martes, 24 de diciembre de 2013

29 Sesion Ordinaria 19 de diciembre 2013

Esta es una síntesis de la 29ª sesión ordinaria que se realizó el 19 de Diciembre  de 2013. La misma estuvo presidida por el Presidente del Concejo Deliberante Jorge Andrés Murabito, en Secretaria Roberto Leiva.
Concejales presentes: Larrosa; Cabrol; Murabito, Maria; Martinez; Cabrera; Garavano y Dolce.
Ausente: Mangiaterra.  
               

Proyectos de Sala de Bloques al 19 de diciembre 2013

Estos son los proyectos presentados por la Sala de Bloques hasta la fecha.


Proyecto del Departamento Ejecutivo al 19 de diciembre 2013

Este es un proyecto presentado por el Departamento Ejecutivo hasta la fecha.


DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo eleva copia expíe 44603/13, caratulado “Liliana Ester Maggioni- solicita club Sportivo – 28 de diciembre de 2013” y fotocopia de modelo contrato. Exp. 5005/13.







miércoles, 18 de diciembre de 2013

lunes, 16 de diciembre de 2013

IMPLEMENTAR MEDIDAS PARA LA APERTURA CALLE PASTEUR ENTRE YAPEYU Y CALLAO

Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.
Proyecto de Decreto, para implementar las medidas necesarias para la apertura de la calle Pasteur entre Yapeyu y Callao. Exp. 5001/13.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 arts. 3, 39 incs. 24 y 25, y 54; el pedido de los vecinos;
CONSIDERANDO:
Que el tránsito de nuestra ciudad se ha incrementado a la par del crecimiento del parque automotor.
Que es imperioso planificar y ordenar la transitabilidad por las arterias de la ciudad teniendo en cuenta el incremento poblacional y el desarrollo comercial.
Que calle Pasteur tiene una importancia relevante por encontrarse paralela y adyacente a Av. San Martin que hoy día es la arteria que posee la mayor carga de tránsito liviano y pesado.
Que existen obras que con el paso del tiempo pueden quedar inconclusas o tornarse imposibles por la construcción de viviendas u otros inmuebles.
Que calle Pasteur entre Yapeyu y Callao se encuentra cerrada al tránsito pero con la posibilidad de abrirla debido a que la proyección de la misma no encuentra obstáculos insalvables que impidieran dicha obra.
Que toda la ciudad se vería ampliamente beneficiada en distintos sentidos con la realización de esta obra que no tendría un alto costo financiero en relación al crecimiento que generaría en el barrio.
Por ello, los Concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de:

DECRETO
ARTICULO 1º: Impleméntense las medidas necesarias para la apertura de calle Pasteur en su tramo de Yapeyú a Callao.
ARTICULO 2º: Realícense las acciones correspondientes para que no se efectúen construcciones en el lugar mencionado que impidan la realización de dicha obra.
ARTICULO 3º: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones pertinentes con los propietarios que se vean afectados por la realización de la obra.



                                                     

DECLARACION DE EMERGENCIA EDUCACIONAL

Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.
Proyecto de Declaración, declarando la emergencia educacional en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez. Exp. 5000/13.
VISTO:
Las Ordenanzas 2077/12, 2054/12, 1749/07; Los Decretos 376/12 y 439/12; La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, La Ley Nacional de Educación 26206 y La Ley de Financiamiento Educativo 26075, Resoluciones del Concejo Federal de Educación, el proyecto presentado por el E.E.M.PA. N° 1143 en La Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe;
CONSIDERANDO:
La preocupación del Sr Intendente por el colapso del Sistema Educativo Preescolar Primario y Secundario en Villa Gobernador Gálvez y las acciones que se vienen llevando a cabo desde la Municipalidad para mitigar esta situación con las herramientas que se cuentan.
Estamos ante un sistema que es expulsivo de niños y adolescentes del sistema por falta de infraestructura, lo que hace que la oferta de bancos sea inferior a la demanda de los estudiantes de todos los niveles.
La Gestión del Intendente Pedro Jorge González para normalizar el FAE aportando correctamente los fondos que se recaudan al sistema.
La cooperación permanente que hace el municipio con los Directores de los distintos establecimientos que lo requieren en mejoras del entorno u otras cuestiones sensibles a las instituciones educativas.
Que el E.E.M.PA N° 1143 atenta a la demanda permanente y creciente de alumnos para ingresar al establecimiento ingresó en la Cámara de Diputados de La Provincia de Santa Fe un proyecto de ley para poder conseguir un establecimiento propio que le permita albergar a todos los alumnos que buscan continuar con sus estudios.
Que establecimientos educativos como el Colegio Teodelina Fernández de Alvear y la Escuela N° 124 Isidro Aliau han multiplicado sus salas debido a la alta demanda y tampoco han conseguido absorber la misma.
Que se puso a disposición Infraestructura de la Municipalidad para la apertura del Jardín de infantes N°310 posibilitando el acceso a la educación de nivel inicial y preescolar de más de 200 niños. Esto se realizó a través de la cesión de parte del CIC Itati al Ministerio de Educación mediante un comodato que exige como contraparte al Ministerio la reparación de instalaciones, la construcción de un nuevo salón, el aporte de juegos para niños y el cerramiento del sitio.
Estas acciones deben profundizarse de cara al inicio de año escolar 2014, y es necesario adoptar medidas que den oportunidades de Educación a la mayor cantidad de niños y adolescentes de la ciudad.
En paralelo la Municipalidad donó tres terrenos para la construcción de infraestructura en todos los niveles educativos y tiene disponibles más terrenos en función del avance de un plan de obras por parte del Ministerio de educación que dé respuestas a las necesidades de nuestra comunidad:
a)         Terreno de Artigas y Picasso: dicho trámite se encuentra para la escrituración en Escribanía de Gobierno, se lo dono por ordenanza 2077/2012, una fracción de 2252,14m2, con plano aprobado en catastro y obran todos los trámites en el Ministerio de Educación
b)         Terreno de Cancha de Remo delimitado por las calles Pellegrini, Pasaje Capuchino, Nahuel Huapi y Monte Caseros de una superficie aproximada de 2118m2; se lo dono por ordenanza 2054/2012, falta plano menor área expte en Ministerio
c)         Terreno de calle Amenábar entre Pasaje 3 y Pasaje 5 de 39,10 m de frente por 60m de fondo lo que encierra una superficie de 2346m2, donado por ordenanza 1749/2007, con plano vigente Expte en Ministerio.
Por ello, los concejales abajo firmantes, miembros del Bloque Justicialista Frente para la Victoria, elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de

DECLARACION
ART. 1º: Declárese la Emergencia Educacional en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez a los efectos de que se arbitren los medios necesarios para que todos los niños y jóvenes en edad escolar puedan acceder al Sistema Educativo.
ART. 2º: Facúltese al Intendente Municipal Pedro Jorge González a realizar las gestiones necesarias frente al Ministerio de Educación de La Provincia.

                                    

REGULARIZACION INMUEBLE UBICADO EN GARAY ESQUINA J.B. JUSTO

Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.
Proyecto de Minuta de Comunicación, para regularizar el estado del inmueble ubicado en la intersección de las calles Garay y J.B.Justo. Exp. 4999/13.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 arts. 17; 39 incs. 14, 27 y 62; 41 incs. 7 y 24; El Código Municipal de Faltas (Ord. 490/89) Arts. 90, 94, 135, 139; el pedido de los vecinos que viven o transitan por el lugar;
CONSIDERANDO:
Que en la intersección de las calles Garay y J.B.Justo, lindante con la Comisaría N° 29 de nuestra ciudad, se encuentra un inmueble de edificación sin terminar, desde hace décadas.
Que en los últimos meses se han destruido los ingresos al mismo, observándose vidrios rotos, destrucción en su interior y ningún tipo de iluminación.
Que los vecinos han manifestado que en distintos horario ingresan y egresan personas desconocidas por motivos que se desconocen.
Que ante el estado manifestado en los puntos anteriores constituye un serio peligro para las personas que transitan por el lugar y los vecinos de la zona.
Que sería de necesidad urgente realizar el vallado total correspondiente de dicha propiedad con el fin de dar segundad a la zona, eliminar el aspecto de abandono.
Que los propietarios del inmueble tienen obligaciones impuestas por la convivencia y la relación de vecindad, la buena fe y las buenas costumbres.
Que el Art. 39 Inc. 14 de la Ley 2756 faculta al Concejo Municipal a dictar ordenanzas sobre higiene, moralidad, ornato, vialidad y sobre los demás objetos propios a la institución municipal y el inc. 62 a adoptar en general, todas las medidas que tiendan a asegurar la salud y el bienestar de la población.
Que es atribución del Intendente Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de la población (Art. 41 inc. 24 Ley 2756) pudiendo utilizar las herramientas legales atribuidas por el Inc. 7 del Art. 41 de la Ley 2756.
Por ello, los concejales abajo firmantes, elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de

MINUTA DE COMUNICACION
ART. 1º: El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área que corresponda, realice las gestiones pertinentes ante los dueños de la edificación situada en la intersección de las calles Garay y Juan B. Justo esquina sur-este para normalizar la situación planteada en los considerandos.




                                                     

Proyectos presentados por el Bloque Justicialista Frente para la Victoria al 16 de diciembre 2013

Estos son los proyectos presentados por el bloque Justicialista Frente para la Victoria  hasta la fecha.

sábado, 14 de diciembre de 2013

TRABAJOS DE OBRAS PUBLICAS EN PLAZA SAN MARTIN

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que se realicen diversos trabajos de Obras Publicas en Plaza San Martín. Exp. 4997/13.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;
Minuta de Comunicación Nro. 2006/2013;
Reclamos de los vecinos de Villa Gobernador Gálvez y;
Considerando
Que la Plaza San Martín ubicada en la manzana comprendida por las calles Bomberos Voluntarios, Av. Mitre, Pedro Oppici e Ing. Mosconi se encuentra en pésimas condiciones.
Que la misma es un espacio de esparcimiento para niños y adultos.
Que es un lugar de concurrencia masiva por la cercanía de tres escuelas –Escuela Nro. 132 Asamblea del Año XIII, Escuela Técnica Nro. 8.235 Ingeniero Gomara  y Escuela Primaria Nro. 1.315 Cooperación.
Que frente a la Plaza se encuentra la municipalidad y la Iglesia Santa María de los Ángeles.
Que en la zona funcionan varios negocios de diversos rubros.
Que en la plaza se encuentran caños de hierro cortados ocultos entre el pasto, los cuales al no ser advertidos pueden ocasionar accidentes, lesiones de considerable riesgo e incluso pueden ser letales en los niños que frecuentan el lugar.
 Que las columnas de alumbrado tienen los cables a la vista ya que carecen de las tapas que los cubran. La única medida de seguridad de dichos cables son las cintas adhesivas que los separan.
Que algunos armazones carecen de su correspondiente recipiente de residuos.
Que los árboles están añejos, en riesgo de caerse, y que podrían provocar serios daños materiales en los vehículos estacionados en las dársenas. Que incluso tendríamos que lamentar víctimas fatales si cayera sobre alguna persona.
Que los juegos necesitan mantenimiento, restauración de hamacas, pintura y medidas de seguridad.
Que dichos juegos no pueden ser usados durante varios días luego de periodos de lluvias ya que en el lugar el agua permanece estancada.
Que las rampas utilizadas por las personas de movilidad reducida se encuentran en deplorables condiciones, dificultando su acceso a la plaza.
Que hubo reiterados reclamos a través de los medios gráficos locales sobre las condiciones de la Plaza San Martín.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la seguridad de los vecinos.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de decreto.

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a retirar los caños cortados que se encuentran en distintos puntos de la Plaza San Martín ubicada en la manzana comprendida por las calles Bomberos Voluntarios, Av. Mitre, Pedro Oppici e Ing. Mosconi.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, coloque las correspondientes tapas a las columnas de alumbrado público ubicados en los laterales de los caminos que atraviesan la Plaza San Martín.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, restaure la columna de alumbrado público faltante en la Plaza San Martín.
Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, reponga los cestos de residuos en sus correspondientes armazones en la Plaza San Martín.
Artículo 5.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a reacondicionar los juegos ubicados en la Plaza San Martín.
Artículo 6.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, reconstruya las rampas de acceso para la personas con movilidad reducida en la Plaza San Martín.
Artículo 7.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, dé cumplimiento a la minuta de comunicación Nro. 2006/2013 aprobada en marzo del corriente año, en la que se solicitaba el reemplazo de los árboles añejos por otros más jóvenes en Plaza San Martín.
 



SE REMITA INFORME SOBRE EL DECRETO 397/12

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo remita un informe sobre el Decreto 397/12. Exp. 4996/13.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 41 inciso 14;
Decreto Nro. 397/12;
Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo gestione ante el Gobierno Provincial la reparación y puesta en condiciones de la Ruta 22-S. Exp. 4695/13;
Reclamos de los vecinos de Villa Gobernador Gálvez y;
Considerando
Que en Septiembre del año 2012 fue aprobado el Decreto Nro. 397/12 en el cual se solicitaba se gestione ante la Dirección Provincial de Vialidad para que realice las siguientes obras:
a)                                                        Reparación de calzada en toda la extensión de Avenida Pte. Raúl Alfonsín entre el Arroyo Saladillo y calle Río Paraná.
b)  Iluminar toda la arteria antes mencionada.
c)  Señalizar la curva comprendida entre las calles Simón Bolívar y Pasaje Capuchino.
d) Colocar guarda raid en todas las curvas existentes en la Avenida Pte. Raúl Alfonsín.
Que dicho pedido fue reiterado en marzo del corriente año mediante un proyecto presentado por el bloque Participación Alternativa Solidaria con el Nro. de expediente 4695/13.
Que habiendo transcurrido más de un año de la aprobación del decreto Nro. 397/12 aún no se ha realizado ninguna de las obras solicitadas.
Que el estado de la calzada ha empeorado considerablemente favoreciendo las condiciones de siniestralidad vial
Que, sumado al pésimo estado de la calzada, la falta de iluminación aumenta las probabilidades de la concreción de delitos.
Que la zona necesita que dichas obras se realicen ya que el barrio se ha poblado completamente y el emplazamiento del Parque industrial en la intersección de Avenida Soldado Aguirre con la Avenida Pte. Raúl Alfonsín –Ruta 22 S- lleva a un caudal de tránsito pesado importante.
Que los conductores del transporte urbano de pasajeros se resisten a ingresar a la ciudad por dicha arteria, dejando sin el servicio a los barrios Cancha de Remo, Mosconi y Giglione.
Que este Cuerpo tiene el deber de solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal remita, a la brevedad, un informe sobre el estado de las gestiones ante la Dirección Provincial de Vialidad solicitada en el Decreto Nro. 397/12.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de decreto.

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, remita a este cuerpo, en un plazo no superior a los 10 (diez) días corridos contados a partir de la aprobación de este decreto, un informe sobre el estado de las gestiones realizadas ante la Dirección Provincial de Vialidad solicitadas en el Decreto Nro. 397/12




REPARACION SEMAFOROS EN SOLDADO AGUIRRE Y ROSARIO

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que se proceda a la reparación de los semáforos ubicados en Av. Soldado Aguirre y Rosario. Exp. 4995/13.
Visto
Ley nro. 2.756 artículo 39 y;
Considerando
Que los semáforos que se encuentran en la intersección de Av. Soldado Aguirre y Rosario hace semanas que no funcionan.
Que en dicha intersección funciona la Escuela Nro. 1.204 Ingeniero Enrique Mosconi por tal motivo es de significativo caudal de tránsito.
Que el funcionamiento de los mencionados semáforos es de suma importancia para regular el tránsito en la zona.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la reparación de los semáforos ubicados en Avenida Soldado Aguirre y Rosario





INTIMACION AL PROPIETARIO DE UN VEHICULO ABANDONADO EN LA VIA PUBLICA

Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Decreto, intimación al propietario del vehiculo abandonado en la vía publica. Exp. 4994/13.
VISTO:
La Ley 2756 Art. 39 Inc. 52
Ordenanza 490/89 Código de Faltas Art. 40
El reclamo de vecinos y
CONSIDERANDO:
Que vecinos han manifestado su malestar ya que en calle Simón Bolívar entre calles Cafferata y Rosario se encuentra un colectivo en estado de abandono, el cual ocupa gran parte de la calle generando un trastorno para los vecinos.
Que por el estado de abandono en que se encuentra el mismo representa un peligro para todos los vecinos de la zona, además de los riesgos que significa para la seguridad.
Que se han realizado diferentes reclamos al propietario del vehículo sin encontrar respuestas, por lo tanto es necesario que la Municipalidad proceda a realizar la intimación para su urgente remoción.
Que el Municipio debe garantizar la higiene general para toda la ciudadanía.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el   siguiente proyecto de

DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, intime al propietario del vehículo ubicado en la calle Simón Bolívar entre calles Cafferata y Rosario, para su retiro inmediato de la vía pública.
ART. 2º) De no removerse el vehículo a los 20 días hábiles de emitir la intimación, el mismo se remitirá al corralón municipal y se aplicarán las sanciones correspondientes.








PRESENTACION DECLARACIONES JURADAS DE BIENES DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES Y DEL CONCEJO DELIBERANTE

Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Ordenanza,  Presentación de Declaraciones Juradas de Bienes del Sr. Intendente, Secretarios, Subsecretarios del Dep. Ejecutivo y Concejales y Secretarios del Concejo Deliberante. Exp. 4991/13.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades n° 2.756 art. 2º, modificada por la Ley 12.065; la Ley 7.089 y su Decreto Reglamentario n° 584 y
CONSIDERANDO:
Que frente al descrédito y a la falta de confianza generalizada que afecta la vida y el desarrollo de las instituciones gubernamentales, potenciando la crisis de representatividad de quienes ocupan cargos electivos o son nombrados políticamente, resulta necesario generar mecanismos que den mayor credibilidad a la función pública y al accionar de sus actores.
Que está claramente demostrado que cuando el vecino y la vecina participan en las decisiones políticas siempre se llega a mejor puerto, y con esto, a un mayor beneficio colectivo que con decisiones tomadas de manera unilateral.
Que para lograr esa participación debemos revertir la crisis de representatividad mencionada en párrafos precedentes, brindando al vecino una mayor transparencia en el accionar de sus representantes.
Que sobre este aspecto la Ley Orgánica de Municipalidades, modificada por la Ley 12.065/2002, ha dispuesto en su art. n° 2 (última parte): "Quienes ejerzan cargos políticos electivos o sean nombrados políticamente deberán cumplimentar las normas que en el orden provincial resulten de aplicación a funcionarios públicos que ejerzan cargos electivos o políticos, en lo que refiere a declaraciones sobre antecedentes auriculares y patrimoniales ".
Que en consecuencia es necesario sancionar una ordenanza que permita fijar los mecanismos adecuados y los alcances de las obligaciones de presentar Declaraciones Juradas de Bienes en el orden municipal, para dar efectivo cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 2.756.
Que en ese sentido se deben adoptar similares criterios que los dispuestos por la Ley 7.089, que rige en el orden provincial desde 1974 y su Decreto Reglamentario n° 584, para funcionarios públicos que ejerzan cargos electivos o políticos.
Que sobre el tema rige a nivel nacional la Ley 25.188, Ley de Ética en la Función Pública, donde cita en su art. segundo como deber y pauta de comportamiento ético para los funcionarios públicos: "desempeñarse con la observancia y respeto de los principios y pautas éticas establecidas en la presente Ley: Honestidad, Probidad, Rectitud, Buena Fe y Austeridad Republicana".
Que sobre las "Declaraciones Juradas de Bienes" existe legislación provincial y nacional, pero es necesario establecer en el orden local quienes son los funcionarios obligados a presentar dichas declaraciones, el tiempo de presentación y las sanciones que le serán aplicadas a quienes no cumplan con esta obligación, el contenido de las Declaraciones Juradas y las circunstancias en que deberán darse a conocer.
Por todo lo expuesto, el concejal abajo firmantes eleva para su tratamiento el presente proyecto de

ORDENANZA
Artículo 1º.- El Intendente, los Secretarios y Subsecretarios del Departamento Ejecutivo Municipal. Los Concejales, los Secretarios y Subsecretarios del Concejo Deliberante y toda otra persona que ejerza cargos públicos nombrados políticamente, en el Municipio de Villa Gobernador Gálvez, deberá presentar Declaraciones Juradas de sus Bienes patrimoniales y los gananciales de sus cónyuges, dentro del término de los 30 días hábiles de hacerse cargo de sus funciones, renovarlas anualmente y al finalizar su función pública municipal.
Artículo 2°.- Las Declaraciones Juradas a que se refiere el art.l0, deberán ser entregadas en sobre cerrado, ante un escribano que designe el Departamento Ejecutivo Municipal, quien emitirá el recibo por cada sobre, labrará un acta dejando constancia de su recepción y guardará en deposito hasta dos años después que el funcionario haya cesado en su cargo. El Intendente Municipal, o el Presidente del Concejo Deliberante, quedan obligados a entregar copias de las Declaraciones Juradas que contienen cada uno de los sobres, a simple requerimiento de un ciudadano, en cuyo caso el escribano deberá remitirlas al Departamento Ejecutivo o Legislativo, según sea la mesa de entradas por la que se haya ingresado la solicitud, independientemente del Dpto. al que pertenezca el funcionario cuya declaración es solicitada.
Artículo 3°.- Las Declaraciones Juradas deberán contener como mínimo:
a)         Datos Personales: apellido y nombre, documento tipo y número, domicilio y estado civil
b)         Datos del cónyuge, hijos menores, personas con las que convive.
c)         Bienes inmuebles sobre los que tenga dominio exclusivo o en condominio, estimando su valor o detallando última valuación fiscal.
d)         Bienes muebles registrables, como automotores, motocicletas, embarcaciones o aeronaves, con su valor actualizado.
e)         Bienes muebles de valor significativos, como semovientes, cosechas almacenadas, joyas, objetos de arte, equipos y otros.
f)         Capitales invertidos en títulos, acciones y otros cotizables en bolsa.
g)         Capitales invertidos en explotaciones unipersonales o sociedades que no cotizan en bolsa.
h)         Dinero en efectivo, depósitos bancarios y otras entidades financieras, cajas de seguridad.
i)          Detalle de créditos hipotecarios, prendarios y personales,
j) Detalles de otras deudas.
k) Ingresos del declarante y su cónyuge, derivados del trabajo en relación de dependencia, actividad profesional, comercial, renta o beneficios previcionales.
1) Bienes del cónyuge e hijos menores.
m) El declarante deberá informar si contribuye con sus ingresos, de manera habitual o extraordinaria a la adquisición de bienes para hijos mayores de edad.
Artículo 4º.- El Intendente está obligado a difundir públicamente y remitir copia al Concejo Deliberante, de la nómina completa de funcionarios municipales de ambos departamentos, que hayan presentado la Declaración Jurada, con detalle de fecha de presentación. También deberán figurar los nombres de los funcionarios que no hayan cumplimentado dicha Declaración Jurada. La referida publicación deberá hacerse como mínimo dos veces al año.
Artículo 5°.- La falta de presentación de las Declaraciones Juradas, por parte de los funcionarios comprendidos en el art. 1º de la presente, será considerada falta grave, pudiendo el Intendente o el Concejo Deliberante, por simple pedido de un concejal, intimar fehacientemente al moroso para que la cumplimente en el termino de 10 días hábiles, bajo el apercibimiento de suspender el pago de sus retribuciones hasta que cumpla con la obligación.
Artículo 6°.- Las dudas que se puedan generar, respecto a la interpretación de los alcances de la presente ordenanza, serán resueltas por analogía a la Ley 7.089 y su Decreto Reglamentario.
Artículo 7°.- Clausura transitoria - Los funcionarios comprendidos en el art. Io, deberán presentar su Declaración Jurada dentro de los 30 días hábiles de sancionada la presente Ordenanza.
Artículo 8°.- El anexo I es parte integrante de esta Ordenanza.





Proyectos Particulares y del Dep. Ejecutivo al 13 de diciembre 2013

Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo hasta la fecha.

DEPARTAMENTO EJECUTIVO
El Departamento Ejecutivo remite veto parcial de la Ordenanza 2167/13. Exp. 4992/13.
El Departamento Ejecutivo remite proyecto de ordenanza “Fondo de Obras Menores Ley Provincial 12385- Año 2013”. Exp. 4993/13.

PARTICULARES
La Cámara de remiseros de Villa Gdor Gálvez solicita aumento en la tarifa de remis. Exp. 4998/13.








Proyectos presentados por el Bloque UCR Frente Progresista Civico y Social al 13 de diciembre 2013

Estos son los proyectos presentados por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

Proyectos presentados por el Bloque Socialista Frente Progresista Civico y Social al 13 de Diciembre 2013



Estos son los proyectos presentados por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
                 

viernes, 13 de diciembre de 2013

Continuacion Sesion Especial 12 de diciembre 2013

Esta es una síntesis de la continuación sesión especial que se realizó el 12 de Diciembre  de 2013. La misma estuvo presidida por el Presidente del Concejo Deliberante Jorge Andrés Murabito, en Secretaria Roberto Leiva.
Concejales presentes: Larrosa; Cabrol; Murabito, Maria; Martinez; Cabrera; Mangiaterra; Garavano y Dolce.  

sábado, 7 de diciembre de 2013

MESA DIRECTIVA CONCEJO DELIBERANTE

Autores del proyecto: Concejales Cabrol y Martínez.
Electos: Murabito, Jorge, Larrosa, Raúl y Murabito, María Carmen. 
Proyecto de Resolución, Mesa Directiva Concejo Deliberante. Exp. 4985/13
VISTO:
La necesidad de proceder a la designación de la Mesa Directiva, y
CONSIDERANDO:
Lo estipulado en el Reglamento Interno de este Concejo Deliberante, en sus Arts.1º y 31º, como así también la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 2756, en su Art. 35º, primer párrafo, in fine.
Por todo ello los Concejales abajo firmantes solicitan al resto del Cuerpo la aprobación del siguiente proyecto de:

RESOLUCION
ART.1º)  La Mesa Directiva de este Concejo Deliberante quedará conformada de la siguiente manera:
            Presidente:             Concejal Jorge Andrés Murabito,     D.N.I.  Nº  22.104.308
            Vicepresidente 1º: Concejal  Raúl Avelino Martínez     D.N.I.  Nº  12.955.321
            Vicepresidente 2º: Concejal  María Carmen Murabito   D.N.I. N°    6.508.092
ART.2º) Comuníquese la presente Resolución, a las Autoridades Municipales.

           



Proyecto presentado por los bloques 100% santafesino, UCR Frente Progresista Civico y Social y los ediles electos Murabito, J; Larrosa, R.; y Murabito, M.C. al 06 de diciembre 2013

Este es un proyecto presentado por los bloques 100% Santafesino, UCR Frente Progresista, Cívico y Social y los ediles electos Murabito, Jorge, Larrosa, Raúl y Murabito, María Carmen hasta la fecha.

Proyecto Particulares al 06 de diciembre 2013

Este es un proyecto presentado por Particulares hasta la fecha.

PARTICULARES

Vecinos de Barrio Ghiglione presentan diferentes problemáticas del barrio. Exp. 4984/13.