jueves, 31 de julio de 2014

miércoles, 30 de julio de 2014

MEJORADO EN CALLE 17 DE OCTUBRE DESDE CTE ESPORA HASTA FORNIELES

Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa y Jorge Murabito.
Proyecto de Decreto, para realizar el mejorado con motoniveladora en calle 17 de octubre desde Cte Espora hasta Fornieles. Exp. 5263/14.
Visto:
Ley Orgánica
Reclamo de los vecinos
Considerando:
Que la calle 17 de Octubre, entre las intersecciones Comandante Espora y Fornieles; se encuentra en un estado de intransitabilidad, tanto para los vecinos como para los vehículos que pasan por la zona.
Que en los días de lluvia, la calle queda anegada perjudicando el paso.
Que esta situación imposibilita a los servicios públicos y  ambulancias, a acercarse al lugar.
Que es menester para mejorar la calidad de vida de los vecinos, que se realicen obras de nivelación en la zona.
Por tales motivos los concejales abajo firmantes elevan el siguiente proyecto;


DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaría que corresponda; proceda a realizar el mejorado con motoniveladora en la calle 17 de Octubre, desde Comandante Espora hasta calle Fournieles.






OBRAS DE BACHEO EN CALLE PARANA ENTRE PJE MATHEU Y J.D. PERON

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
 Proyecto de Decreto, para que se realicen obras de bacheo en calle Paraná entre Pasaje Matheu y Juan D. Perón. Exp. 5262/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades, artículo nro. 39 inciso 30; El estado de la calzada y; Considerando
Que la calle Paraná a la altura del 400 al 500 entre Pje. Matheu y Av. Juan D. Perón se encuentra en condiciones de intransitabilidad.
Que los baches ocupan gran parte de la calzada.
Que en la zona transita una gran cantidad de personas debido a la cercanía de la escuela Nro. 100, la comisaría 25 y la plaza Lisandro de la Torre.
Que la mencionada arteria ha tenido un mejorado que, con el tiempo y el tránsito, se ha deteriorado.
Que en los baches se acumula agua y barro, los cuales tardan días en secarse.
Que esta situación aumenta el riesgo de siniestralidad debido a la intención de los conductores de esquivarlos, agravándose aún más para los motociclistas y ciclistas ya que la calzada se torna resbaladiza.
Que también los peatones se encuentran en desventaja ante esta circunstancia porque al intentar cruzar la calle, con el barro que se acumula sobre la calzada
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a sus ciudadanos.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:


DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de bacheo en calle Paraná a la altura del 400 y 500, entre Pje. Matheu y Av. Juan D. Perón. 




Proyecto presentado por el Bloque 100% Santafesino Frente Renovador al 30 de julio 2014

Este es un proyecto presentado por el bloque 100% Santafesino Frente Renovador.

Proyecto presentado por el Bloque UCR Frente Progresista Civico y Social al 30 de julio 2014

Este es un proyecto presentado por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social.

martes, 29 de julio de 2014

INTERES MUNICIPAL LA PERMANENCIA DE GENDARMERIA NACIONAL Y DEMAS FUERZAS DE SEGURIDAD EN NUESTRA CIUDAD

Autores del proyecto: Concejales Dolce y María C. Murabito.
Proyecto de Declaración, declarando de Interés Municipal la permanencia de Gendarmería Nacional y demás fuerzas de Seguridad en la ciudad de Villa Gdor Gálvez. Exp. 5261/14.
VISTO:
La Ley 2756,
La Ordenanza 2176/14 "Declaración de Emergencia Seguridad Publica",
El Proyecto de Comunicación del Senador Nacional Ing. Rubén Giustiniani (Expediente 2287-S-14 del Senado de la Nación), y
CONSIDERANDO QUE:
En Febrero del presente año, luego de hacerse oír la ciudadanía de Villa Gobernador Gálvez con su continuo reclamo por seguridad en los barrios y pidiendo por la fuerte presencia del Estado frente al narcotráfico y el crimen organizado, este Concejo declaró la Emergencia en Seguridad Pública, solicitando además una serie de medidas al Departamento Ejecutivo Municipal que involucraban su trabajo en conjunto con los Estados Provincial y Nacional.
Como resultado, en Abril fueron enviadas las Fuerzas de Seguridad Nacional a nuestra ciudad y adernás, Gobierno Provincial desplegó diferentes tipos de intervenciones en los barrios. Por su parte, el Estado Municipal Incrementó los controles de tránsito junto a Gendarmería y la Policía de la Provincia con la intención de llevar tranquilidad a las vecinas y vecinos bajando notablemente la tasa de delitos que alarmaban a la población.
A pesar de estas medidas tomadas, de la buena articulación entre los distintos poderes y del despliegue de las Fuerzas de Seguridad en la ciudad, entendemos que el proceso de adecuación del Estado para esta lucha que intenta dar contra el narcotráfico y el delito en todas sus formas, se encuentra en una etapa inicial y requiere de todo el apoyo que pueda prestarse en el corto y mediano plazo.
Aun no habiéndose implementado la Policía de Proximidad, que se encuentra en proceso de formación, aguardando la concreción de las gestiones que hagan efectiva la instalación de un Centro Territorial de Denuncias y encontrándose la ciudad en estado de Emergencia con respecto a la Seguridad Pública, este Concejo considera de vital importancia la permanencia de las Fuerzas de Seguridad Nacionales hasta tanto los niveles de inseguridad.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:

DECLARACIÓN
ART. 1º) El Concejo Deliberante declara de su interés la permanencia de Gendarmería Nacional y demás Fuerzas de Seguridad Nacional en la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez,
ART. 2º) Declárese de Interés Municipal el tratamiento y aprobación del expediente 2287-5-14 del Honorable Senado de la Nación que tienen como fin solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Seguridad, que mantenga el despliegue de las Fuerzas de Gendarmería Nacional y demás fuerzas de seguridad nacional en la Provincia de Santa Fe.
ART. 3º) Se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que gestione frente a quién corresponda el pedido de continuidad de la presencia de las Fuerzas de Seguridad Nacional en la ciudad, con el objeto de asistir a garantizar la convivencia, la paz, tranquilidad y conservación de los bienes de sus habitantes.







concejodeliberantevgg.blogspot.com           

PERSONA DISTINGUIDA JOSE R. AGNELLO

Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa y Jorge Murabito.
Proyecto de Declaración, Declarando “Persona distinguida” al Señor Jose R. Agnello. Exp. 5260/14.
Visto:
Ley Orgánica
Servicio a la comunidad brindada por el ciudadano.
Considerando:
Que José Rosario Agnello, es ciudadano de la ciudad de V. Gdor. Gálvez.
Que ha sido el precursor en el nacimiento del Rotary Club de la ciudad, el  26 de junio de 1958.Ademas de ser uno de los rotarios más jóvenes del país, debido a su edad de veintidós años. Y siendo dos veces presidente del mismo.
Que junto con un grupo de jóvenes de la ciudad creo la Agrupación Mutual y Cultural “Manuel Belgrano” que contaba con una biblioteca popular de más de 15.000 volúmenes y era visitada por más de cien lectores diarios, la mayoría estudiantes y sigue siendo la primera y única de la ciudad, se erige  como uno de sus patrimonios educativos y culturales de mayor relieve.
Que fue participe de la  creación de La Caja de Créditos, al finalizar la década de 1950, ante la falta de entidades bancarias o crediticias, una  idea de conformar un Caja de Ahorros y Préstamos por el sistema cooperativo. Y aquí Rotary puso en práctica la metodología que emplearía en todos los emprendimientos,
Que junto con otras instituciones de bien público y contactos personales con funcionarios del gobierno provincial, gestionó y obtuvo la primera canalización del Arroyo Saladillo.
Que como miembro del club propuso junto a  varios socios la creación de un Cuerpo de Bomberos Voluntarios en la ciudad.
Que siguiendo sus palabras “Si bien todo esto es pasado, es historia, es el ayer, justo es recordar con sentida gratitud a todos los hombres y mujeres que dieron lo mejor de sí para que nosotros podamos disfrutar el fruto de sus trabajos, esto nos obliga a pensar que hoy nosotros deberíamos hacer lo mismo para que mañana nuestros hijos y nietos puedan vivir en un mundo mejor con armonía y paz”.
Por todo lo expuesto, los concejales abajo firmantes elevan el siguiente proyecto;


DECLARACION
Art. 1- El Concejo Deliberantes de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, declara, en uso de sus facultades, “Personalidad Distinguida” al señor José Rosario Agnello. Por su trabajo activo en el servicio a la comunidad y su participación ciudadana.






REPUDIA LOS HECHOS DE VANDALISMO Y ROBO EN LA ESCUELA N° 364 “SOLDADO AGUIRRE”

Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.
Proyecto de Declaración, repudiando los hechos de vandalismo y robo en la Escuela N° 364 “Soldado Aguirre”. Exp. 5259/14.
VISTO:
Los hechos ocurrido en la Escuela N°364 "Soldado Aguirre", y;
CONSIDERANDO:
Que el día lunes 28 de julio, tras el fin de semana, las autoridades y personal de la Escuela N°364 "Soldado Aguirre" al ingresar al establecimiento educativo ubicado en calle Rosario y Bordabehere de Villa Gobernador Gálvez encontraron violentadas las puertas de ingreso y ventanas del edificio.
Que también encontraron faltantes de mobiliario como sillas, estufas, ventiladores de techo y la destrucción de instalaciones en salones escolares y en el baño para discapacitados, así como también roturas en las instalaciones eléctricas de la planta alta.
Que debido a los hechos ocurridos durante el fin de semana, la institución se vio impedida de dictar clases el día lunes.
Que se realizó la denuncia pertinente en la Comisaría N°26 correspondiente a la jurisdicción y la intervención de la Fiscalía en turno.
Por todo ello, los concejales del Partido Justicialista Frente Para La Victoria, solicitan al resto del cuerpo la aprobación del presente
Proyecto de DECLARACION
ARTICULO 1: El Concejo Municipal de Villa Gobernador Gálvez, repudia enérgicamente, los hechos de vandalismo y robo ocurridos en el interior de la Escuela N° 364 "Soldado Aguirre" ubicada en calle Rosario y Bordabehere.
ARTICULO 2: Este cuerpo expresa su solidaridad con las autoridades de la institución, sus docentes y miembros de la comunidad educativa.

                                                     


SOLICITAR AL ENRESS TOMA DE MUESTRAS Y MEDICION DE NIVEL DE AGUA

Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.
Proyecto de Decreto, Se gestione ante el ENRESS toma de muestras y medición de nivel de agua en todo el ejido urbano de la ciudad. Exp. 5258/14.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, Art. 39 inc. 14, 52 y 62, La Ordenanza 2185/14 "Estado de emergencia por falta de agua potable", La Ley Provincial N° 11.220 Anexo A,
El Contrato de Vinculación Transitoria (Decretos N° 1358/07 y 2624/09) entre Aguas Santafesina S.A. (sociedad creada por Ley N° 12.516 y Decreto N° 193/06) y el Gobierno de la Provincia  Anexo 1.2.2 - Pautas Complementarias) prorrogado por el DECRETO N° 2332/12,
El Código Alimentario Argentino Capitulo XII,
El Informe realizado por la Gerencia de Control de Calidad titulado del ENRESS 2014.
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que el Municipio de Villa Gobernador Gálvez se encuentra en Estado de Emergencia por falta de agua potable, mediante ordenanza sancionada por este cuerpo, en virtud de las falencias e ineficiencia del servicio público de agua potable que debe prestar la Empresa Aguas Santafesinas S.A.
Que este cuerpo en innumerables oportunidades y mediante diversas resoluciones, decretos y minutas de comunicación ha materializado el reclamo de los vecinos y organizaciones no gubernamentales de toda la ciudad ante la falta de presión y los problemas de salud generados por el consumo de agua por debajo de los niveles de calidad exigidos.
Que debido a las condiciones actuales en la prestación del servicio, es necesaria la asistencia mediante sistema de cubas cotidianamente, que se ven duplicadas en su cantidad en periodo estival.

Que existe una reducción sistemática de la facturación a los usuarios por resolución del Ente Regulador de Servicios Sanitarios ante la falta de prestación del servicio en los parámetros exigidos, generando hasta notas de crédito a los usuarios para devolver los periodos abonados sin prestación de servicio.
Que esta situación se debe a la falta de presión requerida en el servicio para poder abastecer a los hogares, en distintos barrios de la ciudad, incluyendo instituciones como escuelas, dispensarios, centros comunitarios, comisarías y clubes infantiles.
Que según datos del Informe realizado por la Gerencia de Control de Calidad del ENRESS existen 1200 conexiones que cuentan con medidor, convirtiéndose esto en otra negligencia de la Empresa, ya que los usuarios deberían abonar por consumo, que tampoco es permitido debido a la falta de presión.
Que la falta de presión en el servicio ha incentivado la realización de perforaciones para poder acceder al agua, desconociendo él estado de la misma y siendo un peligro para la salud humana.
Que los usuarios según las Normas Aplicables para la prestación del servicio tienen derecho a recibir agua potable de acuerdo a la presión y a los parámetros de calidad establecidos por las mismas, en cantidad suficiente y de manera continua y regular durante las veinticuatro (24) horas de todos los días del año, sin interrupciones debidas a deficiencias en el sistema, algo que en la actualidad no ocurre.
Que se puede solicitar y obtener la verificación gratuita del buen funcionamiento de los medidores de agua cuando existan dudas fundadas y razonables sobre las lecturas de consumo efectuadas.
Que es derecho de los usuarios recibir la inspección gratuita de las conexiones por parte de la empresa prestadora, en los casos de baja presión o insuficiente caudal de agua potable. Y en caso que fuese necesario, el usuario tiene derecho a ser abastecido con cisternas de agua, excepción que en la actualidad se ha vuelto una constante.
Por todo ello, los concejales del Partido Justicialista Frente Para La Victoria, solicitan al resto del cuerpo la aprobación del presente

PROYECTO DE DECRETO
ARTICULO 1: El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez solicita al Departamento Ejecutivo Municipal realizar las gestiones pertinentes ante el Ente Regulador de Servicios Sanitarios de la Provincia de Santa Fe, para la realización de tomas de muestras de calidad de agua y la medición de niveles de presión de agua potable en todo el ejido urbano de la Ciudad.
ARTICULO 2: Remítanse los resultados de las pruebas exigidas en el artículo anterior a este Concejo Deliberante.



INTERES MUNICIPAL CREACION FONDO DE INFRAESTRUCTURA PARA AGUA Y SANEAMIENTO

Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.
Proyecto de Declaración, Declarando de Interés Municipal la creación del Fondo de Infraestructura para agua y saneamiento. Exp. 5257/14.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, Art. 39, La Ordenanza N° 1.947/10,
La Ordenanza 2185/14 "Estado de emergencia por falta de agua potable",
El Exp. 28414/13 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe referido al
Fondo de infraestructura Provincial para Agua y Saneamiento, y
CONSIDERANDO:
Que el 27 de noviembre del 2013, ingresó a la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe el Proyecto de Ley que tiene como fin crear en el ámbito de la Provincia de Santa Fe el Fondo de Infraestructura para Agua y Saneamiento.
Que dicho proyecto tiene como finalidad la afectación especifica del 1% del cálculo de recursos para la Administración Central en el Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos de la Provincia de Santa Fe, correspondiente al año anterior, para su ejecución y asignación durante cada ejercicio a una cuenta especial destinada a los fines de la realización de obras de infraestructura para agua y saneamiento.
Que dicho Fondo solo podrá ser asignado para: construcción de nuevos sistemas de agua potable, ampliación, mantenimiento o refacción de los existentes y planes de mejora y desarrollo de redes de agua potable y desagües cloacales.
Que dicho Fondo tiene como finalidad asegurar la cobertura del área servida en agua potable y asegurar la cobertura en un 100% de desagües cloacales en un plazo de 15 años desde su reglamentación.
Que el Fondo se adapta a las necesidades particulares de Villa Gobernador Gálvez. en virtud de la metodología establecida para la asignación de dichos recursos teniendo en cuenta la cantidad de habitantes por localidad y el déficit de cobertura de agua potable y desagües cloacales.
Que es indispensable garantizar un derecho humano universal como el acceso al agua potable y su saneamiento para toda la población.
Que en nuestra provincia y especialmente en nuestra ciudad un gran número de ciudadanos ven vulnerado este derecho cotidianamente por no poder acceder en forma segura y saludable al agua.
Que el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, tras años de paralización en la ejecución de obras y sin contar con un plan de metas y objetivos de inversión en infraestructura para Villa Gobernador Gálvez, es indispensable avanzar en instrumentos de desarrollo que nos permitan acercarnos a una solución definitiva.
Por todo ello, los concejales del Partido Justicialista Frente Para La Victoria, solicitan al resto del cuerpo la aprobación del presente

PROYECTO DE DECLARACION
ARTICULO 1: El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez declara de Interés Municipal el tratamiento y aprobación del Expediente N° 28414/13 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe que tiene como finalidad la creación del Fondo de Infraestructura para Agua y Saneamiento.
ARTICULO 2: Elévense copias de la presente declaración a las Cámaras de Diputados y de Senadores de la Provincia de Santa Fe.



INTERES MUNICIPAL EL 76 ANIVERSARIO DE GENDARMERIA NACIONAL

Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.

Proyecto de Declaración, Declarando de Interés Municipal el 76 aniversario de la Gendarmería Nacional. Exp. 5256/14.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, art. 39 inc. 14, 52 y 62, Ley N,° 19349 - Ley de Gendarmería Nacional, Ley de SEGURIDAD INTERIOR N° 24.059, La ley de Defensa Nacional N° 23.554/88, La conmemoración el día 28 de julio del 76 aniversario de la creación de Gendarmería Nacional Argentina, y
CONSIDERANDO:
Que durante la presidencia del Dr. Roberto M Ortiz, Gendarmería Nacional Argentina fue creada el 28 de julio del año,1938 por el Congreso Nacional, debido a una verdadera necesidad pública, destinada a consolidar el límite internacional y garantizar la seguridad de colonos y pobladores en regiones alejadas del país; comenzando a asentarse en los ''territorios nacionales" como resguardo fronterizo.
Que dadas las particularidades del territorio donde debía cumplir la misión y el carácter de ésta, determinaron que la Fuerza naciera como un Cuerpo con organización, formación militar y férrea disciplina, circunstancia que a la fecha se mantiene.
Que en la génesis de su creación y en el espíritu que los legisladores imprimieron en el proyecto que luego fue promulgado como Ley N° 12.367 se reza: "contribuir decididamente a mantener la identidad nacional en áreas limítrofes, a preservar el territorio nacional y la intangibilidad del limite internacional".
Que su personal fue sujeto a un régimen disciplinario, con estructura, capacitación, doctrina militar y formación jurídica que le permitiera cumplir funciones policiales en tiempo de paz, y en tiempos de guerra integrar el componente terrestre militar: caso concreto, fue su participación en la Guerra de Malvinas en el año 1982.
Que en la actualidad la institución se encuentra enmarcada dentro de la Ley Orgánica N° 19.349 que regula su organización, misión, funciones, jurisdicción, competencias y régimen legal de su personal.
Que la misma depende del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos humanos, integrando el Sistema de Seguridad Interior previsto en la Ley N º 24.059 e integra el Sistema de Defensa Nacional conforme a lo normado en la Ley Nº 23.554.
Que su misión en el ámbito de Seguridad Interior es satisfacer las necesidades del estado nacional en materia de policía de seguridad y policía de prevención y represión de infracciones a leyes y decretos especiales;
Que en materia de Defensa Nacional debe ejecutar el control y vigilancia de fronteras, la custodia de objetivos estratégicos, y cumplir otras funciones emergentes de la misma lev de defensa nacional,
Que aporta a la Política Exterior de la Nación participando en misiones de paz y seguridad de las Naciones Unidas y custodiando personas y bienes del estado nacional en el exterior.
Que hoy tenemos efectivos de la Gendarmería Nacional en 102 pasos fronterizos distribuidos en 9.376 kilómetros de fronteras, cuidando un total de 10.029 kilómetros de rutas y autopistas, formando parte del Cuerpo de Prevención Barrial, de los operativos Centinela, Cinturón Sur. Vigía. Escudo Norte y Rosario, combatiendo el narcotráfico y la trata de personas.
Que en la actualidad contamos en nuestra ciudad con 250 efectivos y 30 vehículos de Gendarmería Nacional que residen en el Club Sportivo Municipal y en el Polideportivo de la Cooperativa Integral velando por la seguridad de los habitantes de nuestra ciudad y de ciudades vecinas.
Por todo ello, los concejales del Partido Justicialista Frente Para La Victoria, solicitan al resto del cuerpo la aprobación del presente:

                                              PROYECTO DE DECLARACION
ARTÍCULO 1: El Concejo Municipal en función de sus atribuciones declara de Interés Municipal la conmemoración de los 76 años de la creación de la Gendarmería Nacional Argentina que se celebran el 28 de julio del corriente año.






Proyecto presentado por los bloques Socialista FPCyS y Part. Vecinal Independiente al 29 de julio 2014

Este es un proyecto presentado por los bloques Socialista Frente Progresista, Cívico y Social y Partido Vecinal Independiente.
                 

Proyecto presentado por el Bloque 100% Santafesino Frente Renovador al 29 de julio 2014

Este es un proyecto presentado por el bloque 100% Santafesino Frente Renovador.

Proyectos presentados por el Bloque Justicialista Frente para la Victoria al 29 de julio 2014

Estos son los proyectos presentados por el bloque Justicialista Frente para la Victoria.

DISTINTOS TRABAJOS DE OBRAS PUBLICAS EN LA ZONA CATASTRAL Nº 12

Autor del proyecto: Concejal Martínez. 
Proyecto de Decreto, se realicen distintos trabajos de obras publica en la zona catastral N° 12. Exp. 5254/14.
Visto
Ley  Nro. 2.756 artículo 39;
Decreto Nro. 614/14 Situación de los terrenos ubicados en la ochava sudeste de calles Monte Flores y Suipacha;
Minuta de Comunicación Nro. 1.721/10 Trabajos de obras públicas en calle Suipacha al 1.700;
Minuta de Comunicación Nro. 1.582/08 Vecinal Alto Verde Triángulo solicita iluminación y seguridad para la zona;
Situación de las personas que habitan en la zona catastral Nro. 12 y;
Considerando
Que los vecinos de la zona catastral nro. 12 reclaman se realicen obras de zanjeo, mejorado y estabilizado de calles, contenedores de residuos, extensión de la red de agua o la instalación de una bomba de agua, luminarias y la posibilidad de contar con medidores comunitarios de energía eléctrica.
Que en los terrenos ubicados en calle Suipacha entre Buenos Aires e Iriondo se encuentran asentamientos irregulares que carecen de los servicios mínimos habitacionales.
Que las personas que han ocupado dichos terrenos manifiestan su voluntad de adquirir los terrenos.
Que hasta tanto puedan regularizar su situación es necesario que se realicen las obras de zanjeo para permitir el drenaje pluvial y evitar así que las viviendas se inunden.
Que las calles se han abierto en forma precaria, por lo tanto, se hace necesario que se realicen las obras de mejorado y estabilizado.
Que, a su vez, solicitan la extensión de la red de agua o, en su defecto, la instalación de una bomba que suministre este bien.
Que las calles de este barrio en formación carecen de luminarias siendo que las mismas son de gran importancia debido a que la oscuridad aumenta la inseguridad.
Que estos vecinos se comprometen a abonar en tiempo y forma el suministro de energía eléctrica por lo cual solicitan la instalación de medidores comunitarios que les permita salir de la ilegalidad y el riesgo que acarrea las conexiones clandestinas.
Que también requieren se les provea de, al menos, un contenedor de residuos domiciliarios para evitar la proliferación de los microbasurales a cielo abierto y con ello, imposibilitar las probabilidades de contraer enfermedades producto de la falta de higiene, desinfección y propagación de distintas alimañas que se ven favorecidas por las mencionadas condiciones.
Que en la zona viven personas que no tienen las necesidades básicas satisfechas, lo que las obliga a recurrir a distintas instituciones estatales para conseguir alimentos, principalmente, leche para los niños.
Que, en la actualidad, el estado no provee la leche para estos niños argumentando que se han registrado diferentes robos a los proveedores siendo este el motivo por el cual se ha suspendido la provisión.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal debe atender a las necesidades de los ciudadanos villagalvences.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a evacuar los terrenos y evitar su ingreso a las viviendas, en la zona catastral Nro. 2.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la secretaria que corresponda, proceda a la realización de los trabajos de nivelado y mejorado en las calles de este barrio en formación.
 Artículo 3.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, se instale un contenedor de residuos domiciliarios.
Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones pertinentes para la colocación de medidores comunitarios de consumo de energía eléctrica en los domicilios de la zona catastral Nro. 12.
 Artículo 5.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones pertinentes para la extensión de la red de agua potable o, en su defecto, la instalación de una bomba comunitaria.
Artículo 6.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal, un informe sobre la suspensión del abastecimiento de leche a los niños del barrio Alto Verde Triangulo.









OBRAS DE BACHEO EN LA ZONA CATASTRAL NRO. 5.

Autor del proyecto: Concejal Martínez. 
Proyecto de Decreto, Obras de bacheo en la zona catastral N° 5. Exp. 5253/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades, artículo nro. 39 inciso 30;
Minuta de Comunicación Nro. 1.770/10;
Minuta de Comunicación Nro. 1.713/09 Reparación bache ubicado en Chile y 20 de Junio;
Decreto Nro. 555/13 Reparación del bache ubicado en la intersección de J.M. Estrada y Jujuy;
Decreto Nro. 609/14 Se dé cumplimiento al Decreto N° 555/13;
Expediente Nro. 5.242 aprobado en la sesión ordinaria del día 24/07/14 y;
Considerando
Que en las calles comprendidas dentro de la zona catastral nro. 5 se encuentran baches de diferentes dimensiones siendo algunos de tamaño considerable.
Que atravesarlos puede provocar daños materiales a los  vehículos aumentando el riesgo de siniestralidad vial.
Que la intención de esquivarlos puede ocasionar hechos desafortunados poniendo en riesgo la integridad física de las personas que circulan por la zona.
Que dicha situación se agrava durante los días de lluvia por el pavimento roto, aumentando el riesgo de los peatones a la hora de cruzar la calzada debido a que  los baches se llenan de agua haciendo dificultoso calcular la profundidad de los mismos.
Que los motovehículos y bicicletas corren el mismo riesgo que los peatones agravándose por la velocidad superior que desarrollan.
Que los baches de mayor importancia se encuentran en la intersección de las calles Jujuy y Estrada –el cual ya ha sido objeto de decretos anteriores-, Chile al 2200 casi intersección con calle Estrada, Chile casi Comandante Espora y esta ultima en su intersección con calle Saavedra.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de bacheo en las arterias ubicadas dentro de la zona catastral Nro. 5 priorizando los ubicados en:
ü                  Chile casi intersección con Estrada
ü                  Chile casi intersección con calle Comandante Espora
ü                  Comandante Espora y Saavedra.




RELEVAMIENTO DE LAS ESPECIES ARBOREAS CON INMINENTE PELIGRO DE CAIDA

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito. 
Proyecto de Decreto, se proceda a realizar un relevamiento de aquella especies arborea que por su deterioro presenten peligro de inminente caida. Exp. 5252/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº2756
El estado de deterioro que presentan determinadas especies arbóreas, dispuestas en diferentes sectores de la ciudad; y
CONSIDERANDO:
            Que se pueden ver tanto en diferentes espacios verdes como en la vía pública, determinados ejemplares de árboles que por su estado, tamaño y edad, presentan un inminente riesgo de caída. Situación que se puede acelerar, ante la presencia de tormentas o fuertes vientos.
            Que por la ubicación de las especies, ya sea sobre veredas, plazas o boulevares; se tornan una amenaza para los peatones y para los vehículos que transitan por el lugar.
            Que a simple vista, se presentan múltiples situaciones, como: ahuecamiento de las base o de ramas de gran magnitud, procesos de desecado de algunas zonas o ramas, presencia de hongos y demás características, que manifiestan un avanzado estado de deterioro de estos árboles.
            Que la Municipalidad cuenta con un vivero propio ,que facilita la inmediata reposición de aquellas especies que ineludiblemente, necesiten ser removidas por presentar, un peligro inminente de caída.
Por todo lo expuesto anteriormente el Bloque Partido Vecinal Independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;


                                                                   DECRETO:
Artículo 1º)Se solicita al Departamento Ejecutivo, para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a  realizar un relevamiento en toda la ciudad, de aquellas especies arbóreas que por su condición de deterioro, ahuecamiento o descomposición, presenten un peligro inminente de caída.
Artículo 2º)Según los resultados de dicho relevamiento, se realicen tareas de escamonda o, si fuese necesario, realizar los trámites correspondientes para la remoción de la especie y su inmediata reposición.
Artículo 3º) En caso de que estas tareas no puedan realizarse de manera simultánea, se solicita que se disponga de un vallado que inhabilite la zona de peligro, para el paso peatonal, hasta tanto se resuelva la dificultad.











AUTORIZAR AL DEP. EJECUTIVO A IMPLEMENTAR SISTEMA DE VALLADO DE CONTENCION EN LAS VEREDAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito. 
Proyecto de Decreto, autorizar al Dep. Ejecutivo a la implementacion del Sitema de vallado de contencion para ser emplazados en las vereda de los establecimientos escolares. Exp. 5251/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
La necesidad contar con mayores herramientas que tiendan a proteger y asegurar el ordenado egreso de los niños a la salida de los colegios; y
CONSIDERANDO:
            Que es deber del Poder Ejecutivo Municipal velar por la calidad de vida de su sus habitantes.-
            Que unas de las herramientas más utilizadas para evitar el contacto directo de los niños hacia la calle, son las vallas de contención, que se ubican frente al perímetro que abarca la entrada a los establecimientos escolares, en el límite entre la vereda y la calzada. -
            Que según datos proporcionados por la Agencia provincial de Seguridad vial , la implementación de los sistemas de vallado de contención, colocados frente a los colegios, han demostrado una disminución de accidentes de tránsito que involucran a niños y vehículos.-
            Que en la actualidad, no todas las escuelas de la ciudad cuentan con dicho sistema, por lo que resulta necesario, que el estado municipal se aboque a la tarea de garantizar vallados de contención en todos los establecimientos escolares.-

DECRETO
Artículo 1º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del trabajo coordinado de las Secretarías que correspondan, lleven adelante las gestiones necesarias para que, a la brevedad, se garantice la fabricación y colocación de sistemas de vallado de contención, a ser emplazados en las veredas de los establecimientos escolares de la ciudad que todavía no cuenten con dicha herramienta de protección para sus alumnos.-
Artículo 2º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, a recibir donaciones de Instituciones Empresariales y celebrar convenios de colaboración y participación provinciales y/o nacionales.-






REPARACION Y MANTENIMIENTO LISANDRO DE LA TORRE ENTRE SAN MARTIN Y TUCUMAN

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.
Proyecto de Decreto, reparación y mantenimiento de calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y Tucumán. Exp. 5250/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, Art. 39º, Incs. 14, 24, 29,62, Art. 41º,  Incs. 24 y 26, Art. 44º.-
El estado de la capa asfáltica de calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y calle Tucumán, el reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y
CONSIDERANDO:
Que sobre la calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y calle Tucumán la calzada se encuentra totalmente destruida por la formación de un bache de dimensiones importantes obstaculizando el tránsito y provocando peligro para los vehículos, motos y bicicletas que transitan por ella.
Que en el bache se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad del mismo.
Que los vehículos al pasar obligadamente pisan los baches con agua servida salpicando a los vecinos que caminan por las veredas y a las casas de los mismos.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.
Por todo lo expuesto anteriormente el Bloque Partido Vecinal Independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de ;

                                                                DECRETO:
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la reparación y mantenimiento de calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y calle Tucumán.-








INFORME SOBRE GESTIONES ANTE GOBIERNOS PROVINCIAL Y/O NACIONAL PARA LA CONSTRUCCION DEL INST. SUP. TERCIARIO N° 24

 Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.
Proyecto de Decreto, se informe sobre la gestiones ante los gobiernos provincial y/o nacional por la construcción del Inst.. Sup. Terciario N° 24 “Heroes de Malvinas”. Exp. 5249/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
Expte. 5105/14
Ordenanza 2197/14
CONSIDERANDO:
Que en el mes de Mayo del año 2014 este cuerpo deliberativo aprobó por unanimidad la Ordenanza 2197/14 derogando la Ordenanza 1897/09, y estableciendo la cesión a título gratuito  el terreno para la construcción del Instituto Superior Terciario Nº24 “Héroes de Malvinas”.-
Que resulta de gran importancia conocer por parte de este cuerpo deliberativo las siguientes operaciones, procedimientos y acciones que el Poder Ejecutivo Municipal se encuentre gestionando y/o tramitando ante autoridades provinciales y/o nacionales que efectivicen la concreción de la construcción del Único Instituto Superior Terciario de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.-
Que es sumamente fundamental reducir los tiempos de construcción y /o edificación del establecimiento que actualmente cuenta con más de 1100 alumnos de nuestra ciudad y localidades aledañas, quienes realizan sus actividades en condiciones precarias y deficientes que alteran el normal curso de aprendizaje.-
Que es deber del Poder Ejecutivo Municipal promulgar las ordenanza sancionadas por el Concejo y proveer a su ejecución por medio de los empleados a sus órdenes, dictando las disposiciones reglamentarias del caso. -
            Que el artículo 41º de la Ley 2756 establece la obligación del municipio a suministrar verbalmente, o por escrito, por sí o por medio de los secretarios, los informes que le pueda requerir el Concejo. -
            Que  la educación es un derecho humano fundamental, por lo tanto para su realización se requiere de la garantía y responsabilidad del estado, de la sociedad y de la familia.-
Por todo lo expuesto anteriormente, el Bloque Partido Vecinal Independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;

                                                                        DECRETO:
Artículo 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, en un tiempo no mayor a 20 días de haber aprobado el siguiente decreto, eleve a este cuerpo un informe sobre el estado, procedimientos, operaciones y acciones que se realizaron hasta la fecha, ante el gobierno Provincial y/o Nacional que efectivicen la concreción de la construcción del Instituto Superior Terciario Nº 24 “Héroes de Malvinas”, sobre el terreno citado en la Ordenanza 2197/14.-