viernes, 30 de septiembre de 2011

16º Sesión Ordinaria 29 de septiembre 2011

Esta es una síntesis de la 16º sesión de carácter ordinaria que se realizó el 29 de Septiembre 2011. La misma estuvo presidida por el Presidente Concejo Deliberante Pedro Jorge Gonzalez, en Secretaria Mario Correale.
Concejales presentes:  Auge, López, Prece, Richetti, Fraccaroli, Orellana, Dolce y Monte.

jueves, 29 de septiembre de 2011

MODIFICACION ORDENANZA 1415/99 ARTICULO 91

Autor del proyecto: Concejal Dolce.

Proyecto de Ordenanza, modificación de la Ordenanza 1415/99, art. 91. Exp. 4222/11
VISTOS:
Las Ordenanzas Nº 1.669/06, 1.761/08, 630/90 y 375/88, las últimas ya derogadas, y el Código Tributario de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez Art. 91º, y
CONSIDERANDO:
Que desde el año 1.988 existe un régimen de exención del pago de la T.G.I., para jubilados y pensionados que perciben haberes mínimos, tal como lo dispusieran las ordenanza referidas en los Vistos, más allá que algunas se encuentren derogadas, y reemplazadas por otras.
Que resulta necesario actualizar en este sentido, lo dispuesto en el Código Tributario de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Ordenanza Nº 1.415/99 Art. 91º, agregando un Item “Ñ” de forma que quede contemplada la exención para jubilados y pensionados. Que asimismo resulta adecuado modificar el período de tiempo en que el municipio debe solicitar la actualización de datos que permiten constatar si existen o subsisten las condiciones que establece la normativa vigente, para cada uno de los casos previstos en el Art. 91º de la Ordenanza Nº 1.415/99, referido a la exención del pago de la T.G.I.
Por todo lo expuesto, el concejal abajo firmante, eleva al resto del cuerpo el presente proyecto de
ORDENANZA
ARTICULO Nº 1:  Agréguese a la Ordenanza Nº 1.415/99 Art. 91º (exenciones) el Ítem “Ñ” el que quedará redactado de la siguiente manera: “Los inmuebles que habitan los jubilados o pensionados que son contribuyentes de la T.G.I. o poseedores a título de dueños, o que estén obligados al pago, en calidad de inquilinos o comodatarios, siempre que reúnan las condiciones y cumplimenten los requisitos establecidos por Ordenanzas vigentes”.
ARTICULO Nº 2: Modifícase el último párrafo del Art. 91º de la Ordenanza Nº 1.415/99, el que quedará redactado de la siguiente forma: “La Municipalidad deberá cada dos (2) años, mediante notificación fehaciente, requerir la actualización de datos y la documentación que se deba acompañar, para constatar la subsistencia de las condiciones que son requisito para solicitar o mantener la exención al pago de la Tasa General de Inmuebles.
ARTICULO Nº 3: Deroguese toda norma que se oponga a la presente.




Proyecto presentado por el Bloque Frente Progresista Civico y Social al 29 de septiembre 2011

Este es un proyecto presentado por el bloque Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

PEDIDO DE AUDITORIA MUNICIPAL

Autores del proyecto: Concejales Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece.

Proyecto de Ordenanza, solicitando al Superior Gobierno de la Provincia realice una Auditoria en el ámbito del Departamento Ejecutivo. Exp. 4219/11.
VISTO:
 El proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Cuerpo Deliberante el día 26/09/11; Los Decretos Nº 279/10, 281/10, 282/10, 297/10, 296/10, 323/10, 324/10 y 331/2011 de este Concejo Deliberante; La Ley Orgánica de Municipalidades 2756 Art. 39º inc. 16, Art. 41 incs. 4 y 15, Art. 52, Art. 22, Art. 10, Art. 11. y 42º in fine; la Ley Provincial 10.047 y su decreto reglamentario; y

CONSIDERANDO:
 Que el marco en el cual el Departamento Ejecutivo Municipal realiza el pedido de autorización para contraer deuda en concepto de adelanto extraordinario de coparticipación provincial y nacional por un monto de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-) es la Ley Provincial 10.047.
Que la ley de marras contiene previsiones concretas sobre el procedimiento a desarrollar para el pedido de fondos, en este caso provinciales y nacionales, en concepto de adelantos extraordinarios, haciendo especial énfasis en mecanismos tales como auditorías tendientes a la justificación y acreditación de la situación de emergencia alegada por el Ejecutivo en su pedido.
Que este Concejo Deliberante, desde hace largo tiempo, viene extremando los recaudos legales en orden a llamar la atención del DEM (pedidos de informes e interpelaciones) sobre lo que se consideraba y considera aún hoy un irregular manejo de los fondos públicos municipales, sean éstos provenientes de fondos provinciales (Fondo para Obras Menores) o fondos nacionales (Fondo Federal Solidario).
Que la situación de emergencia alegada por el Departamento Ejecutivo Municipal no resulta sorpresiva para este Cuerpo Deliberante, ni el desenlace y estado patrimonial al que se ha arribado en el presente.
Que del análisis de los estados ejecutados 2008, 2009, 2010 y con la proyección para el 2011 surge claramente el importante y alarmante aumento del endeudamiento del Municipio. A saber:
Año 2007: Saldos Bancarios: 2.154.271,09 Deudas Exigibles: 2.855.657,96.
Año 2008: Saldos Bancarios: 4.364.625,36 Deudas Exigibles: 8.251.276,46.
Año 2009: Saldos Bancarios: 1.261.885,03 Deudas Exigibles: 14.114.634,04.
Año 2010: Saldos Bancarios: 1.678.473,40 Deudas Exigibles: 15.710.200,25.

Que los datos del endeudamiento en cuestión permiten afirmar que el endeudamiento no se soluciona con más endeudamiento sino que requiere un plan de ajustes sustentable que permitan asegurar la gobernabilidad de la próxima gestión.
Que estos datos están en conocimiento de la Secretaría de Municipios y Comunas déla Provincia de Santa Fe dado que así lo establece la Ley 2756.
Difiere sustancialmente, respecto al objeto en estudio, el conocimiento que sobre el alcance, gravedad y causas de tal crisis de financiamiento municipal que el Concejo Deliberante y el Dpto. Ejecutivo Municipal poseen sobre dicha temática, habida cuenta además de que esta Institución se vio obligada a acudir a la Justicia en procura del esclarecimiento de la entidad y dimensión de los desmanejos irregulares apuntados.
En este orden de ideas, resulta imprescindible, si del estudio de la situación surge mérito para ello y para la aprobación del pedido girado por el Departamento Ejecutivo Municipal, extremar los mecanismos de control solicitando al Gobierno de la Provincia de Santa Fe disponer una auditoría en la contabilidad municipal, con participación conjunta de este Concejo Deliberante, a fin de establecer fehacientemente las causas, grado y alcance de la crisis financiera que atraviesa el Municipio, disposición futura de ingresos futuros para hacer frente a la amortización del crédito solicitado sin que ello signifique desmedro de la atención de los servicios públicos a la que está obligado el Ente Municipal.
El sentido común y las previsiones lógicas de quien pretende ser receptor de ayuda financiera como la sub examine, requieren brindar al potencial otorgante del beneficio, las garantías que brinden previsibilidad, caución y solides patrimonial a la hora de amortizar las obligaciones devengadas a raíz del aporte extraordinario en estudio. Es público y notorio en nuestro municipio que se encuentran comprometidas rentas futuras, con el agravante del desmanejo apuntado, situación ésta que echa por tierra cualquier previsión futura en el sentido de contraer empréstitos que en el corto plazo resulten ser un gravamen irreparable para ésta y las futuras administraciones.
Que de la crisis apuntada, sobre la cual resta establecerse su magnitud, emerge como una de sus aristas más preocupantes la imposibilidad de pago de sueldos del personal municipal, con el consecuente deterioro y/o anulación de los servicios y obras públicas. Especial atención merecerá entonces, auditar y controlar la disposición y uso de los fondos previstos para atender este rubro en la auditoría a instrumentarse.
Por ello, los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de
ORDENANZA

ART. 1o: Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a través de la Secretaría que corresponda, disponga una auditoría contable en la contabilidad municipal, con participación conjunta de representantes de este Concejo Deliberante, a fin de determinar y acreditar el grado y alcance de la crisis financiera alegada por el Departamento Ejecutivo Municipal.
ART. 2°: Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe informe sobre las rendiciones de cuentas formuladas por la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez respecto a la recepción, uso y aplicación de los Fondos de obras Menores y Fondo Federal Solidario;
ART. 3o: Dispóngase el carácter de URGENTE la implementación de las previsiones del artículo precedente, con inmediata comunicación de la presente al Superior Gobierno Provincial y al Departamento Ejecutivo Municipal.
ART. 4°: Entre otros puntos y sin convertir esta enumeración como taxativa se deberán considerar:
1. Proyección de ingresos, tasas y derechos y con respecto al Drei que empresas, montos y hasta que mes han adelantado.
2. Tribunal de Faltas: cantidad de actas realizadas y su estado actual.
3. Reclamos al Municipio formulados judicialmente y/o administrativamente consignando estado de los mismos y exigibilidad.
4. Parque Regional Municipal: detalle analítico de los gastos devengados para su funcionamiento.
5. Estado de actualización del catastro.
6. De los anticipos de coparticipación del año en curso ya recibidos qué parte falta descontar tomando en cuenta las retenciones previas por leyes sociales y llegado el caso que no se saldase con la coparticipación de impuestos nacionales y provinciales qué porcentaje se vería afectado del Inmobiliario, Patentes y otros participaciones que pudieran surgir.
7. Determinación de la masa salarial de los meses restantes del año 2011 desagregándola en base a los ítems que son funcionales con las leyes 2756 y 9286 y los discrecionales del D.E.M. considerando la 2da cuota del S.A.C. 2011 y considerando también las partidas adeudadas al Concejo Deliberante. Detallar deudas pendientes por retenciones efectuadas al personal que no se encuentren debidamente depositadas a las instituciones correspondientes. Estado de la entrega de la indumentaria del personal. Acompañar conciliación bancaria. Indemnizaciones adeudadas y las que puedan surgir. Personal contratado ya sea por Dirección de Personal o Tercerización de Servicios.
8. Gastos de funcionamiento y proyección para la prestación de los servicios públicos básicos como A.R.T., Seguro Parque Automotor, Combustible, Teléfono, etc.
9. No tributarios del ejercicio que generan deuda interna como Tasa Sanitaria, F.A.E. y cumplimiento del convenio y las afectaciones cuatrimestrales determinadas por la ley, Fon.de.pro. y otros.
10. Análisis completo de las rentas especiales como F.E.M.P.I.A.S. (26/08), Fondo Municipal de Obras Públicas (25/10), F.S.S.E. (63/02), F.E.A.E. (65/09), Fondo de Repavimentación y Bacheo. Detalle de las cuentas bancarias, conciliación de todas y de cada una. Obras realizadas con los fondos mencionados y proyectos a ejecutar con los saldos pendientes. Los números de cuentas especificados en este punto corresponden al Nuevo Banco de Santa Fe.
11. Licitaciones públicas, privadas y concursos de precios vigentes. Estado de los pliegos, adjudicaciones, contratos, objetos de las obras y montos. En caso de estar adjudicadas: el contratista, el monto y estado de ejecución.
12. Inventario General de los bienes muebles e inmuebles. Detalle de cada una de las unidades del Parque Automotor y estado de funcionamiento y conservación.
13. Detalle pormenorizado de deuda a proveedores con cuadro de vencimiento.
14. Situación de deudas entre la Cooperativa Integral y la Municipalidad con sus respectivas conciliaciones de cuentas en sus 2 categorías: como contribuyente y agente de retención partir de enero de 2008.
15. Alquileres municipales: detalle de contratos, montos, deuda, estado, aplicaciones.
16. Cementerio: estado de la deuda de los panteones sociales, ventas realizadas y estados de cuentas.
17. Viáticos: Solicitante, destino e importe detallado por mes.
18. Publicidad: medios contratados, montos y eventos a los que se refiere dicha contratación, detallados en forma mensual.
19. Prescripciones: medidas adoptadas durante los últimos 3 años para interrumpir las prescripciones de los créditos municipales.
20. Fondo de Obras Menores y Fondo Federal Solidario: Conciliaciones bancarias, comprobantes respaldatorios de las transferencias recibidas y de las erogaciones realizadas (órdenes de pago), detalle de proveedores adjudicatarios, pedidos de precios o métodos utilizados (concurso de precios, licitación privada o licitación pública) por el departamento de compras con sus correspondientes órdenes de compra autorizadas. Imputaciones contables con su correspondiente registración.
ART. 5º: Los puntos sugeridos en los artículos precedentes que no se refieran a un periodo determinada, reiterando su no taxatividdad, deberán referirse a los ejercicios fiscales 2009, 2010 y 2011.



Proyecto presentado por el Bloque Justicialista Frente para la Victoria al 28 de septiembre 2011

Este es un proyecto presentado por el bloque Justicialista Frente para la Victoria  hasta la fecha.


Proyectos presentados por el Dep. Ejecutivo y particulares al 28 de septiembre 2011

Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo hasta la fecha.

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza modificación del Presupuesto General de Gastos año 2011. Exp. 4221/11.

PARTICULARES

El Sindicato de Trabajadores Municipales solicita el cambio de nombre del Dispensario Barrio Mortelari por el de “Dr. Sergio Norberto Barrile”. Exp. 4220/11.




martes, 27 de septiembre de 2011

MODIFICACION REGIMEN DE EXENCIONES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS TASA GENERAL DE INMUEBLES

Autor del proyecto: Concejal Dolce.

Proyecto de Ordenanza, modificación del Régimen de exenciones para jubilados y pensionados con respecto al pago de la T.G.I. Exp. 4218/11.

VISTO:
La Ley 2756 Art. 39 Inc. 16. Las Ordenanzas Nº 1669/06 y Nº 1761/08 y

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza 1669/06 ha dispuesto exenciones al pago de la Tasa General de inmuebles  para jubilados y pensionados respecto a la propiedad donde habitan, siempre que cumplan con las condiciones que fija dicha normativa
Que una de esas condiciones es que perciban como único ingreso hasta una vez y media el  haber mínimo jubila torio, es  decir un ingreso reducido, razón por la cual se lo exime del pago de la tasa.

Que la Ordenanza  1761/08 ha introducido modificaciones a la Ordenanza 1669/06 y hoy resulta nuevamente necesario modificar algunos aspectos   de la legislación antes mencionada, por lo que es conveniente reunir en una nueva norma la totalidad de las disposiciones  que determinan la exención del pago de la T.G.I para jubilados y pensionados.

Que tratándose de condiciones que pueden variar, ya sea por la incorporación de nuevos ingresos al grupo familiar, por cambios en la titularidad del inmueble o por fallecimiento del jubilado o pensionado, existe un interés municipal por mantener actualizado los datos del  padrón de beneficiarios de la presente exención, razón por la cual corresponde fijar un plazo máximo de dos años para dicha actualización, evitando así la acumulación de deudas para el caso de haber cesado los motivos que justificaban la exención.

 Que por otra parte resulta conveniente que sea el Municipio quien decida el momento de la actualización de los datos, lo que le permitirá disponer de los empleados e instrumentar la forma de recepción de la información, requerida para mantener la exención.

Por todo lo expuesto, el concejal abajo firmante, eleva al resto del cuerpo el presente proyecto de


ORDENANZA


Artículo 1º: Deróganse las ordenanzas 1669/06 y 1761/08 vigentes, y toda otra disposición que se  oponga a la presente.
Artículo 2º: Los jubilados y pensionados que sean contribuyentes de la Tasa General de Inmuebles, como propietarios titulares regístrales o poseedores a titulo de dueños,  o que estén obligado al pago de la misma, como inquilinos o comodatarios del inmueble en que se encuentran viviendo, podrán solicitar la exención del pago de la T.G.I. siempre que reúnan las condiciones y cumplimenten la documentación, que se requiere en la presente ordenanza.
Articulo 3': Para ser beneficiarios de la exención establecida en el Artículo anterior se deberán reunir las condiciones que se enumeran
1º-  Ser jubilado o pensionado cuyo haber mensual no supere una vez y media el haber mínimo jubilatorio vigente al momento de la solicitud.
2º- El beneficiario y su grupo familiar conviviente no deberán percibir otro ingreso.
3º- Propíetarios: Ser propietario de un único inmueble o de un único lote edificado y un lote
colindante con o sin edificación, no debiendo la superficie total exceder los 500 m2, y estar domiciliado en el inmueble objeto de la exención.
4º- Inquilinos o comodatarios. Sin ser propietario, estar obligado contractualmente al pago de la T.G.I., siempre que se trate de la casa habitación y reúna las demás establecidas en la presente.
Articulo 4º: Los jubilados y pensionados que cumplan con las condiciones establecidas en el articulo 3º  de la presente, toda vez que soliciten la exención o deban actualizar los datos del
padrón de beneficiarios, están obligados a presentar al municipio:
a) Ultimo recibo de de haberes como jubilado o pensionado (original y fotocopia}
b) Copia del titulo de propiedad o boleto de compra-venta debidamente sellado, para el caso de corresponder, copia del contrato de locación o comodato, debidamente sellado.
c) Declaración jurada detallando el grupo familiar con el que convive e ingresos de grupo
d) Constancia que acredite el lugar en que se domicilia el beneficiario de la exención del  pago de la T.G:I.
Articulo 5º: La Municipalidad deberá cada dos (2) años, y mediante notificación fehaciente dirigida al beneficiario, requerir la información que corresponda, para verificar la subsistencia y actualizar las condiciones que se requieren para la exención del pago de la Tasa General de Inmuebles. Cuando el beneficiario o sus herederos no hubieran informado los cambios de condiciones que determinan la pérdida al derecho a la exención, el Municipio podrá exigir el pago del tributo con más sus intereses, desde el momento en que se verifique la perdida de tales condiciones; para el caso de fallecimiento del beneficiario, se podrá extender la  exención al cónyuge superviviente, hijos menores o discapacitados, siempre que se mantengan el resto de las condiciones para la exención, debiendo informar al centro de tributos municipales la nueva situación.
Articulo 6º: Todo falseamiento de datos,  en virtud de los cuales se gozare indebidamente la exención al pago de la T.G.I. será considerado defraudación fiscal y sujeta a responsabilidades y penalidades que establezcan las disposiciones legales vigentes.





PRÓRROGA - VIGENCIA DEL RÉGIMEN DE PRESENTACIÓN ESPONTÁNEA

Autores del proyecto: Concejales Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece.
 
Proyecto de Ordenanza, prorrogando la vigencia del Régimen de Presentación Espontánea establecido por Ordenanza 1926/10 hasta el 30/09/2012. Exp. 4216/11.

VISTO:
Las Ordenanzas 1.861/09 y 1.926/10, y
CONSIDERANDO:
Que las mencionadas Ordenanzas establecieron un Régimen de Presentación Espontánea para regularizar y declarar mejoras terminadas por medio de la presentación de expedientes de planos de edificación.
Que dicho Régimen de Presentación Espontánea tiene un plazo de vigencia que vence el 30/09/2011.
Que el éxito obtenido durante la vigencia de este régimen demuestra la conveniencia de disponer una prórroga por un año más, en mérito a los beneficios recaudatorios que ya fueran expuestos en los Considerandos de las Ordenanzas 1.861/09 y 1.926/10.

Por todo lo expuesto, los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

ART. Io) Prorróguese la vigencia del Régimen de Presentación espontánea establecido por la Ordenanza N°1.926/10 hasta el 30/09/2012.






Proyecto presentado por el Bloque Frente Progresista Civico y Social al 27 de septiembre 2011

Este es un proyecto presentado por el bloque Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

Proyecto presentado por el Bloque Justicialista Frente para la Victoria al 26 de septiembre 2011

Este es un proyecto presentado por el bloque Justicialista Frente para la Victoria  hasta la fecha.


Proyectos presentados por el Dep. Ejecutivo y particulares al 27 de septiembre 2011

Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo hasta la fecha.

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza solicitando declaración de emergencia financiera y autorización para que el Intendente gestione un adelanto excepcional de la coparticipación de impuestos nacionales y provinciales. Exp. 4215/11.


PARTICULARES

La Fundación “Laura Cristina Ambrosio Battistel” y la “Asociación Argentina Familiares y Amigos de Victimas del Transito” presentan proyecto de Declaración solicitando la adhesión a la Campaña Nacional de Concientización Vial Estrellas Amarillas “Si a la vida” para Villa Gdor Gálvez. Exp. 4217/11.




sábado, 24 de septiembre de 2011

15º Sesión Ordinaria 22 de septiembre 2011

Esta es una síntesis de la 15º sesión de carácter ordinaria que se realizó el 22 de Septiembre 2011. La misma estuvo presidida por el Presidente Concejo Deliberante Pedro Jorge Gonzalez, en Secretaria Mario Correale.
Concejales presentes:  Auge, López, Prece, Richetti, Orellana, Dolce y Monte.
Ausente: Fraccaroli.

viernes, 23 de septiembre de 2011

INFORME SOBRE PREDIO MUNICIPAL PARA DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS

Autores de los proyectos: Concejales Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece.


Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo informe sobre Predio Municipal para disposición final de residuos. Exp. 4213/11.
VISTO:
La nota del Diario La Capital “Villa Gobernador Gálvez: en solo un mes, el basural ardió al menos 36 veces” del día 17/09/2011; El reclamo de vecinos;  El Presupuesto General de Gastos; La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 Arts. 39º Incs. 14, 52, 53, 62; 41º Inc. 24; 44º; La Ley Nº 13.055 y la Resolución Nº 128, y
CONSIDERANDO:
Que en nota del Diario La Capital Capital “Villa Gobernador Gálvez: en solo un mes, el basural ardió al menos 36 veces” del día 17/09/2011 se denuncian graves irregularidades en el Predio Municipal para disposición Final de Residuos.
Que el Presidente de la Comisión de Bomberos Voluntarios,  Oscar Previtera,  manifestó su preocupación por la cantidad de focos producidos en los últimos tiempos,  que fueron denunciados por vecinos e industrias de la zona.
Que el Secretario de Medio Ambiente provincial declaro haber enviado al municipio un subsidio de $ 60.000 para realizar mejoras en el basural.
Que el Concejo Deliberante autorizo partidas en el Presupuesto 2010 para ser  afectadas a la realización de este tipo de servicios públicos.
Que es deber del municipio erradicar los basurales, y la proyección de políticas públicas para la prevención de los mismos y la preservación del medio ambiente.
Por todo lo expuesto los Concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento el siguiente proyecto de
D E C R E T O

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda y en el plazo de 7 días informe:
a)      Estado de cuentas del FONDEPRO en relación a lo que corresponde a Bomberos Voluntarios.
b)      El destino dado al subsidio de $ 60.000.- enviado por el Gobierno Provincial para realizar obras de mejoras en el basural,  con sus respectivos comprobantes.
c)       Políticas tomadas por el municipio para paliar la problemática descripta en los Considerandos.






INFORME SOBRE CHATARRA MUNICIPAL

Autores de los proyectos: Concejales Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece.

Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo informe sobre la chatarra que se encuentra en el predio municipal de Sold. Aguirre y San Lorenzo. Exp. 4212/11.
VISTO:
 Las fotos que se adjuntan donde se muestra chatarra municipal. La Ley Orgánica de Municipalidades  Nº 2756; y

CONSIDERANDO:
Que en el predio municipal sito en Soldado Aguirre y San Lorenzo existe chatarra que solo puede salir del patrimonio municipal a través de una subasta pública.
Que a la fecha de la presentación de este proyecto ya se ha retirado del predio gran cantidad de chatarra sin conocerse su destino.
Que actualmente se están realizando movimientos con contenedores para sacar lo que queda de chatarra.
Que es deber del municipio el cuidado de sus bienes municipales y el respeto de las leyes que rigen su funcionamiento.
Por todo lo expuesto los Concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento el siguiente proyecto de
D E C R E T O
ART. 1º: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda y en el plazo de 3 días informe detalladamente la cantidad de chatarra que se encuentra en el predio municipal de Soldado Aguirre y San Lorenzo y el destino de la que ha sido retirada del lugar con la respectiva documentación respaldatoria.







Proyecto presentado por Sala de Presidencia al 22 de septiembre 2011

Este es un proyecto presentado por la Sala de Presidencia a la fecha.

Proyectos presentados por el Bloque Justicialista Frente para la Victoria al 21 de septiembre 2011

Estos son los proyectos presentados por el bloque Justicialista Frente para la Victoria  hasta la fecha.
 

miércoles, 21 de septiembre de 2011

Proyecto presentado por el Dep. Ejecutivo al 20 de septiembre 2011

Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo hasta la fecha.

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo eleva modelo de contrato de cesion de uso del Parque Regional Sur para su tratamiento. Exp. 4211/11.






INTERES MUNICIPAL TRANSFERENCIA AL MUNICIPIO ESPACIO FERROVIARIO, ZONA ESTACION VILLA DIEGO – LINEA MITRE

Autores del proyecto: Concejales Dolce, Orellana y Monte.

Proyecto de Declaración, declarando de Interés Municipal la transferencia al Municipio de un espacio ferroviario, zona Estación Villa Diego – Línea Mitre. Exp. 4210/11.
VISTO:
La Ley 2756, Art. 39 Inc. 34; El Código Urbano Municipal Ord. N° 1144/95; La Ley Nacional 24.146 Art. Io, y

CONSIDERANDO:
Que la Estación "Villa Diego" del ferrocarril -Línea Mitre-, ha estado integrada al paisaje urbano de Villa Gdor. Gálvez, desde el momento de inicio de las actividades ferroviarias, es decir desde el año 1910 hasta nuestros días, de manera que los vecinos siempre han circulado por sus instalaciones sin mayores impedimentos; prueba de ello es que en el ano 1986, mediante un convenio con las autoridades de Ferrocarriles Argentinos, comenzó a funcionar en la antigua sala de esperas de la estación, el Museo Municipal de la Ciudad, ocupando dichas instalaciones en forma ininterrumpida hasta el 24 de Noviembre de 2010, fecha en que fuera desalojado.
Que frente al edificio de la Estación, existe un amplio espacio sin utilizar, que permite acceder a ella; el que podríamos describir como un polígono formado por 80 mts. (Aproximadamente), con frente a Av. San Martín en su lado Sud-Oeste, e igual medida en su contrafrente, y 100 mts. (aproximadamente) en sus lados Nor­ueste y Sud-Este, lindando el primero con calle Sarmiento y el último con las vías del ferrocarril, dichas vías se encuentra separadas por un cerco que brinda seguridad, pero no interrumpe la continuidad visual, posibilitando la integración de la Estación con el resto del paisaje, como lo hemos descripto más arriba.
Que el poder visualizar las instalaciones ferroviarias sin obstáculos que lo impidan, cobra mayor significado si se tiene en cuenta los lazos afectivos que mantiene la población con el ferrocarril, ya que la mayoría de las familias radicadas en de la zona hunden sus raíces en la labor ferroviaria, tal como lo sintetiza nuestro Escudo Municipal.
Que además existe una apropiación de hecho del referido espacio, por parte de los vecinos, que lo utilizan diariamente para acortar camino e incluso girar con sus vehículos ya que es posible acceder desde allí a calle Sarmiento para retomar Av. San Martín en sentido contrario, práctica que ha inspirado algunos proyectos que se encuentran en el Concejo Deliberante, para resolver el problema vial que generan la convergencia de Av. San Martín, Av. Mitre y las vías del ferrocarril, en especial en el momento en que la circulación se ve interrumpida por el paso de un tren.
Que en definitiva, y más allá que el espacio forma parte de un sector concesionado a la Empresa Nuevo Central Argentino S.A., en los hechos siempre ha formado parte del paisaje urbano y ha sido utilizado como un espacio público, razón por la cual vemos con mucha preocupación que en los últimos días la empresa ha comenzado a levantar un muro perimetral, con el que se pretende modificar el uso público que de hecho le ha dado la ciudad, desde siempre.
Que además el efecto visual es realmente desagradable, impactando en una de las zonas más importantes de la ciudad, por tratarse del centro comercial y ser Av. San Martín unas de las arterias de mayor flujo como paso obligado hacia otras localidades.
Que además es preocupación de este Concejo Deliberante, los posibles usos que pudiera darle el concesionario en el futuro inmediato, ya que próximo al espacio en cuestión, existe un galpón destinado originalmente a depósito, donde se encuentra operando actualmente una empresa metalúrgica, cuya expansión no debería ser autorizada por estar ubicada en el centro urbano de la ciudad, zona en que el Código Urbano de Villa Gdor. Gálvez- Ordenanza N° 1144/95- no autoriza este tipo de Industrias.
Que por otra parte la referida Ordenanza en su Capítulo VII- ítem 7.2 Usos Generales- Distrito "ZP (Zona Ferroviaria) sólo autoriza los usos "Para Tal Fin". Que aún cuando la empresa destine ese espacio para uso ferroviario, podría generar inconvenientes, tal como ya existen con la instalación de tanques de combustible dispuesta por otra de las empresas concesionarias, al otro lado de las vías y a pocos metros de Av. San Martín, con el riesgo de explosión que presumimos podría existir, y en la que el municipio no tiene posibilidades de ejercer controles, no obstante de encontrarse en el sector de mayor densidad poblacional de la ciudad.
Que la idea de transferir el referido lote al municipio de Villa Gdor Gálvez, ha sido parte de conversaciones mantenidas entre la administración Municipal y la empresa concesionaria, con lo que se podría dar solución a un nudo vial conflictivo y parquizar el espacio restante, agregando además belleza al lugar.
Que por otra parte el predio que se propone recuperar es de una superficie poco significativa si la relacionamos con los más de 300.000 m2 que dispone la concesionaria en la zona de Estación Villa Diego, aunque su ubicación resulta estratégica para la ciudad. Es por esto , sorprendente ,que en tiempos en que, la Empresa Nuevo Central Argentino SA. ha cedido en otras ciudades predios para nuevos desarrollos urbanos entre los que se encuentran, espacios verdes, habítacionales y comerciales. En la ciudad de Villa Gob. Gálvez, se pretenda cercar y acotar lugares que son aprovechados por los vecinos /as anteriores a la concesión de dicha empresa.
Que en tiempos donde se trata de acercar y comprometer, con las diferentes problemáticas ,a los estamentos que forman parte de una sociedad : Empresas , asociaciones Intermedias .entidades comerciales y gremiales, etc. , a travez de la responsabilidad social empresaría todas ellas en conjunto con el estado, resulta opuesto la decisión unilateral, de cerrar un espacio, abierto hasta hoy, al uso publico
Que existen ademas, proyectos que proponen el traslado de la playa de maniobras y la consiguiente apertura de grandes espacios ferroviarios al uso público, planteados en el marco del" Plan Circunvalar".
Que es opinión de este Concejo Deliberante, que se deben suspender las obras de cierre del espacio antes descripto, debiendo permanecer abierto al uso de los ciudadanos, e iniciar gestiones ante las autoridades que correspondan, para que sea transferido al Municipio de Villa Gdor. Gálvez para su aprovechamiento como espacio público, apelando para ello a lo dispuesto en el Art. 1° de la ley 24.146 en cuya primer parte dice: "El Poder Ejecutivo Nacional deberá disponer la transferencia a título gratuito a favor de provincias, Municipios y Comunas, los bienes inmuebles innecesarios para el cumplimiento de sus fines o gestión de la Administración pública nacional, sus empresas o entes descentralizados o de otro ente donde el Estado nacional tenga participación total o mayoritaria de capital o en la formación de las decisiones societarias...".
Que es preocupación de los vecinos y de este cuerpo legislativo el cierre de este espacio librado hasta hoy al uso público, razón por la cual los concejales abajo firmantes elevamos al resto del cuerpo el presente proyecto de

DECLARACIÓN

Artículo 1°: declarase de INTERÉS MUNICIPAL, la trasferencia al Municipio de Villa Gdor. Gálvez, de un espacio ferroviario,- zona Estación Villa Diego- línea Mitre- actualmente incluido en la concesión a favor de la empresa Nuevo Central Argentino SA. el que se describe como: un polígono que forman 50 mts. (Aproximadamente) con frente a Av. San Martín en su lado Sud-Oeste, e igual medida en su contrafrente, y 100mts. (aproximadamente) en sus lados Nor-Oeste y Sud-Este respectivamente, lindando el primero con calle Sarmiento y el último con vías del ferrocarril; la que se funda en razones de interés público.
Artículo 2°: Dése conocimiento de la presente a la Secretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de planificación Federal de la Nación, A la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y a la Honorable Cámara de Senadores de la Nación.







GESTIONES PARA SUSPENDER LAS OBRAS DE CIERRE DEL ESPACIO ENTRE LAS VIAS DEL FERROCARRIL Y AV. SAN MARTIN

Autores del proyecto: Concejales Dolce, Orellana y Monte.

Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo realice gestiones ante Secretaria de Transporte de la Nación y la Empresa Nuevo Central Argentino para suspender las obras de cierre del espacio entre vías del ferrocarril y Av. San Martín. Exp. 4209/11.
VISTO:
La Ley N° 2.756, Art. 39 Inc. 34, La Ley N" 24.146, y

CONSIDERANDO:
Que la empresa Nuevo Central Argentino S.A. , como concesionario dispone de los inmuebles ferroviarios existentes en la zona denominada estación Villa Diego, y frente a la decisión de construir un muro en el espacio que se extiende delante del edificio de la estación , entre las vías del ferrocarril y calle Sarmiento , con frente a Av. San Martín ; este Concejo entiende que deben arbitrarse las medidas necesarias para suspender el avance de las obras y gestionar ante las autoridades nacionales, la trasferencia al municipio de este sector del área concesionada.
Que lo expresado precedentemente precedentemente se fundamente en el hecho que el espacio referido ha permanecido abierto al paso de los vecinos, desde el momento en que comenzara a funcionar el ferrocarril razón por la función de espacio públicos, integrado visualmente. El edificio de la estación Villa Diego al paisaje urbano.
Que el cierre de dicho sector ha generado la reacción del vecino y la preocupación de este concejo, ya que además de cercenar la apropiación hecha por los vecinos, podría dar origen a conflictos relacionados usos no autorizados por el código urbano que podría darle el concesionario; en el futuro.
Que por otra parte la estación Villa diego guarda una relación con la historia de Villa Gobernador Gálvez, que ha crecido al pulso del desarrollo del ferrocarril, razón por la cual resulta adecuado declararlo patrimonio histórico de la ciudad y para ello se deberán dar los pasos que requiere tal declaración.
Por todo lo expuesto los concejales firmantes elevan al resto del cuerpo para su aprobación el presente proyecto de:

DECRETO

Art. 1Q El concejo deliberante se dirige al departamento Ejecutivo para que por el área que corresponda arbitre medidas para suspender las obras de cierre del espacio comprendido entre las vías del ferrocarril, Av. San Martín, calle Sarmiento y una línea imaginaria que se extiende próxima al edificio de la estación Villa Diego, entre las vías y calle Sarmiento.
Art. 2Q El dto. Ejecutivo municipal deberá iniciar gestiones ante las autoridades de la Secretaria de Trasporte de la Nación, o ante quienes corresponda, para solicitar le sea trasferido al municipio de Villa Gdor Gálvez, el lote descripto en el articulo 1°.
Art. 32 El departamento Ejecutivo Municipal dispondrá un equipo de trabajo que realice los estudios para fundamentar la declaración del edificio de la estación Villa Diego, y declararlo como patrimonio histórico de la ciudad.







INTERES MUNICIPAL TRATAMIENTO EXP. 3001-S-10 DEL SENADO DE LA NACION; DONACION DE LOS TERRENOS UTILIZADOS POR RADIO NACIONAL AL MUNICIPIO DE VILLA GDOR GALVEZ

Autores del proyecto: Concejales Dolce y Orellana.

Proyecto de Declaración, declarase de Interés Municipal el tratamiento y aprobación del Exp. 3001-S-10 del Honorable Senado de la Nación. Exp. 4207/11.
VISTO:
La Ley 2756, Art. 39. La Ordenanza NS 1947/10, el Proyecto de Ley del Senador Nacional Ing. Rubén Giustiniani (expediente 3001-S-10 del Senado de la Nación) y

CONSIDERANDO:
Que el día 8 de septiembre del año 2010, ingresó al Senado de la Nación un Proyecto de Ley que tiene como fin la cesión a Título Gratuito, del terreno y edificio de Radio Nacional (Sección 8 - Manzana 11 - Lote C, Sección 8 - Manzana 15 - Lote A), ubicado entre las calles San Martín, San Diego, Roque Sáenz Peña, Víctor Hugo y Gral. López de nuestra ciudad.
Que vecinos de la zona manifestaron su preocupación por posibles usurpaciones en los terrenos y por el desuso de dicho espacio el que podría utilizarse con fines recreativos y culturales para el barrio y la ciudad.
Que la falta de mantenimiento del terreno provoca que se generen grandes pastizales y que sea un lugar propicio para el ocultamiento de delincuentes que puedan atentar contra la seguridad del lugar.
Que los fundamentos del Proyecto de Ley antes mencionada, rezan de manera acertada que "El Municipio como la estructura de Estado más cercana al ciudadano, es sin lugar a dudas, el estamento apropiado para transformar un predio abandonado y de alto riesgo para la sociedad, en un nuevo espacio para la recreación, la cultura y el deporte para los vecinos de Villa Gobernador Gálvez."
Por todo lo expuesto, se eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de

DECLARACIÓN

Art. 1º - Declárese de Interés Municipal el tratamiento y aprobación del expediente 3001-S-10, del Honorable Senado de la Nación que tiene como fin la donación a título gratuito al Municipio de Villa G Gálvez, por parte del Estado Nacional, de los terrenos e instalaciones ubicados en la Sección 8 - Manzana 11 - Lote C, y Sección 8 - Manzana 15 - Lote A, utilizados por Radio Nacional; destacando que los mismos serán utilizados exclusivamente con fines Deportivos, Educativos, Recreativos y Culturales y para el aseguramiento de la continuidad de la red vial.







Proyectos presentados por el Bloque Frente Progresista Civico y Social al 20 de septiembre 2011

Estos son los proyectos presentados por el bloque Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

Proyectos presentados por el Dep. Ejecutivo al 19 de septiembre 2011

Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo hasta la fecha.

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo eleva Proyecto de Ordenanza modificación al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos año 2011. Exp. 4208/11.

El Departamento Ejecutivo remite Resolución 240/11 que se adjunta al Exp. 4202/11.





domingo, 4 de septiembre de 2011

14º Sesión Ordinaria 01 de Septiembre 2011

Esta es una síntesis de la 14º sesión de carácter ordinaria que se realizó el 01 de Septiembre 2011. La misma estuvo presidida por el Presidente Concejo Deliberante Pedro Jorge Gonzalez, en Secretaria Mario Correale.
Concejales presentes:  Auge, López, Prece, Fraccaroli, Orellana, Dolce y Monte.
Ausente: Richetti.

jueves, 1 de septiembre de 2011

Proyectos presentados por el Dep. Ejecutivo al 01 de Septiembre de 2011

Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo hasta la fecha.

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo eleva Proyecto de Ordenanza convenio de comodato entre la Municipalidad de Villa Gdor. Gálvez y el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente. Exp. 4204/11.

El Departamento Ejecutivo eleva Proyecto de Ordenanza autorizando a aplicar lo establecido por la Ley 13189/11 de la Provincia de Santa Fe. Exp. 4205/11.

El Departamento Ejecutivo eleva Proyecto de Ordenanza para dejar sin efecto Ordenanza Nº 1900/10. Exp. 4206/11.