martes, 30 de abril de 2013

LIMPIEZA Y ACONDICIONAMIENTO TERRENO BALDIO UBICADO EN SAN DIEGO Y CASEROS

Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.
Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando limpieza y acondicionamiento terreno baldío (basural) ubicado en BV. San Diego y Caseros. Exp. 4756/13.
VISTO:
 La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756,
 El reclamo de vecinos que viven y/o transitan por el lugar, y
CONSIDERANDO:
            Que en la intersección de Bv. San Diego y Caseros se encuentra un terreno baldio que actualmente funciona como basural.
            Que mucho niños, escolares y peatones que cruzan la via, se abren camino atravesado el mismo, poniendo en riesgo su salud en este foco infeccioso.
            Que en dias posteriores a tormentas o dias de elevada temperatura, el basural despide un olor nauseabundo que genera malestar a la población del lugar.
            Que muchos vecinos se quejan de la cantidad de alimañas que viven en el terreno e invaden sus propiedades.
Por todo lo expuesto los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento el siguiente
  
PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN:
ART. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda a limpiar y acondicionar el terreno baldio utilizado como basural, ubicado en la intersección de Bv. San Diego y Caseros.                                       



INTERES CULTURAL PEÑA FOLKLORICA DEL GRUPO DE DANZAS NUEVA ALIANZA

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, declarando de Interés Cultural Municipal la peña folclórica del grupo de Danzas Nueva Alianza. Exp. 4755/13.
VISTO:
Ley Orgánica de municipios nro. 2.756 artículo 39;
Decreto nro. 471/13;
La realización de Peña folklórica del Grupo de Danzas Argentina Nueva Alianza en el Club Sportivo los días 3,4 y 5 de mayo del corriente año y;
CONSIDERANDO:
Que los días 3, 4 y 5 de mayo del corriente año se realizará en las instalaciones del Club Sportivo una peña folklórica a cargo del grupo local de danzas Argentina Nueva Alianza.
Que dicho grupo hace un año que viene recorriendo el país con su danza haciendo enorgullecer a nuestra ciudad.
Que es nuestro deber como concejales, autoridades municipales y ciudadanos darles el apoyo que necesitan para llevar adelante este sano emprendimiento.
Que dicho grupo no goza de ninguna subvención ni ayuda económica de ninguna índole más que los eventos que, con esfuerzo, realizan.
Que es un orgullo para nuestra ciudad contar con un grupo folklórico de danzas de personas que están dispuestas a trabajar para cumplir sus sueños y lograr sus metas.
Que el mencionado cuerpo de danzas se encuentra compuesto por jóvenes, tal es así, que su director Fabián Emanuel Procopp tiene, tan sólo, 18 años.
Que, hace un año, contaba con una sola pareja de danzas y hoy cuenta con más de 30 bailarines que van desde los 5 a los 25 años de edad. Además es un grupo inclusivo ya que en su staff también participan personas con capacidades diferentes.
Por tal motivo, es importante declarar de interés municipal la peña folklórica que se realizará los días 3. 4 y 5 de mayo de 2013.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante declara de Interés Cultural Municipal la peña folklórica a realizarse los días 3, 4 y 5 de mayo de 2013.




LIMPIEZA Y ACONDICIONAMIENTO TERRENO BALDIO UBICADO EN MITRE Y CASEROS

Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.
Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando limpieza y acondicionamiento terreno baldío (basural) ubicado en Mitre y Caseros. Exp. 4754/13.
VISTO:
 La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756,
 El reclamo de vecinos que viven y/o transitan por el lugar, y
CONSIDERANDO:
            Que en la intersección de Av. Mitre y Caseros se encuentra un terreno baldio que actualmente funciona como basural.
            Que mucho niños, escolares y peatones que cruzan la via, se abren camino atravesado el mismo, poniendo en riesgo su salud en este foco infeccioso.
            Que en dias posteriores a tormentas o dias de elevada temperatura, el basural despide un olor nauseabundo que genera malestar a la población del lugar.
            Que muchos vecinos se quejan de la cantidad de alimañas que viven en el terreno e invaden sus propiedades.
Por todo lo expuesto los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento el siguiente
  
PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN:
ART. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda a limpiar y acondicionar el terreno baldio utilizado como basural, ubicado en la intersección de Av. Mitre y Caseros.                                        

 



REPARACION BACHE UBICADO EN ALBERDI ENTRE EVA PERON Y BELGRANO

Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.
Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando la reparación del bache ubicado en calle Alberdi entre Eva Perón y Belgrano. Exp. 4753/13.
VISTO:
 La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756,
 El reclamo de vecinos y conductores, y
CONSIDERANDO:
            Que en calle Alberdi, entre Eva Perón y Belgrano hay un bache de grandes dimensiones.
            Que varios conductores cambian a la mano de sentido contrario para poder seguir su trayecto, cometiendo infracciones de tránsito. 
            Que muchos conductores se quejan de la cantidad de averias que sufren sus vehículos si intentan atravesar este bache sin desviarse.
            Que los vehículos que tratan de evitar el bache, generan situaciones de peligro para vecinos, peatones y otros vehículos.
Por todo lo expuesto los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento el siguiente

PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN:
ART. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda a la reparación del bache ubicado en calle Alberdi entre Eva Perón y Belgrano.                                      





Proyectos presentados por el Bloque Justicialista Frente para La Victoria al 30 de abril 2013

Estos son los proyectos presentados por el bloque Justicialista Frente para la Victoria  hasta la fecha.

Proyecto presentado por el Bloque UCR Frente Progresista Civico y Social al 30 de abril 2013

Este es un proyecto presentado por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

lunes, 29 de abril de 2013

INFORME SOBRE EL BLOQUEO DE CALLE JOSE INGENIEROS ENTRE ALVEAR Y MARMOL

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo informe sobre el bloqueo de la calle José Ingenieros entre calle Alvear y J. Mármol. Exp. 4752/13.
VISTO:
Ley orgánica de municipalidades N° 2.756, Art. 39° y  41, Inc. 14°;
Constitución Nacional artículo nro. 14;
Constitución Provincial artículo nro. 10 y;
CONSIDERANDO
Que la calle José Ingenieros a la altura de 400 entre calles Alvear y José Mármol se encuentra cerrada.
Que en dicha zona funciona un Complejo Deportivo en formación.
Que es deber del Poder Ejecutivo Municipal garantizar que el artículo nro. 14 de la Constitución Nacional se cumpla.
Que todos los habitantes de la República Argentina tenemos derecho de transitar libremente.
Que el cerramiento de calle José Ingenieros atenta contra los derechos de los ciudadanos.
Que, también, es deber del Poder Ejecutivo informar al Concejo Deliberante de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez sobre la situación mencionada y actuar en consecuencia para evitar que los derechos de los vecinos se vean afectados.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal elevar a este Organismo, en un plazo no superior a los 5 días hábiles, un informe sobre el bloqueo de la calle José Ingenieros a la altura de 400 entre calles Alvear y José Mármol. Dicho informe debe contener el nombre del responsable de autorizar el cierre de la mencionada zona, bajo qué normativa se basaron para permitir dicho cierre, a favor de quién se realizó esa gestión y demás datos relevantes sobre la situación anteriormente descripta.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante ordena asimismo al Departamento Ejecutivo Municipal tomar las medidas pertinentes para habilitar el acceso a la mencionada zona de todos los ciudadanos.





SE GESTIONE EL FONDO ANTICICLICO PARA CIUDADES AFECTADAS POR EL TEMPORAL DE DICIEMBRE 2012

Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo gestione el Fondo Anti cíclico para ciudades afectadas por el temporal de Diciembre 2012 ante el Superior Gobierno de la Provincia. Exp. 4751/13.
VISTO:
La Ley Orgánica de MUNICIPIOS Y COMUNAS N° 2756,
La Ley 12.403 conocida como FONDO ANTICICLICO PARA CUBRIR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCACIONADOS POR EL TEMPORAL DE LOS DIAS 19 y 20 de Diciembre de 2012.
CONSIDERANDO QUE:
•           Nuestra ciudad se encuentra en emergencia económica, razón por la cual la prestación de servicios básicos no se encuentra en un momento óptimo, generando malestar en las vecinas y vecinos que cumplen  con  sus obligaciones  impositivas y reclaman justamente la contraprestación que les corresponde.
•           Deben buscarse alternativas serias que aporten así trabajo digno de los CIUDADANOS y a las mejoras en el cumplimiento de las obligaciones del Municipio.
•           Que existe un FONDO denominado ANTICICLICO en la Provincia de SANTA FE y que fue creado para atemperar fluctuaciones en los recursos corrientes provinciales y financiar la construcción de obras Públicas e infraestructura social básica por parte del Poder Ejecutivo Provincial.
•           Que este fondo, en la Ley 12.403 art. 5 Inc. C contempla la atención de situaciones de "emergencia social y/o desastres"
•           Que incluida en esta ley se contempla a la Ciudad de VILLA GOBERNADOR GALVEZ como una de las zonas afectadas dentro del Departamento ROSARIO.
•           Que las Familias de nuestra ciudad vienen sufriendo y en forma permanente numerosas situaciones frente a los temporales, perdiendo lo poco o mucho que han conseguido a través de vidas enteras de trabajo y sacrificio; viviendo la trágica experiencia que significa ver como en breves momentos y a causa de elementos externos como puede ser una tormenta, esa vida material se pierde en un instante.
•           Que determinadas zonas de la Ciudad, se encuentran constantemente amenazadas por las condiciones de suelos bajos y son las más proclives a sufrir los efectos de inundaciones por lluvias intensas.
Existen sobradas razones para que el Ejecutivo Municipal gestione ante el Gobierno Provincial la llegada del fondo anti cíclico para ciudades anegadas.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente Proyecto de:

DECRETO
Art. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, gestione la llegada a la ciudad del fondo anti clico para ciudades anegadas ante el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe.
Art. 2º) El Concejo Deliberante autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal, previo censo de las zonas anegadas y afectadas por el temporal de los días 19 y 20 de diciembre del año 2012 y consensuando con las familias comprometidas por la catástrofe climática, promover la gestión del Fondo Anti cíclico ya mencionado como resarcimiento económico para cada familia, intentando de esta forma, revertir en parte las angustias provocadas por las pérdidas materiales.
Art. 3º) El Concejo Deliberante autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal para que dicho Fondo sea directamente otorgado a la Familia que así lo requiera y se autorice según el censo previsto en el art. 2°..
Art. 4º) El concejo Deliberante se dirige al Departamento ejecutivo municipal Que dicho Fondo otorgado sea distribuido equitativamente conforme a la cantidad de familias afectadas y previendo según el censo un análisis sobre las pérdidas materiales reales.
Art. 5º) El Concejo Deliberante autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione también el Fondo Anti cíclico para ejecutar obras de infraestructura en las zonas afectadas por dichas inundaciones, Ej. Desagües pluviales, entubamiento; relleno de suelo, etc.



GESTIONES PARA INSTALAR OFICINA PARA ABONAR LOS SELLADOS QUE SE TRAMITEN EN EL REGISTRO CIVIL

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que se realice gestiones ante el Gobierno de la Provincia para instalar en el Registro Civil una oficina para abonar los sellados que se tramiten en el mismo. Exp. 4749/13.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;
Reclamos de los vecinos de Villa Gobernador Gálvez y;
CONSIDERANDO
Que el traslado del registro civil a calle Belgrano nro. 2012 ha provocado malestar en los vecinos ya que los trámites relacionados con el Documento Nacional de Identidad requieren el pago de sellados que sólo puede realizarse en el correo ubicado en Av. Filippini nro. 1972.
Que por tal motivo, las personas deben conducirse hasta el correo para abonar el sellado y luego regresar al Registro Civil.
Que al quedar alejado un edificio del otro y las carencias económicas que gran parte de nuestra población padece obliga a muchas personas a trasladarse a pie.
Que resulta imperiosa la necesidad de realizar las gestiones pertinentes para instalar en el edificio del Registro Civil un puesto de cobro de los sellados que los trámites exigen, evitando así que personas con movilidad reducida, embarazadas, discapacitados motrices, adultos de edad avanzada deban trasladarse a pie de un edificio a otro.
Que es deber del Ejecutivo brindar los servicios necesarios y accesibles a los vecinos.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de decreto.

DECRETO
Artículo 1º.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las gestiones pertinentes ante el estado provincial para instalar en el edificio del Registro Civil, un puesto para abonar los sellados correspondientes a los trámites realizados en el lugar.







Proyecto presentado por el Bloque 100% Santafesino al 29 de abril 2013

Este es un proyecto presentado por el bloque 100% Santafesino hasta la fecha.

Proyectos presentados por el Bloque UCR Frente Progresista Civico y Social al 29 de abril 2013

Estos son los proyectos presentados por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

Proyecto del Departamento Ejecutivo al 29 de abril 2013

Este es un proyecto presentado por el Departamento Ejecutivo hasta la fecha.


DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo eleva ejecución Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos 2012. Exp. 4750/13.





jueves, 25 de abril de 2013

5º Sesión Ordinaria 25 de abril 2013


Esta es una síntesis de la 5º sesión de carácter ordinaria que se realizó el 25 de Abril  de 2013. La misma estuvo presidida por la Presidente del Concejo Deliberante Norma Haydeé Auge, en Secretaria Daniel Marcucci.
Concejales presentes: Mangiaterra, Cabrera, Luraghi, López, Dolce, Martínez, Cabrol y Monte.

miércoles, 24 de abril de 2013

AUDIENCIA PARA DISCUTIR REGULACION DE APLICACIÓN DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS


Autores del proyecto: Concejales Dolce y Monte.
Proyecto de Resolución, convocando a una audiencia para discutir la regulación de la aplicación de productos fitosanitarios. Exp. 4748/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
El Expte. Nº 4.616/12, Proyecto de Ordenanza sobre regulación de aplicación de productos fitosanitarios en el ámbito de Villa Gobernador Gálvez, y Establecimiento de la frontera agropecuaria (punto 0), y
CONSIDERANDO:
Que el día 6 de Noviembre de 2012 fue elevado para su tratamiento un Proyecto de Ordenanza sobre regulación de aplicación de productos fitosanitarios en el ámbito de Villa Gobernador Gálvez, y sobre el establecimiento de la frontera agropecuaria (punto 0), cuyo Expediente de referencia figura en los Vistos.
Que el mencionado Proyecto no ha sido tratado, aun cuando las aplicaciones de agroquímicos como herbicidas, pesticidas e insecticidas para mejorar los rindes en el actual modelo de producción agrícola se han incrementado en los últimos años, «generando un gran malestar en vecinas y vecinos lindantes a los espacios utilizados para esta actividad, y grandes consecuencias a la salud por la exposición permanente y prolongada a estos productos».
Que es necesario tomar medidas sobre la aplicación de productos fitosanitarios y que, «al margen de cualquier legislación que controle los métodos de aplicación de las fumigaciones, se deben impulsar nuevas métodos de producción, haciendo hincapié en la producción ecológica-sustentable, brindando desde el Estado las herramientas necesarias para la continuidad de los puestos de trabajo y la producción».
Que el Proyecto de Ordenanza, además de limitar y prohibir según los casos la aplicación de productos fitosanitarios, restringe asimismo la aplicación de los mencionados productos sobre los márgenes del arroyo Saladillo y el Río Paraná, medida ésta fundamental para el cuidado de un recurso vital como es el agua dulce.
Que es por lo dicho y por las fundamentaciones vertidas en los Considerandos del Expediente de referencia que consideramos vital el tratamiento del Proyecto de Ordenanza sobre Productos Fitosanitarios.
Por todo ello, los Concejales abajo firmantes elevan para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:

RESOLUCIÓN

ART. 1º) Convócase a una Audiencia para discutir la Regulación de la Aplicación de Productos Fitosanitarios en el ámbito de Villa Gobernador Gálvez y el establecimiento del punto 0 de la Frontera Agropecuaria, según Expediente Nº 4637/12 de este Cuerpo.
ART. 2º) Serán convocados a dicha Audiencia representantes del Departamento Ejecutivo Municipal, Concejales, Agrupaciones Ambientalistas, Organizaciones Estatales vinculadas a la temática y Productores Agropecuarios.
ART. 3º) La mencionada Audiencia será citada para el mes de Mayo y su convocatoria se realizará con no menos de 10 días de anticipación.



TRABAJOS DE ESTABILIZADO Y NIVELACION EN CALLE TIERRA DEL FUEGO ENTRE SANTA ROSA Y CAMINO A CARGILL


Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Decreto, para que se realicen trabajos de estabilizado y nivelación en calle Tierra del Fuego entre Santa Rosa y Camino a Cargill. Exp. 4747/13.
VISTO:
La Ley Nº 2756 Art.39º Incs.  24,
Reclamos de vecinos, y
 CONSIDERANDO:
Que calle Tierra del Fuego es uno de los principales accesos hacia el barrio La Esperanza, y en la misma puede observarse una notable falta de mantenimiento.
Que en la mencionada arteria entre calle Santa Rosa y Pasaje Sin Nombre puede observarse un montículo de escombros arrojado por los vecinos, produciendo así peligrosidad en el ingreso y egreso del barrio.
Que el estado de la calzada dificulta la entrada de móviles policiales y ambulancias ante una posible emergencia.
Que sería una solución,  para evitar accidentes y mejorar la circulación, que se realicen trabajos de nivelado y estabilizado.
Que es deber del municipio el cuidado, la reparación y el mantenimiento de las calles de la ciudad.
                                     Por todo lo expuesto el Concejal abajo firmante eleva al resto del Cuerpo para su tratamiento el siguiente proyecto de

DECRETO

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la secretaria que corresponda, realice trabajos de estabilizado y nivelación en calle Tierra del Fuego entre calle Santa Rosa y Camino a Cargill.



TAREAS DE ZANJEO Y DESAGÜES EN VEREDA PAR, CALLE SAN LUIS ENTRE CAMINO DEL INMIGRANTE Y KENNEDY


Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Decreto, para que se realicen tareas de zanjeo y desagües en vereda par de calle San Luis entre Camino del Inmigrante y Kennedy. Exp. 4746/13.
VISTO:
Ley Nº  2.756 Art. 39 Inc. 62
CONSIDERANDO:
                                   Que vecinos han manifestado que calle San Luis entre Camino del Inmigrante y calle Kennedy en los días de lluvia se  acumula agua de los campos lindantes a la zona, afectando el estado de la misma y la circulación.
                                   Que el 3 de Diciembre de 2009 el Concejo Deliberante aprobó la Minuta de Comunicación Nº 1714/2009 en la cual se solicitan “tareas de desmalezamiento, ensanchamiento y y profundización de la zanja ubicada en calle San Luís entre Kennedy y Camino del Inmigrante”.
                                   Que es necesario que se realicen tareas de zanjeo y desagües en la arteria antes mencionada,  ya de esta manera se evitará que ingrese agua en las casas de los vecinos y dejará de afectar la circulación de los mismos, ya sea de a pie o en automóvil  por calle San Luis.
                                   Que la realización de las tareas antes mencionadas acabarían con el estancamiento de agua  y la proliferación de insectos en días de lluvia.
                                   Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de
DECRETO

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda, realice tareas de zanjeo y desagües en la vereda par de calle San Luis entre Camino del Inmigrante y calle Kennedy.






Proyecto presentado por los Bloques P.A.S. y Socialista Frente Progresista Civico y Social al 24 de abril 2013


Este es un proyecto presentado por los bloques Socialista Y PAS Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

Proyectos presentados por el Bloque Socialista Frente Progresista Civico y Social al 24 de abril 2013


Estos son los proyectos presentados por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

Proyecto del Departamento Ejecutivo al 24 de abril 2013


Este es un proyecto presentado por el Departamento Ejecutivo hasta la fecha.


DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo eleva copia de expte Nº 43475/13, caratulado “Evento Club Sportivo 28/04/13 – Iglesia San Diego de Alcalá” y fotocopia de modelo de contrato. Exp. 4745/13.





martes, 23 de abril de 2013

MODIFICACION VALORES U.P. DERECHO DE ESTADIA – CODIGO DE FALTAS


Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.
Proyecto de Ordenanza, modificando los valores de U.P referidos al Derecho de estadía en la Ordenanza 490/89 (Código de Faltas). Exp. 4744/13
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
Los Artículos Nº 160.1 y 160.2 del Código Municipal de Faltas (Ordenanza Nº 490/89 y modificatorias) y,
CONSIDERANDO:
Que en los artículos mencionados en los vistos se establece una sanción de 1U.P. diarios a partir de las 48 hs. Del ingreso al corralón municipal, como derecho de estadía.
Que en caso de reincidencia dicho valor se incrementa a 3 U.P. diarios.
Que debido a que el mayor número de multas recae sobre personas de escasos recursos y que el vehículo remitido al corralón municipal es la única movilidad para trasladarse a sus labores diarias, es necesario atenuar las sanciones impuestas referidas a la  estadía.                         
Que muchos de los vehículos remitidos en el corralón municipal tienen estadías extensas, lo que dificulta aún más el egreso de los mismos, por la acumulación de las multas correspondientes.
            Que, si bien es deber de este Concejo Deliberante bregar por el cumplimiento de las leyes sin perjuicio de las sanciones impartidas, debemos velar para que una vez cumplimentadas las infracciones correspondientes, no sea la estadía un impedimento para el retiro de los vehículos.              
Por todo lo expuesto los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento el siguiente


PROYECTO DE ORDENANZA:
ART. 1: Modifíquese el Art. 160.1 del Código Municipal de Faltas (Ordenanza Nº 490/89 y modificatorias), el cual quedará redactado de la siguiente manera:
160.1.- “Establécese como derecho de grúa una cantidad equivalente a 10 U.P., como derecho de acarreo de 1 a 30 U. P. y como derecho de estadía 0,5 U.P. diarios a partir de las 48 horas de su ingreso”.
ART. 2: Modifíquese el Art. 160.2 del Código Municipal de Faltas (Ordenanza Nº 490/89 y modificatorias), el cual quedará redactado de la siguiente manera:
160.2.- “Establécese como derecho de estadía diaria el valor de 1 U.P. diarios en el caso de reincidencia.”





LIMPIEZA Y REPARACION BOCA DE TORMENTA UBICADA EN SAN MARTIN ENTRE SANTA ROSA Y RIO PARANA


Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.
Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando limpieza y reparación de la boca de tormenta ubicada en Av. San Martin entre Santa Rosa y Rio Paraná lado impar. Exp. 4743/13.
VISTO:
 La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756,
 El reclamo de vecinos que viven y/o transitan por el lugar, y
CONSIDERANDO:
            Que estamos en época de intensas lluvias y las bocas de tormentas son una herramienta fundamental para el desagüe de calles, más aun para una avenida como San Martín que es de vital importancia para el tránsito de la zona.
            Que durante el otoño dichos desagües se obstruyen de forma más rápida por la caída de las hojas de los árboles cuando se encuentran rotos.
            Que es deber de este Concejo preveer reparando y acondicionando las bocas de tormentas distribuidas por la Ciudad, con el fin de evitar inconvenientes y futuras catástrofes que puedan sucederse.
Por todo lo expuesto los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento el siguiente

PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN:
ART. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda limpiar y reparar la boca de tormenta que se encuentra en Av. San Martín entre Santa Rosa y Rio Paraná del lado de los impares.




DIFERENTES TRABAJOS DE OBRAS PUBLICAS EN EL SECTOR Nº 20


Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, realización de diferentes trabajos de obras públicas en el sector catastral Nº 20 y se gestiones el servicio de transporte en el mismo. Exp. 4742/13.
VISTO:
Ley 2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;
Ley 2.756 artículo 41 inciso 24 y;
Reclamo de los vecinos.
CONSIDERANDO
Que el barrio en cuestión está en proceso de formación por lo cual carece de los elementos para cubrir las necesidades básicas habitacionales.
Que la zona comprendida está delimitada por las siguientes calles: Rio Paraná al sur; Esperanza al norte; Caseros al Oeste y Av. San Martín al Este.
Que dicho barrio aún no está en condiciones de ser habitado pero que por cuestiones relacionadas con la falta de viviendas las personas han tenido que mudarse de igual manera.
Que los vecinos plantean la necesidad de que en la zona se realicen obras de zanjeo, apertura de calles y mejoramiento de las ya existentes, iluminación, limpieza y desmalezamiento, colocación de contenedores para residuos domiciliarios, planificar un espacio recreativo (plaza) para los niños, rellenado de terrenos inundables y favorecer la desembocadura de aguas estancadas.
Que la población de la zona se encuentra aislada sin un medio de transporte que los traslade a sus lugares de trabajo, centros de salud y demás.
Que es obligación del Poder Ejecutivo Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto  de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo, rellenado de terrenos inundables y obras tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en la zona delimitada por calle Rio Paraná al sur; Esperanza al norte; Caseros al Oeste y Av. San Martín al Este.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de apertura de las calles Santa Rosa y Salto Grande.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, efectúe los trabajos pertinentes para el mejoramiento de las calles existentes en la zona mencionada.
Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento y limpieza del barrio.
Artículo 5.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación y mantenimiento de luminarias en las calles.
Artículo 6.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, planifique un espacio recreativo (plaza) para los niños y proceda a su creación.
Artículo 7.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, coloque 2 (dos) contenedores de residuos domiciliarios por cuadra.
Artículo 8.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones necesarias para que dicho barrio cuente con un servicio de transporte que los traslade a distintos puntos de la ciudad como así también a otras localidades.







MAYOR PRESENCIA POLICIAL E INSTALACION DE DESTACAMENTO EN EL SECTOR Nº 20


Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, solicitando mayor seguridad mediante presencia policial y se evalué la posibilidad de la instalación de un destacamento policial en el sector catastral Nº 20. Exp. 4741/13.
VISTO:
Ley 2.756 articulo 39 y;
Reclamo de los vecinos.
CONSIDERANDO
Que los vecinos de la zona delimitada por calle Rio Paraná al sur; Esperanza al norte; Caseros al Oeste y Av. San Martín al Este solicitan presencia policial a fin de brindarles seguridad.
Que la zona en cuestión es de difícil acceso por las condiciones de las calles, escasa iluminación y el abundante pastizal favorece las situaciones de riesgo.
Que es un derecho de los ciudadanos conducirse con seguridad y un deber del Poder Ejecutivo velar para que ello se cumpla.
Que la presencia policial disminuiría la cantidad de delitos y favorecería el desarrollo productivo de la zona.
Que se hace necesario que los vecinos vuelvan a tener la confianza suficiente como para desempeñarse en sus deberes con total normalidad y beneficio.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones pertinentes tendientes a brindar mayor seguridad mediante la presencia policial en la zona delimitada por calle Rio Paraná al sur; Esperanza al norte; Caseros al Oeste y Av. San Martín al Este.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, evalúe la posibilidad de instalar un destacamento policial y proceda a su concreción j unto con la institución pertinente.

  



TRABAJADORES SOCIALES A LA ZONA COMPRENDIDA POR LAS CALLES RIO PARANA, ESPERANZA, CASEROS Y AV. SAN MARTIN


Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para realizar diferentes acciones para mejorar las condiciones de salud social y cultural en el barrio comprendido por Rio Paraná al sur, Esperanza al Norte, Caseros al Oeste y Avda. San Martin al Este. Exp. 4740/13.
VISTO:
 Ley 2.756 articulo 39 y;
 Reclamo de los vecinos.
CONSIDERANDO
Que el barrio comprendido entre las calles Rio Paraná al sur; Esperanza al norte; Caseros al Oeste y Av. San Martín al Este está en proceso de formación.
Que la población de dicho barrio tienen las necesidades básicas insatisfechas por lo cual solicitan la presencia del personal de Desarrollo Social para que, a través de sus profesionales (trabajadores sociales), proceda a la observación de las situaciones particulares de cada uno. Además, con el objetivo de regularizar a la brevedad la realidad indicada, se solicita la presencia de médicos y nutricionistas para evaluar el estado físico y las necesidades nutricionales de sus pobladores. De ser posible, también se estime la posibilidad de otorgar pensiones sociales a las familias de escasos recursos para cubrir sus necesidades básicas.
Que también se hace necesario la instalación de un centro de salud (dispensario) con médicos de distintas especialidades y servicio de enfermería.
Que, momentáneamente, se pueden utilizar las instalaciones de la Escuela Nro. 1.117 Rafael Obligado para que se realicen los exámenes médicos a los vecinos y poder darle una pronta solución al problema planteado anteriormente.
Que los vecinos solicitan, además, la creación de un centro cultural donde se dicten talleres de distintas disciplinas artísticas como así también el funcionamiento de una academia de folklore. Un lugar destinado a la realización de diversas actividades acordes a las distintas franjas etarias.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a enviar trabajadores sociales a la zona delimitada por calles Rio Paraná al sur; Esperanza al norte; Caseros al Oeste y Av. San Martín al Este, para que realice las investigaciones necesarias.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, expida la orden de que médicos y nutricionistas realicen los exámenes físicos pertinentes en las instalaciones Escuela Nro. 1.117 Rafael Obligado ubicada en avenida Peñaloza 570.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, evalúe la posibilidad de instalar un centro de salud municipal (dispensario) y proceda a su efectivización.
Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las gestiones necesarias para el otorgamiento de pensiones sociales a aquellas familias que, según las investigaciones realizadas por los trabajadores sociales en la zona, consideren oportunos.
Artículo 5.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, evalúe la posibilidad de crear un centro cultural, proceda a su concreción y garantice su funcionamiento.








MEDIDORES DE CONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA EN EL SECTOR 20


Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que se gestione la colocación de medidores de consumo de energía eléctrica en los domicilios del sector catastral Nº 20. Exp. 4739/13
VISTO:
Ley 2.756 articulo 39 y;
Reclamo de los vecinos.
CONSIDERANDO
Que el barrio comprendido entre las calles Rio Paraná al sur; Esperanza al norte; Caseros al Oeste y Av. San Martín al Este está en proceso de formación, por lo cual carece de los elementos fundamentales para cubrir las necesidades básicas habitacionales.
Que los habitantes de la mencionada zona solicitan el servicio de energía eléctrica con sus correspondientes medidores a fin de hacer más seguro el consumo de dicha servicio y abonarlo en forma correcta.
Que los vecinos están dispuestos a cumplir con las obligaciones que la instalación de dichos medidores comprenden.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones pertinentes para la colocación de medidores de consumo de energía eléctrica en los domicilios de la zona delimitada por Rio Paraná al sur; Esperanza al norte; Caseros al Oeste y Av. San Martín al Este.






REPARACION BACHE UBICADO EN SOLDADO AGUIRRE AL 1900


Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que se realice la reparación del bache ubicado en Av. Soldado Aguirre al 1900. Exp. 4738/13.
VISTO
Ley 2.756 articulo 39 incisos 30; Reclamo de los vecinos y;
CONSIDERANDO
Que Avenida Soldado Aguirre es una arteria de significado caudal de tránsito, por la cual circulan vehículos livianos y también de gran porte como transporte de pasajeros -colectivos- y camiones.
Que en dicha avenida a la altura del 1900 en el sentido de circulación Este - Oeste al trasponer la intersección con calle Buenos Aires se encuentra un bache de importante dimensión.
Que la mencionada esquina se encuentra regulada por semáforos de cuatro tiempos, lo cual limita el tiempo para atravesar calle Buenos Aires, agregándose el inconveniente de reducir bruscamente la velocidad a causa del bache ubicado en el lugar.
Que esta situación aumenta el riesgo de siniestralidad vial al intentar esquivarlo e incluso puede provocar daños materiales a los vehículos que lo atraviesen.
Que el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad es responsabilidad del Ejecutivo Municipal.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de reparaciones del bache ubicado en Avenida Soldado Aguirre al 1900, entre calle Buenos Aires y San Nicolás, en el sentido de circulación de Este - Oeste.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Poder Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a señalizar el bache hasta que se efectúe las reparaciones pertinentes y disminuir las posibilidades de riesgo vial en Avenida Soldado Aguirre al 1900, entre calle Buenos Aires y San Nicolás, en el sentido de circulación de Este - Oeste.