viernes, 27 de septiembre de 2013

22 Sesión Ordinaria 26 de septiembre 2013

Esta es una síntesis de la 22º sesión de carácter ordinaria que se realizó el 26 de Septiembre de 2013. La misma estuvo presidida por la Presidente del Concejo Deliberante Norma Haydeé Auge, en Secretaria Daniel Marcucci.
Concejales presentes: Cabrera, Mangiaterra, Luraghi, López, Martinez, Dolce y Monte.
Ausente: Cabrol.


Lectura del Orden del Día.



PROHIBICION DE ESTACIONAMIENTO SOBRE LA CALZADA CUYO FRENTE SE ENCUENTRA EL CLUB TALLERES RPB

DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIENRO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Ordenanza, se prohíba el estacionamiento de vehículos sobre la calzada en cuyo frente se encuentra el Club Talleres R.P.B. Expte. Nº 4.918/13.
Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
ORDENANZA
ART. 1º) Prohíbase el estacionamiento de vehículos en el horario de 8 a 22 horas, sobre la calzada en cuyo frente se encuentra el Club Talleres R.P.B., específicamente entre la intersección de calle Fornieles hasta 10 (diez)  metros en dirección a calle Libertad desde la puerta de ingreso principal del club.
ART.2º) Instálese cartelería vertical indicativa de la prohibición establecida en el Art. 1º.
ART.3º) Píntese de color amarillo el cordón del tramo señalizado entre la cartelería establecida en el Art.2º.
ART. 4º) Otórguese intervención a la Dirección Municipal de Tránsito, para que realice controles a los efectos de que se cumpla la presente Ordenanza.


EXIMICION DEL PAGO DE LA T.G.I. A TRABAJADORES DE LA EMPRESA ALLOCCO SA

DICTAMEN DE COMISIÓNES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza, eximiendo del pago de la TGI a trabajadores de la Empresa Allocco S:A. Expte. Nº 4.912/13.
Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
ORDENANZA
 ART. 1º) Exímase del pago de la Tasa General de Inmuebles a los trabajadores de la Empresa Allocco S.A., por el término de 180 días, que podrán ser prorrogables de mantenerse las mismas circunstancias que dieran lugar a la presente, con los siguientes requisitos, que los beneficiarios deberán cumplir:
-Que la vivienda sea única propiedad inmueble del beneficiario y de su grupo familiar conviviente.
-Que sea ocupada por el beneficiario.
-También será otorgado el beneficio a los que deban alquilar una finca para su uso exclusivo como vivienda familiar para él y su familia, y siempre de acuerdo al contrato de locación sea obligación su pago por parte del locatario.
 ART. 2º) El Departamento Ejecutivo Municipal arbitrará los medios necesarios para el acceso a la presente eximición.



SE ELEVE INFORME SOBRE LO ACTUADO SEGÚN DECRETO 509/13

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS, Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo Municipal eleve informe sobre lo actuado según Decreto Nº 509/13. Expte. Nº 4.906/13
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que eleve un informe detallado con las inspecciones y controles establecidos por el Decreto 509/13.


INTEGRAR LOS DISTINTOS PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, SUS MONTOS MÁXIMOS Y SUS EXCEPCIONES REGULARES

DICTAMEN DE COMISIONES DE: PRESUPUESTO Y HACIENDA Y GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Ordenanza, integrar los distintos procedimientos de compras y contrataciones, sus montos máximos y sus excepciones regulares. Expte. Nº 4.905/13.
Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
ORDENANZA
ART.1º) Para todo lo relacionado con obras municipales, erogaciones, compras, trabajos, instalaciones, reconstrucciones y contratos en general que importen un desembolso para la Municipalidad deberá procederse de acuerdo a los estipulado en la presente Ordenanza cuyo objetivo es integrar los procedimientos de compras y contrataciones y sus montos máximos, con los casos de excepción regular que se detallan.
ART.2º)  CONTRATACION DIRECTA: Cuando los montos no superen el importe de $ 25.000.- (Pesos Veinticinco Mil) la compra se realizará en forma directa, adjuntando factura de compra reglamentaria o comprobante equivalente.
ART.3º) CONCURSO DE PRECIOS: Cuando los montos superen el importe de $ 25.000.- y hasta la suma de $ 75.000.- (Pesos Setenta y Cinco Mil) podrá concretarse por Concurso de Precios, solicitando como mínimo 3 (tres) cotizaciones de precios debidamente suscriptas por los respectivos proveedores quienes deberán acreditar sus inscripciones en los organismos fiscales (AFIP, API, Municipalidad, según corresponda) y asimismo especificar nombre de la empresa o titular del negocio a quien deberá extenderse el pago.
ART. 4°) LICITACIÓN PRIVADA: cuando el importe supere la suma de $75.000.- (Pesos Setenta y Cinco Mil) y hasta $300.000.- (Pesos Trescientos Mil) se llevará a cabo mediante Licitación Privada, debiendo ser invitadas con una antelación no menor a diez (10) días las firmas del ramo inscriptas en el Registro de Proveedores o Licitaciones, según corresponda. Las propuestas se presentaran hasta la fecha y hora indicadas para el acto de licitación en sobre cerrado. Se abrirán los sobres y de su contenido se dará lectura y se dejará constancia en acta, que será firmada por el funcionario que presida el acto, autoridades que asistan y personas presentes que deseen hacerlo.
Todos los proponentes tendrán derecho a hacer sentar en actas las observaciones que a su criterio sean procedentes, y podrán impugnar el acto o cualquiera de las propuestas dentro de 48 horas de efectuado. Dicha impugnación deberá ser fundada. Las licitaciones privadas deberán anunciarse por medio de avisos a publicarse en carteleras transparentes ubicadas en lugar visible y de fácil acceso al público dentro de la Municipalidad por no menos de diez días anteriores al fijado para la apertura, pudiéndose utilizar otros medios de divulgación cuando se lo considere necesario. Cuando el monto previsto de esta contratación exceda de $250.000.- (Pesos Doscientos Cincuenta Mil) los avisos deberán publicarse, además, en un diario zonal de amplia circulación con una anticipación de 8 días de apertura del mismo. Al finalizar la apertura de sobres y la lectura de sus contenidos, se procederá a efectuar una mejora de precios entre las propuestas presentadas y admisibles, tomando como base la más ventajosa para la Municipalidad y debiendo los proponentes expedirse simultáneamente por separado, dejándose constancia en el acta respectiva.
Se deberá permitir la participación de todo oferente que se presente en tiempo y forma en las licitaciones privadas, sea que hubiesen sido invitados o no, no pudiendo ser en ninguno de los casos menos de tres (3) las invitaciones.
ART. 5º) LICITACIÓN PÚBLICA: el Departamento Ejecutivo Municipal procederá al llamado de Licitación Pública cuando el monto de las erogaciones a los que hace referencia el Art. 1º supere los $300.000.- (Pesos Trescientos Mil).
ART. 6) El edicto y anuncios del llamado a Licitación Pública o Privada deberá contener como mínimo los siguientes datos: nombre del organismo licitante, tipo de contratación, su objeto, presupuesto oficial, lugar donde pueden adquirirse y/o retirarse los pliegos, valor de los mismos, lugar de presentación de las propuestas y lugar, día y hora en que se celebrará el acto de apertura de sobres.
ART.7°) CLÁUSULA TRANSITORIA: La Municipalidad, a través de la sección correspondiente y en un plazo no superior a los 2 (dos) meses, procederá a organizar un re-empadronamiento en el Registro de Proveedores, dándole a ello la debida publicidad y estableciendo un sistema ágil y accesible de inscripción, informando a posteriori los resultados al Concejo Deliberante.
ART.8°) Se establece como requisito indispensable la participación activa de uno o más representantes del Concejo Deliberante en los siguientes tipos de contratación: Licitación Privada y Licitación Pública, efectuando en todos los casos funciones de contralor y con facultades ante cualquier acto de anomalía de solicitar y/o resolver la impugnación del llamado.
ART. 9°) El no cumplimiento de lo estipulado en el artículo precedente significará la anulación del llamado.
ART. 10°) Se establece como excepción regular a los procedimientos licitatorios, cuando excedan el monto máximo de compra directa, las compras solicitadas regularmente para la adquisición de alimentos perecederos para abastecer a los comedores municipales, a saber: productos cárnicos, productos de panadería y otros artículos perecederos hasta un tope autorizado especialmente, conforme lo establece la ley 2756, art. 11 y los considerandos de la presente.
ART. 11°) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a comprar en forma directa productos cárnicos hasta un límite de Pesos Veintinueve mil ($29.000.-) y productos de panadería hasta un límite de Pesos Veintiséis mil ($ 26.000.-), necesarios para completar las raciones para los comedores infantiles dependientes de la Municipalidad, conforme lo estipulado en el artículo anterior.
ART. 12°) Se establece como excepción regular a los procedimientos licitatorios, cuando excedan el monto máximo de compra directa, las erogaciones en función de adquisición de insumos y/o prótesis especiales o pago de tratamientos especiales e intervenciones quirúrgicas de baja y alta complejidad que no estén comprendidas en la contratación de la medicina laboral por accidentes, hasta un límite de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($150.000.-). Toda erogación efectuada en virtud de la presente excepción regular será informada en carácter de Rendición de Cuentas a este Concejo Deliberante.
ART. 13°) Regularizada la cobertura de accidentes y riesgos de trabajo, automáticamente y sin necesidad de norma especial queda sin efecto el artículo anterior.
ART. 14°) Deróguense las Ordenanzas Nº 1315/98, Nº 1457/00, 1509/02, 1514/02, 1729/07, 1841/09, 1997/11, 2011/12 y toda otra normativa opuesta a la presente Ordenanza.


OBRAS DE BACHEO EN SOLDADO AGUIRRE Y OPPICI

DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, para que se realicen obras de bacheo en Av. Soldado Aguirre y calle Opicci. Expte. Nº  4.913/13.
Autor del proyecto: Concejal Martinez.
Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART. 1º)  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice obras de bacheo en la intersección de Av. Soldado Aguirre y calle Oppici.          


TAREAS DE MANTENIMIENTO EN LOS JUEGOS INFANTILES Y DEMAS EDIFICACIONES DE LA PLAZA A LA MADRE

DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD,  Proyecto de Minuta de Comunicación, para que se realicen tareas de mantenimiento en los juegos infantiles y demás edificaciones de la Plaza A la Madre. Expte. Nº 4.914/13.
Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a reponer la tabla de madera del tobogán doble, pinte los juegos infantiles y demás edificaciones de la Plaza a la Madre y realice el mantenimiento de los mismos.


OBRAS DE BACHEO EN CORRIENTES AL 500 ENTRE BUENAMESSON Y NTRA SRA DE LA PAZ

DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, para que se realicen obras de bacheo en calle Corrientes al 500 entre Buenamesson y Nuestra Sra. De la Paz. Expte 4.917/13.
Autor del proyecto: Concejal Martinez.
Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice obras de bacheo en calle Corrientes a la altura del 500 entre Buenamesson y Nuestra Señora De la Paz.



DAR CUMPLIMIENTO A LA MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1830/10

DICTAMEN DE COMISIONES DE: OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y  GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, para que se dé cumplimiento a la Minuta de Comunicación Nº 1.830/10. Expte. Nº 4.915/13. 
Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda se proceda a dar cumplimiento a la Minuta de Comunicación Nº 1830/2010.


MODIFICACION ART. 2 ORDENANZA 2077/12

DICTAMEN DE COMISIÓN DE PLANEAMIENTO Y URBANISMO Y GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Ordenanza, modificación Ordenanza Nº 2077/12. Expte. Nº  4.919/13.
Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración el punto se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
ORDENANZA
ART.1º) Modifiquese el Art. 2º de la Ordenanza 2077/12 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Acéptase la donación de una fracción de 2252,14 m² (Lote Nº 15-Manzana B) de superficie destinada a espacio comunitario a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según plano de mensura confeccionado por el Ing. Miguel Ángel Prece”.



Video de la sesión


En la Web

Un Concejo junto a la gente


No hay comentarios:

Publicar un comentario