jueves, 21 de abril de 2011

5º Sesión Ordinaria 20 de abril de 2011

Esta es una síntesis de la 5º sesión de carácter ordinaria que se realizo el 20 de Abril 2011. La misma estuvo presidida por el Vicepresidente 2º  del Concejo Deliberante Adrian Orellana, en Secretaria Mario Correale.
Concejales presentes:  Auge, Prece,  López., Dolce, Monte y Fraccaroli.
Ausentes: Richetti y Gonzalez.

martes, 19 de abril de 2011

INFORME SOBRE LA PLANTA DE BIODIESEL EN LA EMPRESA CARGIL

Autor del proyecto: Concejal Fraccaroli.

Proyecto de Decreto,  para que el Departamento Ejecutivo informe sobre las instalación de la planta de producción de combustible biodiesel en el predio de la Planta Carril y las tratativas y proyectos concernientes al biodiesel en nuestra ciudad. Exp. 4145/11.
VISTO:
La Constitución Nacional, Art. Nº 41.
La Ley Nacional Nº 26.093,
Las Leyes Provinciales Nº 12.503 y Nº 12.692 sobre Energías Renovables,
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756,
La inquietud de los vecinos sobre la posible instalación de una planta de producción de biodiesel así como la necesidad de este Cuerpo de contar con información veraz y actualizada sobre el tema del biodiesel en la Ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que ha llegado a conocimiento de este Cuerpo Deliberante la posible instalación de una planta de producción de combustible biodiesel en nuestra Ciudad, más precisamente en las instalaciones de Cargill S.A.
Que la preocupación de los vecinos al respecto funda en primer lugar la necesidad de interiorizarse sobre el tema para, seguidamente, evaluar los beneficios y riesgos de la obra en cuestión.
Que este Cuerpo considera fundamental tomar conocimiento del estado en el que se encuentran las tratativas, habilitaciones y proyecciones de la obra, a fin de poder ejercer a tiempo y concienzudamente su rol de contralor y de protector de los intereses de la ciudad.
Que, asimismo, es vital contar con los estudios de viabilidad e impacto ambiental necesarios para evaluar los riesgos de la obra y así poder cuidar de la mejor manera posible el medio ambiente de la Ciudad por el bien de todos nuestros vecinos.
Que si bien la zona de la futura planta correspondería en principio al área industrial, el cuidado del medioambiente debe ser una tarea continua y que abarque todo el ámbito de la ciudad.
Que nuestra Constitución Nacional expresa en su artículo Nº 41 los principios de preservación y conservación de los recursos naturales y del medio ambiente.
Que la Ley Provincial Nº 12.503 en declara su primer artículo declara «de interés provincial la generación y el uso de energías alternativas o blandas a partir de la aplicación de las fuentes renovables en todo el territorio de la Provincia de Santa Fe» y luego define, en su artículo tercero, la interpretación de dicho concepto de renovable: «“energías renovables, alternativas o blandas”, a todas aquellas que se producen naturalmente, en forma inagotable y sin ocasionar perjuicio al equilibrio ambiental».
Que todo el texto legal está atravesado por el imperativo de que las energías se obtengan «cuidando de que en el proceso de conversión energética se conserven los parámetros de protección medioambiental» (Ley Provincial Nº 12.503, Art. 5º, Inc. 6).
Que en su inciso C el artículo 3º de la Ley Provincial Nº 12.692 define como biocombustibles «Biocombustible: Los productos que se obtienen a partir de materias primas de origen agropecuario o agroindustrial o desechos orgánicos, que cumplan con los requisitos de calidad establecidos por la Secretaría de Energía de la Nación».
Que el artículo 5º expresa una serie de requisitos necesarios para plegarse a la Ley mencionada en el considerando anterior y que resulta entonces necesario velar por el cumplimiento de los mismos.
Que en virtud de aquella misma Ley las iniciativas industriales y productivas cuyo fin sea obtener energías renovables son beneficiarias de planes promocionales de exención y/o reducción de tributos (Capítulo II).
Que resulta entonces imperativo que el Departamento Ejecutivo Municipal informe sobre la situación, elevando a este Cuerpo toda la documentación, habilitaciones y demás informaciones que pudieran resultar relevantes a fin de facilitar la tarea de contralor propia de todo Concejo Deliberante.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante requiere que el Departamento Ejecutivo Municipal informe, a través de la Secretaría correspondiente, sobre la instalación de la planta de producción de combustible biodiesel, en el predio de la Planta Cargill, así como de todas las tratativas y proyectos concernientes al Biodiesel en nuestra Ciudad.



Proyectos del Bloque PAIS al 19 de abril 2011

Estos son los proyectos presentados por el bloque PAIS hasta la fecha.

BLOQUE PARTIDO P.A.I.S.

Autor del proyecto: Concejal Fraccaroli.
INFORME SOBRE LA PLANTA DE BIODIESEL EN LA EMPRESA CARGIL
Proyecto de Decreto,  para que el Departamento Ejecutivo informe sobre las instalación de la planta de producción de combustible biodiesel en el predio de la Planta Carril y las tratativas y proyectos concernientes al biodiesel en nuestra ciudad. Exp. 4145/11.
VISTO:
La Constitución Nacional, Art. Nº 41.
La Ley Nacional Nº 26.093,
Las Leyes Provinciales Nº 12.503 y Nº 12.692 sobre Energías Renovables,
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756,
La inquietud de los vecinos sobre la posible instalación de una planta de producción de biodiesel así como la necesidad de este Cuerpo de contar con información veraz y actualizada sobre el tema del biodiesel en la Ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que ha llegado a conocimiento de este Cuerpo Deliberante la posible instalación de una planta de producción de combustible biodiesel en nuestra Ciudad, más precisamente en las instalaciones de Cargill S.A.
Que la preocupación de los vecinos al respecto funda en primer lugar la necesidad de interiorizarse sobre el tema para, seguidamente, evaluar los beneficios y riesgos de la obra en cuestión.
Que este Cuerpo considera fundamental tomar conocimiento del estado en el que se encuentran las tratativas, habilitaciones y proyecciones de la obra, a fin de poder ejercer a tiempo y concienzudamente su rol de contralor y de protector de los intereses de la ciudad.
Que, asimismo, es vital contar con los estudios de viabilidad e impacto ambiental necesarios para evaluar los riesgos de la obra y así poder cuidar de la mejor manera posible el medio ambiente de la Ciudad por el bien de todos nuestros vecinos.
Que si bien la zona de la futura planta correspondería en principio al área industrial, el cuidado del medioambiente debe ser una tarea continua y que abarque todo el ámbito de la ciudad.
Que nuestra Constitución Nacional expresa en su artículo Nº 41 los principios de preservación y conservación de los recursos naturales y del medio ambiente.
Que la Ley Provincial Nº 12.503 en declara su primer artículo declara «de interés provincial la generación y el uso de energías alternativas o blandas a partir de la aplicación de las fuentes renovables en todo el territorio de la Provincia de Santa Fe» y luego define, en su artículo tercero, la interpretación de dicho concepto de renovable: «“energías renovables, alternativas o blandas”, a todas aquellas que se producen naturalmente, en forma inagotable y sin ocasionar perjuicio al equilibrio ambiental».
Que todo el texto legal está atravesado por el imperativo de que las energías se obtengan «cuidando de que en el proceso de conversión energética se conserven los parámetros de protección medioambiental» (Ley Provincial Nº 12.503, Art. 5º, Inc. 6).
Que en su inciso C el artículo 3º de la Ley Provincial Nº 12.692 define como biocombustibles «Biocombustible: Los productos que se obtienen a partir de materias primas de origen agropecuario o agroindustrial o desechos orgánicos, que cumplan con los requisitos de calidad establecidos por la Secretaría de Energía de la Nación».
Que el artículo 5º expresa una serie de requisitos necesarios para plegarse a la Ley mencionada en el considerando anterior y que resulta entonces necesario velar por el cumplimiento de los mismos.
Que en virtud de aquella misma Ley las iniciativas industriales y productivas cuyo fin sea obtener energías renovables son beneficiarias de planes promocionales de exención y/o reducción de tributos (Capítulo II).
Que resulta entonces imperativo que el Departamento Ejecutivo Municipal informe sobre la situación, elevando a este Cuerpo toda la documentación, habilitaciones y demás informaciones que pudieran resultar relevantes a fin de facilitar la tarea de contralor propia de todo Concejo Deliberante.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante requiere que el Departamento Ejecutivo Municipal informe, a través de la Secretaría correspondiente, sobre la instalación de la planta de producción de combustible biodiesel, en el predio de la Planta Cargill, así como de todas las tratativas y proyectos concernientes al Biodiesel en nuestra Ciudad.



Proyectos de particulares y Departamento Ejecutivo al 19 de abril 2011

Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo hasta la fecha.


PARTICULARES

La Avocación civil Centro Cultural Manos a la Obra solicita que se brinde un reconocimiento a los ciudadanos de Villa Gdor Gálvez que hayan cumplido 100 años de vida o mas. Exp. 4144/11.

El Sindicato de Trabajadores Municipales envía nota adjuntando fotocopia de intimación al departamento Ejecutivo sobre pago cuotas sindical Enero, Febrero y Marzo 2011.







viernes, 15 de abril de 2011

2º ENCUENTRO DE CANTO Y DANZA FOLKLORICA TRADICIONAL

Autor del proyecto: Concejal Fraccaroli.

Proyecto de Declaración,  declarando de Interés Cultural el 2º Encuentro de Canto y Danza Folklórica Tradicional. Exp. 4143/11.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Declaración Nº 191/2010 de este Cuerpo,
La Resolución del Ministerio de Innovación y Cultura de la Provincia de Santa Fe Nº 107 del 18 de Marzo 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el día 24 de Abril del corriente se llevará a cabo en nuestro Anfiteatro Municipal el 2do. Encuentro de Canto y Danza Folclórica Tradicional en memoria de Juan Eduardo Figueroa, profesor de danzas de ballet Amanecer en mi Patria, destacado bailarín nacido en nuestra Ciudad.
Que dicho festival contará con la presencia de numerosos artistas locales de la danza y el canto, así como con invitados especiales de otras ciudades y provincias, tales como Marcelo Romera, Daniel Larrea, Los Ralos, Las Clavijas, Miguel Albornoz, Marisol Martínez, el ballet Amanecer de mi Patria, el Municipal San Enrique, Los amigos del Litoral y la Academia de Danzas Nuevos Pueblos entre los locales, y Los Teyú, Los de Salta y el grupo Que nos acerquen entre los invitados especiales.
Que el Ministerio de Innovación y Cultura de la Provincia de Santa Fe resolvió por Resolución  Nº 107 del 18 de Marzo 2011 declarar de «Interés Cultural el Segundo Encuentro de Danza y Canto Tradicional que se llevará a cabo en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez el día 24 de abril de 2011, en memoria de Juan Eduardo Figueroa, quien desde pequeño se inició en la danza tradicional y fue fundador y profesor del ballet Amanecer de mi Patria».
Que, asimismo, el día 25 de abril del año 2010 se llevó a cabo en el Anfiteatro Municipal la primera edición del «Encuentro de Danza y Canto Tradicional» organizado en homenaje a Juan Eduardo Figueroa, quien fuera bailarín y profesor de danzas tradicionales, evento que contó con una amplia aceptación y éxito.
Que este Concejo declaró de Interés Cultural en abril de aquel año a ese primer Encuentro y que hoy tenemos la oportunidad con volver a manifestar nuestro apoyo a esta iniciativa que privilegia la cultura de la Ciudad.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECLARACIÓN
ART. 1º) Declárase de Interés Cultural el «2do. Encuentro de Canto y Danza Folclórica Tradicional» a llevarse a cabo en el Anfiteatro Municipal de nuestra Ciudad el día 24 de Abril en memoria del Profesor Juan Eduardo Figueroa.




Proyectos del Bloque PAIS

Estos son los proyectos presentados por el bloque PAIS hasta la fecha.

BLOQUE PARTIDO P.A.I.S.

Autor de los proyectos: Concejal Fraccaroli.
2º ENCUENTRO DE CANTO Y DANZA FOLKLORICA TRADICIONAL
Proyecto de Declaración,  declarando de Interés Cultural el 2º Encuentro de Canto y Danza Folklórica Tradicional. Exp. 4143/11.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Declaración Nº 191/2010 de este Cuerpo,
La Resolución del Ministerio de Innovación y Cultura de la Provincia de Santa Fe Nº 107 del 18 de Marzo 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el día 24 de Abril del corriente se llevará a cabo en nuestro Anfiteatro Municipal el 2do. Encuentro de Canto y Danza Folclórica Tradicional en memoria de Juan Eduardo Figueroa, profesor de danzas de ballet Amanecer en mi Patria, destacado bailarín nacido en nuestra Ciudad.
Que dicho festival contará con la presencia de numerosos artistas locales de la danza y el canto, así como con invitados especiales de otras ciudades y provincias, tales como Marcelo Romera, Daniel Larrea, Los Ralos, Las Clavijas, Miguel Albornoz, Marisol Martínez, el ballet Amanecer de mi Patria, el Municipal San Enrique, Los amigos del Litoral y la Academia de Danzas Nuevos Pueblos entre los locales, y Los Teyú, Los de Salta y el grupo Que nos acerquen entre los invitados especiales.
Que el Ministerio de Innovación y Cultura de la Provincia de Santa Fe resolvió por Resolución  Nº 107 del 18 de Marzo 2011 declarar de «Interés Cultural el Segundo Encuentro de Danza y Canto Tradicional que se llevará a cabo en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez el día 24 de abril de 2011, en memoria de Juan Eduardo Figueroa, quien desde pequeño se inició en la danza tradicional y fue fundador y profesor del ballet Amanecer de mi Patria».
Que, asimismo, el día 25 de abril del año 2010 se llevó a cabo en el Anfiteatro Municipal la primera edición del «Encuentro de Danza y Canto Tradicional» organizado en homenaje a Juan Eduardo Figueroa, quien fuera bailarín y profesor de danzas tradicionales, evento que contó con una amplia aceptación y éxito.
Que este Concejo declaró de Interés Cultural en abril de aquel año a ese primer Encuentro y que hoy tenemos la oportunidad con volver a manifestar nuestro apoyo a esta iniciativa que privilegia la cultura de la Ciudad.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECLARACIÓN
ART. 1º) Declárase de Interés Cultural el «2do. Encuentro de Canto y Danza Folclórica Tradicional» a llevarse a cabo en el Anfiteatro Municipal de nuestra Ciudad el día 24 de Abril en memoria del Profesor Juan Eduardo Figueroa.




Proyectos de particulares y Departamento Ejecutivo

Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo hasta la fecha.


DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo remite nota solicitando la designación de un concejal para presenciar la apertura de ofertas del llamado a licitación privada contratación mano de obra, equipos materiales para la ejecución de bacheo de asfalto y hormigón FO.NA.VI.  según decreto 7533/2011 que se realizara el 28 de abril en la Secretaria de Obras Publicas.


PARTICULARES

La Iglesia Cristiana Evangélica Pentescostal Unidos Venceremos y vecinos de la ciudad solicitan la reparación de calles Temporelli desde el Cementerio hasta Soldado Aguirre. Exp. 4141/11.

Vecinos de Víctor Hugo y Guido Spano solicitan lomos de burro o cordones acanalados en el sector. Exp. 4142/11.

La Vecinal “El Nuevo Milenio” envía nota reiterando en reparar en forma urgente las calles Temporelli 2800 al 3100 y Av. Raúl Alfonsin hasta Pje Capuchino.

El Sindicato Trabajadores Municipales invita a la entrega de placas recordatorias a excombatientes pertenecientes al personal de planta permanente que se realizara el 15 de abril a las 18 hs en la sede gremial.

Remiserias de la ciudad solicitan que se rechace lo solicitado por CA.TI.L.REM.VGG en el expediente 4131/11.






4º Sesión Ordinaria 14 de abril de 2011

Esta es una síntesis de la 4º sesión de carácter ordinaria que se realizo el 14 de Abril 2011. La misma estuvo presidida por el Presidente del Concejo Deliberante Pedro Jorge Gonzalez, en Secretaria Mario Correale.
Concejales presentes:  Auge, Richetti, López., Orellana, Dolce, Monte y Fraccaroli.
Ausentes: Prece.

miércoles, 13 de abril de 2011

LIMPIEZA MICRO BASURALES CALLE SAENZ PEÑA ENTRE 17 DE OCTUBRE Y SAN LUIS

Autores del proyecto: Concejales Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece.


Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo tareas de limpieza en los microbasurales de Sáenz Peña entre 17 de Octubre y San Luís. Exp. 4140/11.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 art. 39 Inc. 14, 52, 53, 62, art. 41inc. 24 y 26, el reclamo de vecinos que transitan por el lugar; y
CONSIDERANDO:
Que a lo largo de toda la calle Roque Sáenz Peña desde la calle 17 de Octubre hasta la calle San Luís siguen proliferando micro basurales con todas las consecuencias graves para la salud que ello acarrea.
Que es deber del Municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas publicas para la prevención de los mismos.
Por todo lo expuesto los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento el siguiente proyecto de
MINUTA DE COMUNICACIÓN
Art. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda realice trabajos de limpieza en los micro basurales existentes en la calle R. Sáenz Peña entre las calles 17 de Octubre (ex Mendoza) y San Luís.
 



LIMPIEZA MICRO BASURAL SAN DIEGO AL 400

Autores del proyecto: Concejales Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece.

Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo tareas de limpieza del microbasural en San Diego al 400. Exp. 4139/11.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 art. 39 Inc. 14, 52, 53, 62, art. 41inc. 24 y 26, el reclamo de vecinos que transitan por el lugar; y
CONSIDERANDO:
Que a lo largo del Bv. San Diego al 400 sobre la vereda par siguen proliferando micro basurales con todas las consecuencias graves para la salud que ello acarrea.
Que es deber del Municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas publicas para la prevención de los mismos.
Por todo lo expuesto los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento el siguiente proyecto de
MINUTA DE COMUNICACIÓN
Art. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda realice trabajos de limpieza, desinfección y control del micro basural que ha proliferado en la vereda par del Bv. San Diego altura del 400.
 

Proyectos del Bloque Justicialista Frente para la Victoria

Estos son los proyectos presentados por el bloque Justicialista Frente para la Victoria  hasta la fecha.


Proyectos del Departamento Ejecutivo

Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo hasta la fecha.

martes, 12 de abril de 2011

49 años de Declaración de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez



"El pueblo de Villa Gobernador Gálvez pasa a la categoría de ciudad el 12 de abril de 1962,  mediante Decreto Provincial Nº 03925, siendo gobernador el doctor Carlos Silvestre Begnis, calculándose la población por esas fechas en 18.000 habitantes".

En el 49º aniversario de la Declaración como ciudad, el Presidente del Concejo Deliberante  Pedro Jorge Gonzalez, y todo el cuerpo deliberativo, saludan a todos los ciudadanos en tan preciada fecha.

lunes, 11 de abril de 2011

CONTROLES EN PELTEC SA

Autor del proyecto: Concejal Fraccaroli.



Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo realice controles en “PelTec S.A.”. Exp. 4136/11.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ordenanza Nº 1144/95 de Código Urbano
El sostenido reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que los vecinos de la zona en donde se encuentra radicada la empresa «PelTec S.A.» con entrada en J. Jaures entre Filippini y Buenos Aires.
Que los vecinos de la zona han acercado a este Cuerpo su reclamo por el estado de las arterias mencionadas en el Considerando anterior, siendo necesario encontrar una respuesta a este pedido.
Que la empresa en cuestión está radicada en el Distrito Industrial 3 (I3), indicando el Código Urbano cuya regulación indica que en el mencionado sector «se permitirá la permanencia o radicación de industrias inocuas y/o molestas, que se adecuen a las disposiciones del Código Urbano», y que dichas empresas, aún estando habilitadas para producir algunos inconvenientes a la población vecina, no deben «configurar peligro o daño para la higiene, la salubridad o la seguridad, ni contravenir las disposiciones vigentes».
Que los vecinos de las inmediaciones han expresado que, si bien la fábrica en cuestión tiene una zona preparada para las actividades que suponen ruidos y vibraciones, cuando la misma se encuentra desbordada de piezas el trabajo se realizaría al aire libre.
Que la preocupación que fundamenta el presente proyecto, aún cuando debe velarse por las industrias locales, debe extenderse a un estudio sobre la traza de las zonas del Código Urbano, en atención al crecimiento de la ciudad y el bienestar de los vecinos.
Que es además deber de este Cuerpo Deliberante evaluar la justicia en los reclamos de los vecinos y elevar hacia el Ejecutivo Municipal aquellos que considere más necesarios y acuciantes, velando por el bienestar y la calidad de vida de nuestra ciudadanía.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita que Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría correspondiente, proceda a realizar los controles necesarios en la «PelTec S.A.», ubicada en J. Jaures entre Filippini y Buenos Aires.
ART. 2º) El Concejo Deliberante solicita asimismo que Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría correspondiente, eleve un informe sobre las actuaciones requeridas en el artículo precedente así como sobre el estado de habilitación de la mencionada empresa y cualquier otra información que resultare relevante.

INFORME SOBRE EL PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE, GABINETE Y CONTRATADOS

Autor del proyecto: Concejal Fraccaroli.

Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo eleve informe sobre el Personal Permanente, Gabinete y Contratados. Exp. 4135/11.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
El Expte. Nº 4025/10,
El Acta de Compromiso firmada en el recinto de este Cuerpo el 22 de Febrero de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 26 de Octubre de 2010 ingresó a este Cuerpo un Proyecto de Decreto requiriendo al Departamento Ejecutivo Municipal elevar a este Cuerpo en un plazo no mayor a 15 días hábiles un informe con los datos de categoría, edad, domicilio, antigüedad y agrupamiento del Personal Municipal de Planta Permanente así como del Personal actualmente Contratado (Expte. Nº 4.025/10).
Que el 22 de Febrero del corriente en reunión en el recinto del Concejo Deliberante varios Concejales en nombre de todos los Bloques Legislativos junto a representantes del Sindicato Independiente Municipal, de la Federación de Sindicatos Independientes Municipales y del Sindicato de Trabajadores, Obreros, Empleados de Servicios de Recolección y Barrido Manual de calles se firmó un acta de compromiso cuyo punto tercero expresa que «el CD se compromete a solicitar al Ejecutivo Municipal un informe detallado de todo el personal contratado en las distintas áreas de la Municipalidad a fin de elaborar un anteproyecto para su inclusión en el organigrama municipal».
Que es fundamental contar con información veraz y actualizada sobre todo el Personal de la Municipalidad, tanto de Planta Permanente como Gabinete y los Contratados, a fin de poder cumplir con los compromisos asumidos por este Cuerpo y proyectar las modificaciones presupuestarias necesarias.
Que es deber de este Cuerpo velar por los intereses de los trabajadores buscando en todo momento asegurar su calidad de vida, con especial atención a aquellos que desempeñan tareas y servicios públicos.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría correspondiente, produzca y eleve a este Cuerpo en un plazo no superior a 15 días hábiles un informe sobre el Personal de Planta Permanente, Gabinete y Contratados en el que se detalle: 1) Nombre completo; 2) Cargo; 3) Categoría; 4) Edad; 5) Domicilio; 6) Antigüedad; y 7) Agrupamiento o Repartición.


INSTITUCION DESTACADA “ASOCIACION AMIGOS DEL MUSEO” E INTERES CULTURAL 25 AÑOS CREACION DEL MUSEO

Autores del proyecto: Concejales Dolce y Orellana.



Proyecto de Declaración, para declarar como Institución destacada de la ciudad a la Asociación Amigos del Museo Municipal y de Interes Cultural los actos y festejos por los 25 años dela creación del Museo Municipal Dr. Raul Malatesta. Exp. 4134/11.
VISTO:
Que el 7 de mayo de 2011 se cumplen 25 años del inicio de las actividades de la “Asociación Amigos del Museo Municipal de Villa Gobernador Gálvez” (entidad con Personería Jurídica s/resolución Nº 525/88); que el 30 de agosto de 2011 se cumplen 25 años de la inauguración del Museo “Dr. Raúl Malatesta”; la Ley Nº 2756 Art.39º Inc. 50; la Ordenanza Nº 1.947/10 Anexo I Art. 8º Art. 14º Inc. d) del Reglamento, y
CONSIDERANDO:
Que a principios del año 1.985 se reúne un grupo de vecinos nucleados en torno del Dr. Raúl Malatesta, con el propósito de crear el Museo de la Ciudad.  En una primera etapa se crea una comisión provisoria, cuya tarea será dar los primeros pasos para lograr el objetivo.
Que durante los trabajos preparatorios, la referida comisión, se abocó a la tarea de crear la “Asociación Amigos del Museo”, la que tendría como misión fundar el museo y ser su entidad rectora; debió además redactar los estatutos de la asociación, tramitar su personería jurídica, gestionar ante las autoridades de Ferrocarriles Argentinos la cesión de uso de la antigua sala de espera de la estación “Villa Diego”, lugar donde comenzaría a funcionar el museo.
            Que también fueron tareas de la comisión iniciadora:
a)      Gestionar el reconocimiento de la autoridades municipales , lo que quedó plasmado en la Minuta de Comunicación Nº 186/85 del Concejo Deliberante y el Decreto Nº 1266/85 del Departamento Ejecutivo Municipal a cargo del Intendente Marino Bruno, declarando: “de Interés Publico y Municipal el Museo de la Ciudad  de Villa Gobernador Gálvez…”
b)      El acondicionamiento de la antigua sala de espera de la estación, para adecuarla al funcionamiento del museo.
c)      La búsqueda y acopio de  piezas que más adelante pasaron a integrar el patrimonio histórico del museo, tales como: el rescate de restos fósiles de un gliptodonte  hallado en las barrancas del Río Paraná en el que participó un técnico del Museo de Ciencias Naturales de la Ciudad de La Plata; la clasificación de  planos que van desde el siglo XVIII hasta 1985 posibilitando un estudio realizado sobre la evolución de la propiedad de la tierra en distrito Villa Gobernador Gálvez; también la recepción y restauración del mobiliario que perteneciera a Teodelina F. de Alvear.
Que a partir de los primeros días del año 1986, las tareas se fueron intensificando, y el 7 de mayo la comisión convoco a una asamblea de vecinos para dejar constituída la “Asociación  Amigos  del Museo Municipal de Villa Gobernador Gálvez”, la que tendrá por fin: “bregar por la preservación y acrecentamiento del patrimonio del museo…”
Que el próximo 7 de mayo de 2011, se cumplen 25 años del inicio de las actividades de la Asociación Amigos del Museo Municipal de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez”, la que en forma ininterrumpida ha sostenido el  funcionamiento del Museo de la Ciudad “Dr. Raúl Malatesta”, institución que merece nuestro reconocimiento por su extraordinaria labor en defensa del patrimonio histórico y su permanente compromiso con nuestra identidad.
Que así mismo el museo inició sus actividades el 30 de agosto de 1.986 bajo la denominación de Museo de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, y por Ordenanza Nº 874 del 9 de agosto de 1993 paso a denominarse “Museo Municipal de Villa Gobernador Gálvez, Dr. Raúl Malatesta; cumpliéndose el próximo 30 de agosto de 2011, 25 años de su fundación, razón por la cuál la Asociación Amigos del Museo se encuentra abocada a organizar los festejos por el aniversario y el Concejo Deliberante de la Ciudad, cree también necesario acompañar tan importante acontecimiento.
Que por todo lo expuesto y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 39º Inc. 50 de la Ley 2756 que expresa “son atribuciones y deberes de los Concejos Municipales fomentar y proteger las asociaciones mutualistas e instituciones culturales o artísticas, propendiendo a su mayor eficiencia”; es que los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento y aprobación el presente proyecto de
DECLARACION
ART. 1º) En reconocimiento a la labor desarrollada en defensa del patrimonio histórico de la ciudad y su permanente desvelo para asegurar el funcionamiento del Museo Municipal de Villa Gobernador Gálvez Dr. Raúl Malatesta; el Concejo Deliberante declara y distingue como “Institución destacada de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez”, a la Asociación Amigos del Museo Municipal de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, con personería jurídica s/resolución 525/88, al cumplir 25 años de tarea ininterrumpida.
ART.2º) El Concejo Deliberante declara “de Interés Cultural” los actos y festejos que se están organizando para recordar el 25 aniversario de la creación del Museo Municipal de Villa Gobernador Gálvez Dr. Raúl Malatesta, a celebrarse el próximo 30 de agosto de 2.011.

DESIGNA PLAZA CARLOS FUENTEALBA A PLAZOLETA UBICADA EN BELGRANO, BROWN, E. ZOLA Y PJE USHUAIA

Autores del proyecto: Concejales Dolce y Orellana.


Proyecto de Ordenanza, para designar con el nombre Plaza Carlos Fuentealba a la plazoleta ubicada en calles Belgrano, Brown, Emilio Zola y Pasaje Ushuaia. Exp. 4133/11.
VISTO:
Que el 4 de abril del corriente se cumplen 4 años del asesinato de Carlos Fuentealba en una ruta del sur de la provincia de Neuquén, cuando reclamaba mejores salarios y condiciones dignas de trabajo.
La Ley Nº 2756, Art. 16º, y
CONSIDERANDO:
Que Carlos Fuentealba nació en 1966 en Junín de los Andes, provincia de Neuquén, argentina. Creció en San Martín de los Andes donde realizo los estudios primarios. Se traslado a la capital provincial para realizar sus estudios secundarios en la escuela industrial, donde se recibió de técnico químico.
Que en el año 2005 recibió su titulo docente a los 38 años de edad. Comenzó a trabajar como profesor de química en el Centro Provincial de Enseñanza Medio Nº 69 de la Cuenca XV,  allí fue elegido por sus compañeros como delegado sindical. En 2006 recibió el premio del 2Rey del colegio” como mejor profesor, distinción otorgada por los estudiantes. Al momento de su muerte Fuentealba tenía 40 años y dos hijas de 10 y 14 años.
Que el 4 de abril de 2007 Fuentealba participaba de una protesta en el marco de la huelga del sindicato docente, la cual fue reprimida con balas de goma, gases lacrimógenos y un carro hidrante.
Que allí donde Fuentealba recibe una descarga de granada cuando se encontraba dentro de un automóvil, sentado en e asiento trasero. Un policía de nombre José Darío Poblete abre fuego contra el con un lanzagranadas desde una corta distancia; el cartucho de gas lacrimógeno atravesó el vidrio del vehiculo y le pego en la nuca, causándole el hundimiento de cráneo.
Que la injusta muerte de un luchador no debe caer en el olvido y resulta necesario rendirle un justo y merecido homenaje para que su trabajo y su compromiso sean recordado por las actuales y futuras generaciones.
Por todo lo expuesto los Concejalesabajo firmantes presentan para su tratamiento el siguiente proyecto de
ORDENANZA

ART. 1º)   Desígnese con el nombre de “Plaza Carlos Fuentealba” a la plazoleta ubicada en la intersección de las calles Belgrano, Brown, Emilio Zola y Pasaje Ushuaia, y dispóngase la construcción de un monolito con su respectiva placa conmemorativa.


REDUCTORES DE VELOCIDAD Y/O LOMOS DE BURRO EN INT. ANDREU Y SAENZ PEÑA

Autor del proyecto: Concejal Monte.

Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo reductores de velocidad y/o lomos de burro en calle Int. Andreu y calle Saenz Peña. Exp. 4132/11.
VISTO:
La Ley Nº 2756, Art. 39º Incs. 14 y 24, Art. 41º  Inc. 5 y Art.44º.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que actualmente, y con la reciente obra de pavimentación, la calle Intendente Andréu, es una arteria de doble mano muy transitada, siendo directa comunicación  desde y hacia el Boulevard San Diego.
Que, a la altura de Sáenz Peña, tanto automovilistas y motociclistas transitan dicha arteria a gran velocidad.
Que en el barrio habitan cantidad de familias con hijos menores, que mantienen aún, la añeja costumbre de disfrutar charlas de vecinos y juegos de niños en las veredas.
Que actualmente  dada la nueva delineación de calle Intendente Andréu, la zona se ha convertido  peligrosa, tanto para los vecinos como para los automovilistas y motociclistas.
Por todo ello, el concejal abajo firmante lleva para su tratamiento el siguiente,
PROYECTO DE
MINUTA DE COMUNICACION
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de colocar reductores de velocidad o lomas de burro como así también la correspondiente señalización en calle Intendente Andréu en su intersección con calle Sáenz Peña.

Proyectos del Bloque PAIS

Estos son los proyectos presentados por el bloque PAIS hasta la fecha.

Proyectos del Bloque Frente Progresista, Civico y Social

Estos son los proyectos presentados por el bloque Frente Progresista, Civico y Social hasta la fecha.


Proyectos de particulares y Departamento Ejecutivo

Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo hasta la fecha.


3º Sesión Ordinaria 07 de Abril 2011

Esta es una síntesis de la 3º sesión de carácter ordinaria que se realizo el 07 de Abril 2011. La misma estuvo presidida por el Presidente del Concejo Deliberante Pedro Jorge Gonzalez, en Secretaria Mario Correale.
Concejales presentes:  Richetti, Prece,  López., Orellana, Dolce, Monte y Fraccaroli.
Ausentes: Auge.

sábado, 2 de abril de 2011

DENUNCIA DE VECINOS IRREGULARIADES OFICINA ANSES Y CASA SOLIDARIA MARI

Autores del proyecto: Todos los bloques.

Proyecto de Decreto, remitiendo al Departamento Ejecutivo denuncia de vecinos irregularidades en las oficinas del ANSES y la Casita Solidaria de Mari. Exp. 4130/11.
VISTO:
            La Ley Nº 2.756,
            La denuncia ingresada a este Cuerpo por los Sres. Héctor Rodríguez, Juan Balbi y la Sra. María del Carmen Pedrosa el 28 de Marzo de 2011, y
CONSIDERANDO:
            Que con fecha 28 de Marzo del 2011 las personas citadas en los Vistos elevaron a este Cuerpo una nota denunciando que desde las oficinas del ANSES (Administración Nacional de Seguridad Social) de la Ciudad se derivaba a las personas a la «Casita Solidaria de Mari», sita en la calle Opicci al 1467 y, como es de público conocimiento, perteneciente a María del Carmen Murabito, para que completaran el trámite de la «Asignación Universal por Hijo» que otorga el Estado Nacional a través del mencionado organismo oficial.
            Que en la nota a que se refieren los hechos por los cuáles se tomó conocimiento de tal situación, constando en poder de este Cuerpo una copia del papel impreso con la dirección y las indicaciones para completar el trámite en la mencionada «Casita Solidaria».
            Que, de confirmarse los hechos denunciados, el ANSES estaría incurriendo en una falta gravísima que podría repercutir negativamente en el funcionamiento de todas las instituciones de la ciudad.
            Que desde hace ya tiempo este Concejo aprueba la partida presupuestaria correspondiente al alquiler de las oficinas del ANSES en la Ciudad en el marco de un Convenio de Colaboración entre el Estado Nacional y el Municipal y que, en tal sentido, es fundada la intervención de este Cuerpo a fin de aclarar la situación.
            Que este Cuerpo ha elevado ya la denuncia al Dirección Provincial del ANSES a fin de que se tomen todos los recaudos y medidas necesarios para esclarecer los hechos denunciados, y que resulta asimismo fundamental que el Ejecutivo Municipal esté en conocimiento de la situación.
Por todo ello, los concejales abajo firmantes elevan para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) Envíese al Departamento Ejecutivo Municipal copia de la denuncia de vecinos de la ciudad sobre presuntas irregularidades en la tramitación de la «Asignación Universal por Hijo» entre las Oficinas del ANSES y la «Casita Solidaria de Mari», sita en la calle Opicci al 1467; para la adopción de las medidas correspondientes.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Organismo competente solicitándole informe a este Cuerpo en un plazo no mayor a 15 días sobre la denuncia mencionada en el artículo precedente.




INCENDIO CALESITA PLAZA A LA MADRE

Autores del proyecto: Concejales Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece.
 
Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre el incendio de la calesita de la Plaza a la Madre el día 21 de Marzo del 2011. Exp. 4127/11.
VISTO:
La Ley 2756, el incendio de la calesita de la Plaza A la Madre, el reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
            Que el día lunes 21 de marzo de 2.011 a las 7:00 horas se produjo un incendio en la calesita ubicada en la Plaza A la Madre.
            Que en virtud de que la calesita es un símbolo de la historia de la plaza principal de nuestra ciudad, es necesario solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal información referida sobre tal suceso.
            Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal el cuidado y mantenimiento del espacio público y del mobiliario que se encuentra en el mismo.
            Que en los tiempos de violencia en que vivimos en fundamental bregar por la contención de los niños para la realización de un crecimiento pleno y armonioso.
            Que es deber de todos garantizar el derecho del niño al descanso y al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas apropiadas para su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.
Por todo ello el Bloque Justicialista – Frente para la Victoria solicita la aprobación del siguiente proyecto de MINUTA DE COMUNICACIÓN:
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda informe:
ü      Si se realizó la denuncia correspondiente ante autoridad competente sobre el incendio de la calesita de la Plaza A la Madre sufrido el día 21 de marzo de 2.011.
ü      Si en el lugar se encontraba el sereno de la plaza, y de ser así, si informó a Bomberos y/o policía sobre tal acontecimiento.
ü      Si se han iniciado las medidas correspondientes a la restauración y puesta en funcionamiento de la calesita.
ü      Si se han tomado medidas preventivas para que no se vuelvan a repetir tales sucesos.





COLOCACION LAMINAS DE SEGURIDAD Y CONTROL SOLAR EN VEHICULOS

Autores del proyecto: Concejales Gonzalez, Auge, López, Richetti y Prece.

Proyecto de Ordenanza,  sobre colocación de láminas de seguridad y control solar en vehículos. Exp. 4125/11.
VISTO:
La Ley nacional Nº 24.449 según Decreto Reglamentario º 779/95 en su Anexo F; La Ley Provincial Nº 11.583 y su Decreto Reglamentario Nº 2.311/99, El Inc. 30 del Art. 75º de la Constitución Nacional, La Ley Organica de Municipalidades Nº 2756. El pedido de empresas instaladoras y usuarios, y
CONSIDERANDO:
            Que el uso de los vidrios polarizados se ha generalizado en la población de nuestro país y en países vecinos como Brasil y Uruguay ya ha sido normado y permitido.
            Que brindan beneficios probados como la disminución del encandilamiento  o y la temperatura, la filtración de la radiación ultravioleta y el control de estallidos en caso de accidentes.
            Que en la vecina ciudad de rosario se aprobó la Ordenanza Nº 8562 que permite el uso de vidrios polarizados.
            Que por la cercanía y vinculación de nuestra ciudad con la de Rosario muchas personas transitan diariamente de una a otra ciudad.
            Que los conductores de nuestra ciudad solicitan gozar del mismo derecho que actualmente tienen los usuarios de vehículos de Rosario.
            Que comerciantes de nuestra ciudad quieren trabajar dentro del rubro de colocación de láminas de seguridad y control solar en igualdad de condiciones que sus pares de la vecina ciudad.
            Que es deber del municipio facilitar condiciones de seguridad en el transito así como igualdad de oportunidades para el ejercicio del comercio.
Por todo lo expuesto los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
ART. 1º)  Prohíbese la colocación de elementos que dificulten la visibilidad del parabrisas y demás vidrios de seguridad del vehiculo y/o aplicación de elementos no autorizados.
ART. 2º) Las láminas de seguridad y control solar no serán utilizadas en el vidrio parabrisas delantero, excepto en forma de una banda o visera en la parte superior del mismo y no exceda los quince centímetros (15 cm) de ancho.
ART. 3º) Las laminas de seguridad y control solar deberán garantizar al adecuada visibilidad, se podrán aplicar a toda la superficie de los vidrios laterales de conductor y acompañante, otros vidrios laterales y parabrisas traseros o lunetas, autorizándose como máximo grado de totalidad el comúnmente denominado “intermedio” que a los efectos de esta Ordenanza se entenderá aquella que reúna las especificaciones técnicas correspondientes a la denominada 20, en los catálogos de fabricación de uso corriente en la comercialización de las mismas. En caso de aplicarse en el vidrio parabrisas trasero o luneta se exigirá la instalación de espejos retrovisores a ambos lados del vehiculo.
ART. 4º)  Las empresas y/o personas físicas que decidan instalar láminas de seguridad y control solar deberán previamente ser autorizadas por la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez y posteriormente podrán realizar las colocaciones dentro del marco establecido por la presente Ordenanza.
ART. 5º) La Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez a través de la Secretaria  de Gobierno confeccionara una oblea habilitantes identificatoria del grado de totalidad permitido, denominado “intermedio” y una cedula identificatoria. La oblea y la cedula habilitaran a los vehículos a transitar por la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez exhibiendo junto con la documentación exigible del vehiculo.
5.a Los organismos de control y responsables de la aplicación de los polarizados tendrán la obligación de grabar en cada lámina de seguridad y control solar un número de código legalizando su tonalidad. Dicho código deberá coincidir con el numero establecido en la oblea habilitante identificatoria.
5.b Los organismos de control y responsables de la aplicación de los polarizados y la Secretaria de gobierno confeccionaran una cedula identificatoria obligatoria que se deberá portar junto con la documentación exigible del vehiculo. Los datos vertidos en la cedula serán:
1.- Número de patente del vehiculo, 2.- Grado de tonalidad permitido; 3.- Código de lámina de seguridad y control solar del vehiculo, el cuál debe coincidir con el código de la oblea; 4.- Los organismos de control y responsables de la aplicación de los polarizados.
5.c La oblea habilitante identificatoria deberá ser colocada en el parabrisas delantero del vehiculo. La misma exhibirá: 1.- Fecha de colocación de las laminas de seguridad y control solar; 2.- Numero de código; 3.- Datos del vehículos; 4.- Grado de tonalidad permitido; 5.- Organismos de control y responsables de la aplicación de los polarizados.
5.d Los vehículos automotores al solo requerimiento de la autoridad competente, deberán presentar la cedula identificatoria y demás documentación exigible, la que debe ser devuelta inmediatamente de verificada, no pudiendo retenerse sino en los casos en que la normativa lo contemple.
5.e Los inspectores municipales y/o miembros de las fuerzas de seguridad están facultados para disponer la remisión de rodados a dependencias municipales y/o realizar multas, en cualquier momento y lugar en los siguientes casos: 1.- Vehículos que no posean el código identificatorio correspondiente en las laminas de seguridad y control solar; 2.- Los datos de la oblea no coincidan con los datos vertidos en la cedula identificatoria; 3.- La no colocación de la oblea obligatoria; 4.- Mayor grado de tonalidad que lo establecido en la presente Ordenanza; 5.- La colocación de laminas de seguridad y control solar en empresas o negocios no habilitados por la Secretaria de Gobierno.
ART. 6º) El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la secretaria de Gobierno, autorizara y exigirá lo establecido en los Arts. 3º y 5º de la presente Ordenanza.
ART. 7º) Queda prohibida la instalación de las laminas de seguridad y control solar de totalidad intermedia autorizadas por la presente Ordenanza en e transporte publico de la Ciudad.
ART. 8º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir convenios con la Secretaria de Transporte de la Nación y la Secretaria de Transporte de la Provincia de Santa Fe a fin de realizar, por sí o a través de terceros, la Revisión Técnica Vehicular prevista en el Art. 34º de la Ley 24.449 y conforme reza la Ley 11.583 y Decreto Reglamentario y con otros municipios o comunas a los fines de la coordinación de la implementación de la presente Ordenanza.
ART. 9º)   deróguese toda norma que se oponga a la presente.
ART. 10º) Cláusula Transitoria:
1.- Las condiciones y requisitos establecidos en la presente Ordenanza, tendrán plena vigencia a partir de los 60 (sesenta9 días corridos contados desde la fecha de su aprobación.
2.- Los Centros de Inspección Vehicular habilitados en el ejido del municipio de Villa Gobernador Gálvez para realizar la Revisión Obligatoria, deberán, adecuar sus procedimientos, a los fines de acatar la presente Ordenanza en los plazos establecidos en el punto 1.
3.- Hasta tanto entre en vigencia esta nueva regulación, la dirección General de Transito y/o cualquier otro organismo de control y/o inspección, deberá abstenerse de multar y/o aplicar cualquier tipo de sanción relativa a la aportación automotores; pudiendo proceder con un fin preventivo, informándoles sobre la necesidad de adecuación a esta Ordenanza y su respectiva reglamentación.


TRABAJOS DE BACHEO EN LAS CALLES J.B.JUSTO; EVA PERON Y EMILIO ZOLA

Autor del proyecto: Concejal Fraccaroli.
 
Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo trabajos de bacheo en calle Juan B. Justo entre Alberdi y Pasteur, Eva Perón entre Pasteur y Alberdi y Emilio Zola y San Martín. Exp. 4123/11.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
El continuo reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que el estado de las calles Juan B. Justo entre Alberdi y Pasteur, Eva Perón entre Pasteur y Alberdi, y Emilio Zolá entre Pasteur y San Martín es de total deterioro y abandono, encontrándose baches profundos que dificultan enormemente la circulación.
Que los vecinos de la zona han acercado a este Cuerpo su reclamo por el estado de las arterias mencionadas en el Considerando anterior, siendo necesario encontrar una respuesta a este pedido.
Que es además deber de este Cuerpo Deliberante evaluar la justicia en los reclamos de los vecinos y elevar hacia el Ejecutivo Municipal aquellos que considere más necesarios y acuciantes, velando por el bienestar y la calidad de vida de nuestra ciudadanía.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría Correspondiente, proceda a realizar tareas de bacheo en:
v     Juan B. Justo entre Alberdi y Pasteur;
v     Eva Perón entre Pasteur y Alberdi; y
v     Emilio Zolá entre Pasteur y San Martín.