Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Decreto, pedido de informe sobre las gestiones realizadas por
el Departamento Ejecutivo para implementar el Programa de Alfabetización “Yo,
si puedo”. Exp. 4930/13.
VISTO:
La Ley 2756
Declaración 156/2008
Decreto 431/2012
CONSIDERANDO:
Que en
nuestra ciudad, según el Censo Poblacional del 2001, existen 12.528 personas
sin instrucción o que cuentan
con estudios primarios incompletos, de los cuales un gran porcentaje está
incluido en los índices de analfabetismo.
Que el
Concejo Deliberante declaró en el año 2008 de Interés Municipal la Ejecución del Programa de
Alfabetización “Yo, Sí Puedo”.
Que en ese
mismo año el Municipio realizó una convocatoria a facilitadores y personas que
deseaban instruirse.
Que en esa
oportunidad solo se graduaron unas decenas de vecinos, que a pesar de su edad
afrontaron el desafío de aprender a leer y escribir.
Que el 29
de Noviembre de 2012 el Concejo aprobó el Decreto Nº 431/12 el cual ordenaba al
Departamento Ejecutivo Municipal el inicio nuevamente de las gestiones para la
implementación del Programa de Alfabetización “Yo, Si Puedo”.
Que el
programa de alfabetización cubano antes mencionado ha sido llevado a cabo en
numerosos países obteniendo muy buenos resultados, en muchos de ellos permitió
declararlos libre de analfabetismo por la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
Que es
necesario conocer las gestiones que realizó el Municipio para la implementación
del Programa de Alfabetización “Yo, Si Puedo”, ya que su puesta en marcha
beneficiaria a muchos sectores de la población que no saben leer y
escribir.
Por todo lo
expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente
proyecto de
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita que se
eleve un informe, en el plazo de 10 días hábiles, sobre las gestiones que
realizó el Departamento Ejecutivo para implementar el Programa de
Alfabetización “Yo, Si Puedo”.
ART. 2º) En caso de no haber realizado la gestión
mencionada en el Art. 1º, el Departamento Ejecutivo Municipal dará cumplimiento
a lo establecido por el Decreto Nº 431/2012.
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