viernes, 5 de diciembre de 2014

33 Sesion Ordinaria 04 de diciembre 2014

Esta es una síntesis de la 33º sesión de carácter ordinaria que se realizó el 04 de Diciembre de 2014. La misma estuvo presidida por el Vice Presidente 1º del Concejo Deliberante Raúl Martinez, en Secretaria Facundo Iván Sarria.
Concejales presentes: Cabrol, Cabrera, Mangiaterra, Garavano y Leiva. Ausentes: Murabito, Larrosa y Dolce.

Proyecto Particulares al 05 de diciembre 2014

Este es un proyecto presentado por Particulares.
                                                     
PARTICULARES

La Asociación Civil E.M.A. presenta proyecto de ordenanza para la creación del Fondo Municipal para el Financiamiento de la Sanidad Animal. Exp. 5432/14.





miércoles, 3 de diciembre de 2014

Proyecto del Departamento Ejecutivo al 03 de diciembre 2014

Este es un proyecto presentado por el Departamento Ejecutivo.


DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo eleva copia expte 46261/14, caratulado  “L.I.F.A. CAT. 2007 – Evento 06/12/14 y 08/12/14 – Parque Regional y fotocopia modelo contrato. Exp. 5431/14.




martes, 2 de diciembre de 2014

URGENTE REGLAMENTACION E IMPLEMENTACION DE LA LEY PROVINCIAL 13.328

Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa y Jorge Murabito.
Proyecto de Decreto, Para la urgente Reglamentación e Implementación de la Ley Provincial Nº 13.328. Exp. 5430/14.
Visto: La ley provincial de Diagnóstico precoz, tratamiento, integración, inclusión social, y protección integral de personas con trastornos del espectro autista (T.E.A) y/o trastornos generalizados del desarrollo (T.G.D) Nº 13.328 sancionada el 30 de noviembre de 2012, y su falta de reglamentación por parte del Gobierno de la Provincia de Santa Fe y;
Considerando:
            Que, se considera persona con (TEA) y/o TGD al conjunto de patologías que se caracterizan por alteraciones generalizadas en diversas áreas del desarrollo del individuo, principalmente en tres dimensiones: la interacción social, la comunicación y la presencia de intereses y actividades estereotipadas, que generan predominio de conductas repetitivas, e impiden y/o dificultan seriamente el proceso de entrada de un niño en el lenguaje, la comunicación y el vínculo social.-
            Que, el autismo se manifiesta antes de los tres años de edad, es una discapacidad permanente que altera la capacidad de comunicación, relación e imaginación y se caracteriza por deficiencias de interacción social.-
            Que, según el índice de prevalencia de la Organización Mundial de la Salud, informada por la Psiquiatra infantil Alexia Ratazzi (referencia nacional e internacional en la materia) en la provincia de Santa Fe podría haber aproximadamente 32 mil niños con dichos trastornos.-
            Que los chicos con TGD -a los que les resulta muy difícil llegar a valerse alguna vez por sí mismos- no sólo necesitan acompañantes terapéuticos sino un sistema educativo y sanitario que les ofrezca contención especial.-
            Que hay muchos papás que dependen para el tratamiento de su hijo solo de la obra social y si ésta no contempla todos los aspectos de su rehabilitación no lo pueden hacer porque los costos son altísimos. La detección precoz y el tratamiento a la temprana edad mejoran la calidad de vida y el mejor desenvolvimiento y autonomía de los chicos.-
            Que, la provincia de Santa Fe cuenta con una ley que regula la problemática (Nº 13.328), pero que lamentablemente HASTA EL DÍA DE LA FECHA NO HA SIDO REGLAMENTADA POR EL PODER EJECUTIVO, y teniendo en cuenta que esta situación va en desmedro de muchas familias, es que considero que con urgencia el Gobernador debe darle aplicabilidad a esta norma de tanta importancia.-
            Que, sin dudas el objetivo fundamental de la ley es garantizar el derecho a la protección integral de la salud, educación e integración social plena de todas aquellas personas con Trastorno de Espectro Autista (TEA) y/o Trastornos Generalizados del Desarrollo que impidan o dificulten su interacción con el medio social.-
            Que, dicha norma garantiza la protección integral e inclusión plena, en las áreas educativas, recreativas y sanitarias.-
            Que, la finalidad de esta ley no es otro que brindar instrumentos para poder disponer de modelos accesibles de diagnóstico precoz y a los correspondientes tratamientos tanto a nivel sanitario como educativo, ya que la norma les reconoce derechos y la integración social plena. La normativa tiene como eje la integralidad como forma de contemplar todos los aspectos que hacen a la temática; no sólo una educación inclusiva para los niños y una cobertura en salud que posibilite el acceso igualitario a los diversos tratamientos y abordaje. Esta herramienta  legal también brinda la posibilidad de que los niños realicen sus actividades recreativas a la par que el resto de los chicos, de manera de iniciar el camino de la inclusión, el camino de la visualización y que puedan ser incluidos en ese mundo que muchas veces se les niega con la posibilidad de insertarse laboralmente.-
            Que, pasaron 17 meses desde la promulgación de la norma de Diagnóstico Precoz, Tratamiento, Integración, Inclusión Social y Protección de Personas con Trastornos del Espectro Autista y/o Trastornos Generalizados del Desarrollo. A pesar de que se envió el proyecto de reglamentación de la Ley 13.328 al Poder Ejecutivo, el gobierno se niega a tomar la decisión política que permita la aplicación de la iniciativa en el territorio provincial.-
            Que, como consecuencia, mamás y papás de los distintos grupos que representan a personas con TEA y TGD hicieron visibles las dificultades que deben atravesar en las escuelas, en clubes, en instituciones de recreación artística y en el ámbito de la salud, donde sus chicos todavía no cuentan con la atención que la Ley prevé.-
            Que, por eso, volvieron a alzar su voz en Jornadas Solidarias con otras instituciones de salud, donde participaron activamente de mesas de trabajo y talleres elaborando herramientas que permitan lograr un llamado de atención más a los encargados de reconocer los derechos obtenidos.
-
            Que, todas las familias que se ven afectadas reclaman que se reglamente la ley, la cual apunta a la detección precoz y a la inclusión y protección de la familia para acompañar al niño autista.-
            Que, sin dudas la provincia de Santa Fe cuenta con una ley provincial que en su marco teórico es excelente, pero que no sirve de nada si no la llevamos a la práctica, quedando en una letra muerta que en nada beneficia a tantas familias y a tantos niños que cada día deben darle batalla a problemática en su salud.-
            Que, lamentablemente los derechos de las personas con TEA Y TGD siguen sin cumplirse en la provincia de Santa Fe.-

DECRETO
Art.1: Solicitar al Sr. Gobernador de la Provincia de Santa Fe Dr. Antonio Bonfatti la URGENTE reglamentación E IMPLEMENTACION  de la ley provincial Nº 13.328 sobre Diagnóstico precoz, tratamiento, integración, inclusión social, y protección integral de personas con trastornos del espectro autista (T.E.A) y/o trastornos generalizados del desarrollo (T.G.D) sancionada el día 30 de noviembre de 2012, y que no ha sido reglamentada para su aplicabilidad.-
Art.2: Enviar copia de la presente al Ministro de Salud de la Provincia de Santa Fe, Dr. Mario Drissun .





INTERES DEPORTIVO 1º ENCUENTRO PROGRAMA PARA EL DESARROLLO INFANTIL EN TAEKWONDO

Autor del proyecto: Concejal Leiva. 
Proyecto de Declaración, Declarando de Interés Deportivo el 1º Encuentro del programa para el desarrollo infantil en Taekwondo. Exp. 5429/14.
VISTO:
La realización del 1º Encuentro del Programa para el Desarrollo Infantil en Taekwondo.
La Ley Orgánica de Municipalidades nº 2756;
La ordenanza 1947/10 Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones
CONSIDERANDO
Que el día 7 de Diciembre del corriente año, se llevará a cabo en la Escuela Part. Inc. "Cooperación", el Io Encuentro del Programa para el Desarrollo Infantil en Taekwondo, el cual se trata de enseñar a los niños desde 3 a 7 años a través del juego logrando que aprendan técnicas, posturas, habilidades y destrezas. Los niños comienzan a adquirir y desarrollar equilibrio, fortaleza y demás tratando de quitar de lado la parte competitiva para evitar la frustración.
Que en esta jornada se realizaran los juegos que están sujetos a cambios y adaptaciones y con los juegos elegidos se pretenden resaltar las habilidades individuales de cada niño participante. Así, tenemos unos que precisan de velocidad, fuerza, resistencia, reacción, etc. Todos los equipos recibirán un reconocimiento en premio para cada uno de sus integrantes (medallas, trofeos, diplomas, remeras, bolsos).
Que el deporte es un factor de inclusión fundamental para el desarrollo integral y saludable de los/las niños, niñas y adolescentes establecido así por la Convención Internacional de los Derechos del niño.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de :

DECLARACION
ART. 1º- El Concejo Deliberante declara de Interés Deportivo el 1º Encuentro del Programa para el Desarrollo Infantil en Taekwondo, que se realizará el día 7 de Diciembre del año 2014, en la Escuela Part. Inc. "Cooperación".







INTERES DEPORTIVO 1º ENCUENTRO PATIN ARTISTICO “GLAMOUR SOBRE RUEDAS”

Autor del proyecto: Concejal Leiva. 
Proyecto de Declaración, Declarando de Interés Deportivo el 1º Encuentro Patín Artístico “Glamour sobre ruedas”. Exp. 5428/14.
VISTO:
La ley Orgánica de Municipalidades ng 2756,
La Ordenanza nº 1947/10 Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones,
La Realización de la Presentación del 1? Encuentro de Patín Artístico organizado por el GRUPO "Glamour sobre Ruedas";
CONSIDERANDO
Que desde principios de este año un grupo de padres y madres de un sector humilde de la ciudad preocupados porque sus hijas realizaran una actividad física/artística formaron un grupo de PATIN que entrena semanalmente en las instalaciones del Club Sarmiento de nuestra ciudad sumando día a día más integrantes terminando el año con cerca de 70 participantes.
Que a lo largo de todo el año y con el objetivo de juntar fondos para hacer frente a los diferentes gastos que esta actividad demanda han realizado almuerzos y sorteos pero aun asi siguen requiriendo el apoyo de comercios y empresario de la ciudad.
Que el deporte es un factor de inclusión fundamental para el desarrollo integral y saludable de los/las niños, niñas y adolescentes establecido así por la Convención Internacional de los Derechos del niño.
Que el día 13 de Diciembre del corriente año, se llevará a cabo el 1º Certamen de Patín Artístico organizado por el GRUPO "Glamour sobre ruedas" en las instalaciones del GIMNASIO de la Escuela Particular Incorporado Cooperación nº 8235.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de :
DECLARACION
Art. 1º- El Concejo Deliberante declara de Interés Deportivo la presentación oficial del 1º encuentro de Patín Artístico "Glamour sobre Ruedas", que se llevará a cabo el día 13 de Diciembre en las instalaciones del gimnasio de la Escuela Particular Incorporado Cooperación Nro. 8235.





Proyecto presentado por el Bloque 100% Santafesino Frente Renovador al 02 de diciembre 2014

Este es un proyecto presentado por el bloque 100% Santafesino Frente Renovador.

Proyectos presentados por el Bloque Partido Vecinal Independiente al 02 de diciembre 2014

Estos son los proyectos presentados por el bloque Partido Vecinal Independiente.

Proyectos del Departamento Ejecutivo al 02 de diciembre 2014

Estos son los proyectos presentados por el Departamento Ejecutivo.


DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo eleva modificaciones a Contrato  de Locación (Inmueble API) (Aprobado por Decreto 670/14). Exp. 5425/14.

El Departamento Ejecutivo eleva Proyecto de Ordenanza nuevo modelo de contrato locación vivienda familiar Xiomara Villar. Exp. 5426/14.

El Departamento Ejecutivo eleva Proyecto de Ordenanza “Modificación proyecto Repavimentación Av. Mitre”. Ord. 2032/12. Exp. 5427/14.

El Departamento Ejecutivo remite contestación Decreto 660/14.

El Departamento Ejecutivo remite contestación Decreto 668/14 (Cámaras de seguridad de Villa Gdor. Gálvez).





lunes, 1 de diciembre de 2014

SE ESTUDIE LA PELIGROSIDAD HACIA LAS PERSONAS Y BIENES MATERIALES DEL ARBOL UBICADO EN VICTORIA 2392

Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa y Jorge Murabito.
Proyecto de Decreto, Se estudie la peligrosidad hacia las personas y bienes materiales del árbol ubicado en calle Victoria 2392. Exp. 5424/14.
VISTO:
            La ley 2756 artículo 39 incisos 52 y 62
            Los reclamos de los vecinos de Avenida Leandro N. Alem y Pasaje Victoria
CONSIDERANDO:
Que  existe un árbol de gran tamaño en la esquina de Pasaje Victoria  2392 esquina Avenida Leandro N. Alem.  
Que los  días de lluvia y  viento, caen  ramas sobres las casas siendo esto un problema para las familias del lugar.
Que los vecinos solicitan la poda de dicho árbol, ya que con los fuertes vientos  los días de lluvia corren peligro sus casas.
Que dicho ejemplar presenta un inminente riesgo de caída. Situación que se puede acelerar, ante la presencia de tormentas o fuertes vientos.
           Que por su ubicación, se torna una amenaza para los peatones y para los vehículos que transitan por el lugar.
            Que por el tamaño de sus raíces provoca la rotura de los caños de agua que  atraviesan las veredas del lugar.
            Que el municipio es responsable de la obra pública en la ciudad y siendo así  sería apropiado tener una respuesta inmediata para que los moradores de esa cuadra solucionen sus problemas rápidamente.
            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:


DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar trabajos de relevamiento sobre la peligrosidad que representa para la integridad física de las personas y de los bienes materiales del lugar, el árbol ubicado en Pasaje Victoria 2392 esquina Avenida Leandro N Alem.
ART. 2º) Según los resultados de dicho relevamiento, se realicen tareas de escamonda o, si fuese necesario, realizar los trámites correspondientes para la remoción de la especie y su inmediata reposición.
ART. 3º) Se otorga para las tareas solicitadas un plazo de 5 (cinco) días hábiles de sancionado el presente decreto.




INFORME VIVIENDA UBICADA EN INTERSECCION CALLES INT. ANDREU Y LIBERTAD

Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano. 
Proyecto de Decreto, Informe sobre vivienda ubicada en la intersección de la calles Int. Andreu y Libertad. (Sección3, manzana 32). Exp. 5423/14.
Visto:
La Ley Orgánica de Municipios y Comunas N° 2756,
El Código Civil Argentino Art. N° 2342, Inc. 3,
El Código Municipal de Faltas,
El reclamo verbal de los vecinos donde comentan que la propiedad se encuentra en estado de abandono, y
Considerando:
Que en la intersección de calles Int. Andreu y Libertad, Sección 3, manzana 32 se encuentra una vivienda particular en estado de abandono donde se observa el ingreso y egreso de personas desconocidas.
Que en este inmueble se generan micro basurales que contribuyen a la formación de focos infecciosos donde profileran alimañas poniendo en riesgo la salubridad de los vecinos.
Que los vecinos manifiestan que el humo, olores y ruidos molestos que provienen de dicha vivienda hacen imposible el desarrollo normal del día a día.
Que los propietarios de inmuebles tienen obligaciones que nacen de la convivencia, buena fe, la costumbre y las relaciones de vecindad.
Que según el Código Civil Argentino en su Art. N° 2342, Inc. 3, son bienes privados del estado general o de los estados particulares: "Los bienes vacantes o mostrencos, y los de las personas que mueren sin tener herederos, según las disposiciones de este Código".
Que el Art. 39 Inc. 14 de la Ley 2756 faculta al Concejo Municipal a dictar ordenanzas sobre higiene, moralidad, ornato, vialidad y sobre los demás objetos propios a la institución municipal y el inc. 62 a adoptar en general, todas las medidas que tiendan a asegurar la salud y el bienestar de la población.
Que es atribución del Intendente Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de la población (Art. 41 Inc. 24 Ley 2756) pudiendo utilizar las herramientas legales atribuidas por el Inc. 7 del Art. 41 de la Ley 2756.
Por todo lo expuesto los concejales del Bloque Justicialista - Frente para la Victoria, elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de

DECRETO
Artículo 1º: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda proceda a informar titular, situación tributaria y deuda adquirida del inmueble ubicado en la intersección de calles Int. Andreu y Libertad, Sección 3, manzana 32.




                                                     


Zona de los archivos 

INFORME TERRENO BALDIO INTERSECCION CALLES BUENOS AIRES Y LEVALLE

Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano. 
Proyecto de Decreto, Informe sobre terreno baldío ubicado en la intersección de las calles Buenos Aires y Levalle (Sección 10, manzana 21). Exp. 5422/14.
Visto:
La Ley Orgánica de Municipios y Comunas N° 2756,
El Código Civil Argentino,
El Código Municipal de Faltas,
El reclamo verbal de vecinos de la zona, y
Considerando:
Que en la intersección de calles Buenos Aires y Levalle, Sección 10, manzana 21 se encuentra ubicado un terreno baldio donde predominan pastizales, insectos y animales sueltos. I
Que a diario se generan hechos de inseguridad debido a que malvivientes se ocultan en el terreno acechando a peatones y vecinos.
Que los vecinos, cansados de realizar reclamos a los propietarios, recurren a este cuerpo representativo en busca de una solución definitiva que hasta el momento no han podido encontrar.
Que los propietarios de inmuebles tienen obligaciones que nacen de la convivencia, buena fe, la costumbre y las relaciones de vecindad.
Que según el Código Civil Argentino en su Art. N° 2342, Inc. 3, son bienes privados del estado general o de los estados particulares: "Los bienes vacantes o mostrencos, y los de las personas que mueren sin tener herederos, según las disposiciones de este Código".
Que el Art. 39 Inc. 14 de la Ley 2756 faculta al Concejo Municipal a dictar ordenanzas sobre higiene, moralidad, ornato, vialidad y sobre los demás objetos propios a la institución municipal y el. inc. 62 a adoptar en general, todas las medidas que tiendan a asegurar la salud y el bienestar de la población.
Que es atribución del Intendente Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de la población (Art. 41 Inc. 24 Ley 2756) pudiendo utilizar las herramientas legales atribuidas por el Inc. 7 del Art. 41 de la Ley 2756.
Por todo lo expuesto los concejales del Bloque Justicialista - Frente para la Victoria, elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de

DECRETO
Artículo 1º: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda proceda a informar titular/es, situación tributaria y deuda adquirida del terreno baldío ubicado en la intersección de calles Buenos Aires y Levalle, Sección 10, manzana 21.



                                              

Zona de los archivos 

INTERES CULTURAL 90 ANIVERSARIO “SOCIEDAD RECREATIVA E INSTRUCTIVA VILLA DIEGO”

Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Declaración,  Declarando de Interés Cultural el 90 Aniversario de la fundación de la “Sociedad Recreativa e Instructiva Villa Diego”. Exp. 5421/14.
VISTO:
La Ley 2756,
La trayectoria y aporte a la comunidad de la Sociedad Recreativa e Instructiva “Villa Diego” en su larga historia, y
CONSIDERANDO QUE:
La Sociedad Recreativa e Instructiva se fundó el 1º de diciembre de 1924 en el Barrio Villa Diego, bajo la inspiración y apoyo de un numeroso grupo de vecinos.
Funcionó primero en un salón alquilado, luego en un galpón cuyo propietario era el ex ferrocarril Rosario-Puerto Belgrano y fue recibido como préstamo para su utilización hasta que en 1926 se construyó el local propio de la Sociedad Recreativa e Instructiva que fuera inaugurado el 24 de abril de ese mismo año.
En 1936 las obras de la sala cinematográfica fueron iniciadas y la primera exhibición se realizó en el 1939. Más tarde se construirían el escenario, la pista bailable, la cancha de bochas, parrillero y demás ampliaciones.
La `pista de baile al aire libre era famosa en la ciudad por la calidad de orquestas típicas y características locales que en ella se presentaban. La orquesta típica de Roberto Prieto y “La Argentina” son dos ejemplos.
Durante el verano se daba cine al aire libre en un lado de la pista y también, entre 1948 y 1960 comenzaron a actuar ene l escenario de la Sociedad importantes compañías teatrales.
Entre 1952 y 1969 se organizaron bailes en el salón cerrado en los que actuaron figuras como Varela Varelita y Feliciano Brunelli y cantores como Alberto Castillo y Azucena Maizani. La comisión directiva vendió parte del predio donde se ubicaba la pista bailable en el año 1975.
La Sociedad Recreativa e Instructiva Villa Diego es una entidad representativa del barrio y que ha ocupado un lugar muy importante en el aspecto social y cultural de la ciudad.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:

DECLARACIÓN
ART. 1°) El Concejo Deliberante declara de Interés Cultural el 90º Aniversario de la fundación de la Sociedad Recreativa e Instructiva Villa Diego, cumplido el día 1º de diciembre.






MEJORADO CON CARPETA ASFALTICA Y CORDON CUNETA EN SUIPACHA AL 900

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, Se realice mejorado con carpeta asfáltica y cordón cuneta en calle Suipacha a la altura del 900. Exp. 5420/14.
Visto:
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículos 39 y.
Considerando
Que en la calle Suipacha, entre Alberdi y san Rafael, se encuentra la calzada totalmente deteriorada.
Que en los días de lluvia es imposible transitar, ya que en la misma se acumula gran cantidad de agua, en veredas y cuneta.
Que en dicha arteria carece de cordón cuneta y no tiene drenaje de agua, la cual se acumula formando una laguna que imposibilita el ingreso de taxi, remises, ambulancias, policía, etc.
Que en esa calle vive Milagros Sánchez una nena de 4 años  con leucemia, caso reconocido, movilizado y solidarizado, por ciudades y provincias vecinas.
Que esta nena necesita en carácter de urgencia entrada de taxis, remises y ambulancias, ya que su problema de salud es muy delicado. 
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal la reparación y mantenimiento de nuestras calles, para poder brindar una mejor calidad de vida a nuestros ciudadanos.
Ante todo lo expuesto, el concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:

Decreto
Art:1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, ante la secretaria que corresponde, realice un mejorado con carpeta asfáltica de 7cm de espesor en calle Suipacha a la altura de 900 entre Alberdi y San Rafael.
Art:2) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento. Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda realice, cordones cunetas en la arteria mencionada en el art.1.





REPARACION DE LA CALZADA EN LA INTERSECCION DE GUIDO SPANO Y URQUIZA

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, Se proceda a la reparación de la calzada en la intersección de las calles Guido Spano y  Urquiza. Exp. 5419/14.
Visto
Ley 2.756 articulo 39;
Minuta de Comunicación Nro. 1.840/10 Reparación y nivelado calzada Guido Spano;
Minuta de Comunicación Nro. 1.640/08 Tareas de bacheo Guido Spano entre V.Hugo y Opicci;
Estado de intransitabilidad la calle Eva Perón y;
Considerando
Que en calle Guido Spano en su intersección con calle Urquiza existe baches de distintas dimensiones.
Que todos los vecinos de Villa Gobernador Gálvez tienen derecho a vivir y transitar en condiciones dignas y seguras.
 Que en las condiciones en la que se encuentra dicha intersección, dificulta transponer dichos baches, dado que, principalmente para los vehículos que circulan por calle Urquiza, existe una curva y contracurva pronunciada.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal la reparación y mantenimiento de las arterias de la ciudad, como así también debe velar por una segura y fluidez en el tránsito a fin de evitar que se produzcan daños sobre las personas y las cosas.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de Secretaría que corresponda, proceda a la reparación de la calzada ubicada en la intersección de Guido Spano y Urquiza.







Proyecto presentado por el Bloque 100% Santafesino Frente Renovador al 01 de diciembre 2014

Este es un proyecto presentado por el bloque 100% Santafesino Frente Renovador.

Proyectos presentados por el Bloque Justicialista Frente para la Victoria al 01 de diciembre 2014



Estos son los proyectos presentados por el bloque Justicialista Frente para la Victoria.

Proyecto presentado por el Bloque Socialista Frente Progresista Civico y Social al 01 de diciembre 2014

Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social.

Proyectos presentados por el Bloque UCR Frente Progresista Civico y Social al 01 de diciembre 2014



Estos son los proyectos presentados por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social.

viernes, 28 de noviembre de 2014

32 Sesión Ordinaria 27 de noviembre 2014

Esta es una síntesis de la 32º sesión de carácter ordinaria que se realizó el 27 de Noviembre de 2014. La misma estuvo presidida por el Presidente del Concejo Deliberante Jorge Andrés Murabito, en Secretaria Facundo Iván Sarria.
Concejales presentes: Cabrol, Larrosa, Martinez, Cabrera, Mangiaterra, Garavano y Dolce. Ausente: Leiva.

jueves, 27 de noviembre de 2014

CONTRATACION DE UN SERVICIO DE EMERGENCIA VETERINARIA

Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Decreto,  Para la contratación de un servicio de emergencia veterinaria. Exp. 5418/14.
VISTO:
La Ley 2.756,
El reclamo de vecinos/as con respecto a la falta de respuesta de los distintos estamentos del Estado Municipal frente a casos de animales heridos o enfermos en la vía pública, y
CONSIDERANDO QUE:
No existe en la ciudad ninguna herramienta desde el Estado Municipal a la cual los/as ciudadano/as puedan recurrir para resolver casos de emergencias que involucren la salud de animales domesticados que muchas veces se encuentran abandonados en las calles de la ciudad.
Esta falta de herramientas estatales es determinante para la vida del animal en casos de emergencias que ocurren con mascotas domésticas de familias que no pueden acceder al servicio privado de una clínica veterinaria, lo que se hace más complejo en emergencias que suceden en días no laborables y/o fuera del horario de comercios.
Aún más preocupante son los casos de animales que no tienen dueño/a o aun teniéndolo/a, no reciben los cuidados pertinentes en cuanto a vacunación, alimentación y carga de trabajo que se le impone.
A pesar de encontrarse funcionando Sanidad Animal, el horario reducido de atención y las deficiencias en insumos y materiales que sobrelleva el área hacen que no pueda dar respuesta a los casos de emergencia antedichos.
Es en estos casos particulares donde la intervención de ONGs protectoras de animales y vecinos y vecinas sensibilizados por la temática se hace crucial al definir el destino del animal afectado.
El Estado Municipal debería poder brindar un servicio de emergencias veterinarias para la atención de animales heridos o enfermos en la vía pública, con posterior ubicación de sus propietarios en caso de tenerlos.
Esto sumaría al orden en la vía pública evitando accidentes de tránsito, ayudaría a evitar la proliferación de zoonosis, mejoraría el control sobre la población urbana de animales y sería por supuesto, una herramienta de atención primaria y auxilio para los casos de emergencias veterinarias.
Por todo lo expuesto el Concejal abajo firmante eleva al resto del cuerpo para su  tratamiento el siguiente proyecto de:

DECRETO:
ART. 1º): El Concejo Deliberante autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal para que contrate un Servicio de Emergencias Veterinarias de servicio ininterrumpido las 24 Hs que brinde atención primaria y auxilio de emergencia a aquellos animales que se encontrasen heridos o enfermos en la vía pública.
ART. 2º): La modalidad de contratación del servicio será por llamado a licitación pública, o el mecanismo correspondiente que garantice transparencia en dicha contratación.
ART. 3º): La Municipalidad asignará un teléfono con atención las 24 horas para la derivación de los servicios.
ART. 4º): Para garantizar el correcto cumplimiento de este Decreto, el área Municipal de Sanidad Animal convocará a reuniones periódicas a las protectoras de animales con quienes podrá coordinar la implementación del mismo.
ART. 5º): Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a ampliar las partidas presupuestarias del Área Municipal de Salud Animal a los fines de garantizar el cumplimiento de este Decreto.




Proyecto presentado por el Bloque Socialista Frente Progresista Civico y Social al 27 de noviembre 2014

Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social.

martes, 25 de noviembre de 2014

OBRAS DE BACHEO EN SECCION CATASTRAL Nº 2

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, Se realicen obras de bacheo en la sección catastral Nº 2. Exp. 5416/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades, artículo nro. 39 inciso 30;
Decreto Nro. 689/14 Reparación de calzada en la intersección de las calles Maipú e Int. Andreu;
Decreto Nro. 639/14 Obras de bacheo en calle Maipú en Av. General Juan D. Perón y Alvear;
Decreto Nro. 591/14 Carpeta asfáltica en calle San Juan desde Maipú hasta Santiago del Estero;
Decreto Nro. 641/14 Diferentes trabajos de obras públicas en calle Santiago del Estero;
Decreto Nro. 427/12 Tareas de bacheo en calle Alvear entre Santiago del Estero y Maipú;
Minuta de Comunicación Nro. 1.957/12 Trabajos de Obras Públicas en 17 de Octubre intersección Maipú;
Minuta de Comunicación Nro. 1.951/12 Tareas de bacheo en Alvear entre Maipu y Sgo del Estero;
Minuta de Comunicación Nro. 1.934/12 Reparación y Mantenimiento en Pje Musto desde Maipú hasta 3 de Febrero;
Minuta de Comunicación Nro. 1.894/11 Pavimentación en calle Colón entre Nogués y Maipú;
Minuta de Comunicación Nro. 1.665/09 Carpeta asfáltica Pje Gorriti entre Maipú y Sgo del Estero;
Minuta de Comunicación Nro. 1.639/08 Construcción cordón cuneta Int. Andreu entre Maipú y Paraná;
Minuta de Comunicación Nro. 2.051/13 Obras de bacheo en calle Córdoba al 300 entre Alvear y 17 de Octubre;
Minuta de Comunicación Nro. 1.978/12 Viabilidad de realizar obra de bacheo en calle Corrientes entre Alvear y 17 de Octubre;
Minuta de Comunicación Nro. 1.720/10 Construcción cordón cuenta calle Thompson entre 17 de Octubre y Alvear;
Minuta de Comunicación Nro. 1.611/08 Hundimientos existentes en calles 17 de Octubre y Sgo del Ester;
Minuta de Comunicación Nro. 1.622/08 Reparación calzada 17 de Octubre y 3 de Febrero;
Minuta de Comunicación Nro. 1.633/08 Reparación calle Santiago del Estero esquina 17 de Octubre y;
Considerando
Que en las calles comprendidas dentro de la zona catastral nro. 2 se encuentran baches de diferentes dimensiones siendo algunos de tamaño considerable.
Que las obras de bacheo han sido solicitadas en reiteradas oportunidades por este Cuerpo, mediante las minutas y decretos detallados en los vistos.
Que las condiciones de las calles de la zona pueden ocasionar daños materiales a los vehículos aumentando el riesgo de siniestralidad vial.
Que la intención de esquivarlos puede ocasionar hechos desafortunados poniendo en riesgo la integridad física de las personas que circulan por el lugar.
Que dicha situación se agrava durante los días de lluvia por el pavimento roto, aumentando el riesgo de los peatones a la hora de cruzar la calzada debido a que  los baches se llenan de agua haciendo dificultoso calcular la profundidad de los mismos.
Que los motovehículos y bicicletas corren el mismo riesgo que los peatones agravándose por la velocidad superior que desarrollan.
Que calle Alvear entre Santiago del Estero y Maipú no está en condiciones de transitabilidad, habiendo sido objeto del Decreto Nro. 427/12 en el cual se solicitaba tareas de bacheo, en un plazo no mayor a los 60 días. Este pedido data de noviembre de 2012 y a dos años de la aprobación del mismo, no se ha solucionado.
Que, a su vez, dicho decreto remite a la minuta de comunicación Nro. 1.951/12 en la cual se solicitaba las mismas obras.
Que mediante la Minuta de Comunicación Nro. 1.957/2012, se solicitaba se proceda a realizar tareas de reparación y mantenimiento en calle Maipú en su intersección con calle 17 de Octubre, ya que la mencionada arteria había un bache de importantes dimensiones, donde se concentraba gran acumulación de aguas servidas.
Que en la citada minuta de comunicación, en sus considerandos expresaba “Que dicha situación origina numerosos inconvenientes a los vecinos del lugar y en especial a niños que concurren a un centro de la niñez allí ubicado.
Que la calle 17 de Octubre es una arteria muy transitada, particularmente por unidades del transporte público de pasajeros, ocasionando trastornos para el ascenso y descenso de pasajeros.”
Que en el otro extremo de 17 de octubre, en su intersección con Santiago del Estero, también la calzada se encontraba destruida, dando origen a la Minuta de Comunicación Nro. 1633/2008.
Que, habiendo transcurrido años de la aprobación de las minutas y decretos mencionados en los vistos, la situación, lejos de solucionarse, se ha ido agravando siendo indispensable la inmediata la reparación de las calles citadas en los mismos.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de bacheo en las arterias ubicadas dentro de la zona catastral Nro. 2 priorizando los ubicados en:
ü    Maipú entre Alvear y Mendoza y;
ü    Alvear entre Santiago del Estero y Maipú.
Artículo 2.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal dé cumplimiento a los decretos Nros. 689/14;  639/14; 591/14; 641/14; 427/12 y; Minutas de Comunicaciones Nros. 1.957/12; 1.951/12; 1.934/12; 1.894/11; 1.665/09; 1.639/08; 2.051/13; 1.978/12; Minuta de Comunicación Nro. 1.720/10; 1.611/08; 1.622/08 y 1.633/08.