manera irregular, generando desbordes puntualmente en la intersección de las calles Nogués y Alvear, en los cuales manifestaron que se observa materia fecal y productos químicos. Secundando el reclamo, este Concejo aprobó en agosto de 2012 el Decreto Nº 388, en el cual se “ordena al Departamento Ejecutivo Municipal llevar adelante controles de los desagües y sus correspondientes conexiones en la intersección de las calles Nogués y Alvear” ante los desbordes que se suscitaban en la misma.
Ante la ausencia de una respuesta efectiva por parte del Municipio, este Concejo procedió a aprobar en octubre del mismo año el Decreto Nº 423, con el que se ordenó al Ejecutivo que eleve en un plazo de 5 días hábiles, un informe detallando las actuaciones llevadas adelante en referencia a lo planteado en el Decreto Nº 388/12.
A la fecha, el Ejecutivo Municipal no ha respondido ninguno de los dos pedidos de informe a pesar de que consta por las denuncias de los vecinos y vecinas del barrio que el problema, lejos de haberse terminado, empeora con el paso del tiempo.
En noviembre de 2012, la Vecinal Talleres Norte, con patrocinio de la Unión de Usuarios y Consumidores, realizó un reclamo administrativo ante la Municipalidad de Villa Gdor. Gálvez formulando una denuncia por emanaciones de desagotadora (Expediente Nº 42.680/12), solicitando: un estudio de impacto ambiental en el lugar, que se determine el origen de las emanaciones de olores cloacales y que se constate la existencia de autorizaciones pertinentes de la empresa que se vincula con la descarga irregular de efluentes cloacales. La misma denuncia fue realizada ante el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe.  La Vecinal, ante la nula respuesta de las acciones iniciales tomadas en marzo por los vecinos y en agosto y octubre por el Concejo Deliberante, decidió notificar formalmente al titular de la empresa desagotadora que, de no cesar sus operaciones irregulares de vertido de desechos provenientes de camiones atmosféricos de su propiedad en la red cloacal del Barrio afectado, iniciaría acciones legales. Esto generó una respuesta del titular rechazando todas las acusaciones.
También en noviembre de 2012, la titular del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 33 con competencia en faltas Dra. Viviana Beatriz Bravo, en el sumario Nº 300/12 según infracciones a los artículos 134 y 138 de la Ley 10.703, requirió al Director General de la Delegación Zona Sur de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia que envíe personal al domicilio de calle Alvear Nº 995 para constatar las situaciones denunciadas por la Vecinal. En diciembre, la misma Jueza de Faltas requirió al Director de Aguas Santafesinas S.A. informe sobre el trazado de la red cloacal en la zona afectada por los desbordes de efluentes cloacales, de manera de poder identificar la procedencia de la causa de los mismos.
A pesar de todas las gestiones realizadas por la Vecinal Talleres Norte, la difusión del problema a través de distintos medios de comunicación de la ciudad y la insistencia de este Concejo Deliberante a través de sendos decretos sancionados oportunamente, los desbordes de efluentes cloacales en la intersección de calle Nogués y Alvear y la consecuente emanación de olores nauseabundos continúan irresueltos al día de la fecha.
La situación requiere de una resolución inmediata por parte del Municipio, ya que las sustancias que desbordan sobre las calles sin ningún tipo de tratamiento, significan un grave riesgo a la salud y medio ambiente.
Por todo lo expuesto el Concejal abajo firmante eleva al resto del cuerpo para su  tratamiento el siguiente proyecto de:

DECRETO:

ART. 1º): El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área que corresponda, realice las inspecciones solicitadas por el Decreto Nº 388/12 en los desagües cloacales de la intersección de las calles Nogués y Alvear.
ART. 2º): El Departamento Ejecutivo Municipal deberá elevar, en el plazo de 10 días a partir de la sanción de la presente Decreto, un informe detallando las acciones tomadas para cumplimentar lo ordenado en el artículo 1º.







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Proyecto presentado por los Bloques Partido Vecinal Independiente, UCR FPCyS y 100& Santafesino Frente Renovador al 22 de abril 2014

Este es un proyecto presentado por los bloques Partido Vecinal Independiente; UCR Frente Progresista Cívico y Social y  100% Santafesino Frente Renovador.

Proyecto presentado por el Bloque Socialista Frente Progresista Civico y Social al 22 de abril 2014

Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social.
              

jueves, 17 de abril de 2014

PRORROGA 4º PERIODO DERECHO REGISTRO E INSPECCION

Autor del proyecto: Concejal Dolce. 
Proyecto de Ordenanza, Prorroga del período 4º del Derecho de Registro e Inspeccion. Exp. 5126/14.
VISTO:
La Ley 2756, Art. 39º,
La Ordenanza N° 2014/12 modificando el Art. 21º de la Ordenanza  1608/04 sobre los vencimientos del Derecho Registro e Inspección.
La Ordenanza 2103/13, extendiendo al 8 de abril el vencimiento del 3º período del DReI.
La inquietud de comerciantes y profesionales por el vencimiento del Drei en el mes de Mayo, y
CONSIDERANDO:
Que comerciantes de la ciudad y los profesionales que les brindan asesoramiento contable a los mismos han manifestado su preocupación sobre el vencimiento del Derecho de Registro e Inspección del mes de Mayo, ya que la semana del primer vencimiento se ve afectada con dos días feriados, el Jueves primero, y el viernes dos, quedando el día cinco como primer día hábil.
         Que sería conveniente extender el vencimiento del mes en cuestión, trasladándolo al jueves 8, otorgándoles a los contribuyentes un tiempo acorde para la liquidación de este Derecho.
         Que la Municipalidad no se vería afectada en su recaudación para pagar salarios, ya que el día 8 de Mayo es el 4° día hábil del mes, estando dentro de los 5 días estipulados para el pago de sueldos.
         Que por el contrario, garantizaría que muchos de los comerciantes abonaran en el primer vencimiento obteniendo así el beneficio del 10% en Ingresos Brutos por tener al día la tasa local.
            Que este concejo ha aprobado en el año 2013 una Ordenanza con el mismo tenor, generando este beneficio a los contribuyentes sin perjudicar el funcionamiento de la Municipalidad.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de

ORDENANZA
           
ART. 1°) Postérguese de manera extraordinaria al día 8 (ocho) el vencimiento del periodo 4° del corriente año del Derecho de Registro e Inspección, a abonarse en el mes de Mayo.




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REPARACION LUMINARIAS EN PLAZA A LA MADRE

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito. 
Proyecto de Decreto, Se proceda a la reparación de luminarias en Plaza a la Madre. Exp. 5125/14.
Visto:                                    
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
El reclamo de los vecinos y;
Considerando:
            Que en la Plaza a la Madre, sito en Av. Juan D Perón y Av. San Martín, varios postes de iluminación están en total estado de deterioro y sin suministrar el servicio de luz correspondiente.-
            Que reviste de gran importancia la reparación de las luminarias en ésta plaza, ya que es un lugar de esparcimiento y centro de  reunión por excelencia para la vida urbana.-
            Que es de suma preocupación, la restauración de la luminaria, que implica mayor seguridad para los ciudadanos transeúntes y vecinos cercanos a dicho lugar de recreación.-
            Que es el deber del municipio bregar por una mayor calidad de vida para toda nuestra población.
            Que la Plaza a la Madre favorece el encuentro con la naturaleza, constituyendo un espacio de recreo para niños y adultos.
Por todo lo expuesto anteriormente, la concejal abajo firmante promulga el siguiente proyecto de;

DECRETO

ARTÍCULO.1º : El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda de suma urgencia a la reparación de la luminaria en toda la circunscripción en donde se enmarca la Plaza a la Madre.-




                              
 
 

CESION DE USUFRUCTO TERRENO UBICADO EN MARCOS PAZ Y MITRE

Autores del proyecto: Concejales Martínez, Cabrol, Larrosa, J. Murabito y María C. Murabito. 
Proyecto de Ordenanza, Cesión de usufructo de terreno municipal ubicado en Marcos Paz y Mitre. Exp. 5124/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;
Los tratados y convenciones internacionales sobre infancia, con fuerza constitucional en la República Argentina;
Ley Nacional Nro. 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes;
Ley Provincial Nro. 12.967 de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes;
Ordenanza Nro. 2.181/14 Programa de Regularización Dominial;
La situación de la niña Mailén Nicol Orduña y sus cinco hermanos, ciudadanos de esta localidad y;
CONSIDERANDO:
Que las leyes y demás normativas precitadas en los vistos versan sobre el cuidado y protección integral de las niñas, niños y adolescentes, promoviendo los derechos, así como la reparación de aquellos vulnerados sobre los sujetos comprendidos en la legislación.
Que las leyes de alcance nacional y provincial mencionadas no sólo anuncian y detallan los derechos de los niños, niñas y adolescentes sino que también proponen un Sistema de Promoción y Protección Integral.
Que para el caso de nuestro territorio provincial, la ley Nro. 12.957, en su Título III, explicita que el Sistema está conformado por el Estado en sus distintos niveles (nacional, provincial y municipal) y las organizaciones no gubernamentales.
Que además, forman parte del Sistema Provincial, los órganos gubernamentales de aplicación de la Ley, teniendo su intervención en dos niveles: los Equipos Territoriales de Intervención dependientes de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de los Niños, Adolescentes y familia (2do. Nivel) y los Servicios Locales de Promoción de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, dependientes de los gobiernos locales (1er. Nivel).
Que ambos niveles trabajan coordinadamente en situaciones de vulneración de los derechos, y que este espíritu de colaboración comprende a estos actores entre otros en el Artículo 5, inc. F de la Ley 12.957.
Que en este caso particular, por sucesivas acciones conjuntas sobre la situación de la niña Mailén Nicol Orduña (DNI. 48.606.725), Legajo SIGNA Nro. 3.313; ambos equipos intervinientes gestionaron una solución habitacional que cumpliera con los pre-requisitos médicos para el alta hospitalaria, de acuerdo a los protocolos de salubridad para estos casos.
Que no habiendo en aquellas circunstancias otro tipo de solución y, por otro lado, la investigación del contexto socio-familiar-comunitario arrojó aspectos de importancia en la vida y desarrollo de la niña y sus hermanos, los equipos concluyeron que la solución habitacional debía darse en el mismo terreno que de hecho habitaban.
Que la resolución de dicha conclusión se apoyó en el objeto de las leyes precitadas y toda la legislación internacional, el cual reza en el interés superior del niño, siendo uno de sus principales pilares la no separación del menor de su centro de vida.
Que, a colación de esto, es dable mencionar que el centro de vida de la niña se desarrrolla junto a sus cinco hermanos, todos con apellido materno, en el Barrio Las Ranas.
Que en el hogar familiar, los niños conviven con su progenitora, Sra. Ángela Natalí Orduña, pero que además en las inmediaciones viven sus familiares y afectos.
Que también es de suma importancia explicitar que a escasos metros del hogar familiar se encuentra enclavado el Centro de Salud Mosconi, el cual oficiará de referente de salud territorial debido a su problema médico.
Que, por otra parte, los establecimientos educativos a los que concurren también son cercanos al hogar familiar.
Que por todos estos motivos, es función de los actores que componen el Sistema, garantizar el cumplimiento de dichos derechos.
Que en consecuencia, las autoridades provinciales y municipales acompañaron el dictamen de los equipos profesionales e intersectoriales, acordando colaborar en la situación mediante el diseño, construcción, supervisión y adquisición de materiales para una pequeña unidad habitacional.
Que la obra de dicha vivienda está pronta a finalizarse y que por razones de lógica previsibilidad, es menester darle una formalidad legal al usufructo de la propiedad, con el fin de salvaguardar la misión que se lleva a cabo en esta situación.
Que esta necesidad, está basada en una evaluación técnica, la cual arroja como conclusión que debe continuar el seguimiento de la situación y que la misma tomará carácter de estricto monitoreo.
Que la causa de esta modalidad es que la situación tiene la complejidad tal que es definida como “bordeline”, dentro de la jerga de los equipos profesionales.
Que por dichas características, la intervención es integral y compleja atentos a la vulnerabilidad que no sólo alcanza a la niña mencionada sino al grupo de hermanos en su totalidad, e incluso está evaluándose la afectación en la progenitora.
Que habiéndose brindado recursos materiales y humanos en el terreno que la familia habitaba de hecho y, siendo este de propiedad municipal; los Concejales abajo firmantes, elevan a este cuerpo el siguiente proyecto de:

ORDENANZA
 Artículo 1.- Cédase el usufructo del terreno de propiedad municipal ubicado en la intersección de Marcos Paz y Mitre de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez a los menores, hijos de la Sra. Ángela Natalí Orduña.
Artículo 2.- Dicho terreno es de carácter municipal. Según información catastral, se ubica en la ochava sudoeste, de la Manzana 25, Sección 11, identificado como Lote Nro. 8 y cuyas medidas son 13 metros de frente (por calle Marcos Paz) y 30 metros de fondo.
Artículo 3.- El espíritu de esta cesión obedece al cuidado y protección integral sobre la infancia, por lo tanto, su condición será que la utilización del mismo es a los fines del usufructo permanente y pacifico de los menores Orduña, hijos de la Sra. Ángela Natalí Orduña.
Artículo 4.- En caso de que la progenitora hiciese abandono de los niños, el usufructo seguirá siendo a favor de los menores con guarda y/o tutela de quien la Justicia designe.
Artículo 5.- El usufructo tendrá una vigencia de 30 (treinta) años, volviendo automáticamente dicho derecho al Municipio, salvo que, durante dicho período la Sra. Ángela Natalí Orduña o el guarda o tutor de los menores se acoja a los términos de la Ordenanza Nro. 2.181/14 Programa de Regularización Dominial para la adquisición del mencionado terreno.
Artículo 6.- La adquisición de dicho terreno no revoca el derecho de usufructo otorgado en la presente ordenanza a los menores, hijos de la Sra. Ángela Natalí Orduña, mientras éste esté en vigencia.
Artículo 7.- La adquisición de dicho terreno mediante el Programa de Regularización Dominial – Ord. 2.181/14- no supone la disponibilidad absoluta del mismo, por lo tanto, no podrá ser cedido o transferido, a titulo oneroso o gratuito, mientras dure el derecho de usufructo otorgado en la presente ordenanza.
Artículo 8.- Una vez finalizada la vigencia del derecho de usufructo, si el mencionado terreno no ha sido adquirido, la Municipalidad dará un plazo de 6 (seis) meses desde el vencimiento del mismo, para que se acoja a los términos del Programa de Regularización Dominial – Ord. 2.181/14- otorgando la prioridad de adquisición a los beneficiarios del usufructo por encima de cualquier otra persona o entidad que manifieste su intención de comprar el inmueble en cuestión.