martes, 15 de abril de 2014

Proyecto presentado por los Bloques UCR FPCyS; 100% Santafesino Frente Renovador y Part. Vecinal Independiente al 14 de abril 2014

Este es un proyecto presentado por los bloques UCR Frente Progresista Cívico y Social;  100% Santafesino Frente Renovador y Partido Vecinal Independiente.

BLOQUES UCR FRENTE PROGRESISTA CIVICO Y SOCIAL; 100% SANTAFESINO FRENTE RENOVADOR y PARTIDO VECINAL INDEPENDIENTE
 Autores del proyecto: Concejales Martínez, Cabrol, Larrosa, J. Murabito y María C. Murabito.

LIMPIEZA Y REMOCION DE BASURALES EMPLAZADOS EN DIVERSAS PARTES DE LA CIUDAD
Proyecto de Decreto, se proceda a realizar la limpieza y remoción de los basurales emplazados en diversos puntos de la ciudad. Exp. 5116/14.
Visto
Ley  Nro. 2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;
Ley Nro. 2.756 artículo 41 inciso 24 y;
Constitución Nacional artículo 41;
Minuta de Comunicación Nro. 1543/08 Erradicación basurales en la Sección 13;
Decreto Nro. 415/12 Limpieza basural en la esquina de Santiago del Estero y Pje Adalio;
Decreto Nro. 505/13 Limpieza y remoción del basural ubicado sobre Pasaje 4 al 1900;
Reclamo verbal de los vecinos ante el concejal abajo firmante  y;
Considerando
Que en la esquina noroeste de calle Amenábar y Picasso se encuentra emplazado un basural, el cual no sólo obstruye el paso peatonal sino también la fluidez del agua de las zanjas.
Que en calle Corrientes al 100 -frente al Centro de Salud 17 de Octubre-, en Santiago del Estero y Pasaje Adalio, en Av. J. D. Perón y Santiago del Estero –lindero a las vías del ferrocarril-, en Sáenz Peña y Oppici, y en Pasaje 4 al 1900 también se encuentran radicados microbasurales.
Que estos basurales favorecen la proliferación de ratas y de distintos tipos de alimañas, aumentando el riesgo de padecer alguna enfermedad relacionada a esta situación.
Que, desde el 2008, se está solicitando la remoción del basural ubicado en Amenábar y Picasso mediante nota elevada por los vecinos y la consiguiente minuta de comunicación Nro. 1.543/08 en respuesta a la mencionada nota.
Que mediante el Decreto Nro. 415/12 se solicitaba la remoción y limpieza del basural en la esquina de Santiago del Estero y Pje Adalio.
Que el 4 de julio de 2013, este Cuerpo aprobó el Decreto Nro. 505 solicitando la limpieza y remoción del microbasural ubicado sobre Pasaje 4 al 1900.
Que vivir en un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano es un derecho expresado en la Constitución Nacional.
Ante todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes, elevan para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar la limpieza y remoción de los basurales emplazados en las siguientes zonas:
·                    Esquina noroeste de calle Amenábar y Picasso;
·                    Corrientes al 100;
·                    Santiago del Estero y Pje. Adalio;
·                    Av. Juan D. Perón y Santiago del Estero;
·                    Sáenz Peña y Oppici y;
·                    Pasaje 4 al 1900.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar un relevamiento exhaustivo en todo el territorio municipal con el fin de erradicar los microbasurales.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda,  intime a los propietarios de los terrenos baldíos con el fin de que los mismos se mantengan limpios y libres de malezas. Si así no lo hicieren, el Departamento Ejecutivo Municipal ordenará, a la brevedad, la remoción y limpieza de esos terrenos, sin perjuicio de las sanciones por incumplimiento que le correspondiere al titular.
Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación de carteles de Prohibido arrojar basura con el correspondiente Nro. De Decreto y las sanciones que por incumplimiento le correspondiere.






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