sábado, 13 de agosto de 2011

12ª Sesión Ordinaria 12 de Agosto 2011

Esta es una síntesis de la 12º sesión de carácter ordinaria que se realizó el 12 de Agosto 2011. La misma estuvo presidida por el Vicepresidente 1º del Concejo Deliberante Roberto Rubén Richetti, en Secretaria Mario Correale.
Concejales presentes:  Auge, López, Prece, Fraccaroli, Orellana, Dolce y Monte.
Ausente: Gonzalez.


Lectura del Orden del Día.


APORTES NO REINTEGRABLES LEY 12385 PARA EJECUCION OBRAS DE PAVIMENTACION Y CORDON CUNETA

DICTAMEN DE COMISIONES DE: GOBIERNO Y EDUCACION Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza, solicitando aportes no reintegrables Ley 12.385 para ejecución de obras de pavimentación y cordón cuneta en sectores varios. Favorable.
Puesto a consideración se  aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART. 1º) Derógase el Art. 2º de la Ordenanza Nº 1.858/09, en todos sus términos.
ART.2º) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385, sus modificaciones y Decreto Reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable por la suma de $ 976.614,35.-(Pesos Novecientos Setenta y Seis Mil Seiscientos Catorce con Treinta y Cinco Centavos) correspondiente a parte del “Fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamiento y rodados” asignados para el año 2009 y que serán destinados a la ejecución de obras de pavimentación y cordones cunetas en las calles Maipú desde Intendente Andréu hasta San Juan, Dorrego desde Intendente Andréu hasta 17 de Octubre y Nogues desde Alvear hasta la Rivera.
ART.3º) Declárese como no susceptibles de recuperación mediante contribución de mejoras el proyecto consignado en el Art. 2º, autorizando al Departamento Ejecutivo Municipal gestionar la asignación de fondos para la realización de las obras.
ART.4º)  Autorizase al Intendente Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.


MODIFICACION PARCIAL ART. 22 ORDENANZA 1608/04


DICTAMEN DE COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza, modificación parcial del Art. 22º de la Ordenanza Nº 1.608/04. Autores del proyecto Concejales Dolce, Orellana, Monte y Fraccaroli. Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto aprobado dice:
ORDENANZA
ART. 1º) Modifíquese parcialmente el Art. 22º de la Ordenanza Nº 1.608/04 en el segundo párrafo de su Título “Tasa por verificación de cargas” el que quedará redactado de la siguiente manera: “las referidas empresas que actuarán como agentes de retención, quedan obligadas al pago del presente derecho, el que se fija en $ 15.- (Pesos Quince) por camión ingresado.  Los montos retenidos por este concepto deberán ser ingresados al erario municipal; cada diez días, con vencimiento los días 5, 15 y 25 de cada mes.
ART.2º) Deróguese en todos sus términos la Ordenanza Nº 1.917/10, debiendo aplicarse el importe consignado en el Art. 1º de la presente, a partir del momento de su promulgación.





Video de la sesión

En la Web

Un Concejo junto a la gente


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