martes, 2 de diciembre de 2014

Proyectos presentados por el Bloque Partido Vecinal Independiente al 02 de diciembre 2014

Estos son los proyectos presentados por el bloque Partido Vecinal Independiente.

Proyectos del Departamento Ejecutivo al 02 de diciembre 2014

Estos son los proyectos presentados por el Departamento Ejecutivo.


DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo eleva modificaciones a Contrato  de Locación (Inmueble API) (Aprobado por Decreto 670/14). Exp. 5425/14.

El Departamento Ejecutivo eleva Proyecto de Ordenanza nuevo modelo de contrato locación vivienda familiar Xiomara Villar. Exp. 5426/14.

El Departamento Ejecutivo eleva Proyecto de Ordenanza “Modificación proyecto Repavimentación Av. Mitre”. Ord. 2032/12. Exp. 5427/14.

El Departamento Ejecutivo remite contestación Decreto 660/14.

El Departamento Ejecutivo remite contestación Decreto 668/14 (Cámaras de seguridad de Villa Gdor. Gálvez).





lunes, 1 de diciembre de 2014

SE ESTUDIE LA PELIGROSIDAD HACIA LAS PERSONAS Y BIENES MATERIALES DEL ARBOL UBICADO EN VICTORIA 2392

Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa y Jorge Murabito.
Proyecto de Decreto, Se estudie la peligrosidad hacia las personas y bienes materiales del árbol ubicado en calle Victoria 2392. Exp. 5424/14.
VISTO:
            La ley 2756 artículo 39 incisos 52 y 62
            Los reclamos de los vecinos de Avenida Leandro N. Alem y Pasaje Victoria
CONSIDERANDO:
Que  existe un árbol de gran tamaño en la esquina de Pasaje Victoria  2392 esquina Avenida Leandro N. Alem.  
Que los  días de lluvia y  viento, caen  ramas sobres las casas siendo esto un problema para las familias del lugar.
Que los vecinos solicitan la poda de dicho árbol, ya que con los fuertes vientos  los días de lluvia corren peligro sus casas.
Que dicho ejemplar presenta un inminente riesgo de caída. Situación que se puede acelerar, ante la presencia de tormentas o fuertes vientos.
           Que por su ubicación, se torna una amenaza para los peatones y para los vehículos que transitan por el lugar.
            Que por el tamaño de sus raíces provoca la rotura de los caños de agua que  atraviesan las veredas del lugar.
            Que el municipio es responsable de la obra pública en la ciudad y siendo así  sería apropiado tener una respuesta inmediata para que los moradores de esa cuadra solucionen sus problemas rápidamente.
            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:


DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar trabajos de relevamiento sobre la peligrosidad que representa para la integridad física de las personas y de los bienes materiales del lugar, el árbol ubicado en Pasaje Victoria 2392 esquina Avenida Leandro N Alem.
ART. 2º) Según los resultados de dicho relevamiento, se realicen tareas de escamonda o, si fuese necesario, realizar los trámites correspondientes para la remoción de la especie y su inmediata reposición.
ART. 3º) Se otorga para las tareas solicitadas un plazo de 5 (cinco) días hábiles de sancionado el presente decreto.




INFORME VIVIENDA UBICADA EN INTERSECCION CALLES INT. ANDREU Y LIBERTAD

Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano. 
Proyecto de Decreto, Informe sobre vivienda ubicada en la intersección de la calles Int. Andreu y Libertad. (Sección3, manzana 32). Exp. 5423/14.
Visto:
La Ley Orgánica de Municipios y Comunas N° 2756,
El Código Civil Argentino Art. N° 2342, Inc. 3,
El Código Municipal de Faltas,
El reclamo verbal de los vecinos donde comentan que la propiedad se encuentra en estado de abandono, y
Considerando:
Que en la intersección de calles Int. Andreu y Libertad, Sección 3, manzana 32 se encuentra una vivienda particular en estado de abandono donde se observa el ingreso y egreso de personas desconocidas.
Que en este inmueble se generan micro basurales que contribuyen a la formación de focos infecciosos donde profileran alimañas poniendo en riesgo la salubridad de los vecinos.
Que los vecinos manifiestan que el humo, olores y ruidos molestos que provienen de dicha vivienda hacen imposible el desarrollo normal del día a día.
Que los propietarios de inmuebles tienen obligaciones que nacen de la convivencia, buena fe, la costumbre y las relaciones de vecindad.
Que según el Código Civil Argentino en su Art. N° 2342, Inc. 3, son bienes privados del estado general o de los estados particulares: "Los bienes vacantes o mostrencos, y los de las personas que mueren sin tener herederos, según las disposiciones de este Código".
Que el Art. 39 Inc. 14 de la Ley 2756 faculta al Concejo Municipal a dictar ordenanzas sobre higiene, moralidad, ornato, vialidad y sobre los demás objetos propios a la institución municipal y el inc. 62 a adoptar en general, todas las medidas que tiendan a asegurar la salud y el bienestar de la población.
Que es atribución del Intendente Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de la población (Art. 41 Inc. 24 Ley 2756) pudiendo utilizar las herramientas legales atribuidas por el Inc. 7 del Art. 41 de la Ley 2756.
Por todo lo expuesto los concejales del Bloque Justicialista - Frente para la Victoria, elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de

DECRETO
Artículo 1º: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda proceda a informar titular, situación tributaria y deuda adquirida del inmueble ubicado en la intersección de calles Int. Andreu y Libertad, Sección 3, manzana 32.




                                                     


Zona de los archivos 

INFORME TERRENO BALDIO INTERSECCION CALLES BUENOS AIRES Y LEVALLE

Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano. 
Proyecto de Decreto, Informe sobre terreno baldío ubicado en la intersección de las calles Buenos Aires y Levalle (Sección 10, manzana 21). Exp. 5422/14.
Visto:
La Ley Orgánica de Municipios y Comunas N° 2756,
El Código Civil Argentino,
El Código Municipal de Faltas,
El reclamo verbal de vecinos de la zona, y
Considerando:
Que en la intersección de calles Buenos Aires y Levalle, Sección 10, manzana 21 se encuentra ubicado un terreno baldio donde predominan pastizales, insectos y animales sueltos. I
Que a diario se generan hechos de inseguridad debido a que malvivientes se ocultan en el terreno acechando a peatones y vecinos.
Que los vecinos, cansados de realizar reclamos a los propietarios, recurren a este cuerpo representativo en busca de una solución definitiva que hasta el momento no han podido encontrar.
Que los propietarios de inmuebles tienen obligaciones que nacen de la convivencia, buena fe, la costumbre y las relaciones de vecindad.
Que según el Código Civil Argentino en su Art. N° 2342, Inc. 3, son bienes privados del estado general o de los estados particulares: "Los bienes vacantes o mostrencos, y los de las personas que mueren sin tener herederos, según las disposiciones de este Código".
Que el Art. 39 Inc. 14 de la Ley 2756 faculta al Concejo Municipal a dictar ordenanzas sobre higiene, moralidad, ornato, vialidad y sobre los demás objetos propios a la institución municipal y el. inc. 62 a adoptar en general, todas las medidas que tiendan a asegurar la salud y el bienestar de la población.
Que es atribución del Intendente Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de la población (Art. 41 Inc. 24 Ley 2756) pudiendo utilizar las herramientas legales atribuidas por el Inc. 7 del Art. 41 de la Ley 2756.
Por todo lo expuesto los concejales del Bloque Justicialista - Frente para la Victoria, elevan para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de

DECRETO
Artículo 1º: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda proceda a informar titular/es, situación tributaria y deuda adquirida del terreno baldío ubicado en la intersección de calles Buenos Aires y Levalle, Sección 10, manzana 21.



                                              

Zona de los archivos 

INTERES CULTURAL 90 ANIVERSARIO “SOCIEDAD RECREATIVA E INSTRUCTIVA VILLA DIEGO”

Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Declaración,  Declarando de Interés Cultural el 90 Aniversario de la fundación de la “Sociedad Recreativa e Instructiva Villa Diego”. Exp. 5421/14.
VISTO:
La Ley 2756,
La trayectoria y aporte a la comunidad de la Sociedad Recreativa e Instructiva “Villa Diego” en su larga historia, y
CONSIDERANDO QUE:
La Sociedad Recreativa e Instructiva se fundó el 1º de diciembre de 1924 en el Barrio Villa Diego, bajo la inspiración y apoyo de un numeroso grupo de vecinos.
Funcionó primero en un salón alquilado, luego en un galpón cuyo propietario era el ex ferrocarril Rosario-Puerto Belgrano y fue recibido como préstamo para su utilización hasta que en 1926 se construyó el local propio de la Sociedad Recreativa e Instructiva que fuera inaugurado el 24 de abril de ese mismo año.
En 1936 las obras de la sala cinematográfica fueron iniciadas y la primera exhibición se realizó en el 1939. Más tarde se construirían el escenario, la pista bailable, la cancha de bochas, parrillero y demás ampliaciones.
La `pista de baile al aire libre era famosa en la ciudad por la calidad de orquestas típicas y características locales que en ella se presentaban. La orquesta típica de Roberto Prieto y “La Argentina” son dos ejemplos.
Durante el verano se daba cine al aire libre en un lado de la pista y también, entre 1948 y 1960 comenzaron a actuar ene l escenario de la Sociedad importantes compañías teatrales.
Entre 1952 y 1969 se organizaron bailes en el salón cerrado en los que actuaron figuras como Varela Varelita y Feliciano Brunelli y cantores como Alberto Castillo y Azucena Maizani. La comisión directiva vendió parte del predio donde se ubicaba la pista bailable en el año 1975.
La Sociedad Recreativa e Instructiva Villa Diego es una entidad representativa del barrio y que ha ocupado un lugar muy importante en el aspecto social y cultural de la ciudad.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:

DECLARACIÓN
ART. 1°) El Concejo Deliberante declara de Interés Cultural el 90º Aniversario de la fundación de la Sociedad Recreativa e Instructiva Villa Diego, cumplido el día 1º de diciembre.






MEJORADO CON CARPETA ASFALTICA Y CORDON CUNETA EN SUIPACHA AL 900

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, Se realice mejorado con carpeta asfáltica y cordón cuneta en calle Suipacha a la altura del 900. Exp. 5420/14.
Visto:
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículos 39 y.
Considerando
Que en la calle Suipacha, entre Alberdi y san Rafael, se encuentra la calzada totalmente deteriorada.
Que en los días de lluvia es imposible transitar, ya que en la misma se acumula gran cantidad de agua, en veredas y cuneta.
Que en dicha arteria carece de cordón cuneta y no tiene drenaje de agua, la cual se acumula formando una laguna que imposibilita el ingreso de taxi, remises, ambulancias, policía, etc.
Que en esa calle vive Milagros Sánchez una nena de 4 años  con leucemia, caso reconocido, movilizado y solidarizado, por ciudades y provincias vecinas.
Que esta nena necesita en carácter de urgencia entrada de taxis, remises y ambulancias, ya que su problema de salud es muy delicado. 
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal la reparación y mantenimiento de nuestras calles, para poder brindar una mejor calidad de vida a nuestros ciudadanos.
Ante todo lo expuesto, el concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:

Decreto
Art:1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, ante la secretaria que corresponde, realice un mejorado con carpeta asfáltica de 7cm de espesor en calle Suipacha a la altura de 900 entre Alberdi y San Rafael.
Art:2) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento. Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda realice, cordones cunetas en la arteria mencionada en el art.1.